CONSIDERANDO:
Que los solicitantes han cumplimentado los requisitos exigidos, ya sea con respecto a los fines como a la documentación que se debe presentar.
Que es atribución del Concejo Deliberante, de acuerdo al Art. 3º de la Ordenanza Nº 77/84, aprobar el área de jurisdicción que eleve el Departamento Ejecutivo Municipal para las Asociaciones Vecinales, observándose en este caso que el área de jurisdicción elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal respeta lo establecido por el referido Art. 3º en el sentido que no se superpone con radios de jurisdicción de otras Asociaciones Vecinales, corresponde que este Concejo apruebe el área de jurisdicción elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal, para la Asociación Vecinal "Vecinos Unidos Cancha de Remo".
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1806/2008
ART.1º) Apruébase el siguiente Radio de Acción para la Vecinal "Vecinos Unidos Cancha de Remo", al Oeste: Ruta Provincial 22 S, al Sur: Pasaje Capuchino ambas veredas, calle Crespo vereda oeste y al Norte: el Arroyo Saladillo.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de noviembre de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti Pro Secretaria: Victoria Beloni