VISTO:
El Expte. Nº
642/94 y el Expte. Municipal Nº 13.094/94 sobre, oferta de pago efectuada por
CONSIDERANDO:
Que
Que es factible adjudicarle dicha concesión por
contratación directa que deberá realizar el Departamento Ejecutivo Municipal
mediante el correspondiente contrato, incluyendo una cláusula en donde los
Pliegos de Bases y Condiciones Generales Especiales y complementarios de
las dos últimas licitaciones fracasadas
formarán parte integrante del mismo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de
sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1015/94
ART 1º) Adjudícase a
ART.2º) Fíjase el precio total a abonar como contraprestación por parte
de la empresa adjudicataria en la suma de $162.500.-, el que deberá ser
integrado de la siguiente manera:
a) $12.600.- mediante la realización de la obra de 70m
lineales de pavimento igual al existente
de 5m de
ancho que va desde la
finalización del actual hasta el límite del panteón a construir.
b) $3.200.-, mediante la limpieza de la zona de la obra y su entorno.
c) $2.950.-, mediante la realización de la obra de nivelación de zona
aledaña y marcación de las calles existentes.
d) $1.850.-, mediante obras de iluminación de
la zona circundante al panteón
social, con lineas subterráneas.
e) $930.-, mediante obra
forestación y parquización del sector comprendido por las manzanas
adyacentes.
f) $9.500.-, mediante la realización de estudios técnicos para
factibilidad de aprovechamientos de las bases existentes.
g) $131.470.-, pagaderos en efectivo en 15 cuotas mensuales
con tres de gracia, operándose el vencimiento de la
primera cuota en fecha 05/02/95, vale decir una vez vencido el período de
gracia, este monto incluye los intereses
de ley.
Todas las obras a realizarse por la empresa adjudicataria y que integran el precio total deberán ser
verificadas y certificadas por la
secretaría de Obras Públicas de
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir
con la empresa Prevenir S.A. el correspondiente contrato de concesión en el que deberá
constar que los pliegos de Bases y
Condiciones Generales y Pliegos de Bases
y Condiciones Especiales y complementarios de los llamados a licitación efectuados
por Ordenanzas Nº849/93 y 907/93 forman parte integrativo del mismo;
asimismo al momento de la firma del contrato la empresa deberá especificar
el aspecto técnico de cada una de las obras de
mejoras a realizar y
presentar los planos correspondientes
a las mismas.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de Octubre de 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza
Derogada por Ordenanza 1048/94