VISTO:
El Expte. Nº 3.622/09 de este Concejo Deliberante.
El Expediente Nº 37311/2010 del Departamento Ejecutivo Municipal.
Nota del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 12 de abril de 2.010 agregada al Expediente Nº 3.622/09, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva modelo de contrato de comodato a suscribirse con el Sr. Nieves García en representación de un grupo de amigos chamameceros con personería jurídica en trámite (constancia obrante en Expediente Municipal Nº 37311/10)
Que en la cláusula tercera del modelo de contrato de comodato se estipula expresamente que: El comodatario tiene a su exclusivo cargo la contratación de los seguros por responsabilidad civil y/o eventuales daños a instalaciones municipales
Que de las copias obrantes en el Expediente del Departamento Ejecutivo Municipal (fs.4 y 5) surge que el monto del riesgo asegurado como responsabilidad civil comprensiva básica ($ 50.000) resulta insuficiente para una eficaz cobertura de los espectáculos públicos a realizarse en un inmueble de propiedad municipal atento a que se prevé en el propio certificado de cobertura en el rubro actividad: salón de bailes más de
Que asimismo a fs. 7 del Expediente del Departamento Ejecutivo Municipal obra un informe del Comisario Daniel Pegan titular de
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1.899/2010
ART. 1º) Apruébase el modelo de contrato de comodato elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, autorizándose al mismo a suscribirlo con el Sr. García Nieves con domicilio en calle Pasaje Grandoli 857 de nuestra Ciudad, sujeto a las siguientes condiciones: a) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá exigir al Sr. García Nieves la contratación de una Póliza de Seguros por Responsabilidad Civil y/o eventuales daños a instalaciones municipales cuya suma asegurada no sea inferior a $ 800.000.- y en la cuál la prestación se extienda a todos los riesgos que se pudieran originar. b) el Departamento Ejecutivo Municipal deberá solicitar a los Bomberos Voluntarios de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez informe detallado respeto a si el inmueble cuenta con las medidas de seguridad necesarias para la realización de eventos bailables con concurrencia de 200 a 500 personas.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de abril de 2.010.
Presidente: Roberto Richetti
A/C Secretaria: Mario Correale
Nota: inciso a) Texto de acuerdo a la Ordenanza 1912/10