Decr. 590/14 Pleno funcionamiento de la Oficina de Medio Ambiente y Desarrollo sustentable
Expte. Nº 5084/14.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 2.756,
La Ley Nacional 25.675 “Ley General del Ambiente”,
La Ley Provincial 11.717 “Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable” y su Decreto Reglamentario Nº 1292,
Decreto Provincial 3.213/2012,
La Ord. 1686/06 “Creación oficina de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable”, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional, en su Artículo 41 establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.”
Que el mismo Artículo define que “Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. “
Que la Ley Nacional Nº 25675 “Ley General del Ambiente” detalla en su Artículo 4 los principios a los que quedan sujetas la interpretación y aplicación de la misma, y de toda otra norma a través de la cual se ejecute la política Ambiental.
Que entre ellos se encuentra el Principio de Congruencia, el cual precisa que “la legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la presente ley;”.
Que la misma Ley Nacional indica en su Artículo 5º que “Los distintos niveles de gobierno integrarán en todas sus decisiones y actividades previsiones de carácter ambiental, tendientes a asegurar el cumplimiento de los principios enunciados en la presente ley. “, y que para garantizar la congruencia y la articulación entre los distintos niveles del Estado en consonancia con lo establecido en dicha Ley, es necesaria la puesta en funcionamiento de una dependencia Municipal dedicada específicamente a la temática medio ambiental.
Que la Ley Provincial Nº 11.717 “Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable” establece en su Artículo 4º que la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable coordinará la ejecución de las normas relativas al medio ambiente y desarrollo sustentable y propondrá la suscripción de convenios, contratos y otros instrumentos con organismos municipales, entre otros.
Que en la actualidad, la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez no cuenta con representación en el Consejo Provincial de Medio Ambiente (COPROMA), creado por esta misma Ley Provincial y cuya última conformación fue definida el 26 de Junio de 2013.
Que en la Minuta de Reunión del COPROMA de fecha anteriormente citada, se expresa que “Surgen como problemáticas recurrentes y comunes (en la Provincia), los temas atinentes a residuos sólidos urbanos y la cuestión de la planificación territorial ambiental, relacionados a la expansión demográfica e industrial…” y coincidentemente son estas mismas, dos de las mayores problemáticas que aquejan a la ciudad.
Que el Decreto 3213/2012 de la Provincia de Santa Fe, crea en el ámbito del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente el Programa Provincial “Red de Responsables y Facilitadores Ambientales”, conducido por la Secretaría de Medio Ambiente.
Que, actualmente, Villa Gobernador Gálvez no cuenta con ningún miembro designado por el Municipio que participe efectivamente de dicha Red.
Que se suceden en distintos barrios de la ciudad de manera reiterada, conflictos referidos al Medio Ambiente entre vecinos y empresas que no tienen planes de contención y/o reducción del impacto ambiental que genera la actividad que llevan adelante.
Que la puesta en funcionamiento de la Oficina de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable creada en 2006 por la Ordenanza citada en los vistos, significaría tener un punto de articulación con los demás estratos del Estado y entre las distintas dependencias Municipales que tomen temas relacionados con el Medio Ambiente. De esta manera se garantizaría un tratamiento transversal e integral de las problemáticas que se aborden, respetando el Principio de Congruencia y aprovechando las herramientas que brinda la Ley Provincial Nº 11.717 a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Que el funcionamiento de dicha Oficina sería de vital importancia para la difusión, capacitación y asesoramiento sobre temáticas ambientales y de desarrollo sustentable, dirigidos a distintos organismos, entidades públicas o privadas y/o particulares.
Que la coordinación de esta Oficina con la Dirección de Inspección General garantizaría un mejor abordaje del control de establecimientos de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 590/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, dentro del plazo de 30 días hábiles luego de aprobado este Decreto, garantice el pleno funcionamiento de la Oficina de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable según lo indicado en la Ordenanza Nº 1686/06 sancionada el día 26 de Octubre de 2006.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal elevará un informe a este Concejo Deliberante con la designación del o los responsables de esta Oficina.
ART. 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal llevará adelante las gestiones pertinentes ante la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia a los fines de poder tener un representante por la ciudad de Villa Gdor. Gálvez en el Comité Provincial de Medio Ambiente (COPROMA), en conformidad con lo establecido en la reglamentación del Artículo 8º de la Ley Provincial Nº 11.717.
ART. 4º) El Departamento Ejecutivo Municipal llevará adelante las gestiones pertinentes ante la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia para que la Municipalidad participe efectivamente, a través de un Responsable asignado, del Programa Provincial “Red de Responsables y Facilitadores Ambientales” creado a través del Decreto Provincial 3.213/2012.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 589/14 Informe sobre puntos de venta de alimentos en la vía pública
Expte. Nº 5095/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
Decreto Municipal Nº 584/2014
Los reclamos de los vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Municipal Nº584/2014 implementa un Plan de Normalización Dominial y Tributario, Actualización Catastral y Regularización de Obras para todos los comercios enmarcados sobre el ejido municipal.-
Que en los últimos años creció notoriamente la instalación de emprendimientos denominado comúnmente “carritos” destinados a la comercialización y manipulación de alimentos para consumo humano.-
Que la venta de alimentos en la vía pública constituye un fenómeno que reviste gran importancia sociocultural, económica y sanitaria.
Que la principal preocupación concierne a la inocuidad de los alimentos, pero también involucran aspectos relativos a la higiene ambiental, el ocupamiento del espacio público, las alteraciones en el tránsito vehicular, entre otros.-
Que el trabajo articulado con otras áreas involucradas resulta fundamental y de ello dependerá el éxito de las estrategias en el control y seguimiento de “carritos”. Las áreas de obras y servicios, de medio ambiente, urbanismo, desarrollo social, habilitación e inspección como así también las relacionadas con salud como epidemiología, deben ser consideradas e invitadas a las mesas de trabajo y discusión de la problemática.
Que resulta fundamental darle un marco legal claro y comunicado a todas las partes interesadas. De esta manera, estaremos en condiciones de realizar seguimiento de las actividades de estos particulares e ir acompañando su desarrollo.
Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización de comercios ubicados en el ejido urbano, que intensifiquen la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a acambio de servicios.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 589/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, eleve un informe a este cuerpo, sobre la situación tributaria y urbana en donde se desarrollan los comercios citados anteriormente en el considerando.-
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 588/14 Colocación reductores de velocidad en calle Gral. López y calle Maipú
Exptes. Nº 5.076/14 y 5.090/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 artículo 39 y;
CONSIDERANDO:
Que en calle Maipú desde 17 de octubre hasta San Juan se hace imperiosa la necesidad de instalar reductores de velocidad.
Que en las inmediaciones funciona la escuela Nº. 1.271 “Alicia Moreau de Justo”, dispensario 17 de Octubre, Guardería infantil Nuestra Señora de la Paz y distintos comercios.
Que los vecinos de Gral. López y Av. Juan D. Perón solicitan la colocación de reductores de velocidad en dicha intersección, como así también a metros de cada esquina, sobre calle Gral. López, desde dicha intersección hasta Av. Ribera.
Que según expresan los vecinos, esta situación pone en riesgo a los peatones que intentan cruzar Av. Juan D. Perón, los que ascienden o descienden del transporte de pasajeros como así también a los niños que se dirigen hacia la Plaza del Ferroviario.
Que es deber del Departamento Ejecutivo velar por la seguridad de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 588/2014
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de reductores de velocidad (líneas auxiliares de reducción de velocidad o bandas ópticas sonoras) en las condiciones estipuladas en el anexo L de la Ley de Tránsito Nº. 24.449 y su Decreto Reglamentario Nro. 779/95 o en el Mensaje Circular de la Gerencia de Obras y Servicios Viales de la Dirección Nacional de Vialidad Nº. 4408/2007, en calle Maipú desde 17 de octubre hasta San Juan y sobre calle Gral. López en las intersecciones con las siguientes arterias: Av. General J. D. Perón; Intendente Andreu; Alvear; 17 de Octubre y San Juan Av. De la Ribera
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 587/14 Que el Área de Sanidad Animal informe sobre las castraciones
Expte. Nº 5089/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
Ordenanza 1792/08, y
CONSIDERANDO:
Que existe una superpoblación de perros y gatos en la ciudad y muchos de ellos se encuentran en la calle diariamente, sin recibir ningún tipo de control.
Que existe gran interés en la ciudadanía por resolver la problemática, como bien se expresa en la existencia de protectoras de animales que se encuentran desarrollando sus actividades en distintas zonas del municipio.
Que este Concejo sancionó en año 2008 la Ordenanza 1.792 que en su Artículo 2º establece como único método para controlar la superpoblación de animales domésticos y vagabundos, la esterilización quirúrgica sistemática en todo el ámbito de la Ciudad.
Que la puesta en funcionamiento del Área Municipal de Sanidad Animal fue importante para abordar la problemática mediante la realización de castraciones de manera gratuita, según lo establece dicha Ordenanza.
Que, sin embargo, en los últimos días se han recibido reclamos sobre el cese de las castraciones realizadas por esta dependencia.
Que si bien las jornadas de castraciones masivas son de utilidad, se necesita de una periodicidad que se sostenga en el tiempo para obtener un impacto positivo sobre el control de las poblaciones de animales callejeros.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 587/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que eleve un informe, en el plazo de 10 días hábiles, detallando cantidad de castraciones realizadas en lo que va del 2014 por el Área Municipal de Sanidad Animal, lugares donde se realizaron y la capacidad con que cuenta dicha Área con respecto a la disponibilidad de insumos y profesionales para garantizar la periodicidad del servicio.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo informará en el plazo establecido en el Art. 1° sobre los motivos del cese de las castraciones en el mes de Marzo del corriente.
ART. 3º) El Ejecutivo Municipal arbitrará los medios necesarios para restituir de manera inmediata las castraciones gratuitas en distintos barrios de la ciudad, en conjunto con las protectoras de animales locales.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Min. 2059/14 Ejecución de las tareas solicitadas en las Minutas de Comunicación Nº 1635/08; Nº 1744/10 y 1976/12
Expte. Nº 5028/14.
Visto:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 art. 39 incisos 24 y 30;
Minuta de Comunicaciones Nº 1.635/08 Reparación calle Libertador esquina Las Heras; Nº1.744/10 Tareas de bacheo y pavimentación en distintas calles del Barrio Parque Alegre art. 2 y Nº 1.976/12 Obras públicas en Av. Libertador entre Las Heras y Caseros;
Reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
Considerando:
Que desde el año 2008 se vienen realizando reclamos sobre el estado de la calzada de Av. Libertador desde Belgrano hasta Caseros.
Que por la mencionada arteria transita una significativa cantidad de vehículos de distinto porte, por tal motivo se encuentra en un avanzado estado de deterioro que dificulta considerablemente su circulación.
Que está situación ha ido empeorando aumentando las probabilidades de siniestralidad vial.
Que sumado a ello, el hundimiento y rotura de la carpeta asfáltica genera acumulación de agua y de residuos, aumentando el riesgo de contraer enfermedades producto de la proliferación de distintos tipo de alimañas que estas circunstancias favorecen.
Que el estado de la calzada puede provocar daños materiales en los vehículos que la atraviesan.
Que más de un conductor decide invadir el carril contrario para evitar toparse con los numerosos y profundos baches que posee la calzada y esto puede provocar siniestros viales con consecuencias fatales.
Que la última minuta de comunicación sancionada por este Cuerpo en el 2012 solicitaba se estudie la viabilidad de realizar obras de cordón cuneta en Av. Libertador entre calles Las Heras y Caseros en la mano de numeración par.
Que en esa misma minuta también se solicitaba la posibilidad de realizar obras de desagüe para evitar la acumulación de agua en los días de lluvia en Av. Libertador entre calles Bomberos Voluntarios y Caseros.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por el bienestar de las personas que habitan el territorio municipal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2059/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la ejecución de las tareas solicitadas en las minutas de Comunicaciones nros. 1.635/08, 1.744/10 y 1.976/12
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Min. 2058/14 Informe sobre la demora en las obras de la Escuela 1281
Expte. Nº 5093/14.
VISTO:
Las notas periodísticas publicadas por el Diario La Capital de fechas 19/11/2013 y 13/03/2014 y por el portal Rosario3.com 11/03/2014
La Constituciones Provincial y Nacional.
La Ley Nacional de Educación 26206
La Ley de Financiamiento Educativo 26075
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
CONSIDERANDO:
El viernes 27 de abril de 2012 se realizó la apertura de sobres con las ofertas económicas para la obras de ampliación y refacciones generales de la Escuela N^ 1.281 de la ciudad.
Que los trabajos en dicho establecimiento contaron con un presupuesto de 4.314.668,62 pesos, se abrieron tres sobres con las siguientes ofertas: Premart SRL cotizó las obras en 4.732.432 pesos; Adobe Construcciones SRL por 4.650.670,86 pesos; y Delco de Gabriel Juncos por 4.806.540,84 pesos.
Que el proyecto, la licitación y la dirección de estas obras están a cargo el Ministerio de Educación de la provincia de Santa Fe, en tanto que los fondos corresponden al Plan de Obras Mayores del Ministerio de Educación de la Nación.
Que la obra de ampliación y refacción contempla la construcción de salones en planta baja y alta, un salón de usos múltiples, sala de informática, áreas destinadas a recreación.
Que dicha institución educativa cuanta con una matrícula de 870 alumnos.
Que la obra comenzó el 13 de agosto de 2012 y contemplaba un plazo de ejecución de 360 días. Que según indicaran autoridades de dicha institución en Septiembre de 2013 la empresa que ejecuta la obra paralizo los trabajos y volvió a retomarlo en febrero del 2014.
Que la finalización de dicha obra permitirá aumentar la capacidad de matrícula ante la falta de infraestructura del sistema educativo actual que fuera oportunamente tratada por este Concejo
Que fue de público conocimiento el estado edilicio de dicha instituciones, siendo de carácter precario y peligroso advertido por los medios de comunicación en varias oportunidades denunciando el estado edilicio, las dificultades la comenzar las clases y el problema en los servicios públicos como luz agua y gas.
Que también funcionan en dicha institución desde hace 3 años las denominadas "aulas containers", siendo una respuesta a nuestro juicio precaria.
Que ante la paralización y escaso progreso de la obra, las clases se dictan actualmente en cursos de más de 50 alumnos por salones, y que ante esta situación totalmente anti pedagógica los docentes se ven obligados a la desobligacion rotativa de alumnos que están perdiendo actualmente días y horas de clase.
Que oportunamente el sindicato de docentes, los padres y miembros de la comunidad educativa, se ha manifestado en alerta y se han movilizado ante la delegación sexta del ministerio de Educación y ante este Concejo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2058/2014
ART.1º) Solicitamos al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione frente al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe información sobre los motivos de la demora en las obras de la Escuela 1281 Dra. Cecilia Grierson y las medidas necesarias para cumplimentar dicha ampliación y refacciones generales.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decl. 276/14 Interés Municipal las iniciativas anunciadas por el Gobernador en el “Día Del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas”
Expte. Nº 5096/14.
VISTO:
La Ley 2.756, Art. 39.
Los anuncios del Gobernador Antonio Bonfatti durante el acto oficial realizado en Reconquista el 2 de Abril del corriente, en conmemoración del "Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas", y
CONSIDERANDO:
Que el pasado 2 de abril se conmemoró el 32º aniversario del desembarco de Argentina en las Islas Malvinas.
Que en el acto oficial por este aniversario, el gobernador de la Provincia anunció que las aulas de las nuevas escuelas que se construyan en la provincia llevarán el nombre de caídos en Malvinas además de la creación de un cupo para el ingreso a la administración pública a los hijos/as de veteranos de guerra y el envío a la Legislatura de la Provincia de un proyecto de ley para extender el beneficio de las pensiones a hijos/as y esposas de los ex-combatientes.
Que estas determinaciones por parte del Estado Provincial vienen a sumarse a la legislación ya existente en la provincia para los veteranos de guerra, la cual ha sabido interpretar lo que estos exigieron a través de una lucha de más de 30 años. Algunas de las implementaciones fueron el régimen de pensiones y cobertura social, becas de diferentes tipos y la creación del régimen jubilatorio a los 45 años, entre otras.
Que a pesar de todas estas políticas que se han llevado adelante, aun hoy existe una gran deuda con nuestros ex combatientes y sus familias, que además de luchar por la memoria y reivindicación de nuestros derechos, han aportado su tiempo y esfuerzo en innumerables actividades solidarias en todo el país.
Que es deber de este Concejo pelear por la conquista de nuevos derechos para nuestros ex combatientes y sus familias.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 276/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante declara de su Interés y acompaña la puesta en marcha de las iniciativas anunciadas por el Gobernador de la Provincia de Santa Fe en el acto oficial por el “Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas“ en la ciudad de Reconquista, entre las cuales se encuentran:
- El envío de un Proyecto de Ley a la Legislatura Provincial para extender el beneficio de las pensiones a hijos/as y esposas de los ex-combatientes.
- La denominación de las aulas de los nuevos establecimientos educativos que se construyan en la Provincia con nombres de los caídos en las Islas.
- La creación de un cupo para el ingreso a la administración pública a los hijos/as de veteranos de guerra.
ART. 2º) Envíese copia de la presente declaración al Gobernador de la Provincia, Dr. Antonio Bonfatti y a las Cámaras de Senadores y Diputados de la Provincia de Santa Fe.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decl. 275/14 Interés Municipal la conmemoración del Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas
Expte. Nº 5092/14.
VISTO:
Ley Nacional 25370, que declaro "Día del Veterano y de los Caídos en la guerra en Malvinas" el 2 de abril.
La Ley 2.756, Art. 39,
La Declaración de Interés Provincial de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, y
CONSIDERANDO:
"Pueblos por Malvinas" es proyecto estratégico y social de la Fundación Argentina ASE (Austral, Suramericana y Emergente) para la Educación y la Promoción de los Asuntos Estratégicos y del Centro Argentino de Estudios Internacionales (CAEI), Asociación Civil, que tiene por objeto promover acciones tendientes a acompañar la histórica política exterior Argentina en todo lo relativo a la reafirmación de la Soberanía Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur.
La Iniciativa "Ponele la Firma", busca reunir un millón de firmas a escala global con el objeto de elevarlas a la Secretaria General de Naciones Unidas a los fines de expresar el apoyo social a la apertura de negociaciones bilaterales entre Argentina y el Reino Unido en los términos de la Resolución 2065 de la Asamblea General de Naciones Unidas.
Mediante esta iniciativa, la organización patrocinante persigue tres objetivos: 1) darle profundidad social de alcance continental masivo a la causa Malvinas, poniendo a los pueblos como garantes del diálogo y la paz, 2) edificar cimientos sociales perdurables que arraiguen profundamente a Malvinas en la memoria colectiva de los Sudamericanos como una causa asociada a nuestra prosperidad colectiva y nuestra economía real futura; y 3) Hacer una demostración social de fortaleza y unidad de social.
Todos los estados de América del Sur y muchos países hermanos a lo largo y ancho del mundo ya han brindado su apoyo a nuestra causa diplomática dando cuenta del sólido entramado inter-gubemamental que nutre la legitimidad del reclamo de nuestro país. De igual manera se han expresado una multiplicidad departidos políticos y movimientos sociales, dando cuenta de ello los recientes hechos políticos acontecidos en la Cumbre de la CELAC, en Chile, y los encuentros generados con los Grupos de Amistad Parlamentaria en Londres. En este sentido, Pueblos por Malvinas entiende que nos queda por delante, como sociedad civil organizada, liderar el surgimiento de un sólido entramado conformado por la gente de nuestros pueblos de América del Sur que le otorguen a la causa Malvinas sustentabilidad diplomática de largo plazo.
La recolección de firmas no busca generar efectos jurídicos de ninguna naturaleza, por el contrario, busca generar precedentes de respaldo social a las gestiones diplomáticas de nuestro país, en el contexto de la realización del "Referéndum Isleño", a fin de contraponer la legitimidad de los Pueblos, los verdaderos pueblos, a la realización de un acto que goza de nulidad absoluta e insanable promovido por una porción de vida social inglesa trasplantado en nuestros territorios insulares.
Malvinas es una causa de los pueblos y una causa del futuro, justamente porque allí convergen los dos escenarios estratégicos más importantes del siglo XXI: la Antártida y los fondos marinos, dos espacios con la capacidad de cambiar nuestra geografía social y nuestra performance energético-productiva a escala regional en las próximas décadas.
Por eso, Malvinas está más allá de todas las disputas, porque tiene que ver con nuestro patrimonio, con aquellas riquezas con las que podremos forjar un nuevo rol en la división internacional del trabajo y una base material de prosperidad que nos facilite el diseño de una "justicia social sustentable", es decir, de movilidad social mejor y posible para las próximas generaciones. Porque cuando hablamos de Malvinas, no nos referimos a un mero "archipiélago", nos referimos a un "sistema" de recursos que puede desplazar nuestras Fronteras de Posibilidades de Producción e impactar decisivamente sobre nuestra estructura productiva y toda Suramérica.
Razones de índole estratégica y social nos llevan a impulsar esta incitativa, pero también un profundo compromiso por quienes con heroísmo y profunda vocación patriótica, han dejado y dejan para las generaciones futuras, un legado y una epopeya de incalculables dimensiones materiales y simbólicas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 275/2014
ART. 1º) Declárese de interés Municipal la conmemoración del Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
ART. 2º) Declárese de Interés Municipal la iniciativa "Ponele la firma: lleguemos juntos a Naciones Unidas con un millón de firmas para promover el diálogo bilateral en el marco de la Resoluciones 2065 de la AGNU denominada PUEBLOS POR MALVINAS".
ART. 3º) Invítese a todos los miembros del Departamento Ejecutivo Municipal y de este Concejo, a todas las instituciones públicas y privadas, comercios e industrias de la ciudad, a firmar dicha iniciativa.
ART. 4º) Colóquese en reparticiones públicas de la ciudad, formularios para la correspondiente recolección de adhesiones a dicha iniciativa.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Interpelacion Secretarios de Hacienda y Gobierno 04 de abril 2014
El 04 de abril, se realizó la continuación de la 4º Sesion Ordinaria, en Presidencia Jorge Andrés Murabito, en Secretaria: Roberto Leiva. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Mariano Cabrol, Carlos Dolce, Raúl Martinez, Maria Carmen Murabito, Raul Larrosa, Susana Mangiaterra y Diego Garavano.
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Se vuelve del cuarto intermedio
PUNTO 10º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, se realice carpeta asfáltica en calle San Juan desde Maipú hasta Santiago del Estero. Expte. Nº 5077/14.
PUNTO 12º) Informe de los Sres. Secretarios de Gobierno, Hacienda y Obras Públicas, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Nº 560/14 y la Resolución Nº 1.744/14.
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4º Sesion Ordinaria 03 de abril 2014
El 03 de abril, se realizó la 4º Sesion Ordinaria, en Presidencia Jorge Andrés Murabito, en Secretaria: Roberto Leiva. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Mariano Cabrol, Carlos Dolce, Raúl Martinez, Maria Carmen Murabito, Raul Larrosa y Diego Garavano. Ausente: , Susana Mangiaterra
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PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.
PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, pedido de informe al Área de Sanidad Animal sobre castraciones. Expte. Nº 5.089/14.
PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, declarando de Interés Municipal la conmemoración del Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas. Expte. Nº 5092/14.
PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, declarando de interés las iniciativas anunciadas por el Gobernador de la Provincia en el “Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas”. Expte. Nº 5096/14
PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, se proceda a la colocación de reductores de velocidad en calle Maipú desde 17 de Octubre hasta San Juan. Exptes. Nº 5.076/14 y 5.090/14.
PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo gestione ante el Ministerio de Educación, informe sobre la demora en las obras de la Escuela 1281. Expte.Nº 5.093/14.
PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Decreto, Pedido de informe sobre puntos de venta de alimentos en la vía pública. Expte. Nº 5.095/14.
PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE, Proyecto de Decreto, solicitando se garantice el pleno funcionamiento de la Oficina de Medio Ambiente y Desarrollo sustentable según lo indicado en la Ordenanza N° 1686/06. Expte. Nº 5084/14.
PUNTO 9º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, se proceda a la ejecución de las tareas solicitadas en las Minutas de Comunicación Nº 1635/08; Nº 1744/10 y 1976/12. Expte. Nº 5028/14.
PUNTO 10º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, se realice carpeta asfáltica en calle San Juan desde Maipú hasta Santiago del Estero. Expte. Nº 5077/14.
PUNTO 11º) DICTAMEN DE COMISIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza incremento Tasa Alumbrado Público. Expte. Nº 5082/14.
Se pasa a cuarto intermedio para el 04 de abril a las 11 hs
PUNTO 12º) Informe de los Sres. Secretarios de Gobierno, Hacienda y Obras Públicas, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Nº 560/14 y la Resolución Nº 1.744/14.
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