Que corresponde
la eximisión de la Tasa
por Servicio Técnico de Revisión de Planos e Inspección de Obras a la VecinalIntendente Andréu por
encuadrar la mismaenlos requisitosexigidospor el Inciso D) delArt.115del Código Tributario Municipal, desde que la actividadnatural, normal y habitual de la Vecinal es la de laAsistenciaSocial
gratuita y dado que el edificio a construirse será destinado a sus fines
específicos.
Por
todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la
siguiente:
ORDENANZA Nº 1080/95
Art.1º) Exímese a la Unión Vecinal
Intendente Andréu, con domicilio en calle Comandante Espora 488 de Villa
Gdor.Gálvez, dela
Tasa por Servicio Técnico de Revisión dePlanose Inspeccióndelas Obras, respecto alaconstruccióna realizarse en
dicho domicilio según planosconfeccionados porelMaestro Mayor de Obras DanielJoséPalombarini I.C.I.4617,para el inmueble sito enlaSección5ta.
Manzana 24 Lote 28.
Art.2º) Comuníquese,
Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de
Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 1, 1995.