Lunes, 19 Mayo 2014 20:00

Ord. 2201/14 Ampliación paradas de taxis

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Expte. Nº 5.153/14.

VISTO:

La Ordenanza Nº 272/77 Reglamentación Servicio de Taxis en sus arts. 27 y 29;

La Ordenanza Nº  1891/2010 y su modificatoria N° 2039/2012;

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756;

El pedido de la Asociación Civil de Taxis de Villa Gobernador Gálvez, y

 

CONSIDERANDO:

Que es deber del Concejo Deliberante que todo el servicio público que sea concedido a terceros no pierda su efectiva prestación, de lo cual es responsable ante la comunidad toda.

Que es facultad del Concejo Deliberante reglamentar todo lo concerniente al transporte público de pasajeros dentro del ejido de Villa Gobernador Gálvez.

Que es deber del municipio velar por el equilibrio sustentable del servicio público de pasajeros dentro del territorio de la ciudad.

Que han variado sustancialmente las condiciones de circulación en las arterias de la ciudad, vinculada en forma directa con un incremento en el flujo vehicular con relación a la cantidad de vehículos que circulaban años atrás.

Que dicho volumen de tránsito va ligado a una importante demanda de espacios para estacionamientos, siendo necesario un reordenamiento en los espacios de detención de los vehículos para brindar un mejor servicio al pasajero.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.201/2014

 

ART.1°) Agréguense como paradas obligatorias del servicio de taxis de nuestra ciudad, las detalladas a continuación:

A.        Juan B. Justo en su intersección con Pablo Iglesias

B.        Juan B. Justo antes de la intersección con Av. San Martín

C.        Av. San Martín y Alem

D.        Av. San Martín cruzando Juan D. Perón (Plaza a la Madre)

E.         Bv. San Diego antes de San Martín (predio Radio Nacional)

F.         Bv. San Diego antes de Juan D. Perón (Plaza de la Memoria)

G.        Corrientes antes de Juan D. Perón

H.        Ingreso al Hospital Anselmo Gamen por Avellaneda

I.          Peñaloza y Av. San Martín

J. Ingreso al Frigorífico SWIFT por Juan D. Perón

K. Ingreso al Cementerio Municipal por Temporelli

L. Soldado Aguirre y Buenos Aires

M. Av. San Martín y Guido Spano

N. Mitre y Bomberos Voluntarios

O. Mosconi y Opicci

P. Filipini y Mitre

 

ART.2°)  El Área Tránsito dispondrá la ubicación exacta de las mismas y la cantidad de vehículos que podrán estacionar en las mismas.

 

ART. 3°) Dispóngase la señalización de la parada mediante carteles verticales sobre la acera y pintura adecuada en el sector del cordón correspondiente.

 

ART. 4°) Una vez que el Departamento Ejecutivo Municipal a través del Area de Tránsito disponga el lugar exacto de paradas y cantidad de vehículos en cada una de ellas remitan un informe a este Concejo Deliberante.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de mayo de 2014

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

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