Min. 2061/14 Obras de Estabilizado, Zanjeo y desmalezamiento en calle Artigas desde San Martín hasta Gaboto
Expte. Nº 5.144/14.
VISTO:
La ley orgánica de municipales y el reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en los días de lluvia, la calle Artigas, desde la ruta al río es intransitable por la falta de todo tipo de mantenimiento.
Que sería conveniente realizar trabajos de mejoramientos en la arteria antes mencionada, para garantizar la entrada de remises, ambulancias y autos.
Que también el tránsito peatonal se dificulta por faltas de veredas y además se torna peligroso e inseguro por el estado de abandono y los pastizales en todo el sector.
Que son indispensables las obras ya que este es el único acceso que tienen los vecinos de la zona.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2061/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante comunica al Departamento ejecutivo municipal para que a través de la secretaria de corresponda realice obras de estabilizado zanjeo, desmalezamiento e iluminación en la calle Artigas desde la Avenida San Martín a calle Gaboto.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de mayo de 2014.
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Min. 2060/14 solicitar información de Fondos destinados a la Construcción de aulas y edificio propio para la Escuela anexo 1680
Expte. Nº 5150/14.
VISTO:
Las Constituciones Provincial y Nacional,
La Ley Nacional de Educación 26206,
La Ley de Financiamiento Educativo 26075,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El pedido de Informe del estado en que se encuentra el Expte. Nº 00416-0144633-6 del S.I.E. perteneciente a la Escuela de Educación Técnica Anexo Nº'1680. (Expte. Nº 27.769 - DB),
Las notas periodísticas publicadas por el Diario La Capital de fechas,
El informe periodístico en el Canal 5 de Rosario y
CONSIDERANDO:
Que el Establecimiento Educativo 1680 no cuenta con terreno propio, y funciona actualmente en las instalaciones de la Escuela Primaria 1117, desarrollando el dictado de clases en salones destinados a otras funciones como el laboratorio de informática.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez ad referéndum de este Concejo Municipal, en reiteradas oportunidades sancionó instrumentos normativos mediante los cuales se aprobaba la sesión de terrenos destinados a tales fines.
Que los terrenos que fueran asignados a los fines de la construcción de un edifico propio fueron usurpados, frente a la falta del comienzo de las obras pertinentes.
Que en abril de 2009 la Escuela 1680 envió nota al Ministerio de Educación solicitando la construcción de un edificio propio para satisfacer la gran demanda de ingreso al primer año.
Que en diciembre de 2010 se presentó un Pedido de Independencia Institucional donde se explican los motivos por los cuales es necesaria la autonomía edilicia en la modalidad de Técnica en Administración y Gestión.
Que en base al pedido realizado se propone la Escuela Técnica Dr. Mariano Moreno Nº 680 como institución base del anexo, quedando descartada por no reunir los requisitos en lo referente a espacio físico.
Que en abril del 2010 el "Informe de la Realidad Institucional" realizado por la misma escuela, ratificado en Julio de 2010, manifiesta la gran demanda de bancos para el ingreso a los primeros años y el pedido de los padres para que sus hijos completen su educación secundaria en la Institución, interesados en una posible solución.
Que el 27 de diciembre de 2010 se inició en el Ministerio de Educación un expediente con el fin de cumplir con la necesidad de la construcción de un edificio propio en un terreno donado por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para la citada escuela.
Que con fecha 11 de agosto de 2011 el expediente fue remitido a la Regional VI, compuesto de seis folios, lo cual da cuenta de que en un año de espera no se ha avanzado con relación al pedido de cumplimentar con lo citado.
Que el 21 de febrero de 2014 la Ministra de Educación Prof. Claudia Balagué, entregó un fondo de $ 292.818 para el anexo N° 1680 destinado a la construcción de un aula en planta alta.
Que los padres y miembros de la comunidad educativa de la escuela 1680, manifestaron por distintos medios en diferentes oportunidades la necesidad de dar soluciones en mediano plazo mediante la construcción de dos aulas nuevas.
Que la solución de fondo sin dudas seria de dotar de infraestructura social para la inclusión educativa aumentando la oferta de bancos en la ciudad.
Que los números en el comienzo del actual año lectivo manifiestan que aproximadamente 150 chicos y chicas quedaron en lista de espera para comenzar la secundaria.
Que el estado actual permite cursar el primer año y segundo, y el Ministerio de Educación aprobó la apertura del tercer año correspondiente pero sin el espacio necesario para desarrollar el dictado de clases, generándose una situación de incertidumbre en el año próximo
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2060/2014
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione frente al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe información sobre los motivos de la demora en las obras de la Escuela de Educación Técnica Anexo Nº 1680 y las medidas necesarias para la construcción de un edificio propio en los terrenos cedidos por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de mayo de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decl. 284/14 Declara de Interés Cultural Municipal al evento organizado por la Profesora Liliana Andrea González y el Grupo Ancestral en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel
Exptes. Nº 5.138/14 y 5.135/14.
Visto
Ley Nº 2.756 Artículo 39º;
Ordenanza Nº 1.947/10 Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones;
Expedientes Nº 5.135/14, y
Considerando
Que el 10 de mayo del corriente año se realizará una Peña Folclórica en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
Que dicha peña está organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en reconocimiento de la labor llevada a cabo por el grupo citado en el párrafo anterior.
Que este grupo fue creado el 13 de marzo de 2004 con la finalidad de brindar, mediante la acción educativa y su capacidad de aprender haciendo, igualdad de oportunidades, con una propuesta inclusiva, dinámica, participativa y atractiva para niños, niñas y jóvenes de nuestra ciudad.
Que el Grupo Scout Cosme Maciel cumplió 10 años de trabajo solidario en nuestra ciudad y en localidades vecinas.
Que este Grupo realiza una labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales como se expresan en la Promesa y la Ley Scout.
Que es de suma importancia que esta ciudad cuente con instituciones que fomenten el desarrollo de personas seguras de sí mismas, solidarias, responsables y comprometidas con su entorno.
Que es imprescindible el reconocimiento de estas instituciones como formadoras de personas de bien y por ello, este Concejo participa de este reconocimiento y cumple en Declarar de Interés Cultural Municipal al evento programado para el día 10 de mayo del corriente año.
Que, a su vez, este Cuerpo considera que no sólo debe declararse de Interés Cultural al evento sino también al Grupo Scout Cosme Maciel por trabajar responsablemente en la promoción para el desarrollo de la comunidad, provocando la transformación social a través del crecimiento personal de proyectos y espacios compartidos como producto del cumplimiento de la Misión.
Que este grupo en particular contribuye a la educación de jóvenes y con ello, ayuda a construir un mundo mejor donde las personas se desarrollan plenamente, teniendo un rol constructivo en la sociedad y constituyéndose en agentes multiplicadores de paz en defensa de los Derechos Humanos, el cuidado de las relaciones interpersonales y el respeto por el Medio Ambiente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 284/2014
ART. 1º) Declárese de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral representado por el Sr. Félix Domingo González, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel, a realizarse el día 10 de mayo del corriente año, en las instalaciones de la Escuela Nro. 1.148 Martín Miguel de Güemes, sito en calle José Piazza 312.
ART. 2º) El Concejo Deliberante declara al Grupo Scout Cosme Maciel como Institución Destacada de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, por su distinguida labor educativa no formal promoviendo valores basados en principios espirituales, sociales y personales en nuestra comunidad.
ART. 3º) El Concejo Deliberante invita al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar al Grupo Scout Cosme Maciel una placa alusiva a la presente declaración.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de mayo de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decl. 283/14 Ciudadana Distinguida Yolanda Medina
Expte. Nº 5.117/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
La destacada lucha de Yolanda Medina, en defensa de los Derechos Humanos y la Memoria, y
CONSIDERANDO:
Que Yolanda Medina, nacida el 7 de Enero de 1944 en Santa Elena, Entre Ríos, se asienta en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez en el año 1962, a los 17 años, en busca de un mejor porvenir para ella y su familia.
Que en 1969, toda la familia Medina logra radicarse en la ciudad, en lo que ahora es el Barrio Talleres, en un terreno que con el trabajo de toda la familia lograron pagar y además construir su hogar.
Que su hermano menor, Oscar Medina, arribó a la ciudad con apenas 11 años, al llegar a la mayoría de edad se afilió al Partido Demócrata Progresista, ingresando a trabajar en la Metalúrgica Filippini, donde es elegido como Delegado de los trabajadores en 1974.
Que en julio de ese año, se desata un conflicto gremial encabezado por Oscar en su papel de Delegado. Luego del levantamiento de las medidas de fuerza, Oscar es detenido bajo la Ley 20.840 con una causa armada, acusado de querer tomar la fábrica y de portar armas de fuego. Es liberado en Mayo de 1975 y a partir de ese momento se integra al Partido Revolucionario de los Trabajadores.
Que toda su familia sufrió el intento de silenciamiento por el Estado represor y la complicidad empresarial y clerical, siendo despedidos de sus trabajos, allanadas sus casas, detenidos los hermanos Héctor, con 17 años y Ricardo con su esposa. En Octubre de 1976, Oscar es secuestrado y aun continúa desaparecido. En noviembre de 1976 secuestran en Wenceslao Escalante, Provincia de Córdoba, a su hermana Enélida Medina junto a su marido, un sobrino y Sergio Siboldi, un primo que también vivía en Villa Gdor. Gálvez y se encontraba de visita. Permanecen desaparecidos durante 14 días, quedando abandonados en la chacra Aníbal Medina junto a los hijos de Enélida: Melisa y Ricardo Martínez, que tenían entre 6 y 9 años de edad.
Que en octubre de 1976, cuando fue secuestrado Oscar de su casa, Yolanda y su madre Elisa salieron a buscarlo con las pocas herramientas que dos mujeres en esa época y momento histórico podían tener, pero con la valentía y la convicción necesarias para enfrentar la injusticia que estaban viviendo.
Que Yolanda Medina formó parte de la “Comisión de Solidaridad con la Detención por Razones Políticas y Gremiales” en 1974, para así poder encarar su lucha por la recuperación de su hermano con vida.
Que actualmente es miembro de la “Asociación Civil Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas y Gremiales”, fundada en Abril de 1977, entre otros, por su madre Elisa Medina. Esta Asociación es el primer organismo de afectados que se creó en Santa Fe y fue único hasta el 1985.
Que es fundadora, junto a otros compañeros en 1998, de la “Comisión de Derechos Humanos y la Memoria de Villa Gdor. Gálvez”.
Que luego del fallecimiento de Elisa Medina, Yolanda junto a su hermano Héctor, se constituyeron en querellantes en la Causa Klotzman donde se investiga el secuestro y desaparición de su hermano Oscar junto con el de un grupo de militantes del PRT-ERP, ocurridos durante el año 1976 a manos de las fuerzas represivas del comando del II Cuerpo de Ejército de Rosario.
Que por el caso de Oscar Medina, se encuentran procesados actualmente Alfredo Sotera, quien fuera Jefe del Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario y Jorge Alberto Fariña, Capitán de dicho destacamento a la fecha de los hechos. A ambos se le atribuyó la privación ilegítima de la libertad agravada y el homicidio agravado de Oscar. La causa se encuentra en etapa de instrucción y próxima a elevarse a juicio oral y público.
Que Yolanda, desde su rol de querellante, ha solicitado al juez Bailaque del Juzgado Federal Nº 4 de Rosario, que se cite a prestar declaración indagatoria a todos los procesados en la causa por el delito de desaparición forzada de personas incorporado al Código Penal recientemente, por entender que se trata de un delito que sigue cometiéndose hasta tanto no se devele el paradero de los restos de Oscar.
Asimismo, ha requerido la elevación a juicio oral de la causa por el delito de Genocidio por entender que es la figura que mejor describe los hechos acontecidos en nuestro país durante la última dictadura cívico-militar: un plan sistemático de exterminio dirigido a todos aquellos luchadores que se opusieron al modelo que la dictadura pretendió imponer a sangre y fuego.
Que Yolanda Medina continúa férreamente en la lucha por encontrar a su hermano y a los compañeros desaparecidos y por la recuperación de los nietos que no conocen su identidad, constituyéndose así, en un ejemplo de lucha para los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez, por lo que distinguirla redundará en beneficio de la cultura y educación de nuestra ciudadanía.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 283/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez , en reconocimiento a su incansable lucha por alcanzar la verdad y la justicia y por mantener viva la memoria, declara como “Ciudadana Distinguida” a la Sra. Yolanda Medina, D.N.I. Nº 4.841.098.
ART. 2º) El Concejo Deliberatne de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, en reconocimeinto a su incansable lucha por alcanzar la verdad y la justicia y por mantener viva la memoria, declara como “Ciudadana distinguida Post Mortem” a la Sra. Elisa Alejandrina Median, D.N.I. Nº 5.371.110”
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de mayo de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
MODIFICACION ART. 21 ORD. 1608/04 APARTADO “VENCIMIENTOS” DEL DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Ordenanza, modificación Art. 21 Ordenanza 1608/04 en su apartado “vencimientos” del Derecho de Registro e Inspección. Exp. 5152/14.
VISTO:
La Ley 2.756, Art. 39.
El Código Tributario Municipal Ordenanza Nº 1.415/99.
La Ordenanza Tributaria Anual Nº 1.608/04.
La Ordenanza 2014/12, modificando los vencimientos del DREI,
Las Ordenanzas 2103/13 y 2196/14, prorrogando los vencimientos del DREI en meses puntuales, y
CONSIDERANDO QUE:
El día 12 de enero de 2012 se sancionó la Ordenanza número 2014/12, que modificaba el vencimiento del Derecho de Registro e Inspección para todas las categorías, estableciendo el mismo al día 5 de cada mes. Esto se vio fundamentado en el decreto 009/11 donde se declara la Emergencia económica, entre otras, de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
Transcurridos 3 años de la declaración en Emergencia Económica de la Municipalidad, estamos en condiciones de rever estos vencimientos y con ello garantizar mayor comodidad y beneficios para quienes sean contribuyentes del Derecho citado en el párrafo anterior, sin perjudicar la recaudación y con ello el correcto funcionamiento de la administración pública.
Debemos destacar que el impacto en las arcas municipales que generan las distintas categorías del DREI varía según las mismas; se estima que el 80 % de la recaudación proviene de las categorías mayores, D y E, por lo cual sería de suma importancia diferenciarlas también en el vencimiento y con ello favorecer a los comercios e industrias más pequeños.
Que este Concejo ha aprobado las Ordenanzas 2103/13 y 2196/14 prorrogando los vencimientos del mes de abril de 2013 y mayo de 2014, ya que por feriados y días no laborales, el día 5 de esos meses resultó ser el primer día hábil, dificultando su correcta liquidación. Estas modificaciones puntuales generaron un gran beneficio a los contribuyentes sin alterar la recaudación municipal ni el pago de sueldos de la administración.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de
ORDENANZA
Art. 1°) - Modifíquese el Art. 21º de la Ordenanza Nº 1.608/04 -DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION- en su apartado “Vencimientos” - el cuál quedará redactado de la siguiente manera:
Conforme a lo previsto en el Artículo 104 del Código Tributario Municipal se establecen los siguientes vencimientos para los distintos períodos Fiscales de cada año:
El día 10 de cada mes, o día hábil inmediato posterior del mes siguiente al que corresponda el período fiscal para las categorías A – B – C y el cuarto día hábil de cada mes para la Categoría D y E.
Beneficios por pago anticipado: se establece una reducción del 10 % (diez por ciento) sobre los mínimos para todos los pagos efectuados antes del día 5 de cada mes para las categorías A – B – C.
Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social.
BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
MODIFICACION ART. 21 ORD. 1608/04 APARTADO “VENCIMIENTOS” DEL DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION
Proyecto de Ordenanza, modificación Art. 21 Ordenanza 1608/04 en su apartado “vencimientos” del Derecho de Registro e Inspección. Exp. 5152/14.
VISTO:
La Ley 2.756, Art. 39.
El Código Tributario Municipal Ordenanza Nº 1.415/99.
La Ordenanza Tributaria Anual Nº 1.608/04.
La Ordenanza 2014/12, modificando los vencimientos del DREI,
Las Ordenanzas 2103/13 y 2196/14, prorrogando los vencimientos del DREI en meses puntuales, y
CONSIDERANDO QUE:
El día 12 de enero de 2012 se sancionó la Ordenanza número 2014/12, que modificaba el vencimiento del Derecho de Registro e Inspección para todas las categorías, estableciendo el mismo al día 5 de cada mes. Esto se vio fundamentado en el decreto 009/11 donde se declara la Emergencia económica, entre otras, de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
Transcurridos 3 años de la declaración en Emergencia Económica de la Municipalidad, estamos en condiciones de rever estos vencimientos y con ello garantizar mayor comodidad y beneficios para quienes sean contribuyentes del Derecho citado en el párrafo anterior, sin perjudicar la recaudación y con ello el correcto funcionamiento de la administración pública.
Debemos destacar que el impacto en las arcas municipales que generan las distintas categorías del DREI varía según las mismas; se estima que el 80 % de la recaudación proviene de las categorías mayores, D y E, por lo cual sería de suma importancia diferenciarlas también en el vencimiento y con ello favorecer a los comercios e industrias más pequeños.
Que este Concejo ha aprobado las Ordenanzas 2103/13 y 2196/14 prorrogando los vencimientos del mes de abril de 2013 y mayo de 2014, ya que por feriados y días no laborales, el día 5 de esos meses resultó ser el primer día hábil, dificultando su correcta liquidación. Estas modificaciones puntuales generaron un gran beneficio a los contribuyentes sin alterar la recaudación municipal ni el pago de sueldos de la administración.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de
ORDENANZA
Art. 1°) - Modifíquese el Art. 21º de la Ordenanza Nº 1.608/04 -DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION- en su apartado “Vencimientos” - el cuál quedará redactado de la siguiente manera:
Conforme a lo previsto en el Artículo 104 del Código Tributario Municipal se establecen los siguientes vencimientos para los distintos períodos Fiscales de cada año:
El día 10 de cada mes, o día hábil inmediato posterior del mes siguiente al que corresponda el período fiscal para las categorías A – B – C y el cuarto día hábil de cada mes para la Categoría D y E.
Beneficios por pago anticipado: se establece una reducción del 10 % (diez por ciento) sobre los mínimos para todos los pagos efectuados antes del día 5 de cada mes para las categorías A – B – C.
7º Sesion Ordinaria 08 de mayo 2014
El 8 de mayo, se realizó la 7º Sesion Ordinaria, en Presidencia Jorge Andrés Murabito, en Secretaria: Roberto Leiva. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Mariano Cabrol, Carlos Dolce, Maria Carmen Murabito, Raul Larrosa, Susana Mangiaterra y Diego Garavano. Ausente: Raúl Martínez.
{slider=Orden del Día}
PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.
PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, declarando “Ciudadana distinguida a la Sra. Yolanda Medina”. Expte. Nº 5.117/14.
PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, El Departamento Ejecutivo Municipal, eleva copia Expte. Nº 44.536/13, solicita autorización para enclavar una escultura de la Virgen de Ntra. Sra. De la Paz. Expte. Nº 4.983/13.
PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, pedido de informe general sobre las empresas que funcionan en la Sección Catastral Nº 13. Expte. Nº 5.115/14.
PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, declara de Interés Cultural Municipal la Peña Folclórica organizada por la Profesora Liliana A. González en conjunto con el Grupo Ancestral, en homenaje al Grupo Scout Cosme Maciel. Exptes. Nº 5.138/14 y 5.135/14.
PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, se dé cumplimiento al Decreto 580/14. Expte. Nº 5.145/14.
PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Gobierno de la Provincia información de fondos destinados a la construcción de aulas y de un edificio propio de la Escuela Anexo Nº 1.680. Expte. Nº 5.150/14.
PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, modificación Código Tributario Municipal Art. 142º. Expte. Nº 5.142/14.
PUNTO 9º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Ordenanza, adhesión a la Ley Provincial Nº 13190/11 referida a la enfermedad celiaca y difusión de la misma. Expte. Nº 5.147/14.
PUNTO 10º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, PLANEAMIENTO Y URBANISMO Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Decreto, Regularización tributaria, catastral y dominial del inmueble ubicado en calle Pasteur y vías del Ferrocarril. Expte. Nº 5.143/14.
PUNTO 11º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo los comprobantes liquidados del DReI desde el año 1991 hasta marzo del corriente año, que realizó el titular del inmueble ubicado en Av. Juan D. Perón 2096. Expte. Nº 5.136/14.
PUNTO 12º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, obras de estabilizado, zanjeo y desmalezamiento en calle Artigas desde Av. San Martín a calle Gaboto. Expte. Nº 5.144/14.
PUNTO 13º) DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo eleve un informe sobre las obras de cloacas inconclusas en el Barrio Villa Diego Centro y se intime a la empresa y Ente controlador para que reanude las obras. Expte. Nº 5.139/14.
PUNTO 14º) DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Decreto, se proceda a realizar la limpieza y remoción de los basurales emplazados en diversos puntos de la ciudad. Expte. Nº 5.116/14.
{/slider}
APERTURA DE UN PASO A NIVEL QUE UNA LAS CALLES GARAY CON LIBERTAD
Autores del proyecto: Concejales Jorge Murabito, Larrosa, Cabrol, Martínez, María Carmen Murabito.
Proyecto de Decreto, para que se gestione ante el Nuevo Central Argentino la apertura del paso a nivel de calle Garay. Exp. 5151/14.
VISTO
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 art. 39° inciso 34;
Ordenanza Nro. 1.774/08 de reordenamiento de tránsito;
Decreto Nro. 396/12 Se informe sobre las gestiones para la obra de un paso a bajo nivel en calle Garay.
Minuta de Comunicación Nro. 1.684/09 Apertura arteria cruce NCA desde Libertad a Garay;
CONSIDERANDO
Que la ciudad ha experimentado un notable crecimiento demográfico y con ello, un aumento del parque automotor y que es necesario adaptar la infraestructura vial acorde a estas nuevas exigencias.
Que el territorio municipal se encuentra atravesado por las vías del ferrocarril y que, a la actualidad, no cuenta con la cantidad de pasos a niveles necesarios para garantizar la fluidez del tránsito.
Que el espíritu de la Ordenanza Nro. 1.774/08 se basa en realizar un reordenamiento de la circulación vehicular, con el fin de garantizar el correcto traslado desde y hacia los distintos puntos de la ciudad y optimizar la seguridad del tránsito.
Que un paso a nivel que conecte las calles Libertad con calle Garay sería de vital importancia para favorecer la transitabilidad por las calles céntricas de nuestra ciudad y evitar los anegamientos que produce contar con sólo dos pasos a nivel en la zona, a saber, Av. San Martín a la altura de Av. Mitre y Pasteur a la altura de Moreno.
Que en los horarios de mayor caudal de vehículos, Av. San Martín colapsa obligando a los conductores a circular "a paso de hombre".
Que esta situación empeora cuando el cruce se ve impedido por el paso de un ferrocarril, llegando la fila de vehículos a ocupar entre 300 y 400 metros de cada lado del paso a nivel.
Que en la Minuta de Comunicación Nro. 1.684/09, este Cuerpo expresaba "Consideramos imperiosa la necesidad de abrir esta arteria mencionada (calle Garay y Libertad) en función de la disminución del tránsito en los sectores de más alta concentración vehicular y para favorecer la comunicación de los vecinos y vecinas de las Secciones Catastrales N° 1, 2, 3, 5, 8, 9 y 10 y demás personas que circulen por el lugar. "
Que en el año 2012, este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 396 en el cual se solicitaba al Departamento Ejecutivo Municipal eleve un informe sobre el estado de las gestiones para realizar un paso "bajo a nivel" que conecte calle Garay con calle Stephenson, argumentando que el tráfico vehicular "ha aumentado considerablemente en el último tiempo, volviéndose necesario planificar y gestionar obras que ayuden a mejorar la circulación por las arterias de la ciudad, descomprimiendo el tránsito”.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal en conjunto con el Secretario de Transporte de la Nación, en conferencia de prensa, manifestó la construcción de una obra de bajo nivel que no ha sido concretada.
Por todo lo expuesto se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberantes se remite al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione ante Nuevo Central Argentino la autorización para la apertura del paso a nivel de la calle Garay a la altura del 2.000 que permita su conexión con calle Libertad.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que una vez concretadas la gestión de la apertura del paso a nivel de la calle Garay; coloque las barreras correspondientes y las señalizaciones pertinentes en la zona.
Artículo 3.- A los treinta (30) días hábiles emita el Departamento Ejecutivo un informe de la gestión realizada a este Concejo Deliberante.
APERTURA DE UN PASO A NIVEL QUE UNA LAS CALLES GARAY CON LIBERTAD
Autores del proyecto: Concejales Jorge Murabito, Larrosa, Cabrol, Martínez, María Carmen Murabito.
Proyecto de Decreto, para que se gestione ante el Nuevo Central Argentino la apertura del paso a nivel de calle Garay. Exp. 5151/14.
VISTO
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 art. 39° inciso 34;
Ordenanza Nro. 1.774/08 de reordenamiento de tránsito;
Decreto Nro. 396/12 Se informe sobre las gestiones para la obra de un paso a bajo nivel en calle Garay.
Minuta de Comunicación Nro. 1.684/09 Apertura arteria cruce NCA desde Libertad a Garay;
CONSIDERANDO
Que la ciudad ha experimentado un notable crecimiento demográfico y con ello, un aumento del parque automotor y que es necesario adaptar la infraestructura vial acorde a estas nuevas exigencias.
Que el territorio municipal se encuentra atravesado por las vías del ferrocarril y que, a la actualidad, no cuenta con la cantidad de pasos a niveles necesarios para garantizar la fluidez del tránsito.
Que el espíritu de la Ordenanza Nro. 1.774/08 se basa en realizar un reordenamiento de la circulación vehicular, con el fin de garantizar el correcto traslado desde y hacia los distintos puntos de la ciudad y optimizar la seguridad del tránsito.
Que un paso a nivel que conecte las calles Libertad con calle Garay sería de vital importancia para favorecer la transitabilidad por las calles céntricas de nuestra ciudad y evitar los anegamientos que produce contar con sólo dos pasos a nivel en la zona, a saber, Av. San Martín a la altura de Av. Mitre y Pasteur a la altura de Moreno.
Que en los horarios de mayor caudal de vehículos, Av. San Martín colapsa obligando a los conductores a circular "a paso de hombre".
Que esta situación empeora cuando el cruce se ve impedido por el paso de un ferrocarril, llegando la fila de vehículos a ocupar entre 300 y 400 metros de cada lado del paso a nivel.
Que en la Minuta de Comunicación Nro. 1.684/09, este Cuerpo expresaba "Consideramos imperiosa la necesidad de abrir esta arteria mencionada (calle Garay y Libertad) en función de la disminución del tránsito en los sectores de más alta concentración vehicular y para favorecer la comunicación de los vecinos y vecinas de las Secciones Catastrales N° 1, 2, 3, 5, 8, 9 y 10 y demás personas que circulen por el lugar. "
Que en el año 2012, este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 396 en el cual se solicitaba al Departamento Ejecutivo Municipal eleve un informe sobre el estado de las gestiones para realizar un paso "bajo a nivel" que conecte calle Garay con calle Stephenson, argumentando que el tráfico vehicular "ha aumentado considerablemente en el último tiempo, volviéndose necesario planificar y gestionar obras que ayuden a mejorar la circulación por las arterias de la ciudad, descomprimiendo el tránsito”.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal en conjunto con el Secretario de Transporte de la Nación, en conferencia de prensa, manifestó la construcción de una obra de bajo nivel que no ha sido concretada.
Por todo lo expuesto se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberantes se remite al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione ante Nuevo Central Argentino la autorización para la apertura del paso a nivel de la calle Garay a la altura del 2.000 que permita su conexión con calle Libertad.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que una vez concretadas la gestión de la apertura del paso a nivel de la calle Garay; coloque las barreras correspondientes y las señalizaciones pertinentes en la zona.
Artículo 3.- A los treinta (30) días hábiles emita el Departamento Ejecutivo un informe de la gestión realizada a este Concejo Deliberante.
APERTURA DE UN PASO A NIVEL QUE UNA LAS CALLES GARAY CON LIBERTAD
Autores del proyecto: Concejales Jorge Murabito, Larrosa, Cabrol, Martínez, María Carmen Murabito.
Proyecto de Decreto, para que se gestione ante el Nuevo Central Argentino la apertura del paso a nivel de calle Garay. Exp. 5151/14.
VISTO
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 art. 39° inciso 34;
Ordenanza Nro. 1.774/08 de reordenamiento de tránsito;
Decreto Nro. 396/12 Se informe sobre las gestiones para la obra de un paso a bajo nivel en calle Garay.
Minuta de Comunicación Nro. 1.684/09 Apertura arteria cruce NCA desde Libertad a Garay;
CONSIDERANDO
Que la ciudad ha experimentado un notable crecimiento demográfico y con ello, un aumento del parque automotor y que es necesario adaptar la infraestructura vial acorde a estas nuevas exigencias.
Que el territorio municipal se encuentra atravesado por las vías del ferrocarril y que, a la actualidad, no cuenta con la cantidad de pasos a niveles necesarios para garantizar la fluidez del tránsito.
Que el espíritu de la Ordenanza Nro. 1.774/08 se basa en realizar un reordenamiento de la circulación vehicular, con el fin de garantizar el correcto traslado desde y hacia los distintos puntos de la ciudad y optimizar la seguridad del tránsito.
Que un paso a nivel que conecte las calles Libertad con calle Garay sería de vital importancia para favorecer la transitabilidad por las calles céntricas de nuestra ciudad y evitar los anegamientos que produce contar con sólo dos pasos a nivel en la zona, a saber, Av. San Martín a la altura de Av. Mitre y Pasteur a la altura de Moreno.
Que en los horarios de mayor caudal de vehículos, Av. San Martín colapsa obligando a los conductores a circular "a paso de hombre".
Que esta situación empeora cuando el cruce se ve impedido por el paso de un ferrocarril, llegando la fila de vehículos a ocupar entre 300 y 400 metros de cada lado del paso a nivel.
Que en la Minuta de Comunicación Nro. 1.684/09, este Cuerpo expresaba "Consideramos imperiosa la necesidad de abrir esta arteria mencionada (calle Garay y Libertad) en función de la disminución del tránsito en los sectores de más alta concentración vehicular y para favorecer la comunicación de los vecinos y vecinas de las Secciones Catastrales N° 1, 2, 3, 5, 8, 9 y 10 y demás personas que circulen por el lugar. "
Que en el año 2012, este Cuerpo aprobó el Decreto Nro. 396 en el cual se solicitaba al Departamento Ejecutivo Municipal eleve un informe sobre el estado de las gestiones para realizar un paso "bajo a nivel" que conecte calle Garay con calle Stephenson, argumentando que el tráfico vehicular "ha aumentado considerablemente en el último tiempo, volviéndose necesario planificar y gestionar obras que ayuden a mejorar la circulación por las arterias de la ciudad, descomprimiendo el tránsito”.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal en conjunto con el Secretario de Transporte de la Nación, en conferencia de prensa, manifestó la construcción de una obra de bajo nivel que no ha sido concretada.
Por todo lo expuesto se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberantes se remite al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione ante Nuevo Central Argentino la autorización para la apertura del paso a nivel de la calle Garay a la altura del 2.000 que permita su conexión con calle Libertad.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que una vez concretadas la gestión de la apertura del paso a nivel de la calle Garay; coloque las barreras correspondientes y las señalizaciones pertinentes en la zona.
Artículo 3.- A los treinta (30) días hábiles emita el Departamento Ejecutivo un informe de la gestión realizada a este Concejo Deliberante.