Expte. Nº 5.323/14.
VISTO:
La Constitución Nacional Artículo 41º;
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Artículos 39º Incisos 14 y 52; Artículo 41º Inciso 24;
Ordenanza Nº 1.599/04 Plan piloto erradicación basurales calle Vélez Sarsfield;
Minuta de Comunicación Nº 1543/08 Erradicación basurales en la Sección 13;
Decreto Nº 415/12 Limpieza basural en la esquina de Santiago del Estero y Pje Adalio;
Decreto Nº 505/13 Limpieza y remoción del basural ubicado sobre Pasaje 4 al 1900;
Decreto Nº 606/14 Limpieza y remoción de los basurales emplazados en diversos puntos de la ciudad y;
CONSIDERANDO:
Que, este Cuerpo aprobó, en noviembre de 2004, la Ordenanza Nº1.599 en la cual solicitaba la implementación de un plan piloto tendiente a la erradicación de los basurales de calle Vélez Sarsfield.
Que la misma estuvo inspirada en la Minuta de Comunicación Nº 1.235/04 en la que se solicita el retiro de los residuos acumulados en calles Vélez Sarsfield y Monteagudo, Stephenson entre Vélez Sarsfield y bajada Nogués, Cervantes y Lavalle y Cervantes y Puente sobre el Arroyo Saladillo; y la colocación de carteles con la leyenda "Prohibido arrojar basura" y la consecuente implementación de la Ordenanza Municipal Nº 490/89.
Que, a 10 años de la sanción de las citadas normativas, la situación no ha mejorado sino que ha empeorado.
Que, en la mencionada ordenanza, explica las condiciones de la siguiente manera:“tratándose de calles colectoras del Acceso Sur, la visual directa de estos basurales, más allá de los aspectos puramente sanitarios y de higiene general de la Ciudad, causan un impacto negativo sobre la gran cantidad de personas que circulan por esa importante vía de comunicación, que incluye tránsito local, nacional e internacional, en su tránsito hacia el Puente Rosario, Monumento a la Bandera y otros puntos de la Ciudad de Rosario.”
Que, en mayo próximo pasado, este Concejo aprobó el Decreto Nº 606 en el cual solicitaba al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice un relevamiento exhaustivo en todo el territorio municipal con el fin de erradicar los micro basurales y proceda a la colocación de carteles de Prohibido arrojar basura.
Que, haciendo un recorrido por la ciudad, es notable que las Ordenanzas y Decretos citados en los vistos no se hayan cumplido.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 693/2014
ART.1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la Ordenanza Nº 1.599/04 y al Decreto Nº 606/14 .
ART.2º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, envíe un informe sobre la implementación del articulo precedente, en un plazo no mayor a los 20 (veinte) días hábiles contados desde la aprobación del presente decreto.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de septiembre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva