Ord. 0020/84 Incorporar al patrimonio privado terrenos de la sección 10
VISTO:
Las instrucciones emanadas del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través de la Secretaría de Acción Comunal, por Circular 070 fechada en Santa Fe el día 20 de julio de 1.982, por las que se dá a conocimiento los procedimientos a seguir para realizar la inscripción dominial de inmuebles de propietarios desconocidos, que oportunamente se hayan tomado en posesión, y
CONSIDERANDO:
ORDENANZA Nº 20/84
ART.1º) Incorpórase al Patrimonio Privado de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, el inmueble que a continuación se describe: un lote de terreno, situado en la Sección Catastral 10 ma., Manzana 16 de esta Ciudad, Distrito del mismo nombre, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, el que de acuerdo al plano de mensura suscripto por el Ing. Civil Ricardo Juan Nallino y registrado en el Departametno Topográfico de la Dirección General de Catastro, Delegación Rosario, como duplicado 1156 R, año 1.976, se lo designa con el Nº 2, ésta ubicado en la calle Catamarca (hoy Bomberos Voluntarios) entre la calle Ing. Mosconi y la Av. Gral. Levalle, a los doce metros noventa y tres centímetros de esta última hacia el Norte, mide doce metros noventa y tres centímetros de frente al Este, por treinta metros de fondo, encierra una superficie de trescientos ochenta y siete metros cuadrados con noventa decímetros cuadrados, y linda, por su frente al Este con calle Catamarca (hoy Bomberos Voluntarios), al Norte con Miguel Mirkin, al Oeste con propietario desconocido y al Sur con Pedro Lanese y otros.
ART.2º) Inscríbase en el Registro General de la Propiedad de la 2da. Circunscripción.
ART.3º) Tramítase ante la Dirección de Catastro Rosario la inscripción en forma del plano de mensura correspondiente.
ART.4º) Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 2 de febrero de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0021/84 Autorización a la Firma Ibarra para sala velatoria
VISTO:
ORDENANZA Nº 21/84
ART.1º) Concédese la autorización pertinente a la firma Armando Ibarra S.R.L. de esta Ciudad, ajustándose a la reglamentación pertinente.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, febrero 7 de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0022/84 Modifica el Presupuesto de Gastos 1983 para 1984
VISTO:
ORDENANZA Nº 22/84
ART.1º) Autorízase a m,modificar el Presupuesto General de Gastos 1.983 reconducido para 1.984, vigente a la fecha de la siguiente manera:
PARTIDAS QUE SE AUMENTAN
Erogaciones Corrientes
0.1.1/06.00.00.00 Concejo Deliberante 600.000
Total aumento partidas 600.000
PARTIDAS QUE DISMINUYEN
Erogaciones Corrientes
0.1.1/02.00.00.00 Bienes y Servicios no Pers. 600.000
Total disminuyen partidas 600.000
ART.2º) Como consecuencia de la ampliación de lo dispuesto en el Art. 1º, el Presupuesto General de Gastos de 1.983 reconducido para 1.984, queda establecido de la siguiente manera:
R.G. R.E. TOTAL
EROG. CORRIENTES 22.400.037 -- 22.400.037
Operación 21.200.000 -- 21.200.000
- Personal 13.000.000 -- 13.000.000
- Bs. y Serv. no Pers. 8.200.000 -- 8.200.000
Intereses de la Deuda -- -- --
Transferencias 440.037 -- 440.037
A clasificar 10.000 -- 10.000
Concejo Deliberante 750.000 -- 750.000
EROG. DE CAPITAL 618.200 8.480 626.680
Inversión Real 612.200 8.480 620.680
- Bienes de Capital 48.200 -- 48.200
- Trabajos Pcos. 564.000 8.480 572.480
BIENES PRE EXISTENTES 6.000 -- 6.000
23.018.717 8.480 23.026.717
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, febrero 7 de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0023/84 Fija la Ordenanza Tributaria para 1984
VISTO:
CONSIDERANDO:
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 23/84
ART.1º) Establécese para el año 1.984 la Ordenanza Tributaria que se detalla:
TITULO I.
1º) Fíjase el interés resarcitorio previsto en el Art. 41º del Código Fiscal Uniforme (C.F.U.) en el 9 % mensual, aplciable hjasta el período en que entró en vigencia las prescripciones del Capítulo 10 (Art.48º y subsiguientes) del C.F.U. y actualizar el importe debvengado conforme a lo prescritpo por el Art. 48º del C.F.U. adoptando a tal efeto comof echa de vencimiento la de sesenta días posteriores a la que se fijó para el Tributario Principal.
TITULO II.
CAPITULO I.
TASA GENERAL DE INMUEBLES.
ART.2º) Conforme lo establece el Art. 1º de la Ley 8353/78, esta tasa se percibirá sobre las bases imponibles del 1.977/82.
ART.3º) fíjase la modificación urbana y rural prevista en el Art. 71º del C.F.U., de este Municipio conforme a plano vigente,a símismo se delimi..
(ver exp. Nº 7/84)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante .
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Nota: El articulo 5 fue derogado por Ordenanza 34/84
Ord. 0024/84 Mantiene la vigencia de la Ord. 71/74 Uso y división del suelo
VISTO:
ORDENANZA Nº 24/84
ART.1º) Mantiénese la plena vigencia de la Ordenanza Nº 71/74 que reglamenta el uso y la División del Suelo.
ART.2º) En los casos de lotes edificados, que cuentan con permiso de edificación y certificado de final de obras, cualquiera sea su ubicación dentro del Municipio, con más de una unidad de vivienda mínima, entiéndase por unidad de vivienda mínima a la constituída por dormitorio, cocina y baño, se podrán subdividir de acuerdo a lo edificado, en tantos lotes como unidades de vivienda mínima existan sobre el lote origen, siempre que las mismas no se superpongan entre sí en distintos niveles, que cuentan con acceso directo a la vía pública, ya sea en forma independiente o a través de un pasillo en condominio y que la iluminación y ventilación de las viviendas sea reglamentaria.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 9 de febrero de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0026/84 Prorroga el vencimiento de la Moratoria Tributaria
VISTO:
Las peticiones recibidas pro las Comisiones Vecinales en representación de los contribuyentes respecto a una prórroga de la fecha de vencimiento de la moratoria tributaria sancionada por Ordenanza Nº 16/84 y promulgada por Decreto Nº 92/84 de fecha 3 de febrero de 1.984, y
CONSIDERANDO:
ART.1º) Prorrogar hasta el día 30 de marzo de 1.984 el vencimiento de la moratoria tributaria, sancionada por Ordenanza Nº 16/84.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 6 de marzo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0026/84 bis Establece un descuento 50 % pago tasas municipales para Jubilados y Pensionados
VISTO Y CONSIDERANDO:
ORDENANZA Nº 26/84 Bis
ART.1º) Se establece un descuento del 50 % en el pago de las tasas municipales para los jubilados y pensionados, que acrediten mediante Declaración Jurada las siguientes condiciones:
a) "Se establece que el haber mínimo que percibe los Jubilados y Pensionados, en la actualidad, a este piso mínimo deberá incrementarse un 20 % más sobre dicho básico, para practicarle el descuento de referencia".Texto según Ordenanza 57/84
d) "Serán beneficiarios tambien los jubilados o pensionados que por fallecimientos de uno de los conyugues al hacer la sucesión hayan tenido que agregar como titulares de la propiedad a sus hijos, siempre que sean menores y no tengan ingreso". Texto agregado por Ordenanza 210/86
ART.2º) En caso de comprobarse falsedad en la Declaración Jurada, se procederá a dar intervención a la asesoría legal de esta Municipalidad para que actúe en consecuencia, con el máximo rigor.
ART.3º) Para aquellos jubilados que reúnan los requisitos antedichos y no posean vivienda propia, deberá demostrar fehacientemente, por medio de la presentación del contrato de locación respectivo, que están a cargo del mismo el pago de las tasas municipales, para acogerse al beneficio de la presente Ordenanza.
ART.4º) Comuníquese al centro de Jubilados y Pensionados de Villa Gobernador Gálvez.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 6 de marzo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0027/84 Disposición del terreno ubicado al lado de la Municipalidad
VISTO Y CONSIDERANDO:
ORDENANZA Nº 27/84
ART.1º) Que la Municipalidad, disponga del terreno ubicado detrás de la misma, para la construcción d en obrador, ubicado delante del salón "12 de Abril".
ART.2º) Que el Departamento Ejecutivo Municipal determine, la oportunidad para realizar los trabajos que sean necesarios, para adaptarlos al fin específico que determina el Art. 1º de la presente.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 6 de marzo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0028/84 Se otorga un subsidio a la Parroquia Nta Sra de La Paz
VISTO:
ORDENANZA Nº 28/84
ART.1º) otórguese un subsidio mensual de $a 2.500.- (Pesos Argentinos Dos Mil Quinientos), a partir del día 1º de febrero de 1.984, a la Parroquia Ntra. Sra. de la Paz, que se encuentra en el barrio Pueblo Nuevo de esta Ciudad.
ART.2º) El subsidio es al solo efecto de que la Institución, abone un sueldo mensual, a la celadora afectada a la atención de los niños, que se encuentran en su guardería infantil.
ART.3º) Los fondos para afectar el presente subsidios serán imputados a Rentas Generales.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 8 de marzo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0029/84 Autoriza aumento a la Empresa Martín Fierro
VISTO Y CONSIDERANDO:
ORDENANZA Nº 29/84
ART.1º) Se autoriza a la Empresa Martín Fierro S.R.L. de transporte automotor de pasajeros de esta Ciudad, el incremento del precio del boleto, en el sector urbano de nuestra Ciudad en $ a 3,60.- (Tres Pesos con Sesenta Centavos Argentinos), a partir de la cero hora del día 11 de marzo de 1.984.
ART.2º) Este incremento se aplicará a la línea Negra, Verde y Roja de la empresa que hace mención el Art. 1º de esta Ordenanza.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 10 de marzo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone