Que habiéndose declarado de interés municipal por OrdenanzaNº1.547/03la realización de
todaslasobrasque asegurenla solución efectiva
y definitiva a lasinundaciones del
Arroyo Saladillo, habiéndose autorizado porla mismaOrdenanzaal Intendente Municipal arealizarlas gestionespertinentes ante
lasautoridadesprovincialescorrespondientes,a efectos de
lograr la construcciónde represasretardadoras en el Arroyo Saladillo y
todaotra estructura necesaria que
otorgue una solución definitiva a lasinundaciones, en forma tal que aseguren unnivelde protección,de 100 años de
recurrencia comoasítambién los trabajos de consolidación de la
cascada. Como parte de las gestiones realizadas según lo ordenado por este
Concejo, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva a consideraciónde este Cuerpo Legislativo el modelo deconvenioa suscribirse con el Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda
de la Provincia,
el cuál resulta convenientea los
intereses municipales.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de susatribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº
1554/2003
ART.1º)
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal asuscribirconlaDirección ProvincialdeObrasHidráulicas dependiente del
Ministerio de Obras, Servicios Públicosy Vivienda de la
Provincia el convenio referido a laejecuciónde la obra "PROVISION Y COLOCACION DE COMPUERTASDE CAMARA PARA OBRA DE REACONDICIONAMIENTO
DEL ARROYO SALADILLO- TRAMO II",
según modelo de convenio que comoanexo
forma parte de la presente Ordenanza.
ART.2º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala
de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de Octubre de 2003.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
CONVENIO
En la Ciudad de Santa Fe, a los ...días del mes de
...2.003, entrela Dirección Provincial
de Obras Hidráulicas,dependiente
delMinisteriode Obras, Servicios Públicos yViviendadela Provincia de Santa Fe,
en adelante "La
Provincia" representada en este acto por el Ing. Roberto
D. Gioria, D.N.I. Nº 8.434.923,en
sucarácter de interventor de la Dirección ProvincialdeObras Hidráulicas, con domicilio legal en Av. Almirante Guillermo Brown
4751de la Ciudad de Santa Fe por una
parte; y laMunicipalidad deVilla Gobernador Gálvez, Departamento
rosario,provinciade SantaFe, en adelante "La Municipalidad", representadaeneste actoporsu Intendente Municipal D/PedroJorgeGonzález,con domiciliolegalen Ing. Mosconi 1541,MunicipalidaddeVilla GobernadorGálvez, Provincia de Santa Fe, acuerdancelebrarel presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:------------
PRIMERA:
Por el presente convenio se establecen lascondiciones, dentrodel marco del
Art. 20º Inciso e) de la Ley Nº
5.188,con destinoasolventar los costoscorrespondientesamateriales necesariospara la ejecución de la obra "Provisión
yColocación deCompuertasde Cámara para Obradereacondicionamientodel Arroyo Saladillo - Tramo II", según
documentación obrante(Anexo II)
confeccionada por la
Dirección Provincial de ObrasHidráulicas y que forma parte integrante de este
convenio.---------------
SEGUNDA:"La Provincia" se
compromete a otorgar a "laMunicipalidad",lacantidad de $ 7.450.- (Pesos SieteMilCuatrocientos Cincuenta)
según presupuesto obrante ene l Anexo I.--------------
TERCERA:"La Municipalidad"
se compromete a hacerse cargo dela
provisiónde todos los equipos y/o
herramientas para laconcrecióndelos
trabajos, y será la responsable delagestiónde compra de los materiales según lo
establecido en el Anexo I.-----
CUARTA:"LaMunicipalidad"se compromete aejecutarlaobra mediantela utilización de
mano de obra especializada deorigen
localyasume su exclusiva responsabilidad civil ypenal,por todos los daños y/o perjuicios que pudieran causar losemprendimientos,tanto en la obra misma, a su personal, alaProvincia
y/o a terceros como así también será de su absoluta responsabilidad la relación
que deba mantener con los proveedores de materialesypersonal contratado para la ejecución de lostrabajosa realizar mediante este convenio.---------------------------------
QUINTA:LaDirección Pcial. de Obras Hidráulicasdesignaráun inspector quién tendrá las más amplias facultades deinspección, supervisiónyauditoríade la marcha yadministracióndela
obra.------------------------------------------------------------
SEXTA:"La Municipalidad"
designará el personal necesarioquién
tendráacargola vigilancia y contralor
delostrabajosen ejecución, de manera
que la realización de los mismos seajusten estrictamente a las especificaciones del proyecto,instrucciones y observaciones que imparta la
inspección designada por la Dirección Provincial de Obras
Hidráulicas.----------------------------
SEPTIMA:"LaMunicipalidad"confeccionará a travésdesuArea específica la documentación que refleje la medición de los
trabajosrealizados,lacuál deberá ser avaladaporlaautoridad máximacompetente y por
la Inspección
de obra delaDirección Provincial de
Obras Hidraúlicas. La
Dirección Provincial de Obras Hidráulicasprocederáa confeccionar elcertificadodeobra, parcialo total según corresponda, con el cuál sematerializará el pago según lo establecido
por el convenio suscripto.----------
OCTAVA:"La Provincia" liquidará a través de la
habilitaciónde la D.P.O.H. el monto estipulado
en la cláusula 2da. delpresente
convenioa favor de la Municipalidad,
pudiendocertificarsela provisión de material que pudiera ser
acopiado, previa aprobación por parte de la Inspección de obra del
plan de acopiocorrespondiente. La
inspección verificará que los trabajos y/o acopiosse ajustenestrictamente a lo establecido en el presenteconvenio, que cumplan la función para lo cuál
han sido proyectados. Asimismo deberá realizar el balance económico -si
correspondiese- entre lo certificado por acopio de material y el avance físico
realde la obra.---------------------------------------------------------
NOVENA:
Previo a la firma del presente, "La Municipalidad"
deberá emitirlacorrespondiente Ordenanza autorizandolafirmadel
convenio.--------------------------------------------------------
DECIMA:Se fija plazo de la ejecución de los
trabajos, 60días, contados a partir de
la fecha del acta de iniciación de losmismos;para lo cuál "la Municipalidad"
deberá adoptar lasmedidas necesarias
tendientes a concretar la totalidad de los trabajos en dicho
período.--------------------------------------------
DECIMOPRIMERA:Finalizadaslas tareas "laMunicipalidad"hará entrega a "la Provincia" de los
planos conforme a obra de todo lo ejecutado,asumiendo "la
Municipalidad" laresponsabilidaddel control y
mantenimiento de la obra.------------------------------
DECIMOSEGUNDA:Lafalta de cumplimiento delascláusulasdel presenteconvenio, dará
derecho a "la Provincia"
aejercerlas acciones legales que le acuerdan las
normas vigentes. Paratodos losefectos derivados de la interpretación
y/ocumplimientode lascláusulasdel presente acuerdo
devoluntades,laspartes fijansusdomicilios en los denunciados enelencabezamiento, sometiéndose a la jurisdicción ordinaria de los
tribunales dela Ciudadde Santa Fe, en caso de controversia,
renunciando atodo otro fuero de
excepción.-----------------------------------------
DECIMOTERCERA:
El presente convenio se regirá por la LeyProvincial Nº 5.188 y el Decreto Ley Nº 1.757/56 de
contabilidad.------
Enprueba de
conformidad, previa lectura y ratificaciónde lo expuesto, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un
solo efecto, en el lugar y fecha antes indicado.-----------------