Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
CREACION SECRETARIA SEGURIDAD COMUNITARIA, MODIFICACION ORDENANZA 1993/11 Y REGLAMENTO INTERNO CONCEJO DELIBERANTE
Proyecto de Ordenanza, creación de la Secretaria de Seguridad Comunitaria, modificación de la Ordenanza Gral. Administrativa 1993/11 y el Reglamento Interno del Concejo Deliberante. Exp. 4776/13.
VISTO:
La Ley 2.756,
La crítica situación en materia de Inseguridad que vive Villa Gobernador Gálvez y la imperiosa necesidad de abordar de manera local la temática y
CONSIDERANDO QUE:
Nuestra ciudad no escapa de la realidad que afronta el país en materia de inseguridad, razón por la cual desde el Estado municipal deben hacerse todos los esfuerzos necesarios para combatir este flagelo que nos golpea con dureza.
Si bien el municipio no es el responsable directo de la Seguridad, no existe posibilidad alguna de lograr soluciones concretas sin su intervención ante este problema complejo que tiene raíces profundas y que necesita un abordaje desde lo punitivo, pero también desde lo social.
A través de la Ordenanza Nº 2036/12 se creó el Departamento de Control Urbano Municipal, que tiene como misión “promover mejores condiciones de seguridad en la ciudad, a través de la educación, la prevención, el control y la aplicación de las normativas municipales” y “Que a través de este área se puede alcanzar el contacto directo y cotidiano con toda la comunidad en lo que respecta a espacios públicos, calles, plazas, parques, paseos, respetando la convivencia urbana y mejorando las condiciones de seguridad con las que coexistimos en la actualidad, donde el vecino podrá asentar reclamos o denuncias y este área de Control Urbano sería el nexo directo con el gobierno municipal como así también con las seccionales policiales y comando radioeléctrico de la ciudad”, “Actuar en lo concerniente a prevención y detección de faltas, contravenciones y delitos” y “Disuadir toda acción, sea individual o grupal que implique o conlleve a una trasgresión de la normativa o del deber ser”.
La recuperación de los espacios públicos, la prevención de faltas municipales, garantizar la convivencia urbana y el nexo con las fuerzas de seguridad provinciales son tareas sumamente importantes y de fácil cumplimiento de parte de este cuerpo, siempre y cuando se garantice personal idóneo, el correcto equipamiento y exista la voluntad política del gobierno de realizarlo.
Otro aporte a la seguridad local es el Centro de Monitoreo de las cámaras de seguridad, que necesita de personal calificado para esa tarea y un estricto control sobre el mismo para garantizar su correcto funcionamiento.
En nuestra ciudad funciona la Comisión de Apoyo a la Seguridad, creada por Ordenanza Nº 1865/09 y tiene como fin “contribuir al mejoramiento de la seguridad ciudadana en el ejido municipal, promoviendo la reducción de la criminalidad y la sensación de inseguridad, a través de la puesta en marcha de mecanismos preventivos que apuntan al fortalecimiento del sistema democrático, a través de esquemas de compromiso, cooperación y articulación entre actores gubernamentales y la participación activa de los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil.”
También, por la necesidad de coordinar acciones ante las emergencias en la ciudad, se creó la Junta Municipal de Defensa Civil con la Ordenanza Nº 2092/12.
Como podemos observar, son varias las iniciativas destinadas a aportar a la seguridad local; lo cierto es que el municipio no cuenta con un área específica que se ocupe del tema, recayendo en la mayoría de los casos la responsabilidad sobre la Secretaría de Gobierno, secretaría que tiene una gran cantidad de obligaciones en su haber, y que podrían desviar la atención que requiere esta problemática.
Contar con una Secretaría de Seguridad en la ciudad nos permitiría tener un equipo de trabajo que se dedique concretamente a abordar lo concerniente a este tema que es, sin lugar a dudas, la prioridad para la gran mayoría de la población.
Por ser un tema tan sensible no puede dejarse de lado la participación popular en la designación de la o el responsable, pudiendo el Ejecutivo Municipal convocar a una Audiencia Pública a las instituciones y vecinos y, para que goce de mayor legitimidad, contar con la posterior aprobación de este Concejo Deliberante.
Así mismo, este cuerpo deliberativo no cuenta con una Comisión de Seguridad, sino que queda relegada a un segundo plano en la “Comisión de Obras Públicas y Seguridad”. Los tiempos en los que se establecieron las comisiones distan de la actualidad, y este Concejo no puede quedar exento del abordaje específico de la temática.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de
ORDENANZA
Art. 1º - Créase la Secretaría de Seguridad Comunitaria en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal.
Art. 2º - Modificase la Ordenanza General Administrativa Nº 1993/11, en su artículo 4º que quedará redactado de la siguiente manera: “El Despacho de los asuntos de la Municipalidad, estará distribuido de la siguiente forma:
SECRETARÍA DE GOBIERNO EDUCACIÓN Y CULTURA
SECRETARÍA DE HACIENDA.
SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
SECRETARÍA DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE.
SECRETARÍA GENERAL.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA.
SECRETARÍA DE SEGURIDAD COMUNITARIA.
Art. 3º - Agréguese el Artículo 27º a la Ordenanza General Administrativa Nº 1993/11, dentro del Capítulo VII “MISIÓN Y FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN DE LAS SECRETARÍAS”, con el título “SECRETARÍA DE SEGURIDAD COMUNITARIA”, que quedará redactado de la siguiente manera: “A esta Secretaría le corresponde asistir al Intendente en todo lo ateniente a la Seguridad y el control de las áreas específicas que trabajen la temática. En particular le corresponde:
Inc. a) Garantizar el funcionamiento del Departamento de Control Urbano Municipal (CUM), y de la Dirección de Tránsito, a los fines de coordinar acciones tendientes a la prevención del Delito.
Inc. b) Asistir obligatoriamente a todas las reuniones de la Comisión de Apoyo a la Seguridad (CAS) y la Junta Municipal de Defensa Civil. En caso de ausencia del Intendente, ser el representante del Departamento Ejecutivo Municipal ante éstas.
Inc. c) Controlar e informar sobre el Funcionamiento del Centro de Monitoreo de las Cámaras de Seguridad.
Inc. d) Realizar reuniones semanales en distintos barrios de la ciudad para atender las inquietudes y preocupaciones de vecinas y vecinos; resolver las que son de pertinencia municipal y trasladar a las autoridades provinciales o nacionales las que correspondan a cada una de ellas.
Inc. e) Gestionar recursos humanos y materiales ante los Superiores Gobiernos de la Provincia y Nación para trabajar contra la Inseguridad.
Inc. f) Rendir cuentas de lo actuado ante la CAS de manera mensual y sobre lo ejecutado presupuestariamente en concepto de Seguridad del Fon.De.Pro. La rendición deberá ser publicada en la web de la municipalidad.
Inc. g) Velar por el cumplimiento de lo establecido por el "Plan de seguridad ciudadana" de la CAS.
Inc. h) Preparar, en conjunto con otras Secretarías, un plan de aperturas de calles, iluminación y escamonda en los lugares que estas acciones faciliten el acceso de los servicios públicos y garanticen una mejor circulación de las fuerzas de seguridad.
Art. 4º - El nombramiento será, como en el resto de las secretarías, por Decreto del Intendente, previa Audiencia Pública no vinculante, donde se expondrán los planes a desarrollar de la misma.
Art. 5º - Modifícase el Reglamento Interno del Concejo Deliberante en su Art. 41º que quedará redactado de la siguiente manera: “ART.41º) Las Comisiones Internas Permanentes son diez 10) y constarán de cinco (5) Miembros, cada Comisión designará dentro de las mismas a un Presidente y un Secretario. Las Comisiones son: 1) GOBIERNO Y EDUCACION. 2) PRESUPUESTO Y HACIENDA. 3) OBRAS PÚBLICAS. 4) SERVICIOS PUBLICOS. 5) SALUD PÚBLICA. 6) ACCION SOCIAL. 7) PLANEAMIENTO Y URBANISMO. 8) ECOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE. 9) PRODUCCION, PUERTO, COMERCIO EXTERIOR Y PROMOCION DE EMPLEO. 10) SEGURIDAD COMUNITARIA.”
Ord. 2112/13 Modificación anexo Nº 1 Ordenanza 2061/12
Expte. Nº 4.775/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2061/12 y sus sucesivas modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que atentos al sentido de circulación de la calle Belgrano es necesario efectuar una mínima modificación en el recorrido de la Línea 143, Bandera Roja.
Que la adecuación de los recorridos del Transporte Urbano de Pasajeros surge de las atribuciones que por ley corresponden a los Concejos Deliberantes.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.112/2013
ART. 1º) Insértanse las siguientes modificaciones al Anexo Nº 1 de la Ordenanza Nº 2061/12 “Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gdor. Gálvez”.
“Línea 143 Roja
Ida: Desde Camino del Inmigrante y Puerta de Ingreso a Unilever SA por Camino del Inmigrante, Avda. San Martín, Chubut, Las Heras, Belgrano, Alberdi, Eva Perón, Pasteur, Garibaldi, Mitre, Av. Filippini, Bv. San Diego, Rivadavia, Gral. López, Av. San Martín hacia Municipio de Rosario.
Vuelta: entrada al Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Edison, Vélez Sarsfield, Rivadavia, Bv. San Diego, Av. Filippini, Ing. Mosconi, Pasteur, Belgrano, Las Heras, Chubut, Avda. San Martín, Camino del Inmigrante Puerta de Ingreso a Unilever SA.”
ART. 2º) Dése conocimiento a la empresa prestataria del servicio a través de la autoridad de aplicación.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Ord. 2111/13 Creación Feria de Productores, Fruti horticolas y emprendedores
Expte. Nº 4.763/13.
VISTO:
La Ley 2756.
La necesidad de organizar el sector fruti hortícola y de emprendedores en la Ciudad y Región, y
CONSIDERANDO:
Que en nuestra Ciudad ha prosperado y se encuentra en franca expansión la producción de alimentos frescos y artesanales.
Que la actividad aludida debe ser fomentada, encausada, orientada y organizada por el estado en pos de, entre otras muchas finalidades comunitarias, fomentar una alimentación sana para la población.
Que es necesario el apoyo municipal a estas iniciativas, que redundan en el bienestar general, a la par de formar conciencia entre los productores y emprendedores sobre la importancia de ser ellos mismos-con la coordinación estatal-quienes organicen el desarrollo de la actividad, no sólo en el aspecto de la producción sino también en los de elaboración, procesamiento y envasado en origen de sus productos.
Que actualmente, participan en el sector de la producción fruti hortícolas más de cien familias y otras más de cincuenta familias en emprendimientos productores de otros rubros en esta ciudad y la región.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, a través de la Coordinación General de Áreas de Producción viene realizando relevamiento en el sector mencionado, dictando distintos tipos de cursos de capacitación orientados a paliar las problemáticas que la actividad enfrenta en esta etapa.
Que el estudio analítico de la actividad descrita, arroja como resultado preliminar la necesidad de creación de un ámbito propicio para la exposición, promoción y venta al público de los productos primarios y/o elaborados, siendo la denominada “FERIA”, la figura adecuada para el logro de tales objetivos.
Que el correcto diseño de la organización mencionada impactará en forma positiva en la economía familiar de los habitantes de la Región, toda vez que la venta directa del productor al consumidor genera precios accesibles en el mercado por la consecuente prescindencia de la intermediación.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.111/2013
ART.1º) Créase en el municipio de Villa Gobernador Gálvez la “FERIA DE PRODUCTORES FRUTI HORTÍCOLAS Y EMPRENDEDORES”.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal abrirá un “Registro de Inscripción de Productores Fruti Hortícolas y Emprendores” en el ámbito de la Coordinación General de Áreas de Producción de la Municipalidad, para la participación de los inscriptos en la Feria de Productores y Emprendedores.
ART.3º) La Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez cederá en préstamo de uso a la FERIA, un predio a determinar, dentro del éjido de esta ciudad, autorizándose al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el correspondiente contrato de comodato sobre el inmueble que se destine a dichos fines, el cual previamente deberá ser remitido a este Cuerpo para su estudio y aprobación.
ART.4º) La FERIA, una vez integrada por la cantidad mínima que la reglamentación de la presente establezca, se dará su propio reglamento de participación y funcionamiento, en el que se definirán horarios, días, lugar y frecuencia de la actividad, y deberá contener además en forma ineludibles entre sus principios, previsiones y objetivos, los siguientes: a) Obligaciones, derechos y alcance de las Responsabilidades de los Expositores; b) Dar a conocer la producción y actividades de la ciudad y la región; c) autorizar la suscripción de convenios con Organismos Provinciales y Nacionales, tales como SENASA, INTA, ASSAL, etc. para el cumplimiento de los objetivos del Ente; d) fomentar entre sus miembros la cultura del trabajo, protección del medio ambiente mediante el cuidado del suelo y el agua, producción y venta de alimentos frescos para una alimentación saludable, capacitación para la producción, elaboración, envasado y venta de productos; e) formalizar cursos para Productores y Emprendedores sobre procesamiento, manipulación y elaboración de sus productos; f) propender a asegurar cantidad, calidad, diversidad, higiene y continuidad en la cadena de producción; g) implementación de buenas prácticas en la producción y comercialización de productos; h) otorgar participación para comercializar sus productos, a los Talleres Protegidos de Villa Gobernador Gálvez y la Región; convenir con escuelas y demás Institutos de Enseñanza Públicos y/o Privados de la Ciudad y Región; talleres de trabajo para dar a conocer los beneficios y ventajas de una alimentación sana basada en productos frescos; i) asegurar el aval de los Organismos de control tales como ASSAL, bromatología municipal (ANSA), inspección y saneamiento, etc., en los procedimientos de producción, envasado, rotulación y etiquetado de productos, j) gestionar subsidios ante los Gobiernos Provincial y Nacional para ser orientados a la capacitación de los productores y emprendedores en nuevas tecnologías aplicadas al desarrollo productivo del Área, y k) en general, buscar y/o establecer mecanismos y/o acuerdos para lograr mejores precios y calidad de los productos.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Decr. 487/13 Señalizar con pintura los cordones de J.D.Perón entre Nogués y Dorrego
Expte. Nº 4.768/13.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamos de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Av. General Juan Domingo Perón a la altura del 1100 y 1200, entre las calles Nogués y Dorrego, con entrada y salida a calle Córdoba, desde la Av. Circunvalación, se encuentran dos canteros en el medio de la avenida mencionada anteriormente, con riesgo de producirse accidentes especialmente en la noche, por no ser muy visible.
Que los vecinos manifiestan su preocupación porque no se puede cruzar hacia la plaza El Ferroviario, como tampoco cruzar a los negocios existentes en la avenida, considerando que existe una curva a la altura del 1100 de la misma avenida.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y las reparaciones de las calles de nuestra ciudad, para una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 487/2013
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que ante la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar con pintura adecuada para uso vial los cordones de los canteros ubicados en Av. Gral. Juan Domingo Perón a la altura del 1100 y 1200, entre las calles Nogués y Dorrego.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Decr. 486/13 Dar cumplimiento a lo establecido en Ordenanza 2032/12
Expte. Nº 4.770/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
La Ley Provincial N° 12385 "Fondos para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados", y
CONSIDERANDO:
Que en fecha 17 de Mayo de 2012, este Cuerpo aprobó la Ordenanza N° 2032/2012, por la cual se solicitaba al Superior Gobierno de la Provincia la asignación de aportes no reintegrables en el marco de la Ley Provincial N° 12385.
Que dicho aportes solicitados, tenían como destino, entre otros, el fresado y repavimentación de las calles Eva Perón y Juan B. Justo desde Av. San Martín hasta Fornieles y la calle Ing. Mosconi y Av. Mitre desde Av. Filippini hasta vías del FFCC.
Que al día de la fecha, los mencionados aportes, a través del fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados, no han sido recibidos.
Que desde el momento que se aprobó la Ordenanza, el estado de las citadas arterias ha empeorado considerablemente, lo cual la hace prácticamente intransitable en algunos tramos.
Que los vecinos frentistas de estas calles y los que transitan por las mismas, realizaron numerosos reclamos ante este Concejo por el estado de las mismas.
Que estas calles, todas céntricas, son de vital importancia para el tránsito de nuestra Ciudad ya que en ellas se encuentran el Club Independiente, La Casa de la Cultura, la Seccional N° 29, tres escuelas primarias, una secundaria, la Municipalidad, el Banco Nación, las Cooperativas Telefónica e Integral, y por allí circulan las líneas de Transporte Urbano de Pasajeros.
Que el bacheo de estas calles sería, según el entender este Cuerpo Deliberativo, un “gasto extraordinario para las arcas» de la Municipalidad, ya que el arreglo de las mismas estaría cubierto por los fondos requeridos y podría afectarse a otras calles que también deben ser reacondicionadas.
Que es deber de este Concejo velar para que las rentas municipales en una situación de emergencia económica no se vean afectadas por gastos onerosos y a la vez, defender al municipio para que reciba lo que le corresponde desde el estado provincial.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 486/2013
ART. 1º) Cúmplase con lo dispuesto en la Ordenanza N° 2032/2012, de fecha 17/05/2012.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, remitirá a este Cuerpo la respuesta a lo formulado.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 2015/13 Apertura calle Sáenz Peña entre Víctor Hugo y Alvarez Thomas
Expte. Nº 4.769/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
La Ordenanza Nº 1.774/08,
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que debido al crecimiento demográfico y del parque automotor de la Ciudad es necesario agilizar la circulación del tráfico.
Que la calle Roque Sáenz Peña se encuentra cerrada al tránsito entre Víctor Hugo y Álvarez Thomas.
Que por encontrarse en la Sección Catastral Nº 8 varios establecimientos educativos de distintos niveles, industrias y el dispensario Niño Jesús, el paso de peatones y vehículos en la misma es intenso.
Que los desvíos que deben realizar los ciudadanos para llegar a distintos puntos del barrio congestionan arterias ya muy concurridas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2015/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la apertura de la calle Roque Sáenz Peña entre Víctor Hugo y Álvarez Thomas y coloque la señalización correspondiente.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 2014/13 Trabajo de bacheo en J.B. Justo al 1900
Expte. Nº 4.767/13.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, reclamo de vecinos y
CONSIDERANDO:
Que en calle Juan B. Justo a la altura del 1900, entre las calles Garay y Pablo Iglesias, en la boca calle con Garay se encuentra un bache de grandes dimensiones con riesgo de accidente permanente.
Que es una arteria de mucho tránsito y dificulta el paso de bido al bache, origina demora en el paso del cruce con la otra arteria, peligra el paso del peatón al cruzar las arterias.
Que en la zona existe una comisaria, escuelas, museo y un parque comercial muy importante, por la cual es necesario con urgencia arreglar el mencionado bache.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad, para una mejor calidad de vida a nuestros ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2014/2013
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a realizar trabajo de bacheo en la calle Juan B. Justo a la altura del 1900 entre las calles Garay y Pablo Iglesias (en la bocacalle con Garay).
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Decl. 254/13 Declara persona y profesional destacado al Dr. Nestor José Carrillo
Expte. Nº 4.765/13.
VISTO
Que el próximo 17 de setiembre del corriente año, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se realizará la entrega de “Diplomas al Mérito KONEX 2013” siendo galardonado nuestro conciudadano, el Biólogo Molecular Dr. Nestor José CARRILLO, y
CONSIDERANDO
Que el Dr. Néstor José CARRILLO es un ciudadano nacido y criado en nuestra Ciudad, proveniente de una Flia. destacada y comprometida en el ámbito Público como lo fuera su Abuelo, El Pte. Comunal por el Partido Demócrata Don José PIAZZA,
Que el Dr. CARRILLO cursó sus estudios primarios y secundarios en el Centenario Colegio Teodelina Fernández de Alvear, trasladándose luego a la Ciudad de Rosario para cursar sus estudios de Bioquímica en la Universidad Nacional de Rosario; donde trabaja actualmente como Profesor asociado al Área Biología molecular,
Que se ha capacitado en EEUU y Alemania, pero consiente y comprometido con la realidad nacional, retorna al País; específicamente a la Ciudad de Rosario para dar nacimiento –hace 25 años- al Instituto de Biología Molecular y Celular “IBR”, donde sigue investigando,
Que sus más de 200 publicaciones y ponencias en el extranjero lo posicionan como uno de los mejores investigadores mundiales,
Que sigue ejerciendo como Investigador Superior del CONICET (Concejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas) en el Programa Gral. de Cs. Exactas y Naturales sector agropecuario, siendo su especialidad Biología Molecular Bioquímica investigando el tema: Estructura, función y actividad antioxidante de flavo proteínas transportadoras de electrones en plantas y bacterias, lo que él mismo llama, “Fisiología del Estrés” (convivencia de un ser vivo en un ambiente hostil),
Que ha sido distinguido con el Premio que la Fundación KONEX otorga cada 10 (diez) años a cinco (5) Investigadores destacados,
Que ha sido elegido por esta Fundación por un Concejo de 100 premiados en los últimos años,
Que entre los premiados han figurado Premio Nobeles Nacionales, como Cesar MILSTEIN, Luis Federico LELOIR o el recordado Dr. René FAVALORO,
Que este Premio se ha instituido desde1980 con el propósito de sembrar Porvenir, premiando el presente en cuanto es permanente y digno, para que el ejemplo de los mejores, sirva de factor de emulación de nuestra juventud, como dictan las palabras de su Presidente, distinguiendo a las personalidades contemporáneas más valiosas,
Que el Premio otorgado a nuestro vecino el Dr. Néstor José CARRILLO es una brisa de esperanza y un ejemplo para nuestros ciudadanos, especialmente los jóvenes, para demostrar que dentro de este panorama, las circunstancias no siempre son adversas, que con esfuerzo, trabajo y tesón los sueños son alcanzables,
Que es necesario premiar a aquellos que con sus logros nos representan y enorgullecen,
Que es intención de este Concejo destacar la labor intelectual de este Profesional Hijo de VILLA GOBERNADOR GALVEZ, cuya tarea y trayectoria son reconocidas a nivel nacional e internacional,
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 254/2013
ART. 1°) El Concejo Deliberante de Villa Gdor. Gálvez, en reconocimiento a su trayectoria y labor intelectual declara al Dr. Néstor José CARRILLO, CIUDADANO ILUSTRE DE LA CIUDAD DE VILLA GDOR. GÁLVEZ.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
8º Sesion Ordinaria 16 de mayo 2013
El 16 de mayo, se realizó la 8º sesión de caracter Ordinaria, en Presidencia Norma Haydee Auge, en Secretaria: Daniel Marcucci. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Claudio Luraghi, Susana Mangiaterra, Hector Eduardo Lopez, Raúl Martinez, Miguel Angel Monte y Mariano Cabrol. Ausente: Carlos Dolce.
{slider=Orden del Día}
PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.
PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, declarando al Dr. Néstor José Carrillo, persona y profesional destacado de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez. Expte. Nº 4.765/13.
PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACIÓN, PRESUPUESTO Y HACIENDA Y OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para dar cumplimiento con establecido en la Ordenanza Nº 2032/12. Expte. Nº 4.770/13
PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACIÓN, PRODUCCIÓN, PUERTO, COMERCIO EXTERIOR Y PROMOCIÓN DE EMPLEO, Proyecto de Ordenanza, referido a la creación de la “Feria de Productores Fruti Hortícolas y Emprendedores” Expte. Nº 4.763/13.
PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo Municipal señalice con pintura epoxi los cordones de los canteros ubicados en Av. Gral. Juan D. Perón a la altura del 1100 y 1200. Expte. 4.768/13.
PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a realizar trabajos de bacheo en Juan B. Justo al 1900. Expte. Nº 4.767/13.
PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Minuta de Comunicación, para que se proceda a la apertura de Roque Sáenz Peña entre Víctor Hugo y A. Thomas y señalización. Expte. Nº 4.769/13.
PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: SERVICIOS PÚBLICOS Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, modificando el Anexo I de la Ordenanza Nº 2061/1º2. Expte. Nº 4.775/13.
{/slider}
MODIFICACION ANEXO Nº 1 ORDENANZA 2061/12
Autores del proyecto: Concejales Auge, Mangiaterra, Cabrera, Luragui, Lopez, Monte, Martinez y Cabrol.
Proyecto de Ordenanza, modificando el Anexo Nº 1 de la Ordenanza 2061/12. Exp. 4775/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2061/12 y sus sucesivas modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que atentos al sentido de circulación de la calle Pasteur es necesario efectuar una mínima modificación en el recorrido de la Línea 143, Bandera Roja.
Que la adecuación de los recorridos del Transporte Urbano de Pasajeros surge de las atribuciones que por ley corresponden a los concejos deliberantes.
Por todo ello, los Concejales abajo firmantes elevan para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º) Insértanse las siguientes modificaciones al Anexo Nº 1 de la Ordenanza Nº 2061/12 “Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gdor. Gálvez”.
“Línea 143 Roja
Ida: Desde Camino del Inmigrante y Puerta de Ingreso a Unilever SA por Camino del Inmigrante, Avda. San Martín, Chubut, Las Heras, Belgrano, Alberdi, Eva Perón, Pasteur, Garibaldi, Mitre, Av. Filippini, Bv. San Diego, Rivadavia, Gral. López, Av. San Martín hacia Municipio de Rosario.
Vuelta: entrada al Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Edison, Vélez Sarsfield, Rivadavia, Bv. San Diego, Av. Filippini, Ing. Mosconi, Pasteur, Belgrano, Las Heras, Chubut, Avda. San Martín, Camino del Inmigrante Puerta de Ingreso a Unilever SA.”
ART. 2º) Dése conocimiento a la empresa prestataria del servicio a través de la autoridad de aplicación.