Jueves, 26 Enero 2017 19:10

Decr. 802/15 Se gestione ante el Ministerio de Seguridad de la Nación la instalación de un puesto permanente de Gendarmería en la Ciudad de VGG

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Expte.  Nº  5.623/15.

VISTO:

            Ley 2756 de Municipios y Comunas

La Ordenanza Nº 2176/14.

La Declaración Nº 306/14.

El anuncio del Secretario de Seguridad de la Nación Dr. Sergio Berni referido al arribo de 50 efectivos de fuerzas federales a nuestra ciudad. 

La imperiosa necesidad de contar con un Destacamento Permanente de Gendarmería Nacional en Villa Gobernador Gálvez, y

CONSIDERANDO:

            Que el  25 de febrero de 2014 este cuerpo legislativo aprobó en sesión Extraordinaria y por Unanimidad la Ordenanza 2176/14 mediante la cual se declaró en todo el ámbito de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez la EMERGENCIA EN SEGURIDAD PÚBLICA.

            Que entendemos y aprobamos que en su creación y capacitación Gendarmería Nacional Argentina tiene como objetivo fundamental: "contribuir decididamente a mantener la identidad nacional en áreas limítrofes, a preservar el territorio nacional y la intangibilidad del límite internacional".

           Que no obstante ello, el alarmante nivel de inseguridad al que estamos expuestos los vecinos, requiere de medidas y acciones extremas que persigan la pacificación de nuestro territorio dado que la ineficacia e ineficiencia de la política de Seguridad Publica del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe tiene como consecuencia la pérdida irreparable de vidas de personas inocentes y la angustia de no sentirse seguro en ninguna hora del día en ningún rincón de nuestra ciudad.

           Que la experiencia vivida con la presencia de gendarmes durante algunos meses del año 2014 fue a todas luces altamente positiva, ya que redujo drásticamente los índices de criminalidad y la población en general volvió a respirar un clima de tranquilidad que hacía ya mucho tiempo no se vivía y  disfrutaba en nuestras  calles.

           Que  el patrullaje permanente y el trabajo coordinado con efectivos policiales e inspectores de tránsito municipales  lograron sacar de circulación una gran cantidad de vehículos robados y/o sin documentación y detener en estos operativos a personas con pedidos de capturas, como así también el secuestro de numerosas armas de fuego. 

Que la oportunidad cierta  de recibir el refuerzo de personal de GNA no puede encontrar como primer obstáculo la no disponibilidad de un predio con infraestructura y comodidades para alojar a gendarmes que por lo general provienen de otras provincias de nuestro país.

Que debemos gestionar para ello, todos los edificios, predios,  terrenos o instalaciones con ubicación ociosa  y/o estratégicas sean están de jurisdicción nacional provincial o municipal.

Que en la intersección de Av. San Martin y Bv. San Diego se encuentra el edificio de la Planta Transmisora de Radio Nacional que según tenemos entendido sólo se depositan algunos equipos de transmisión que podrían reubicarse para dejar lugar a la construcción de un edificio con la infraestructura y las comodidades para albergar a un Cuerpo permanente de efectivos federales que sean destinados exclusivamente a nuestra ciudad y la región. 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 802/2015

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al DEM para que a través de la secretaria que corresponda:

  1. realice las gestiones pertinentes ante el Ministerio de Seguridad de la Nación para la instalación de un puesto permanente de GNA en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.
  2. estudie la factibilidad de la obtención con este fin  del predio donde actualmente funciona Radio Nacional
  3. realice un relevamiento de locaciones municipales y/o cualquier otro inmueble público o privado para ofrecer como alternativa de traslado de la planta transmisora de Radio Nacional. 
  4. analice la factibilidad de construcción en el predio del Parque Regional de un pabellón con las características propias que permitan hacer frente a este tipo de contingencias y/o emergencias determinada por caso fortuito o fuerza mayor.

ART. 2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   29 de octubre  de 2015

 

 

 

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