Martes, 15 Julio 2014 21:00

Ord. 2216/14 Uso fraccion de terreno para la Agrupacion de futbol infantil “Estrella del Sur” (Derogada)

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Expte. Nº 5.219/14.

VISTO:

             La Ley Orgánica de Municipalidades Art. 39º Inc. 50, y

CONSIDERANDO:

Que la comisión directiva, directores técnicos y padres de la agrupación de futbol infantil estrellas del sur, trabajan en la actividad social y recreativa destinada a la inclusión de más de 70 chicos.

Que los chicos de la institución son residentes en su gran mayoría de las zonas catastrales 3, 4, 5, y 6 según plano catastral de Villa Gobernador Gálvez.

Que la institución ya está consolidada, con una comisión directiva y las respectivas categorías que participan en la liga infantil y sin embargo no cuentan con un espacio físico.

Que por la falta de un lugar se dificulta en muchos aspectos, tales como: practicar en lugares no apropiados para el entrenamiento, como en caso de plazas y parques públicos o en terrenos baldíos y lotes privados

Que en esta situación en donde no podemos invertir en infraestructura no contamos con baños y tampoco con iluminación artificial tan necesarias para las prácticas en el periodo invernal.

Que la falta de un lugar donde jugar los días de jornada hace que la institución tenga que alquilar algún club vecino para jugar de local.

Que de contar con un espacio físico propio, ese dinero poderlo canalizar en construcción de infraestructura para la comodidad de los 10 equipos ya conformados.

Que el concejo deliberante ha donado con la ordenanza 2197/14 terrenos para la construcción del instituto 24 dejando derogada la ordenanza 1879/ 09.

Que nosotros vemos propicio el lugar y la ubicación del terreno que ha quedado en dominio del municipio, para pedirlo en comodato.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.216/2014

ART. 1º)  Autorizase el uso, por cinco años, a la AGRUPACION DE FÚTBOL INFANTIL ESTRELLA DEL SUR de la fracción de terreno en la Sección Catastral Nº 4, Manzana Polígono A, Gráfico 8, Lote G5, ubicado en la esquina de calle Congreso y Alem, lindando al Norte con el Lote F5, al Sur con calle Alem, al este con terrenos del mismo propietario y al Oeste con terrenos propiedad del Frigorífico Paladini, Catastro Nº 20.035/99, PII 344165/0001/0009/0011. El terreno es un trapecio con las siguientes dimensiones y linderos 40,00 m de frente al Sur sobre la Av. L.N.Alem, 71,00 m en su costado Este donde linda con más terreno del mismo propietario, 44,53 m en su costado Norte, lindando con la fracción F 5 y en su costado Oeste 71,14 m lindando con terrenos de propiedad del Frigorífico Paladini S.A.; encierra una superficie de 3000,82 m², todos según plano de mensura Nº 135797/94; el resto del terreno seguirá afectado para espacio verde. Las medidas definitivas de superficie, linderos y demás datos serán las que resulten del plano de mensura que se efectuará oportunamente y que será  confeccionado por el Área  Municipal que corresponda.

ART.2º) Quedará con sanción de retrocesión en caso de no cumplimiento del uso deportivo, para lo cual fue cedido.

Si el dominio no es efectivo quedará sin valor alguna la sesión, a los 24 meses, una vez aprobado esta Ordenanza.

ART.3º) Una vez concluida la cesión, todo lo plantado en la parcela quedará de eso exclusivo del Departamento Ejecutivo Municipal.

ART. 4º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de julio de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Nota: Derogada por Ordenanza 2452/17

 

 

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