Viernes, 02 Noviembre 2012 05:51

Ord. 2077/12 Exp. 42522/12 Aprobación Planos de Mensura y Subdivisión

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Expte. Nº  4.598/12.

VISTO:

El Expte. Municipal N° 42.522/12 de fecha 10 de Octubre de 2012 por el cual se solicita la aprobación de los planos de mensura y subdivisión de una propiedad de los señores Vanina María Quintana, Diego Jesús Quintana, Osvaldo Raúl Quintana, Débora Evelin Allende y Rinor S.R.L. y,

 

CONSIDERANDO:

Que los señores propietarios han efectuado la correspondiente donación de calles y espacios comunitarios a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según actas de donación inserta en los folios 4 -5 - 6 y 7 del presente expediente.

Que el espacio comunitario a que se hace mención en el párrafo anterior será transferido al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe con cargo a la construcción de un establecimiento educativo.

Que las medidas de los lotes resultantes de la división están de acuerdo al reglamento del loteo vigente en esta Municipalidad, Ord. Nº 1144/95 y sus modificatorias.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2077/2012

 

ART.1) Apruébese la mensura y subdivisión de 2 fracciones de terreno ubicado en la zona urbana de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez y designado como Sección Catastral N° 13, Parcela 38 y 39, según planos N° 162226/10 y 162214/10 y cuyo dominio es Folio Real - Matricula N° 1644569/70/71/72 y 73 de fecha 15/07/2011 estando empadronado en el S.C.I.T. bajo las partidas de impuesto inmobiliario N° 344246/0003-7, N° 344246/0004-6, N° 344245/0001-0, N° 344245/0002-9 y N° 344245/0003-8, dando origen a la manzana A con lotes del 1 al 14 inclusive, manzana B (lote N° 15) destinado a espacio comunitario, manzana C lotes desde el N° 16 al 33 inclusive y manzana D lote N° 34 al N° 47 inclusive según plano de mensura que es parte de la presente.

 

ART. 2) Acéptese la donación de una fracción de 2252,14 m2. (Lote N° 15 - manzana B) de superficie destinada a espacio comunitario a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de mensura confeccionado por el Ing. Miguel Ángel Prece. Texto según Ordenanza 2150/13

 

Texto anterior

 

ART. 3) Acéptese la donación de una fracción de 9020,20 m2 de superficie destinada a la apertura de calles públicas según plano de mensura que se adjunta.

 

ART. 4) Hágase saber que la escrituración del predio cedido para espacio comunitario se llevara a cabo dentro de los 90 días a partir de la fecha de inscripción de los planos de mensura ante Escribano Público que designe la Municipalidad.

 

ART. 5) Transfiérase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, con cargo a la construcción de una escuela primaria, el predio donado para espacio comunitario descripto en el Art. 2o de la presente Ordenanza, quedando sin efecto la presente donación si así no se procediera al término de 18 meses.

 

ART. 6) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1 de noviembre de 2012.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

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