Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.

Proyecto de Decreto, se realicen obras de nivelado y zanjeo en Pje Florida entre 12 de Octubre e Independencia. Exp. 5190/14

Visto:

Ley orgánica de municipalidades

El reclamo de los vecinos;

Considerando:

Que en Pje Florida entre calle 12 de Octubre e Independencia, de encuentra intransitable

Que los días de lluvia, los vecinos no pueden ingresar con los vehículos.

Que las veredas se encuentran en muy mal estado, y se hace imposible salir de sus casas.

Que las zanjas se encuentran con el agua estancada de larga data, lo cual genera mosquitos y demás infecciones para los habitantes de dicho lugar.

Que el municipio es responsable de la obra pública en la ciudad y siendo así sería apropiado tener una respuesta inmediata para que los moradores de esa cuadra, solucionen sus problemas rápidamente.

Por los expuestos en el considerando los concejales abajo firmantes elevan el siguiente proyecto

de decreto.

 

Decreto

Artículo 1º) El concejo deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaria que corresponde en un plazo de 10 días hábiles, una vez aprobado el proyecto, se realice las obras correspondiente al nivelado de calle y zanjeo en Pje Florida entre 12 de Octubre e Independencia.

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Declaración, declarando el mes de Junio como mes de la “Seguridad Vial”. Exp 5189/14.

Visto

Ley nro. 2.756 artículo 39;

Resolución Nro. 64/255 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Mejoramiento de la Seguridad Vial en el mundo y;

Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449;

Ley Provincial de Tránsito Nro. 11.583;

Ordenanza Nro. 1784/08 Se crea la Comisión de Educación Vial;

Declaración Nro. 256/13 Interés Municipal Día de la Seguridad Vial y;

Considerando

Que el 10 de junio se conmemora el día de la seguridad vial y que el mismo debe ser recordado.

Que el año próximo pasado este Cuerpo aprobó la Declaración Nro. 256/13 Interés Municipal Día de la Seguridad Vial.

Que a nivel mundial, los siniestros viales constituyen una de las principales causas de muerte, fundamentalmente en jóvenes entre 15 y 30 años de edad.

Que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha incluido a nuestro país dentro del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011 – 2020.

Que la seguridad vial busca reducir los siniestros de tránsito y con ello, sus consecuencias, por ello este Cuerpo considera que es necesario trabajar para mejorar las situaciones de transitabilidad y comprometernos con la vida.

Que de continuar con los índices de mortalidad por accidentes de tránsito sin adoptar medidas tendientes a estabilizar y posteriormente a reducir la cantidad de víctimas en accidentes de tránsito, la cantidad de fallecidos en estos eventos pasaran de 1,3 millones a 2,4 millones por año.

Que en la Resolución Nro. 64/255 de las Naciones Unidas se considera importante que los usuarios de la vía pública respeten las leyes, para ello proponen el control y la educación para la Seguridad Vial, lo que conllevaría a la concreción del objetivo principal de este plan que es la reducción de los accidentes de tránsito.

Que, anualmente, las personas que sufren lesiones importantes, en su mayoría con secuelas de discapacidad permanentes, alcanzan a los 50 millones.

Que la no utilización de cinturones de seguridad o casco –en el caso de los motociclistas-, la no utilización de los sistemas de retención infantil, la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, la velocidad excesiva, entre otros constituyen los principales factores de riesgo. La mayoría se corresponden a conductas imprudentes de los usuarios de la vía pública para lo cual la educación vial seria un importante pilar para la concientización de la población en cuanto a seguridad vial.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECLARACIÓN

Artículo 1.- El Concejo Deliberante declara el Mes de Junio como el Mes de la Seguridad Vial.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar una campaña en Seguridad Vial durante el mes de junio en distintos sectores de la ciudad.

Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, solicite la participación de las distintas instituciones y empresas de la ciudad para poder llevar a cabo la campaña mencionada en el artículo precedente.

 

 

 

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo.

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo remite Proyecto de Ordenanza “complementaria de Ordenanza 2169/13 – Modificatoria de Ordenanza Tributaria 1608/04. Exp. 5192/14.

 

El Departamento Ejecutivo remite proyecto de Ordenanza Incorporar a la Ordenanza de Contabilidad el Área de recaudación Ingresos Municipales”. Exp. 5193/14.

 

El Departamento Ejecutivo remite copia decreto sobre solicitud de Interés Cultural Municipal – Certamen de música popular “Pre – Baradero 2015”.

 

PARTICULARES

Vecinales de la ciudad solicitan una reunión por el pedido de aumento de tarifa del servicio de energía eléctrica.

 

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social.

                 

BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

                                               

SUSPENSION aplicación ORDENANZA 2109/13 (DERECHOS PUBLICIDAD Y PROPAGANDA)

Proyecto de Ordenanza, Suspension aplicación Ordenanza 2109/13 (Derechos Publiciad y Propaganda). Exp. 5191/14.

VISTO:

La Ley 2.756,

La Ordenanza 2109/13, “Modificación Ordenanza Tributaria y Código Tributario, sobre Derechos de Publicidad y Propaganda”, y

CONSIDERANDO QUE:

                       Con el fin de establecer un nuevo canal de ingresos de fondos a las arcas municipales, el Concejo Deliberante aprobó en 2013 la Ordenanza N° 2109 que establece modificaciones en el Código Tributario Municipal para mejorar la recaudación por Derecho de Publicidad y Propaganda.

Ha trascendido que el Departamento Ejecutivo Municipal con el fin de aplicar esta Ordenanza, ha designado de manera unilateral a un privado que estaría a cargo de la implementación del control y/o relevamiento de las empresas, negocios, comercios e instituciones que se ven implicadas en la ordenanza antedicha y a los efectos de su aplicación.

El Concejo Deliberante no fue notificado, consultado ni puesto en conocimiento de dicha designación, por lo que sería necesario que desde la Intendencia se envíe la información necesaria a los fines de conocer el modo de selección de dicha empresa, la forma de pago y todas las condiciones del acuerdo.

Además,  la implementación de esta Ordenanza puede causar problemas legales a futuro contra la Municipalidad, teniendo como consecuencia una pérdida económica a los villagalvences que deberán afrontar con sus impuestos el pago de posibles condenas por la misma.

Luego de la aprobación, se han conocido fallos de distintos niveles del Poder Judicial contra municipios que aplicaron este denominado “impuesto” que los municipios no estarían en condiciones de cobrar.

Así mismo, es necesario analizar los nuevos elementos para sancionar una Normativa superadora que regule el uso de la publicidad y que la misma se encuentre bajo los parámetros de las legislaciones superiores vigentes.

Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva al resto del cuerpo para su  tratamiento el siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA

 

ART. 1º): Suspéndase la aplicación de la Ordenanza 2109/13 por el plazo de 10 días, a los efectos de analizar la documentación surgida posterior a la sanción de la misma.

ART. 2º): El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que proceda a informar, en el plazo 3 días hábiles desde la aprobación de la presente, sobre la designación de una empresa privada responsable del relevamiento y control de los comercios, negocios, empresas, etc., que se ven implicados en el cumplimiento de la Ordenanza 2109/13. De ser afirmativo, elevar en el mismo plazo la siguiente información:

  • Razón social de la firma designada, CUIT, responsable legal.
  • Copia del contrato celebrado entre las partes.
  • Toda información que resultase importante con respecto a lo solicitado.

 

 

 

 

 

 

Este es un proyecto presentado por el bloque 100% Santafesino Frente Renovador.

BLOQUE 100% SANTAFESINO FRENTE RENOVADOR

 Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.

 

OBRAS DE NIVELADO Y ZANJEO EN PJE FLORIDA ENTRE 12 DE OCTUBRE E INDEPENDENCIA

Proyecto de Decreto, se realicen obras de nivelado y zanjeo en Pje Florida entre 12 de Octubre e Independencia. Exp. 5190/14

Visto:

Ley orgánica de municipalidades

El reclamo de los vecinos;

Considerando:

Que en Pje Florida entre calle 12 de Octubre e Independencia, de encuentra intransitable

Que los días de lluvia, los vecinos no pueden ingresar con los vehículos.

Que las veredas se encuentran en muy mal estado, y se hace imposible salir de sus casas.

Que las zanjas se encuentran con el agua estancada de larga data, lo cual genera mosquitos y demás infecciones para los habitantes de dicho lugar.

Que el municipio es responsable de la obra pública en la ciudad y siendo así sería apropiado tener una respuesta inmediata para que los moradores de esa cuadra, solucionen sus problemas rápidamente.

Por los expuestos en el considerando los concejales abajo firmantes elevan el siguiente proyecto

de decreto.

 

Decreto

Artículo 1º) El concejo deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaria que corresponde en un plazo de 10 días hábiles, una vez aprobado el proyecto, se realice las obras correspondiente al nivelado de calle y zanjeo en Pje Florida entre 12 de Octubre e Independencia.

Este es un proyecto presentado por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social.

 

BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

 

DECLARA AL MES DE JUNIO COMO MES DE LA “SEGURIDAD VIAL”

Proyecto de Declaración, declarando el mes de Junio como mes de la “Seguridad Vial”. Exp 5189/14.

Visto

Ley nro. 2.756 artículo 39;

Resolución Nro. 64/255 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Mejoramiento de la Seguridad Vial en el mundo y;

Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449;

Ley Provincial de Tránsito Nro. 11.583;

Ordenanza Nro. 1784/08 Se crea la Comisión de Educación Vial;

Declaración Nro. 256/13 Interés Municipal Día de la Seguridad Vial y;

Considerando

Que el 10 de junio se conmemora el día de la seguridad vial y que el mismo debe ser recordado.

Que el año próximo pasado este Cuerpo aprobó la Declaración Nro. 256/13 Interés Municipal Día de la Seguridad Vial.

Que a nivel mundial, los siniestros viales constituyen una de las principales causas de muerte, fundamentalmente en jóvenes entre 15 y 30 años de edad.

Que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha incluido a nuestro país dentro del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011 – 2020.

Que la seguridad vial busca reducir los siniestros de tránsito y con ello, sus consecuencias, por ello este Cuerpo considera que es necesario trabajar para mejorar las situaciones de transitabilidad y comprometernos con la vida.

Que de continuar con los índices de mortalidad por accidentes de tránsito sin adoptar medidas tendientes a estabilizar y posteriormente a reducir la cantidad de víctimas en accidentes de tránsito, la cantidad de fallecidos en estos eventos pasaran de 1,3 millones a 2,4 millones por año.

Que en la Resolución Nro. 64/255 de las Naciones Unidas se considera importante que los usuarios de la vía pública respeten las leyes, para ello proponen el control y la educación para la Seguridad Vial, lo que conllevaría a la concreción del objetivo principal de este plan que es la reducción de los accidentes de tránsito.

Que, anualmente, las personas que sufren lesiones importantes, en su mayoría con secuelas de discapacidad permanentes, alcanzan a los 50 millones.

Que la no utilización de cinturones de seguridad o casco –en el caso de los motociclistas-, la no utilización de los sistemas de retención infantil, la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, la velocidad excesiva, entre otros constituyen los principales factores de riesgo. La mayoría se corresponden a conductas imprudentes de los usuarios de la vía pública para lo cual la educación vial seria un importante pilar para la concientización de la población en cuanto a seguridad vial.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECLARACIÓN

Artículo 1.- El Concejo Deliberante declara el Mes de Junio como el Mes de la Seguridad Vial.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar una campaña en Seguridad Vial durante el mes de junio en distintos sectores de la ciudad.

Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, solicite la participación de las distintas instituciones y empresas de la ciudad para poder llevar a cabo la campaña mencionada en el artículo precedente.

 

 

 

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.

Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Municipal el Programa de reciclaje “El papel no es basura”. Exp. 5188/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756

CONSIDERANDO:

            Que  las municipalidades son las responsables de manejar la basura que la población produce. En la medida que aumenta la producción de residuos, el costo de su manejo es también progresivamente más caro y, por tanto, los municipios requieren destinar cada vez más recursos para recolectar y transportar los desechos hasta los rellenos sanitarios. Esto, afecta la inversión en otros ámbitos como salud, educación, cultura, áreas verdes, recreación, etc.-

            Que es resulta significativo impulsar por parte del estado municipal y de este cuerpo deliberativo políticas ambientales, entendiéndose  como el conjunto de los esfuerzos políticos para conservar las bases naturales de la vida humana y conseguir un desarrollo sustentable.-

            Que los directivos y el personal del Hospital “Anselmo Gamen “manifiestan la falta de instrumental y equipos necesarios para desarrollar las correspondientes prácticas en los sectores de pediatría e internación del nosocomio.-

            Que funciona desde el mes de Octubre del año 2010 la “Asociación Civil sin fines de lucro “Casa Solidaria Mari Murabito” CUIT 30-71156148-6, sito en calle Opicci 1467 de la localidad de Villa Gobernador Gálvez , desarrollando y gestionando al Gobierno Nacional y Provincial, desde sus comienzos diversas actividades en post de la comunidad.-

            Que es fundamental desarrollar un Programa de Reciclaje que colabore de forma directa con esta institución.-

            Que el papel y cartón constituye el 90% de los residuos generados en una oficina.-

            Que este programa busca separar, adecuadamente, y enviar a reciclaje los papeles que se generan en la oficina. La idea es evitar arrojar a la basura los papeles que se puedan reciclar. De esta manera, se disminuye progresivamente la cantidad de desechos que se genera.-

            Que el Programa de Reciclado está constituido por tres pilares desde los cuales la sociedad civil puede colaborar con una institución, el Hospital, el cuidado del medio ambiente y el incremento de una cultura solidaria.-

            Que el Programa de reciclado “EL PAPEL NO ES BASURA”  tiene como objetivo principal alentar la formación de alianzas estratégicas entre las entidades y empresas de los diversos sectores de la sociedad en la intención de compartir proyectos y crear nuevas expectativas superadoras para el bien de la sociedad en común.-

            Que este Programa está diseñado a fin de introducir la práctica habitual de juntar y donar el papel en desuso dentro de cada organización.  Este es el único programa donde todos somos protagonistas: cada participante desde su lugar de trabajo, es integrante de un verdadero desafío,  y de esta manera contribuye activamente en una obra, que culmina reflejada, en el sano y gratificante ejercicio de cuidar a los niños de nuestro país. Asimismo, el programa colabora con la conservación del medio ambiente, ya que además la práctica de reciclar contribuye a:

Ahorrar recursos.

Disminuir la contaminación.

Ahorrar energía.

Reducir en un gran porcentaje el espacio que ocupan los desperdicios al convertirse en basura.

            Que los papeles no son los únicos residuos reciclables que se generan en la oficina, pero este programa está enfocado a la recuperación de este tipo de material.

            Que el reciclaje es una actividad que implica compromiso y cierto trabajo, por lo tanto es importante que nunca perdamos de vista los beneficios que implica, aun cuando estos no sean inmediatos o directos.-

            Que las oficinas son grandes generadores de “Papel blanco”, aquel que se ocupa en las impresoras y fotocopiadoras, este papel se llama “blanco” aun cuando pueda estar impreso o escrito. Es un material altamente valorado en el mercado del reciclaje, pues es una excelente materia prima para elaborar posteriormente otros productos de papel.

            Que todas las personas que trabajen en oficinas privadas de empresas, en las oficinas de las dependencias oficiales de organismos públicos, en las oficinas de bancos, etc., tienen la obligación legal y moral de colaborar para lograr un desarrollo más sostenible de nuestro planeta.-

            Que el reciclaje de papel dentro de las oficinas contribuye al compromiso de las empresas con la responsabilidad social corporativa, facilitando los medios para que sus empleados participen en los esfuerzos por un mundo más sostenible.-

            Que es importante calcular la cantidad de papel usado generado para poder calcular el número de cajas de almacenaje que se necesitan y la frecuencia con la que tendrá que venir el personal autorizado por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez a recoger el papel almacenado.-

            Que el papel reciclado se presenta como la solución básica para el problema de la deforestación, siempre y cuando se lo realice a partir de procedimientos apropiados, ya que muchas veces se abusa de los elementos químicos, que resultan sumamente agresivos. –

            Que el éxito del programa depende del  desarrollo de un sistema simple y confiable para clasificar, recoger y salvar el papel.-

Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                          

DECLARACIÓN

ARTÍCULO 1º: Declárese de Interés Municipal el Programa de Reciclaje “EL PAPEL NO ES BASURA”, que estará a cargo de la Asociación Civil sin fines de lucro “Casa Solidaria Mari Murabito”, en coordinación con otras organizaciones involucradas en la temática, y en conjunto con el personal que designe el Hospital “Anselmo Gamen”.-

 

 

 

Miércoles, 04 Junio 2014 02:25

PODA DE ALAMOS EN BARRIO CANCHA DE REMO

Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.

Proyecto de Decreto, se proceda a la poda de álamos en Barrio Cancha de Remo. Exp. 5184/14.

Visto

                     Ley orgánica de municipalidades 

                      El reclamo de los vecinos y;

Considerando

                     Que  el  barrio cancha de Remo  cuenta  con árboles ( álamos ) muy altos y de larga data.

                    Que  de gran tamaños,   más  18 metros  de alto y   cuando los día de lluvia,  viento, caen  ramas sobres las casas siendo esto problema para las familias del lugar.

                   Que los vecinos solicitan la poda de dichos árboles, ya que con los fuertes vientos  los días de lluvia y  en esta época invernal, corren peligro  sus casas.

                 Que el municipio es responsable de la obra pública en la ciudad y siendo así  sería apropiado tener una respuesta inmediata para los moradores de esa cuadra solucionen sus problemas rápidamente.

                 Por los expuestos en el considerando los concejales abajo firmantes elevan el siguiente proyecto de decreto.

 

Decreto

  Artículo 1º-)   El concejo deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaria que corresponde en un plazo de 10 días hábiles, una vez aprobado el proyecto, en el barrio de cancha remo, de las calles Jorge Newbery entre pasaje  Capuchino y Pellegrini,  Pellegrini entre Richieri y  Dr. Raúl Alfonsín,  Simón Bolívar entre  Jorge Wubery  y España, se proceda a la poda de dichos álamos.

 

 

Proyecto de Declaración, adhiriendo a la conmemoración del “Día Nacional del Bombero Voluntario de la Republica Argentina”. Exp. 5193/14.

VISTO:
La Ley 2.756,

La Ley Nacional 25.425/2001

La Declaración 226/12 nombrando a Bomberos Voluntarios como Institución destacada de la ciudad.

El Expediente del Senado de la Nación 1536-S-14 aprobado el día 28 de Junio del corriente adhiriendo al Día del Bombero Voluntario, y
CONSIDERANDO QUE:
El día 2 de Junio se conmemora el Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina, fecha fijada por la Ley Nacional 25.425/01. Esta fecha responde a la creación de la “Sociedad Italiana de Bomberos Voluntarios de la Boca” en el año 1884.

A partir de allí, con el tiempo se fueron sumando otros cuerpos hasta llegar a las más de seiscientas cincuenta Asociaciones de Bomberos Voluntarios con que cuenta el país hoy.

La Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gdor. Gálvez fue creada el 11 de Abril de 1972, contando con más de 40 años en la ciudad. Surge de una propuesta del Rotary Club y el 17 de Mayo de 1977 obtiene su personería jurídica.

El trabajo de los Bomberos Voluntarios de la ciudad ha sido reconocido por el Senado de la Nación, cuando fueron distinguidos con la mención de honor "Domingo Faustino Sarmiento" luego de su actuación destacada en la tragedia de Salta junto a Bomberos de todo el país.

Su tarea, que muchas veces involucra poner en riesgo sus vidas, también es destacada constantemente por la ciudadanía misma, teniendo hoy la institución y sus miembros un prestigio que no solo reside en la importancia de su actividad sofocando y previniendo incendios, sirviendo de apoyo en inundaciones y realizando tareas de salvataje entre otras, sino también por la seriedad y presteza con que las mismas se desarrollan.

De cara a la comunidad, y por las razones anteriormente citadas, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez se ha constituido en un motivo de orgullo para la ciudad y un ejemplo a nivel regional, ya que prestan ayuda en localidades vecinas en cada oportunidad que se le es solicitado.

Por hacerles todos los días honor a su lema, “Sacrificio, Valor y Abnegación”,  los Concejales abajo firmantes elevan para su  tratamiento el siguiente proyecto de:

 

DECLARACIÓN:

ART. 1º): El Concejo Deliberante adhiere a la conmemoración del “Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina”, instituido el día 2 de junio por ley 25.425/2001.

 

Proyecto de Declaración, adhiriendo a la conmemoración del “Día Nacional del Bombero Voluntario de la Republica Argentina”. Exp. 5193/14.

VISTO:
La Ley 2.756,

La Ley Nacional 25.425/2001

La Declaración 226/12 nombrando a Bomberos Voluntarios como Institución destacada de la ciudad.

El Expediente del Senado de la Nación 1536-S-14 aprobado el día 28 de Junio del corriente adhiriendo al Día del Bombero Voluntario, y
CONSIDERANDO QUE:
El día 2 de Junio se conmemora el Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina, fecha fijada por la Ley Nacional 25.425/01. Esta fecha responde a la creación de la “Sociedad Italiana de Bomberos Voluntarios de la Boca” en el año 1884.

A partir de allí, con el tiempo se fueron sumando otros cuerpos hasta llegar a las más de seiscientas cincuenta Asociaciones de Bomberos Voluntarios con que cuenta el país hoy.

La Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gdor. Gálvez fue creada el 11 de Abril de 1972, contando con más de 40 años en la ciudad. Surge de una propuesta del Rotary Club y el 17 de Mayo de 1977 obtiene su personería jurídica.

El trabajo de los Bomberos Voluntarios de la ciudad ha sido reconocido por el Senado de la Nación, cuando fueron distinguidos con la mención de honor "Domingo Faustino Sarmiento" luego de su actuación destacada en la tragedia de Salta junto a Bomberos de todo el país.

Su tarea, que muchas veces involucra poner en riesgo sus vidas, también es destacada constantemente por la ciudadanía misma, teniendo hoy la institución y sus miembros un prestigio que no solo reside en la importancia de su actividad sofocando y previniendo incendios, sirviendo de apoyo en inundaciones y realizando tareas de salvataje entre otras, sino también por la seriedad y presteza con que las mismas se desarrollan.

De cara a la comunidad, y por las razones anteriormente citadas, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez se ha constituido en un motivo de orgullo para la ciudad y un ejemplo a nivel regional, ya que prestan ayuda en localidades vecinas en cada oportunidad que se le es solicitado.

Por hacerles todos los días honor a su lema, “Sacrificio, Valor y Abnegación”,  los Concejales abajo firmantes elevan para su  tratamiento el siguiente proyecto de:

 

DECLARACIÓN:

ART. 1º): El Concejo Deliberante adhiere a la conmemoración del “Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina”, instituido el día 2 de junio por ley 25.425/2001.