Expte. 4.607/12.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que debido a un error de tipeo se obvió de mencionara la palabra “hasta”, en el Art. 1º de la ordenanza Nº 2055/12, limitando el monto de la aceptación de la donación establecida por
Que es necesaria la modificación del Art. 1º de la Ordenanza referida.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2076/2012
ART.1º) Modificase el Art. 1º de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1 de noviembre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci