VISTO:
Expte.904/94.
Ordenanza 955/94 .
Ordenanza 968/94 , y
CONSIDERANDO:
Que el proceso de adaptación de
las bases de datos de
Que lo anteriormente expuesto debe
ser tenido en cuenta puesto
que inconvenientes ocasionados en
fallas de los programas
computarizados podrían ocasionar
perjuicio a los contribuyentes
y/o al fisco.
Que debe aplicarse el procedimiento transitorio de liquidación dispuesto en
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
la siguiente:
ORDENANZA Nº 1010/94
ART.1º) Prorróguese
ART.2º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 29, 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza