Jueves, 22 Enero 2009 19:14

Ord. 1544/03 Firma de convenio de dación en pago con el Sindicato Industria de la Carne Rosario

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Expte. Nº 2.349/03.

VISTO:

La  propuesta efectuada por el Sindicato Industria  de  la Carne de Rosario, de dar en pago una superficie de 2 (dos) hectáreas  de su propiedad, Sección Catastral 13,  Parcela 27 s/Parcela: 3, por la deuda que mantiene con el  municipio por Tasa General de Inmuebles, y

 

CONSIDERANDO:

Que la aceptación de la propuesta efectuada por el  Sindicato  Industria  de la Carne de Rosario,  plasmada  en  un convenio de dación de pago, proporcionaría al municipio la posibilidad  cierta y presente de cobro de una  deuda  sin tener  que recurrir a un proceso judicial   que  dilataría las posibilidades de cobro efectivo.

Que además la suscripción de dicho convenio permitiría  al municipio  contar con una importante fracción  de  terreno para  desarrollar  en el futuro proyectos  de  envergadura urbanística y/o social en beneficio de toda la comunidad.

Que  de  acuerdo  al monto adeudado en  concepto  de  Tasa General  de  Inmueble y tomando en cuenta el valor  de  la hectárea  estimado según tasación de dos inmobiliarias  de la ciudad resulta beneficioso para el municipio cobrar  de esta manera, por cuánto en dicha superficie se englobarían varios planes de vivienda.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1544/2003

 

ART.1º) Autorízase  al Señor Intendente Municipal a suscribir  en nombre y representación de la Municipalidad un convenio de dación  en pago con el Sindicato Industria de la Carne  de Rosario, en el cuál deberá constar que el mismo da en pago dos  hectáreas  de  su propiedad ubicadas  en  la  Sección Catastral  13, Parcela 27, s/Parcela 3, que  conforman  un polígono cuyas medidas son: 127,08 m sobre calle Suipacha; 157,42  m sobre Pasaje 7; 127,08 m sobre calle Amenabar  y 157,34  m del lado Oeste que linda con otros lotes  de  la parcela  27, s/parcela 3 por la deuda de Tasa  General  de Inmuebles  correspondientes  a  las  cuentas  40025-00-03, 40026-00-10  y  40027-00-06, desde el año  1.995  completo hasta el 4º anticipo del año 2.003 inclusive.

       Las medidas detalladas quedan sujetas al plano de  mensura y subdivisión definitivo.

 

ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a ingresar al  Patrimonio Privado Municipal los terrenos  mencionados en el Art. 1º.

 

ART.3º) Los  terrenos  que se dan en pago  e  identificados  como Sección Catastral 13, Parcela 27 y que forman parte de  la Parcela  3,  serán destinados a planes colectivos  de  vivienda para grupos de familias de escasos recursos que  se inscriban  para  ello,  con  reglamento  de  adjudicación; previa  realización  de los correspondientes  estudios  de aptitud  del suelo; quedando a cargo del Sindicato  de  la Carne  efectuar  a su costo el  correspondiente  plano  de mensura y subdivisión.

 

ART.4º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar por ante el Superior Gobierno de la Provincia de Santa  Fe la  condonación de la deuda por Impuesto  Inmobiliario  de los terrenos dados en pago.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de  Junio de 2003.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

Modificada por Ordenanza 1609/04

 

 

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