Autor del proyecto: Concejal Martínez. 

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo realice tareas de zanjeo y desmalezamiento en Magallanes ambas veredas entre Libertador y Suipacha y se gestione ante NCA para que realice tareas de limpieza y desmalezamiento en terreno ferroviario de Magallanes altura 2700 – 2900. Exp. 4644/12.

Visto:

Ley N° 2.756

Reclamos de vecinos y

Considerando:

Que en calle Magallanes a la altura del 2700 al 2900, entre las calles Avenida Libertador y Suipacha, en la vereda del ferrocarril y/o vereda limite del municipio, se encuentra cubiertas de pastos muy altos.

Que es una zona muy peligrosa durante el día como en la noche, y los vecinos viven atemorizados por la altura de dichos yuyos.

Que ya es imposible el paso de niños que se dirigen a la escuela de la zona, o adultos que pasan a tomar el colectivo por el peligro que eso ocasiona.

Que los vecinos manifiestan atropellos, robos y arrebatos durante el día, y por la noche se hace imposible transitar por el peligro de la delincuencia.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad, dando un mejor estilo de vida a nuestros ciudadanos.

Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el presente proyecto de:

 

Decreto

Art. lº) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, realice gestiones antes la Empresa Ferroviaria N.C.A. proceda a realizar tarea de limpieza y desmalezamiento en la superficie que corresponda a su terreno, ubicado en Magallanes a la altura del 2700 al 2900 entre las calles Avenida Libertador y Suipacha.

 

Art. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, proceda a realizar tareas de zanjeo y desmalezamiento en ambas veredas, ubicado en Magallanes a la altura del 2700 al 2900 entre las calles Avenida Libertador y Suipacha.

 

 

Este es un proyecto presentado por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

 

BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

 

TAREAS DE ZANJEO Y DESMALEZAMIENTO EN MAGALLANES ENTRE LIBERTADOR Y SUIPACHA Y SE GESTIONE ANTE NCA LA LIMPIEZA DEL TERRENO FERROVIARIO EN MAGALLANES 2700 – 2900

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo realice tareas de zanjeo y desmalezamiento en Magallanes ambas veredas entre Libertador y Suipacha y se gestione ante NCA para que realice tareas de limpieza y desmalezamiento en terreno ferroviario de Magallanes altura 2700 – 2900. Exp. 4644/12.

Visto:

Ley N° 2.756

Reclamos de vecinos y

Considerando:

Que en calle Magallanes a la altura del 2700 al 2900, entre las calles Avenida Libertador y Suipacha, en la vereda del ferrocarril y/o vereda limite del municipio, se encuentra cubiertas de pastos muy altos.

Que es una zona muy peligrosa durante el día como en la noche, y los vecinos viven atemorizados por la altura de dichos yuyos.

Que ya es imposible el paso de niños que se dirigen a la escuela de la zona, o adultos que pasan a tomar el colectivo por el peligro que eso ocasiona.

Que los vecinos manifiestan atropellos, robos y arrebatos durante el día, y por la noche se hace imposible transitar por el peligro de la delincuencia.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad, dando un mejor estilo de vida a nuestros ciudadanos.

Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el presente proyecto de:

 

Decreto

Art. lº) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, realice gestiones antes la Empresa Ferroviaria N.C.A. proceda a realizar tarea de limpieza y desmalezamiento en la superficie que corresponda a su terreno, ubicado en Magallanes a la altura del 2700 al 2900 entre las calles Avenida Libertador y Suipacha.

 

Art. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, proceda a realizar tareas de zanjeo y desmalezamiento en ambas veredas, ubicado en Magallanes a la altura del 2700 al 2900 entre las calles Avenida Libertador y Suipacha.

 

 

Expte.Nº 4.626/12.

VISTO:

Ley Nº 2.756

Reclamo de vecinos y

 

CONSIDERANDO:

            Que en Bulevar San Diego a la altura del 300 entre las calles 17 de Octubre y Alvear, se encuentra un inmenso basural sobre la vereda de los números pares.

            Que es una zona donde existe un templo religioso, clubes de futbol infantiles, escuelas primarias y secundarias, donde los niños y adultos pasan diariamente obligado por el basural.

            Que es un foco infeccioso constante,  porque se ha formado un basural permanente en ese lugar.

            Que es necesario realizar limpieza y colocar contenedores  para mejorar la calidad de vida de nuestra ciudad.

            Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la limpieza, reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad.                        

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 435/2012

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, realice la siguiente obra de limpieza en el basural ubicado en Bulevar San Diego a la altura del 300, entre las calles 17 de Octubre y Alvear, dentro de la zona catastral N° 2.

 

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a señalizar con carteles indicadores de prohibido arrojar basura en la vía pública.

 

ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de colocar un contenedor en la cuadra de Bv. San Diego a la altura del 300 entre las calles 17 de Octubre y Alvear.

 

ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de noviembre de 2012.

 

 

 

Presidente: Carlos Dolce
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº 4.638/12.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.

Reclamo de vecinos  y

 

CONSIDERANDO:

Que en Avenida Soldado Aguirre a la altura del 2500, esquina  9 de Julio, se encuentra sobre la vereda un sumidero sin su tapa correspondiente de seguridad.

Que el orificio de la tapa faltante es de aproximadamente de un metro de diámetro y significa un riesgo de accidentes al paso peatonal.

Que se encuentra tapado por basura y pasto crecido alrededor del mismo, que representa peligrosidad por la falta de la tapa del sumidero que se encuentra en la vereda.

Que es necesario que se proceda a señalizar con elementos bien visibles al paso peatonal, y/o cercar hasta que se realice la reparación definitiva.

Que los vecinos reclaman por el peligro permanente que ocasiona la falta de la tapa del sumidero, porque es una zona muy transitada por peatones y parada de colectivos.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles y veredas de nuestra ciudad, para una mejor calidad de vida de nuestros ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 434/2012

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a reponer la tapa del sumidero ubicada en Av. Soldado Aguirre a la altura del 2500,  esquina a calle 9 de julio, sobre la numeración par.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de noviembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Carlos Dolce
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. 4643/12.

VISTO:

La Ley 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que en el Registro Civil Delegación de Villa Gobernador Gálvez se tramitan emisiones y renovaciones de  D.N.I. y pasaportes para los ciudadanos de nuestra Ciudad y también de las localidades de Alvear y Pueblo Esther.

Que aproximadamente se atiende una potencial demanda de 115.000 personas.

Que solo se cuenta en dicha oficina con dos puestos digitales para dichos trámites.

Que debido a la alta demanda y la escasa capacidad de respuesta por no tener la cantidad de puestos digitales requeridas a tal demanda, se están dando turnos para el mes de mayo 2013.

Que además se requiere de estos para distintos trámites de urgencia como asistencia Universal por hijo, plan PROCREAR y distintos planes sociales.

Que se debería prevenir demandas mayores para el año entrante debido a las elecciones de Diputados, Senadores y Concejales.

Que es indispensable para la mejor y efectiva atención la incorporación de dos puestos digitales

Que para dichas máquinas no haría falta la incorporación de más empleados, ya que con los que hay estaría cubierta la demanda de dos operadores para su óptima utilización.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 433/2012

 

ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal proceda a tramitar a través de la Secretaría que corresponda al  Superior Gobierno de la Provincia la provisión de dos puestos digitales en el  Registro Civil Delegación Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de noviembre de 2012.

 

 

 

Presidente: Carlos Dolce
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

Expte. 4639/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756

La Ordenanza 2052/12 de Prohibición de estacionamiento en calle Belgrano 2014, Delegación del Registro Civil.

El Reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que el 13 de Septiembre del corriente año, este Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza 2052/12, donde el articulo 1º  establece: "Prohíbase el estacionamiento de vehículos, los días hábiles y en el horario de 7 a 13 horas, sobre la calzada en cuyo frente se encuentra emplazada la Delegación Villa Gobernador Gálvez del Registro Civil, sita en calle Belgrano 2014.

Que trascurridos 75 días de la aprobación de la referida Ordenanza, El Departamento Ejecutivo Municipal no ha procedido a la señalización con cartelería indicativa en el sector donde se estableció la prohibición.

Que en el considerando de la Ordenanza 2052/12 se expresa; "Que muchos de los concurrentes al edificio llegan en sus vehículos particulares, en transporte público de pasajeros como remises y taxis, por lo que en reiteradas veces hacen ascenso o descenso de pasajeros en doble fila o dejan estacionados de manera indebida los autos sobre la ochava de calle Belgrano y Pablo Iglesias.

Que el mal estacionamiento de los vehículos ocasiona trastornos en la circulación de la Línea 142 Negra del Transporte de Pasajeros que transita por calle Pablo Iglesias y que al querer girar hacia calle Belgrano se ve imposibilitado de hacerlo de manera correcta, debido a los vehículos que se encuentran estacionados sobre la ochava".

Que es necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza en cuestión, con el fin de hacer un ordenamiento de tránsito en la zona.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 432/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda y en un plazo de 30 días proceda a dar cumplimento a lo establecido en el articulado de la Ordenanza 2052/12.

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de noviembre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Carlos Dolce
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

 

Expte. 4629/12.

VISTO:

                La Ley 2756 Art. 39,

                La Declaración Nº 156/2008 y

 

CONSIDERANDO:

           Que el analfabetismo es una problemática que afecta a la persona ya que representa una gran dificultad al momento de realizar sus tareas cotidianas.

           Que según el Censo realizado en el 2001, en Villa Gobernador Gálvez existen 12.528 personas sin instrucción o que cuentan con estudios primarios incompletos, de los cuales un gran porcentaje puede estar incluido en los índices de analfabetismo.

            Que el programa de alfabetización cubano “Yo, si puedo“, creado por el Instituto Pedagógico Latinoamericano y Caribeño ha sido aplicado en numerosos países de Latinoamérica brindando excelentes resultados, en muchos de ellos logrando la erradicación del analfabetismo.

           Que desde el aprendizaje audiovisual y a través de facilitadores, en poco tiempo se logran superar las barreras educativas que las personas han acarreado por diferentes motivos a lo largo de su vida.

          Que en Argentina existen 200 centros de alfabetización y se graduaron  21.900 personas.

           Que en nuestra ciudad se ha llevado a cabo el programa  antes mencionado, a través de la firma del convenio el 30 de Julio de 2008 entre el Municipio y la Fundación Un Mundo Mejor es Posible, que es quien coordina el programa a nivel nacional.

           Que sería conveniente que nuevamente, el Municipio lleve adelante la ejecución del Programa “Yo, si puedo” para brindar nuevas herramientas tanto personales como laborales de los vecinos y vecinas de nuestra ciudad que no saben leer ni escribir.

           Que  dicho programa debe llevarse a cabo a través del trabajo colectivo entre el Estado Municipal y organizaciones como vecinales, partidos políticos, organizaciones no gubernamentales, movimientos sociales, etc.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 431/2012

                                      

ART. 1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal inicie las gestiones correspondientes para la implementación del Programa de Alfabetización “Yo, si puedo”.

 

 ART. 2º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los convenios necesarios para la implementación del programa mencionado en el Artículo 1º.

 

ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de noviembre de 2012.

 

 

Presidente: Carlos Dolce
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

 

Expte. Nº 4.632/12.

VISTO:

La Ley 2756.

Reclamo de vecinos, y

           

CONSIDERANDO:

Que en la Sección Catastral Nº 15, entre las calles Mosconi hasta Temporelli y Crespo hasta Av. Pte. Raúl Alfonsín (Ex Ruta Provincial Nº 22S), las calles de tierra de la zona mencionada tienen muy malas condiciones para el tránsito vehicular.

Que los vecinos reclaman por el mal estado de las calles y aducen la imposibilidad de crecimiento en el barrio, porque en estas condiciones no entran ambulancias, remisses, taxis, proveedores y cualquier otro vehículo que deba transitar por el barrio y mucho menos en los días de lluvia.

Que es necesario realizar tareas de zanjeo y desmalezamiento en toda la zona del barrio, porque existe agua estancada produciendo olores nauseabundos.

Que es necesario el mantenimiento del alumbrado público, ya que por la noche la iluminación es muy precaria y los vecinos quedan desamparados ante la delincuencia callejera.

Que es debe del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad, para una mejor calidad de vida para nuestros ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1999/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda,  proceda a realizar tareas de nivelación y mantenimiento de las calles, comprendidas en la Sección Catastral Nº 15, entre calles Mosconi hasta Temporelli y de Crespo hasta Av. Pte. Raúl Alfonsín.

 

ART. 2º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda,  proceda a realizar tareas de zanjeo y desmalezamiento en el sector mencionado en el Art. 1º.

 

ART.3º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda,  proceda a realizar tareas de limpieza y colocar contenedores en distintas calles del mencionado sector.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de noviembre de 2012.

 

 

 

Presidente: Carlos Dolce
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

Viernes, 30 Noviembre 2012 03:32

31º Sesion Ordinaria 29 de noviembre 2012

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El 29 de noviembre, se realizó la 31º sesión de caracter Ordinaria, en Presidencia el Vice Presidente 1º Carlos Dolce, en Secretaria: Daniel Marcucci. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Claudio Luraghi, Susana Mangiaterra, Hector Eduardo Lopez,  Raúl Martinez y Mariano Cabrol. Ausentes: Norma Haydee Auge y Miguel Angel Monte.

 

 

{slider=Orden del Día}

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, ordena al Departamento Ejecutivo Municipal inicie gestiones para implementar el Programa de Alfabetización “Yo, si puedo”. Expte. 4.629/12.

PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, para que se proceda a dar cumplimiento a lo establecido en el articulado de la Ordenanza Nº 2052/12. Expte. 4.639/12.

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, para que el Departamento ejecutivo Municipal gestiones ante el Superior Gobierno de la Provincia la provisión de dos puestos digitales para el Registro Civil Delegación VGG. Expte. 4.643/12.

PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo Municipal proceda a reponer la tapa del sumidero ubicado en Av. Soldado Aguirre al 2500. Expte. Nº 4.638/12.

 

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, limpieza del basural, colocación de carteles y contenedor en Av. San Diego entre 17 de Octubre y Alvear. Expte. Nº 4.626/12.

 

PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SALUD PÚBLICA,  Proyecto de Decreto, diferentes trabajos de obras públicas en el Sector Catastral Nº 15. Expte. Nº 4.632/12.

 

 

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 Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo gestione ante el Superior Gobierno de la Provincia la provisión de dos puestos digitales para el Registro Civil Delegación Villa Gdor. Gálvez. Exp. 4643/12.

VISTO:

La Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

Que en el Registro Civil Delegación de Villa Gobernador Gálvez se tramitan emisiones y renovaciones de  D.N.I. y pasaportes para los ciudadanos de nuestra Ciudad y también de las localidades de Alvear y Pueblo Esther.

Que aproximadamente se atiende una potencial demanda de 115.000 personas.
Que solo se cuenta con dicha oficina con dos puestos digitales para dichos trámites.
Que debido a la alta demanda y la escasa capacidad de respuesta por no tener la cantidad de puestos digitales requeridas a tal demanda, se están dando turnos para el mes de mayo 2013.

Que además se requiere de estos para distintos trámites de urgencia como asistencia Universal por hijo, plan PROCREAR y distintos planes sociales.
Que se debería prevenir demandas mayores para el año entrante debido a las elecciones de Diputados, Senadores y Concejales.

Que es indispensable para la mejor y efectiva atención la incorporación de dos puestos digitales

Que para dichas máquinas no haría falta la incorporación de más empleados, ya que con los que hay estaría cubierta la demanda de dos operadores para su óptima utilización.

Por todo ello, los Concejales abajo firmantes solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente proyecto de

 

DECRETO

ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento ejecutivo Municipal proceda a tramitar a través de la Secretaría que corresponda al  Superior Gobierno de la Provincia la provisión de dos puestos digitales en el  Registro Civil Delegación Villa Gobernador Gálvez.