INSTALACION DE SEMAFOROS DE 4 TIEMPOS EN J.D.PERON Y PASTEUR Y DEROGACION INC. B ART. 1 ORD. 2074/12
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se proceda a la instalación de semáforos de 4 tiempos en calle Av. Juan D. Perón y Pasteur, y derogación inciso b del Art. 1 Ordenanza Nº 2074/12. Exp. 4818/13.
Visto
Ley nro. 2.756 artículo 39;
Ordenanza nro. 1465/01;
Ordenanza nro, 2074/12
Decreto nro. 386/12;
Plazo de 7 días para dar cumplimiento al decreto 386/12;
Reclamos de los vecinos y;
Considerando
Que en la ciudad el parque vehicular ha tenido un importante crecimiento en los últimos años.
Que una intersección de significativa importancia como la de calle Pasteur y Juan D. Perón no puede carecer de semáforos que regulen el paso.
Que en dichas arterias el caudal de transito es importante y que, por lo tanto, se hace imprescindible colocar semáforos de cuatro tiempos y reparar los existentes para lograr una circulación más armónica y evitar así que ocurran siniestros viales.
Que son calles donde transitan diariamente distintos tipos de vehículos incluyendo transportes pasajeros y carros.
Que intentar atravesarlas o realizar alguna maniobra de giro complica la fluidez del tránsito y aumenta el riesgo de siniestralidad.
Que en reiteradas oportunidades se ha tratado el tema en este cuerpo deliberativo teniendo como resultado la aprobación de los proyectos para la colocación de los mencionados semáforos y que no se ha cumplido con lo establecido.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de semáforos de cuatro tiempos y repare los existentes en la intersección de Juan D. Perón y Pasteur.
Artículo 2.- Deróguese el inciso B del artículo 1 de la ordenanza nro. 2074/12 porque así lo requiere las necesidades de tránsito.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a controlar y mantener el buen funcionamiento de todos los semáforos de la ciudad.
Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social
Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor de los proyectos: Concejal Martínez.
INSTALACION DE SEMAFOROS DE 4 TIEMPOS EN J.D.PERON Y PASTEUR Y DEROGACION INC. B ART. 1 ORD. 2074/12
Proyecto de Decreto, para que se proceda a la instalación de semáforos de 4 tiempos en calle Av. Juan D. Perón y Pasteur, y derogación inciso b del Art. 1 Ordenanza Nº 2074/12. Exp. 4818/13.
Visto
Ley nro. 2.756 artículo 39;
Ordenanza nro. 1465/01;
Ordenanza nro, 2074/12
Decreto nro. 386/12;
Plazo de 7 días para dar cumplimiento al decreto 386/12;
Reclamos de los vecinos y;
Considerando
Que en la ciudad el parque vehicular ha tenido un importante crecimiento en los últimos años.
Que una intersección de significativa importancia como la de calle Pasteur y Juan D. Perón no puede carecer de semáforos que regulen el paso.
Que en dichas arterias el caudal de transito es importante y que, por lo tanto, se hace imprescindible colocar semáforos de cuatro tiempos y reparar los existentes para lograr una circulación más armónica y evitar así que ocurran siniestros viales.
Que son calles donde transitan diariamente distintos tipos de vehículos incluyendo transportes pasajeros y carros.
Que intentar atravesarlas o realizar alguna maniobra de giro complica la fluidez del tránsito y aumenta el riesgo de siniestralidad.
Que en reiteradas oportunidades se ha tratado el tema en este cuerpo deliberativo teniendo como resultado la aprobación de los proyectos para la colocación de los mencionados semáforos y que no se ha cumplido con lo establecido.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de semáforos de cuatro tiempos y repare los existentes en la intersección de Juan D. Perón y Pasteur.
Artículo 2.- Deróguese el inciso B del artículo 1 de la ordenanza nro. 2074/12 porque así lo requiere las necesidades de tránsito.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a controlar y mantener el buen funcionamiento de todos los semáforos de la ciudad.
INTERES MUNICIPAL DIA DE LA SEGURIDAD VIAL
Proyecto de Declaración, declarando de Interés Municipal la conmemoración del Día de la Seguridad Vial. Exp. 4819/13.
Visto
Ley nro. 2.756 artículo 39;
Resolución Nro. 64/255 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Mejoramiento de la Seguridad Vial en el mundo y;
Considerando
Que el mundo está padeciendo la epidemia de los siniestros viales, constituyendo una de las principales causas de muerte, fundamentalmente en jóvenes entre 15 y 30 años de edad.
Que nos encontramos incluidos dentro del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011 – 2020, elaborado por la Asamblea General de las Naciones Unidas según resolución nro. 64/255 correspondiente al mes de marzo de 2010 implementado a partir del 11 de mayo de 2011.
Que el 10 de junio se conmemora el día de la seguridad vial y que el mismo debe ser recordado.
Que la seguridad vial busca reducir los siniestros de tránsito y con ello, sus consecuencias,
Que es tarea de todos trabajar para mejorar las situaciones de transitabilidad y comprometernos con la vida.
Que según el plan elaborado por las Naciones Unidas, si no se adoptan medidas tendientes a estabilizar y posteriormente a reducir la cantidad de víctimas en accidentes de tránsito, la cantidad de fallecidos en estos eventos pasaran de 1,3 millones a 2,4 millones por año.
Que en la Resolución Nro. 64/255 se considera importante que los usuarios de la vía pública respeten las leyes, para ello proponen el control y la educación para la Seguridad Vial, lo que conllevaría a la concreción del objetivo principal de este plan que es la reducción de los accidentes de tránsito.
Que, por año, resultan heridas entre 20 y 50 millones de personas a consecuencia de los accidentes de tránsito no mortales, las cuales, en su mayoría quedan con secuelas de discapacidad permanentes.
Que los principales factores de riesgo son: la no utilización de cinturones de seguridad o casco –en el caso de los motociclistas-, la no utilización de los sistemas de retención infantil, la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, la velocidad excesiva, entre otros. La mayoría se corresponden a conductas imprudentes de los usuarios de la vía pública para lo cual la educación vial seria un importante pilar para la concientización de la población en cuanto a seguridad vial.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
Artículo 1.- El Concejo Deliberante declara de Interés Municipal la conmemoración del Día de la Seguridad Vial, el 10 de junio y propone se lleven a cabo las actividades necesarias para revertir la situación de riesgo vial que la ciudad está padeciendo.
OBRA DE BACHEO Y SENDA PEATONAL EN PASO A NIVEL DE FILIPPINI Y SOLDADO AGUIRRE
Proyecto de Decreto, para que se proceda a la realización de obra de bacheo y senda peatonal en el paso a nivel ubicado en la intersección de Filippini y Soldado Aguirre. Exp. 4820/13.
Visto
Ley nro. 2.756 artículo 39;
Reclamo de los vecinos y;
Considerando
Que el paso a nivel que une Avenida Filippini con Avenida Soldado Aguirre no se encuentra en condiciones de transitabilidad.
Que el pavimento se encuentra deteriorado y con baches de importantes tamaños, dificultando la maniobrabilidad de los conductores que intentan atravesarlo.
Que esas condiciones provocan daños materiales en los vehículos que transitan dicho paso a nivel.
Que siendo un paso a nivel de significativa importancia carece de un paso peatonal.
Que a las personas con movilidad reducida, en sillas de ruedas o madres con sus bebes en cochecitos se les hace dificultoso atravesarlo por los desniveles y los balastos.
Que para poder cruzar los peatones deben invadir la calzada utilizada por los vehículos aumentando el riesgo de siniestrabilidad.
Que se hace imperiosa la necesidad de ejecutar obras tendientes a mejorar las condiciones de circulación en el paso a nivel que comunica Avenida Filippini con Avenida Soldado Aguirre, como así también la realización de un paso peatonal.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la realización de obras de bacheo en el paso a nivel ubicado en la intersección de Avenida Filippini y Avenida Soldado Aguirre, o a realizar las gestiones pertinentes ante quien corresponda para que las obras mencionadas se ejecuten en un breve plazo.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la realización de un senda peatonal en el paso a nivel ubicado en la intersección de Avenida Filippini y Avenida Soldado Aguirre, o a realizar las gestiones pertinentes ante quien corresponda para que mencionada obra se ejecute en un breve plazo.
CARPETA ASFALTICA U OBRAS DE BACHEO EN FORNIELES A LA ALTURA DEL 100 AL 200
Proyecto de Decreto, para realizar carpeta asfáltica u/obras de bacheo en calle Fornieles a la altura del 100 hasta el 200. Exp. 4822/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 incisos 30;
Reclamo verbal de los vecinos al Concejal abajo firmante y;
Considerando
Que calle Fornieles a la altura del 100 hasta el 200 entre San Luis y 17 de octubre se encuentra intransitable por la presencia de números baches de distintas dimensiones.
Que siendo una arteria importante debido a la ubicación de un destacado frigorífico debería estar en condiciones para que la actividad productiva se mantenga.
Que los vehículos que pueden verse dañados al intentar atravesar dicha arteria e incluso provocar daños físicos a los motociclistas o ciclistas que no advierten las deplorables condiciones de la calzada.
Que es deber del Departamento Ejecutivo mantener en condiciones las calles de nuestra ciudad y evitar cualquier tipo de inconveniente que pudiera afectar el bienestar de sus vecinos.
Que, de ser posible, se debería realizar una carpeta asfáltica resistente ya que por la zona circulan vehículos de gran porte por la presencia del frigorífico.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice una carpeta asfáltica de 7 cm. de espesor o, en su defecto, obras de bacheo para revertir las condiciones en que se encuentra calle Fornieles a la altura del 100 hasta el 200 entre San Luis y 17 de octubre.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante exige al Departamento Ejecutivo Municipal que dichas obras se realicen en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos a partir de la fecha de aprobación del presente decreto.
REPARACION Y SEÑALIZACION BACHE UBICADO EN SAN DIEGO INTERSECCION RIVADAVIA
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando la reparación y señalización del bache ubicado en San Diego intersección con calle Rivadavia. Exp. 4821/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,
El reclamo de vecinos y conductores, y
CONSIDERANDO:
Que en Bv. San Diego intersección con calle Rivadavia hay un bache de grandes dimensiones.
Que varios conductores deben realizar maniobras riesgosas para poder continuar su camino.
Que muchos conductores se quejan por las roturas que genera este bache en sus vehículos.
Que los vehículos que tratan de evitar el bache, generan situaciones de peligro para vecinos, peatones y otros vehículos.
Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente Proyecto de
MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la reparación y señalización del bache ubicado en Bv. San Diego intersección con calle Rivadavia.
Proyecto presentado por el Bloque Justicialista Frente para la Victoria
Este es un proyecto presentado por el bloque Justicialista Frente para la Victoria hasta la fecha.
BLOQUE JUSTICIALISTA FRENTE PARA LA VICTORIA
Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.
REPARACION Y SEÑALIZACION BACHE UBICADO EN SAN DIEGO INTERSECCION RIVADAVIA
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando la reparación y señalización del bache ubicado en San Diego intersección con calle Rivadavia. Exp. 4821/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,
El reclamo de vecinos y conductores, y
CONSIDERANDO:
Que en Bv. San Diego intersección con calle Rivadavia hay un bache de grandes dimensiones.
Que varios conductores deben realizar maniobras riesgosas para poder continuar su camino.
Que muchos conductores se quejan por las roturas que genera este bache en sus vehículos.
Que los vehículos que tratan de evitar el bache, generan situaciones de peligro para vecinos, peatones y otros vehículos.
Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente Proyecto de
MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la reparación y señalización del bache ubicado en Bv. San Diego intersección con calle Rivadavia.
Proyectos del Departamento Ejecutivo
Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza solicitando aporte no reintegrable ley 12.385 ejecución carpeta asfáltica calle Marcos Paz entre Temporelli y Soldado Aguirre y rotonda Marcos Paz. Exp. 4812/13.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza solicitando aporte no reintegrable ley 12.385 ejecución carpeta hormigón calle San Nicolás entre Soldado Aguirre e Ing. Mosconi. Exp. 4813/13.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza autorizando al Departamento Ejecutivo a dar en pago por arreglos de maquinaria municipal la Motoniveladora marca DRANCO modelo 1963. Exp. 4814/13.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza solicitando aporte no reintegrable ley 12.385 ejecución carpeta asfáltica y cordón cuneta sección 2º. Exp. 4815/13.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza solicitando aporte no reintegrable ley 12.385 ejecución carpeta asfáltica calle J.A. Roca entre Independencia y San Luis; Pje Cochabamba entre San Diego y Sáenz Peña; Pje Chacabuco entre San Diego y Sáenz Peña. Exp. 4816/13.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza prorroga Régimen de Presentación espontánea de planos. Exp. 4817/13.
El Departamento Ejecutivo remite Balance de Tesorería correspondiente a Mayo 2013.
Ord. 2123/13 Desafectación del Dominio Público municipal el inmueble identificado como Secc. 2, Manzana 41, Parcela A
Expte. Nº 4.803/13.
VISTO:
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que con motivo de la Resolución Ex SDS 099/98 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación se otorgó un subsidio a beneficio de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para la construcción de un Centro de Cuidado Infantil en el marco del Programa Alimentario Nutricional Infantil (PRANI)
Que oportunamente se utilizó y ejecutó el mencionado subsidio construyéndose un Centro de Cuidado Infantil, el mismo se radicó en el inmueble identificado como Sección Catastral Nº 2 Manzana 41, Parcela A, de la localidad de Villa Gobernador Gálvez Inscripción originaria T 272 C-F 1796-N 92563.
Que con el paso del tiempo y los distintos gobiernos municipales que se sucedieron quedó pendiente el cierre y culminación del proyecto que se da con la escrituración del inmueble a nombre de la municipalidad y su posterior transferencia del Centro de Cuidado Infantil.
Que es necesario dictar la medida legal necesaria, procediendo a desafectar del dominio público municipal el inmueble identificado como Sección Catastral Nº 2 Manzana 41, Parcela A de la localidad de villa Gobernador Gálvez Inscripción originaria T 272 C-F 1796 –N 92563.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.123/2013
ART.1º) Desaféctese del Dominio Público Municipal el inmueble identificado como Sección Catastral Nº 2, Manzana 41, Parcela A, de la localidad de Villa Gobernador Gálvez Inscripción originaria T 272, CF 1796 – N 92563 pasando al Dominio Privado del Estado Municipal.
ART.2º) El terreno descripto en el Art. 1º, será transferido al Centro de Cuidado Infantil.
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las gestiones concernientes al cumplimiento de lo estipulado en la presente Ordenanza.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Ord. 2122/13 Cambio sentido de circulación con mano única calle Buenos Aires entre Mitre e Ing. Mosconi
Expte. Nº 4.807/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez el aumento del parque automotor provoca una creciente y constante fluidez en la circulación vial.
Que es necesario velar por el ordenamiento del tránsito automotor y responde a los reclamos de los vecinos de nuestra Ciudad.
Que es indispensable el reordenamiento vial que contempla el cambio de sentido circulatorio con mano única de la calle Buenos Aires, comprendida entre Av. Mitre e Ing. Mosconi en sentido norte a sur.
Que corresponde colocar señalización de contramano sobre la ochava de calle Buenos Aires e Ing. Mosconi.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.122/2013
ART. 1º) Dispónese el sentido único de circulación con orientación Norte-Sur (N-S) para el tramo de calle Buenos Aires entre Av. Mitre e Ing. Mosconi.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal procederá, a través de la Secretaría correspondiente, a la colocación de la señalización vertical en la ochava de las calles Buenos Aires e Ing. Mosconi.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Ord. 2121/13 Prórroga de Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de TGI, Tasas y Derechos de Cementerio y DReI.
Expte. Nº 4.811/13.
VISTO:
La Ordenanza Nº 2095/12.
La Ordenanza Nº 2105/13.
El Código Tributario Municipal, Ordenanza Nº 1.415/99 y Ordenanzas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad, respecto a regularizar su situación tributaria ante el municipio, formalizando sus compromisos de pago, mediante convenios.
Que debido al éxito obtenido y a los pedidos efectuados por aquellos contribuyentes que al 31/05/13, por diferentes razones, no han podido regularizar su situación tributaria, acogiéndose a los beneficios establecidos por el Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección establecidos por Ordenanza Nº 2095/12 prorrogada por Ordenanza Nº 2105/13 resulta necesario prorrogar la vigencia de la misma al 30/06/13 inclusive.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.121/2013
ART.1º) Prorróguese la vigencia del Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección, fijado por Ordenanza Nº 2095/12-prorrogada por Ordenanza Nº 2105/13-en sus Arts. 1º y 8º, con las mismas condiciones establecidas para el mes de marzo de 2013, en lo que respecta al tratamiento de los Intereses Resarcitorios, por pago fuera de término de los períodos adeudados anteriores al 1 de enero de 2007 y a los descuentos por pago contado, desde el día 1 de junio de 2013 hasta el día 15 de julio de 2013 inclusive.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Decr. 499/13 Reposición de rejillas de sumideros en Soldado Aguirre intersección San Nicolás y Buenos Aires y Filippini esquina Pasaje 4
Expte. Nº 4.801/13.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Artículo 39º Incisos 14, 52 y 53;
Constitución Nacional Articulo 41º;
Reclamos de los vecinos y;
CONSIDERANDO
Que los sumideros ubicados en Avenida Soldado Aguirre en sus intersecciones con calles Buenos Aires y San Nicolás, como así también el que se encuentra en la esquina de Filippini y Pasaje 4, carecen de sus correspondientes tapas.
Que en la zona se encuentran la Escuela Nº 1.281 Cecilia Grierson y el Club Coronel Aguirre, motivo por el cual transitan diariamente gran cantidad de personas, principalmente niños.
Que dichos sumideros se encuentran sobre la vereda, tapados por los pastos y sin señalización, aumentando el riesgo de accidentes para los peatones que desconocen la presencia de los mismos.
Que podría provocar serios daños físicos a las personas que pudieran toparse con ellos e incluso podría ser fatal si cayeran en ellos niños pequeños.
Que, al carecer de sus rejillas correspondientes, los sumideros podrían taparse por la presencia de hojas y residuos provocando el desborde de los mismos, lo cual haría que el agua estancada ingrese a los domicilios de los vecinos del lugar a través de sus rejillas de desagües, teniendo, como consecuencia, daños materiales y también la proliferación de todo tipo de alimañas.
Que la Constitución Nacional en su Artículo 41º establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.
Que es deber de las autoridades velar por el bienestar y seguridad de sus ciudadanos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 499/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria que corresponda, proceda a la reposición de las rejillas correspondientes a los que se encuentran en:
* Avenida Soldado Aguirre y San Nicolás, vereda noroeste;
* Avenida Soldado Aguirre y Buenos Aires, vereda noroeste; y
* Avenida Filippini y Pasaje 4, vereda sudoeste.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar las bocas sin tapa ubicadas en Avenida Soldado Aguirre en su intersección con calles San Nicolás y Buenos Aires, y en Avenida Filippini esquina Pasaje 4.
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la limpieza y desinfección de los mencionados sumideros para evitar enfermedades y la obstrucción de los mismos.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Decr. 498/13 Se dé cumplimiento a la Ordenanza 2030/12
Expte. Nº 4.802/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2030/12 que define el Sentido Único (orientación Oeste-Este) de calle Dorrego entre Av. J. D. Perón e Int. Andréu
El Decreto Nº 450/13 sobre incumplimiento de la Ordenanza Nº 2030/12, y
CONSIDERANDO:
Que hace ya más de un año en Mayo de 2012 la totalidad de los Concejales de este Cuerpo aprobaron una Ordenanza estableciendo el sentido único de circulación oeste-este para la calle Dorrego en el tramo que va desde Av. J. D. Perón hasta Int. Andréu.
Que en los artículos segundo y tercero del mencionado texto legal se instruía al Departamento Ejecutivo Municipal a la colocación de la señalización a lo establecido (Art. 2º) y, asimismo, se requería un informe detallando la evaluación de resultados del presente cambio de sentido en la circulación. (Art. 3º)
Que es menester insistir sobre el hecho de que el cumplimiento de los Decretos y Ordenanzas que en uso de las atribuciones conferidas por ley (Artículo Nº 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades) sanciona el Concejo Deliberante no es en absoluto facultativo o discrecional sino que constituye una obligación legal.
Que sin perjuicio de lo anteriormente expresado, queda suficientemente fundamentada la decisión legislativa adoptada si constatamos que «el aumento del parque automotor, sumado al de las motocicletas, vuelve riesgosas algunas intersecciones, más aún si en ellas el sentido de circulación es doble y la ochava es inexistente, como es el caso de calle Dorrego y Av. Gral. J. D. Perón», «una arteria sumamente angosta» cerca de la cual, a aproximadamente «50 metros existe otra arteria con sentido hacia Gral. J. D. Perón, con lo cual el tránsito de entrada a dicha Avenida no se vería mayormente entorpecido» (Ordenanza Nº 2030/12).
Que, finalmente, no menos importante es que «el incumplimiento por parte del Departamento Ejecutivo Municipal de esta disposición dictada con todas las formalidades de la Ley puede acarrear además enormes daños a las arcas municipales por la falta de la señalización correspondiente en el sitio» (Decreto Nº 450/13).
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 498/2013
ART. 1º) Ordénase al Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento de la Ordenanza Nº 2030/12 aprobada por este Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones y con todas las formalidades de la ley, el 10 de Mayo de 2012.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal dispone de un plazo no superior a los 5 días a contar desde la aprobación de la presente para dar cumplimiento efectivo en todos sus términos a la mencionada Ordenanza.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci