VISTO:
La ley 2756, Decreto 595/80 s/Reglamento Gral. del Cementerio, el Decreto-Ordenanza 1726/82, y
las Resoluciones de
La fracción de terreno con
estructura de hormigón armado de la fundición de un panteón, ubicada en el
Sector Este del Cementerio San Lorenzo,
denominado Sector 31, de propiedad
Municipal.-
CONSIDERANDO:
Que es imperiosa la necesidad de proceder a la terminación
del Panteón, cuya estructura de hormigón armado se va deteriorando con el transcurso del tiempo y
las inclemencias climáticas.-
Que no es conveniente para
Que el terreno sobre el que está implantado dicha estructura (dominio público municipal), es
factible de ser objeto de una concesión de uso, y a tales efectos es necesario
llamar a
licitación pública para la concesión de
uso a perpetuidad del terreno
sobre el que se encuentra
implantada la estructura de
hormigón armado de la fundación de un
panteón.-
Que atento los estudios realizados sobre la resistencia y capacidad de carga de la estructura de
hormigón armado, se ha determinado la construcción de un Panteón de dos módulos de dos plantas cada uno, con cinco
filas de catres por planta debiendo excepcionarse este caso específico que lo normado por el Decreto-Ordenanza Nº 595/80
pto. o) ítems 2 y 3 y pto. V, que
autoriza cuatro filas de catres por piso
por motivo de acceso dificultoso a esa
altura, pero que técnicamente puede ser solucionado
mediante mesas elevadoras de ataúdes y escaleras portables.-
El dictamen de la comisión de Gobierno de este Concejo Deliberante.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
la siguiente:
ORDENANZA Nº 849/93
Art.1º) Llámase a licitación Pública a
personas físicas o Jurídicas en General para la concesión de uso a
perpetuidad de la fracción de terreno
del sector 31 del lado Este del Cementerio
San Lorenzo de Villa Gobernador Gálvez, con la estructura
de Hormigón armado existente,
de acuerdo al pliego de Bases y Condiciones y
Especificaciones Técnicas particulares
que corresponden al legajo de licitación.
Art.2º) Autorízase la construcción hasta la quinta (5º)
fila de
catres por planta.
Art.3º) El presupuesto oficial para la concesión de uso
a perpetuidad con estructura de hormigón
armado de fundación de un panteón,
se establece la suma de pesos
doscientos treinta mil
($230.000.-) y el valor del pliego en
pesos doscientos treinta ($230.-).
Art.4º) Previo a la formalización del contrato de
concesión con el adjudicatario el Departamento Ejecutivo
debe solicitar al Concejo Deliberante dicte Ordenanza autorizándolo a la
celebración del mismo.
Art.5º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de Junio de 1993.
PLIEGO DE
BASES Y CONDICIONES GENERALES
ART. 1º: OBJETO DEL PLIEGO:
El presente pliego establece las bases y condiciones a que se ajustará
ART. 2º: DOCUMENTACION:
El presente pliego y demás documentos de
ART. 3º: RETIRO DE LAS BASES DE
LICITACION:
Los interesados en participar en el acto de Licitación podrán retirar
el presente pliego en
ART. 4º: IMPORTE DEL PRESUPUESTO OFICIAL
:
El monto total es de $ 230.000,- (pesos Doscientos treinta mil).-
ART. 5º: PRECIO DE ADQUISICION DEL
PLIEGO:
El monto del pliego se establece
en la suma de $ 230.- (pesos doscientos treinta).
ART. 6º: MANTENIMIENTO DE
Los proponentes están obligados a mantener su oferta durante el plazo de
30 (treinta) días, en su defecto perderán el depósito de garantía a que se refiere el artículo 11º inciso a) del
presente pliego.
El plazo del mantenimiento de las
propuestas quedará prorrogado de pleno derecho hasta el momento de la
adjudicación a menos que los oferentes se retracten por escrito, en cualquier oportunidad,
después del vencimiento de dicho plazo.
ART. 7º: LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION:
Las ofertas deben ser presentadas
en el lugar que se indique en el aviso de Licitación, en horas hábiles de
oficina, hasta el día y hora fijadas
para la apertura del acto.
No serán tenidas en cuenta todas aquellas propuestas que lleguen por correo o cualquier otro medio, con
posterioridad a la fecha y hora indicada en el aviso, aún cuando se justifique
con matasellos u otro elemento, de
haberse despachado a tiempo.
ART. 8º: REGISTRACION QUE DEBE
CUMPLIMENTAR EL OFERENTE:
a) Inscripción de los
profesionales matriculados en
ART. 9º: CONDICIONES DE LOS OFERENTES:
a) En caso de tratarse de
Sociedades, su período de duración
deberá superar en más de 1 (uno) año el plazo de contratación.
b) En caso de Mutuales deberán cumplir con la ley 20320.
c) Tener capacidad económica y
financiera acorde a la concesión que se
licita.
d) Demostrar por sus antecedentes contar con experiencia en servicios
u obras de características y complejidad
similares o superiores a los que se
licitan.
e) Fijar domicilio legal dentro del Municipio de Villa
Gobernador Gálvez.
ART. 10º: CONOCIMIENTO DE LAS
CONDICIONES DE
La presentación de la propuesta
significará que quien la realiza, conoce
ART. 11º: PRESENTACION:
Para presentarse a esta
Licitación y para que sea válida su
concurrencia el proponente deberá depositar por si o por interpósita
persona, en la oficina donde aquella deba verificarse, hasta el día y la hora
establecido para la presentación en sobre cerrado, todos los documentos que se
exigen en el artículo siguiente.
Esta presentación podrá hacerse también por carta,
sin responsabilidad alguna para esta Municipalidad, por demora o
extravío de cualquier origen.-
En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete ni inscripción alguna que identifique al
proponente y llevar como única leyenda:
"LICITACION PUBLICA DECRETO
Nº__________PARA
ART. 12º: DOCUMENTOS PARA
Los documentos que deben incluirse para la presentación son los siguientes:
a) Garantía de la propuesta, constituida por el uno por ciento (1%) del
importe del presupuesto oficial que se licita, pudiendo ser
formalizada mediante:
a-1) Dinero en efectivo en depósito en
a-2) Títulos de
a-3) Créditos no afectados que el proponente tenga a su
favor con
a-4) Fianza o aval bancario a
entera satisfacción de la superioridad, otorgado por Bancos Argentinos o
extranjeros debidamente reconocidos por
el Banco Central de
a-5) Fianza mediante póliza de
seguros.
b) La documentación a que se
refiere el artículo 2º visada por el proponente y con el recibo que acredite
haberlo adquirido antes de
c) Constancia de inscripción - Artículo Nº 8.-
d) Presentación del número de
C.U.I.T., certificación de pago del I.V.A.,
Ingresos Brutos, impuesto a las Ganancias, Aportes Previsionales
de Ley y todo otro tributo que grave la actividad económica del
oferente.-
e) Antecedentes de la empresa.-
f) La declaración jurada que para cualquier cuestión judicial que se
suscite, se acepta la jurisdicción del Juzgado de 1º Instancia de Circuito Nº 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez
y en caso de incompetencia los tribunales ordinarios de Rosario.-
g) Balance Económico Financiero y estado patrimonial
del ultimo ejercicio, certificado
por Contador Público Nacional y legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Establecer la liquidez de su activo y la exigibilidad de su pasivo a la fecha
de la licitación.
h) SOBRE PROPUESTA: Debidamente
cerrado, conteniendo únicamente la
propuesta con la que el interesado se
presente a
La
omisión de los requisitos exigidos por los incisos a) y/o h)
será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura por las autoridades que lo dirijan.-
La
omisión de lo requerido por los restantes incisos podrá
ser suplido dentro
del término de CUARENTA Y OCHO
(48)
HORAS transcurrido el cual sin que la
omisión haya sido subsanada, ser
rechazada la propuesta.-
ART. 13º: PROPUESTA:
Se presentará de conformidad con las siguientes normas:
1º) FORMALIDADES: La
propuesta se presentará por duplicado
redactado en idioma castellano, sin raspaduras, enmiendas, entre líneas o
testaduras, que no se hubieran salvado normalmente al final. Será colocado
en el sobre propuesta conforme a la
especificación pertinente, conjuntamente con
el análisis del precio si correspondiera. La propuesta deberá ser
firmada debidamente por el proponente.-
2º) Las ofertas podrán
cotizarse en dólares estadounidense.
Cuando se pague en moneda de curso legal del país, el mismo será cotizado al valor que fije el Banco de
ART. 14º: ACTO DE LICITACION:
El acto de licitación se
verificará en la oficina que se habilite especialmente al efecto en el día y
hora establecido con asistencia de funcionarios autorizados y de todas las
personas que deseen concurrir al acto.-
Las personas que invoquen representación, deberán acreditar su personaría mediante poderes otorgados
fehacientemente por los titulares.-
ART. 15º: APERTURA DEL SOBRE
PRESENTACION:
El día de
Terminado el examen de la
documentación de las propuestas se dirán
las observaciones que tengan que formular los proponentes presentes y/o su
representante autorizado o los funcionarios actuantes.-
ART. 16º: APERTURA DE LOS SOBRES
PROPUESTAS:
Los sobres propuesta correspondientes a las presentaciones que llenen los requisitos establecidos, quedarán
de hecho incluidos en
Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes
autorizados, podrán formular las observaciones que crean necesarias.-
ART. 17º: OBSERVACIONES:
Las observaciones que se formulen
durante el acto de
ART. 18º: ACTA:
De todo lo ocurrido en el acto de
Todos los proponentes tendrán
derecho a hacer asentar en este acto las
observaciones que a su criterio sean procedentes, y podrán impugnar el
acto o cualquiera de las propuestas
dentro del término de 48 (cuarenta y
ocho) horas.-
La impugnación debe ser fundada.-
ART. 19º: MEJORA DE PRECIOS:
Si entre las propuestas
presentadas y admisibles hubieran dos o
más igualmente ventajosas y más convenientes que las demás a criterio de
ADJUDICACION DE
ART. 20º: ACEPTACION DE
Cumplidos los trámites administrativos que corresponden, la
administración juzgará en definitiva y
resolverá la aceptación que crea
más conveniente, adjudicando la
licitacion al proponente que la hubiera formulado.-
La administración podrá también,
si así lo estima conveniente, rechazar
todas las propuestas sin que esto de derecho a reclamo de ninguna naturaleza a
los interesados en la misma.-
Igualmente, si el acto de
Licitación hubiera tenido vicios o si se
hubieran violado, por parte de los funcionarios, las disposiciones establecidas en este pliego,
ART. 21º: FORMALIZACION DEL CONTRATO:
Resuelta la adjudicación y
comunicada oficialmente al adjudicatario
mediante la copia autenticada del
decreto o resolución correspondiente,
esta se presentará dentro de los QUINCE
(15) días subsiguientes para suscribir
el correspondiente Contrato, munido con garantía de cumplimiento del
contrato del 10 % del monto de la
oferta, pudiéndose constituir la misma como la
garantía de oferta .-
ART.
22º: RESCISION DEL CONTRATO:
a) Por quiebra, concurso preventivo o concurso civil de la adjudicataria.-
b) Cuando la adjudicataria se exceda sin causa
justificada en los plazos.-
c) En caso de incumplimiento de toda obligación impuesta en el Pliego de
Condiciones Generales y Especificaciones Técnicas.-
d) Cuando sin autorización previa de
ART. 23º: INFORMACION SUPLEMENTARIA:
Las dudas que pudieran originarse
con respecto al presente pliego y
otros documentos de
Las respuestas serán comunicadas por escrito a todos los adquirentes del pliego, sin indicar la
procedencia de la consulta, a través de
circulares enumeradas correlativamente.Todas las circulares que se
emitan quedarán incorporadas al pliego y formarán parte de él.
Las empresas no podrán argumentar desconocimiento de las circulares por falta de recibo, debiendo
concurrir obligatoriamente a
ART. 24º: TRANSCRIPCION ART. 18 DE
"Cuando
LICITACION PÚBLICA:
CONCESION DE USO A PERPETUIDAD DE UNA
FRACCION DE TERRENO, CON FUNDACION SEMICONSTRUIDA DE HORMIGON ARMADO, EN
EL CEMENTERIO SAN LORENZO DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ.-
PLIEGO DE BASES Y
CONDICIONES ESPECIALES.
ART.1º: Objeto del Pliego:
La
licitación para la concesión de uso a
perpetuidad de una fracción de
terreno, con estructura con estructura de
hormigón Armado, semiconstruida de la fundación en el Cementerio San
Lorenzo, de
ART.2º: Ubicación y Dimensiones:
La
fracción de terrenos objeto del pliego es
de propiedad municipal, y está
ubicada en el sector Este del Cementerio
y está denominada sector 31, lindando con las calles Nº 16
(Norte), Nº 18 (Sur), Nº 5 (Oeste) y Nº 7 (Este). Las dimensiones
del predio es de 18mts. por 35mts.
ART.3º: Destino del Predio:
La
fracción de terreno está destinada a la construcción de un panteón de planta
baja y alta, adjuntándose el plano de estructura de la
fundación y el anteproyecto tentativo de las plantas del
futuro panteón a construirse por etapas. La estructura existente fue
construida hace tiempo y posee deterioro
de hormigón y armaduras, que hacen insegura una
edificación de 4 plantas para la cual fue edificada la estructura
mencionada.
ART.4º: Presupuesto Oficial:
El monto total del terreno y estructura es de
$230.000 (Pesos Doscientos treinta mil) o su equivalente en nichos.-
ART.5º: Propuesta:
El oferente propondrá la forma de cancelar
la deuda emergente de la
concesión de Uso a Perpetuidad (Terreno más
estructura existente
semiconstruida). La forma de pago podrá ser en moneda de curso legal, dólares estadounidenses, o bien a
través de la cesión de nichos,
valuándose los mismos acorde la
cotización promedio de idéntico bien
y similares condiciones. Será
factible cancelar la deuda en hasta dieciséis cuotas mensuales iguales y
consecutivas las que se devengarán transcurridos 120 días de la adjudicación.
ART.6º: El oferente que proponga
cancelar la deuda de contado gozará del beneficio de un descuento del doce por ciento,
directo calculado sobre el valor antes mencionado. En tanto que el pago de
cuotas mensuales será recargado con un interés del uno por ciento mensual sobre
saldos.
ART.7º: Una vez terminada las etapas
constructivas, habilitados los módulos parciales y entregados los nichos ó
su equivalente en moneda de curso legal, o dólares estadounidenses a
CONDICIONES
COMPLEMENTARIAS:
Oferta:
se deberá presentar, el anteproyecto del panteón a construirse según las
condiciones y especificaciones técnicas particulares, el mismo tendrá que ser
firmado por un profesional habilitado,
quien luego de la adjudicación
será el responsable de la conducción técnica
de la obra y de la presentación
del expediente de edificación reglamentaria para la aprobación municipal, estando a cargo de
la empresa el pago del correspondiente permiso municipal; con el expediente
mencionado se presentará el estudio de la
estructura de fundación existente, donde consta el tipo de
reparaciones y elementos estructurales
necesarios para obtener la capacidad de carga
necesaria, firmado por profesional responsable.
El
o los profesionales actuantes deberán inscribirse en el Departamento de Obras
Privadas de
Presidente: Magdalena Sarache Secretaria: Nestor Espinoza