Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, Colocacion de señal de “prohibido estacionar” sobre vereda impar de calle Balcarce de Urquiza hasta San Martin. Exp. 5306/14.

Visto

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 41 inciso 14;

Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2;

Ordenanza Nro. 1.337/98 Señalización calles Avellaneda, Balcarce y Urquiza;

Necesidad de regular el estacionamiento en calle Balcarce y;

Considerando

Que  es necesario regular el estacionamiento sobre calle Balcarce a fin de darle mayor fluidez al tránsito, principalmente, frente al Hospital  Dr. Anselmo Gámen.

Que en el artículo primero de la  Ordenanza Nro. 1.337/98 se solicitaba la señalización de las calles Avellaneda entre Mitre  y  Santa María  de Oro, Balcarce entre Av. San Martín y Urquiza,  y Urquiza entre Mitre y Santa María de Oro, el sólo estacionamiento en la mano de los números pares.

Que en la misma ordenanza se prohibía el estacionamiento frente a la entrada y salida de la ambulancia del Hospital Dr. Anselmo P. Gámen, en la mano de los Números pares, colocándose carteles indicadores de "PROHIBIDO ESTACIONAR ENTRE CARTELES".

Que  es indispensable brindar mayor fluidez del tránsito en la zona del Hospital dado que de la rapidez del sistema de emergencias depende la vida de los pacientes.

Que en pos de esta fluidez en la circulación es necesario retirar cualquier obstáculo que lo impida, incluyendo los vehículos estacionados.

Que, aunque exista frente al nosocomio una dársena de estacionamiento sobre la numeración impar, la misma sólo debe utilizarse para ascenso y descenso de los pacientes, debiendo retirarse luego de culminada la acción para permitir el acceso a otros vehículos.

Que el estacionamiento sobre ambas manos dificulta el tránsito debido a que deja sólo un carril de circulación obligando a los conductores a realizar maniobras imprevistas e ilegales para permitir el curso de los vehículos.

Que el Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2 prohíbe estacionar en calles de doble mano sobre los números impares.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el control de la vía pública y hacer cumplir las reglamentaciones vigentes para lograr una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Que es imperioso que se realicen controles en la zona, principalmente, sobre calle Balcarce.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque las señales de prohibido estacionar sobre la vereda de numeración impar en calle Balcarce desde Urquiza a Av. San Martín, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.

Artículo 2.- Colóquese las señales de Prohibido estacionar y carteles indicadores en la dársena ubicada frente al Hospital Dr. Anselmo Gámen sobre la vereda par, permitiendo la detención de vehículos para el ascenso y descenso exclusivamente de las personas que se dirijan al mencionado nosocomio debiendo retirarse finalizada la acción.

Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar controles de estacionamiento sobre calle Balcarce entre Urquiza y Av. San Martín.

Artículo 4.- Envíese a este Cuerpo un informe sobre los controles solicitados en el artículo precedente y los resultados obtenidos por la colocación de las señales solicitadas en los artículos 1 y 2 del presente decreto.

 

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, Colocación de señal de “prohibido estacionar” sobre vereda impar de Av. Filippini entre vías del ferrocarril y Guido y Spano. Exp. 5305/14.

Visto

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 41 inciso 14;

Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2;

Decreto Nro. 488/13 Controles vehiculares sobre estacionamiento en Av. Filippini;

Decreto Nro. 545/13 Se informe sobre el Decreto 488/13, Control de Estacionamiento sobre Av. Filippini;

Densidad del tránsito en Av. Filippini y;

Considerando

Que el año próximo pasado este Cuerpo aprobó dos proyectos de decretos solicitando el control del estacionamiento sobre Av. Filippini.

Que en el Decreto Nro. 488/13  se solicitaba se cumpla con lo establecido en el Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2 sobre la prohibición de estacionar en calles de doble mano sobre los números impares.

Que es indispensable la realización de controles de estacionamiento debido a que Av. Filippini es una arteria de limitado ancho y el estacionamiento de ambas manos perjudica la fluidez del tránsito.

Que sobre Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta calle Guido Spano se deben colocar las señales de prohibido estacionar sobre la numeración impar.

Que, a su vez, sobre la vereda de numeración par desde calle Balcarce a Guido Spano también debe prohibirse el estacionamiento sobre Av. Filippini y colocar las señales correspondientes debido a que en dicho lugar se encuentra una curva.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el control de la vía pública y hacer cumplir las reglamentaciones vigentes para lograr una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque las señales de prohibido estacionar sobre la vereda de numeración impar en Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta Guido Spano, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.

Artículo 2.- Colóquese señales de prohibido estacionar y detenerse sobre Av. Filippini desde Balcarce a Guido Spano sobre la vereda de numeración par, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.

Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar controles de estacionamiento sobre Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta Guido Spano.

Artículo 4.- Envíese a este Cuerpo un informe sobre los controles solicitados en el artículo precedente y los resultados obtenidos por la colocación de las señales solicitadas en los artículos 1 y 2 del presente decreto.

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, Limpieza y desinfeccion de los contenedores de residuos domiciliarios y cumplimiento Decreto 476/13. Exp. 5304/14.

Visto

Constitución Nacional articulo 41;

Ley 2.756 articulo 39;

Decreto Nro. 476/13 Colocación bandas reflectivas en contenedores de residuos domiciliarios y;

Considerando

Que los contenedores de residuos domiciliarios son importantes para mantener la higiene y salud de los ciudadanos.

Que para no transformarse en un foco de infección que ponga en riesgo la salud de los vecinos es necesario que dichos contenedores sean higienizados y desinfectados frecuentemente.

Que resulta necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal ordene de inmediato la limpieza y desinfección de los contenedores de residuos domiciliarios.

Que los contenedores sucios, con restos de residuos tanto sólidos como líquidos provocan olores nauseabundos y la contaminación del ambiente.

Que esto ha producido la proliferación de insectos, roedores y microorganismos patógenos.

Que en las personas pueden provocar diversas enfermedades como infecciones respiratorias e intestinales; dengue clásico y dengue hemorrágico; otitis y conjuntivitis.

Que el efecto persistente de la contaminación del aire respirado, en un proceso silencioso de años, conduce finalmente al desarrollo de afecciones cardiovasculares agudas, como el infarto.

Que los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez se merecen un espacio público limpio y sano.

Que es importante que se realice dicha acción para brindar al ciudadano de Villa Gobernador Gálvez una mejor calidad de vida y eliminar aquellos factores que ponen en riesgo la integridad física de las personas.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la limpieza y desinfección de los contenedores  de residuos domiciliarios dispuestos en distintos lugares de la ciudad.

Artículo 2.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que dé cumplimiento al Decreto Nro. 476/13 donde se establece la colocación bandas reflectivas en contenedores de residuos domiciliarios.

 

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social.

BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

Autor de los proyectos: Concejal Martínez.

LIMPIEZA Y DESINFECCION CONTENEDORES DE RESIDUOS DOMICILIARIOS

Proyecto de Decreto, Limpieza y desinfeccion de los contenedores de residuos domiciliarios y cumplimiento Decreto 476/13. Exp. 5304/14.

Visto

Constitución Nacional articulo 41;

Ley 2.756 articulo 39;

Decreto Nro. 476/13 Colocación bandas reflectivas en contenedores de residuos domiciliarios y;

Considerando

Que los contenedores de residuos domiciliarios son importantes para mantener la higiene y salud de los ciudadanos.

Que para no transformarse en un foco de infección que ponga en riesgo la salud de los vecinos es necesario que dichos contenedores sean higienizados y desinfectados frecuentemente.

Que resulta necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal ordene de inmediato la limpieza y desinfección de los contenedores de residuos domiciliarios.

Que los contenedores sucios, con restos de residuos tanto sólidos como líquidos provocan olores nauseabundos y la contaminación del ambiente.

Que esto ha producido la proliferación de insectos, roedores y microorganismos patógenos.

Que en las personas pueden provocar diversas enfermedades como infecciones respiratorias e intestinales; dengue clásico y dengue hemorrágico; otitis y conjuntivitis.

Que el efecto persistente de la contaminación del aire respirado, en un proceso silencioso de años, conduce finalmente al desarrollo de afecciones cardiovasculares agudas, como el infarto.

Que los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez se merecen un espacio público limpio y sano.

Que es importante que se realice dicha acción para brindar al ciudadano de Villa Gobernador Gálvez una mejor calidad de vida y eliminar aquellos factores que ponen en riesgo la integridad física de las personas.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la limpieza y desinfección de los contenedores  de residuos domiciliarios dispuestos en distintos lugares de la ciudad.

Artículo 2.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que dé cumplimiento al Decreto Nro. 476/13 donde se establece la colocación bandas reflectivas en contenedores de residuos domiciliarios.

COLOCACION SEÑAL “PROHIBIDO ESTACIONAR” EN FILIPPINI ENTRE VIAS FERROCARRIL Y GUIDO Y SPANO

Proyecto de Decreto, Colocación de señal de “prohibido estacionar” sobre vereda impar de Av. Filippini entre vías del ferrocarril y Guido y Spano. Exp. 5305/14.

Visto

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 41 inciso 14;

Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2;

Decreto Nro. 488/13 Controles vehiculares sobre estacionamiento en Av. Filippini;

Decreto Nro. 545/13 Se informe sobre el Decreto 488/13, Control de Estacionamiento sobre Av. Filippini;

Densidad del tránsito en Av. Filippini y;

Considerando

Que el año próximo pasado este Cuerpo aprobó dos proyectos de decretos solicitando el control del estacionamiento sobre Av. Filippini.

Que en el Decreto Nro. 488/13  se solicitaba se cumpla con lo establecido en el Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2 sobre la prohibición de estacionar en calles de doble mano sobre los números impares.

Que es indispensable la realización de controles de estacionamiento debido a que Av. Filippini es una arteria de limitado ancho y el estacionamiento de ambas manos perjudica la fluidez del tránsito.

Que sobre Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta calle Guido Spano se deben colocar las señales de prohibido estacionar sobre la numeración impar.

Que, a su vez, sobre la vereda de numeración par desde calle Balcarce a Guido Spano también debe prohibirse el estacionamiento sobre Av. Filippini y colocar las señales correspondientes debido a que en dicho lugar se encuentra una curva.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el control de la vía pública y hacer cumplir las reglamentaciones vigentes para lograr una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque las señales de prohibido estacionar sobre la vereda de numeración impar en Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta Guido Spano, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.

Artículo 2.- Colóquese señales de prohibido estacionar y detenerse sobre Av. Filippini desde Balcarce a Guido Spano sobre la vereda de numeración par, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.

Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar controles de estacionamiento sobre Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta Guido Spano.

Artículo 4.- Envíese a este Cuerpo un informe sobre los controles solicitados en el artículo precedente y los resultados obtenidos por la colocación de las señales solicitadas en los artículos 1 y 2 del presente decreto.

COLOCACION SEÑAL “PROHIBIDO ESTACIONAR” EN BALCARCE DE URQUIZA HASTA SAN MARTIN

Proyecto de Decreto, Colocacion de señal de “prohibido estacionar” sobre vereda impar de calle Balcarce de Urquiza hasta San Martin. Exp. 5306/14.

Visto

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 41 inciso 14;

Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2;

Ordenanza Nro. 1.337/98 Señalización calles Avellaneda, Balcarce y Urquiza;

Necesidad de regular el estacionamiento en calle Balcarce y;

Considerando

Que  es necesario regular el estacionamiento sobre calle Balcarce a fin de darle mayor fluidez al tránsito, principalmente, frente al Hospital  Dr. Anselmo Gámen.

Que en el artículo primero de la  Ordenanza Nro. 1.337/98 se solicitaba la señalización de las calles Avellaneda entre Mitre  y  Santa María  de Oro, Balcarce entre Av. San Martín y Urquiza,  y Urquiza entre Mitre y Santa María de Oro, el sólo estacionamiento en la mano de los números pares.

Que en la misma ordenanza se prohibía el estacionamiento frente a la entrada y salida de la ambulancia del Hospital Dr. Anselmo P. Gámen, en la mano de los Números pares, colocándose carteles indicadores de "PROHIBIDO ESTACIONAR ENTRE CARTELES".

Que  es indispensable brindar mayor fluidez del tránsito en la zona del Hospital dado que de la rapidez del sistema de emergencias depende la vida de los pacientes.

Que en pos de esta fluidez en la circulación es necesario retirar cualquier obstáculo que lo impida, incluyendo los vehículos estacionados.

Que, aunque exista frente al nosocomio una dársena de estacionamiento sobre la numeración impar, la misma sólo debe utilizarse para ascenso y descenso de los pacientes, debiendo retirarse luego de culminada la acción para permitir el acceso a otros vehículos.

Que el estacionamiento sobre ambas manos dificulta el tránsito debido a que deja sólo un carril de circulación obligando a los conductores a realizar maniobras imprevistas e ilegales para permitir el curso de los vehículos.

Que el Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2 prohíbe estacionar en calles de doble mano sobre los números impares.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el control de la vía pública y hacer cumplir las reglamentaciones vigentes para lograr una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Que es imperioso que se realicen controles en la zona, principalmente, sobre calle Balcarce.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque las señales de prohibido estacionar sobre la vereda de numeración impar en calle Balcarce desde Urquiza a Av. San Martín, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.

Artículo 2.- Colóquese las señales de Prohibido estacionar y carteles indicadores en la dársena ubicada frente al Hospital Dr. Anselmo Gámen sobre la vereda par, permitiendo la detención de vehículos para el ascenso y descenso exclusivamente de las personas que se dirijan al mencionado nosocomio debiendo retirarse finalizada la acción.

Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar controles de estacionamiento sobre calle Balcarce entre Urquiza y Av. San Martín.

Artículo 4.- Envíese a este Cuerpo un informe sobre los controles solicitados en el artículo precedente y los resultados obtenidos por la colocación de las señales solicitadas en los artículos 1 y 2 del presente decreto.

 

 

Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.

Proyecto de Declaración, Declarando “Artista Plástico Distinguido” al Sr. Rodolfo Rodríguez Sánchez. Exp. 5308/14.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, La Ordenanza 1947/10,

La trayectoria en el arte de la pintura, escultura y xilografía del Señor Rodolfo Rodríguez Sánchez; y

CONSIDERANDO:

Que el Señor Rodolfo Rodríguez Sánchez nació el 15 de octubre de 1936 en Villa Gobernador Gálvez. Estudió dibujo y pintura especializándose en Publicidad. Es pintor, ceramista, grabador, escultor y forzó una destacada y prolífica carrera basada en la comprensión profunda, no solo del ser humano y su naturaleza, sino de los complejos aspectos y circunstancias que lo rodean y de los que supo extraer la esencia profunda de las emociones y los sentimientos.

Que fue Jefe de dibujantes en Publicidad de "Hoy" (Rosario), Jefe de Arte de Julio A. Piacentini y Cia. S.A. (suc. Rosario) y Jefe de Arte de A-l Publicidad S.A. Rosario.

Que obtuvo innumerables premios que dan la talla de su inconmensurable profesión, entre los que podemos mencionar:

•          Primer Premio en el concurso para Emblema   Distintivo de Canal 5 (1964)

•          Primer Premio Emblema de Fundación Empresaria de Venado Tuerto (1968) |

•          Tercer Premio Emblema Banco Provincial de Santa Fe

•          Mención de Honor Concurso Afiches Semana de la Bandera (1973)

•          Primer Premio Logotipo y Slogan Subsecretaría de Turismo de Córdoba (1984)

Que entre sus tareas y obras más trascendentes se encuentran:

•          Mural en cerámica de "Melé Bruniard", de 2,65m de alto por 9,17m de ancho, ubicado en el hall central del Centro Cultural Bernardino Rivadavia de Rosario (1980)

•          Mural de cemento en la Municipalidad de Villa Gobernador Calvez (1981)

•          Mural de cemento en la Escuela de nuestra ciudad Vicecomodoro Marambio

•          Muestra colectiva en el Salón 20 de Junio de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez (1981)

•          Miembro del Jurado en Concurso de Murales y Manchas del Rotary Club de Villa Gobernador Gálvez (1973 al 1983, 2001, 2003)

Que participó en diversos salones y expuso en forma individual en:

•          1976: Galería de Arte "Raquel Real"

•          1978: Asociación Amigos del Arte Rosario / Casa de la Amistad Rotary Club Rosario Sud / Banco VAF

•          1979: '¿Lirolay" Galería de Arte Moderno, Buenos Aires

•          1980: Primera Exposición del Libro Cristiano, Rosario

•          1981: "Amifa" Asociación Mutual Industria Frigorífica y afines, Rosario / Giménez Zapiola viviendas^.A.

•          1983: Krass Artes Plásticas / Muestra Itinerante de la Fundación Educacional del Banco de los Arroyos

•          1984: Galería de Arte "Genesy Giol", Mendoza.

•          1987: Museo de Villa Gobernador Gálvez / Cámara Júnior y Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez entregan el cuadro cerámico "Alcanzar la Paz" al Papa Juan Pablo II

•          1988: Galería de Arte Raquel Real

•          1989: Patio de la Madera, Muestra Profesional de Arte Publicitario

•          1991: Asociación Amigos del Museo Municipal de Villa Gobernador Gálvez en el Salón Parroquial / Muestra individual inauguración Casa central Rosario Banco VAF

•          1993: Muestra en Banco Provincial de Santa Fe, filial Villa Gobernador Gálvez

•          1994: En el Año Internacional de la Familia, la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez entrega cuadros al Presidente de la Nación y al Gobernador de la Provincia de Santa Fe. Galería de Arte "Le Bateau" Rosario.

•          1994 al 2004: Muestras colectivas e individuales. Docencia en la Casa de la Cultura de Villa Gobernador Gálvez

•          1997: Exposición Cultural "Andalucía en las calles de Rosario", Plaza Montenegro.

•          1998: Muestra Esculturas y Xilografías en Cooperativa Int. De Villa Gobernador Gálvez.

•          1998/99: Miembro del Jurado en el Salón de Artistas Plásticos, Museo de Villa Gobernador Gálvez

•          2002: Muestra pictórica y escultórica, Salones del balneario del Saladillo

•          2003: Sociedad Argentina de Artistas Plásticos de Rosario / Rotary Club y Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez

•          2004: Muestra el Arte a la Plaza, org. S.A.L.A.C. Soc. Arg. De Letras, Artes y Ciencias / (S.A.L.A.C.) Muestra Plástica Encuentro Nacional de Poetas y Escritores

Por las consideraciones precedentes, los Ediles abajo firmantes, del Bloque Justicialista "Frente para la Victoria", presentan y ponen a consideración del Concejo Deliberante, para su estudio y posterior aprobación, el presente

 

PROYECTO DE DECLARACION

ARTICULO 1°: Declarase Artista Distinguido de Villa Gobernador Gálvez al Señor Rodolfo Rodríguez Sánchez, D.N.I. 6.019.421, por su prolífica obra, su trayectoria y compromiso social.

ARTÍCULO 2°: Invítese al Señor Rodolfo Rodríguez Sánchez a realizar una propuesta de logotipo para el Concejo Deliberante de nuestra ciudad.

ARTICULO 3°: Arbítrense los medios necesarios para exponer la obra del artista en la Casa de la Cultura de Villa Gobernador Gálvez.

 

 

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.

Proyecto de Decreto,  Demarcacion de lomos de burro Ruta Provincial N° 21 a la altura 3200 – Barrio La Esperanza. Exp. 5307/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

El reclamo de los vecinos y;

CONSIDERANDO:

            Que sobre la Ruta Provincial Nº 21 se hallan a la altura del 3200 dos lomos de burro de gran importancia que no se encuentran correctamente demarcados y/o pintados, resultando un peligro significante para los vehículos que circulan sobre dicha arteria.-

            Que resulta importante señalizar de forma segura estos lomos de burrro que en la actualidad presentan un peligro inminente por la falta de demarcación que dificulta la visual a los conductores, que no pueden identificar y/o reconocer el sitio donde se encuentran emplazados dichos lomos de burro.-

Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                     DECRETO

Artículo 1º: El Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez se dirije al Departamento Ejecutivo Municipal, para que através de la Secretaría que corresponda,  proceda en un tiempo no mayor a 15 días de haber aprovado el siguiente decreto, a realizar tareas de demarcación y pintado de los dos lomos de burro que se encuentran ensamblados sito en Ruta provincial Nº21 a la altura del 3200, sobre Barrio Esperanza.-

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.

Proyecto de Decreto,  Se proceda al mantenimiento y reparacion de las plazas “A la Madre”; “San Martín” y “Stolfi”. Exp. 5303/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

Los Juegos Infantiles instalados en la Plaza a la Madre, Plaza San Martín y plaza Stolfi y;

CONSIDERANDO:

            Que en estas Plazas son frecuentadas por una cantidad importante de niños y jóvenes, especialmente durante los fines de semana. Observándose algunas deficiencias recurrentes en algunos aparatos que configuran una situación de riesgo;

            Que desde hace tiempo los vecinos del barrio reclaman por la reparación de estos juegos infantiles. Siendo una tarea que aún se halla pendiente o inconclusa, a pesar de las comunicaciones pertinentes;

            Que es sumamente importante velar por la seguridad de la población, cuando la misma este expuesta a un riesgo y/o peligro inminente.-

Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratmiento el siguiente proyecto de;

DECRETO

Artículo 1º: El Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, para que através de la Secretaría que corresponda proceda en un tiempo no mayor a 30 días de aprovado el siguiente decreto ,la reparación y mantenimiento de los Juegos Infantiles de las Plazas a la Madre, San Martín y Stolfi, que se hallan deteriorados y presentan riesgo de uso.-

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

Proyecto de Decreto, se proceda a la reparacion de calzada en la intersecccion de la calles Maipu e Int. Andreu. Exp. 5302/14.

VISTO:
La Ley 2.756,

La preocupación expresada por vecinos y vecinas de la zona, y
CONSIDERANDO QUE:

Sobre la intersección de calles Maipú e Int. Andreu existe un hundimiento de las placas de hormigón que empeora con el paso del tiempo.

En la intersección antedicha se encuentra el paso de un caño maestro de desagües cloacales perteneciente a la red de recolección de efluentes domiciliarios.

Además, el paso constante de vehículos y unidades de transporte urbano de pasajeros por la zona, incrementado por el mal estado en que se encuentra la calle Santiago del Estero, hace que el riesgo de que el hundimiento se haga aún mayor.

Debería priorizarse la reparación de la calzada en esta intersección, no solo por el riesgo de derrumbe y daño que pudiera sufrir la red cloacal, sino también para evitar accidentes que pudieran traer consecuencias negativas tanto materiales como humanas.

Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva al resto del cuerpo para su  tratamiento el siguiente proyecto de:

DECRETO:

ART. 1º): El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda con carácter de urgente a realizar las obras pertinentes para reparar la calzada sobre la intersección de calles Maipú e Int. Andreu.

 

 

 

Lunes, 25 Agosto 2014 19:41

Proyecto Particulares

Este es un proyecto presentado por Particulares.

PARTICULARES

La Escuela de Danzas Nuevo Pueblo y el Centro Cultural Nuevo Cine Avenida solicitan se declare de Interés Cultural los festejos del día del niño. Exp. 5309/14.

Este es un proyecto presentado por el bloque Justicialista Frente para la Victoria.

BLOQUE JUSTICIALISTA FRENTE PARA LA VICTORIA

  Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.

ARTISTA PLASTICO DISTINGUIDO SR. RODOLFO RODRIGUEZ SANCHEZ

Proyecto de Declaración, Declarando “Artista Plástico Distinguido” al Sr. Rodolfo Rodríguez Sánchez. Exp. 5308/14.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, La Ordenanza 1947/10,

La trayectoria en el arte de la pintura, escultura y xilografía del Señor Rodolfo Rodríguez Sánchez; y

CONSIDERANDO:

Que el Señor Rodolfo Rodríguez Sánchez nació el 15 de octubre de 1936 en Villa Gobernador Gálvez. Estudió dibujo y pintura especializándose en Publicidad. Es pintor, ceramista, grabador, escultor y forzó una destacada y prolífica carrera basada en la comprensión profunda, no solo del ser humano y su naturaleza, sino de los complejos aspectos y circunstancias que lo rodean y de los que supo extraer la esencia profunda de las emociones y los sentimientos.

Que fue Jefe de dibujantes en Publicidad de "Hoy" (Rosario), Jefe de Arte de Julio A. Piacentini y Cia. S.A. (suc. Rosario) y Jefe de Arte de A-l Publicidad S.A. Rosario.

Que obtuvo innumerables premios que dan la talla de su inconmensurable profesión, entre los que podemos mencionar:

•          Primer Premio en el concurso para Emblema   Distintivo de Canal 5 (1964)

•          Primer Premio Emblema de Fundación Empresaria de Venado Tuerto (1968) |

•          Tercer Premio Emblema Banco Provincial de Santa Fe

•          Mención de Honor Concurso Afiches Semana de la Bandera (1973)

•          Primer Premio Logotipo y Slogan Subsecretaría de Turismo de Córdoba (1984)

Que entre sus tareas y obras más trascendentes se encuentran:

•          Mural en cerámica de "Melé Bruniard", de 2,65m de alto por 9,17m de ancho, ubicado en el hall central del Centro Cultural Bernardino Rivadavia de Rosario (1980)

•          Mural de cemento en la Municipalidad de Villa Gobernador Calvez (1981)

•          Mural de cemento en la Escuela de nuestra ciudad Vicecomodoro Marambio

•          Muestra colectiva en el Salón 20 de Junio de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez (1981)

•          Miembro del Jurado en Concurso de Murales y Manchas del Rotary Club de Villa Gobernador Gálvez (1973 al 1983, 2001, 2003)

Que participó en diversos salones y expuso en forma individual en:

•          1976: Galería de Arte "Raquel Real"

•          1978: Asociación Amigos del Arte Rosario / Casa de la Amistad Rotary Club Rosario Sud / Banco VAF

•          1979: '¿Lirolay" Galería de Arte Moderno, Buenos Aires

•          1980: Primera Exposición del Libro Cristiano, Rosario

•          1981: "Amifa" Asociación Mutual Industria Frigorífica y afines, Rosario / Giménez Zapiola viviendas^.A.

•          1983: Krass Artes Plásticas / Muestra Itinerante de la Fundación Educacional del Banco de los Arroyos

•          1984: Galería de Arte "Genesy Giol", Mendoza.

•          1987: Museo de Villa Gobernador Gálvez / Cámara Júnior y Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez entregan el cuadro cerámico "Alcanzar la Paz" al Papa Juan Pablo II

•          1988: Galería de Arte Raquel Real

•          1989: Patio de la Madera, Muestra Profesional de Arte Publicitario

•          1991: Asociación Amigos del Museo Municipal de Villa Gobernador Gálvez en el Salón Parroquial / Muestra individual inauguración Casa central Rosario Banco VAF

•          1993: Muestra en Banco Provincial de Santa Fe, filial Villa Gobernador Gálvez

•          1994: En el Año Internacional de la Familia, la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez entrega cuadros al Presidente de la Nación y al Gobernador de la Provincia de Santa Fe. Galería de Arte "Le Bateau" Rosario.

•          1994 al 2004: Muestras colectivas e individuales. Docencia en la Casa de la Cultura de Villa Gobernador Gálvez

•          1997: Exposición Cultural "Andalucía en las calles de Rosario", Plaza Montenegro.

•          1998: Muestra Esculturas y Xilografías en Cooperativa Int. De Villa Gobernador Gálvez.

•          1998/99: Miembro del Jurado en el Salón de Artistas Plásticos, Museo de Villa Gobernador Gálvez

•          2002: Muestra pictórica y escultórica, Salones del balneario del Saladillo

•          2003: Sociedad Argentina de Artistas Plásticos de Rosario / Rotary Club y Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez

•          2004: Muestra el Arte a la Plaza, org. S.A.L.A.C. Soc. Arg. De Letras, Artes y Ciencias / (S.A.L.A.C.) Muestra Plástica Encuentro Nacional de Poetas y Escritores

Por las consideraciones precedentes, los Ediles abajo firmantes, del Bloque Justicialista "Frente para la Victoria", presentan y ponen a consideración del Concejo Deliberante, para su estudio y posterior aprobación, el presente

 

PROYECTO DE DECLARACION

ARTICULO 1°: Declarase Artista Distinguido de Villa Gobernador Gálvez al Señor Rodolfo Rodríguez Sánchez, D.N.I. 6.019.421, por su prolífica obra, su trayectoria y compromiso social.

ARTÍCULO 2°: Invítese al Señor Rodolfo Rodríguez Sánchez a realizar una propuesta de logotipo para el Concejo Deliberante de nuestra ciudad.

ARTICULO 3°: Arbítrense los medios necesarios para exponer la obra del artista en la Casa de la Cultura de Villa Gobernador Gálvez.