07 Junio 2025
Martes, 14 Febrero 2017 14:10

Ord. 2287/15 Modificación Art. 1º Ordenanza Nº 1.948/10 (Transporte Escolar)

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Expte.  Nº  5.477/15.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

Las Ordenanzas N° 1814/2008, 1893/2010 y 1948/2010,

La nota remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal, y 

CONSIDERANDO:

Que en la nota remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo se expone la situación del transporte escolar en la Ciudad. Situación de crisis en el que se verían afectados unos doscientos cincuenta (250) alumnos aproximadamente, de no  proceder a adecuar la normativa, prorrogando lo dispuesto en la Ordenanza N° 1948/2010, modificatoria de la Ordenanza N° 1814/2008 que regula dicha actividad.

Que es deber del Municipio atender las necesidades de los servicios públicos de la Ciudad para su correcto funcionamiento, y al mismo tiempo considerar las dificultades que sufren los prestadores al momento de la renovación de los vehículos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.287/2015.

ART. 1º) Modifíquese el Art. 1 de la Ordenanza N° 1948/2010, modificatoria del Art. N°8 de la Ordenanza N° 1814/2008, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"En los casos de renovaciones de las habilitaciones, los vehículos deberán ser de no más de 19 años de antigüedad, en todos los casos los plazos serán contados  partir del 1º de enero del año posterior a su fabricación. El efectivo cumplimiento de dicha condición respecto a la antigüedad del vehículo, queda prorrogada hasta el 31 de Diciembre de 2016”. Texto según Ordenanza 2318/15


Texto anterior

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   9 de abril  de 2015

 

 

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