Expte. Nº  4.871/13.

VISTO:

La destacada actuación de nuestros Bomberos Voluntarios en la tragedia ocurrida en Rosario el día Martes 6 de Agosto y

 

CONSIDERANDO:

Que ante la tragedia de la vecina ciudad de Rosario nuestro cuerpo de Bomberos se presentó con varias dotaciones de manera inmediata, aportando el valioso recurso humano que representan sus hombres y mujeres.

Que otro enorme recurso aportado fue la logística, con herramientas y unidades de vital importancia como lo fue la Escalera con la que se pudieron retirar del siniestro a una importante cantidad de personas que no podrían haber salido por sus propios medios.

Que los Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad mantuvieron guardias las 24 hs. durante las tareas de rescate y remoción de escombros, sin abandonar el lugar en ningún momento.

Que a pesar de la entrega en este trágico episodio nunca fueron descuidadas las guardias locales, garantizando también la respuesta a los distintos sucesos ocurridos en Villa Gobernador Gálvez.

Que haciendo honor a su lema, "Sacrificio, Valor y Abnegación", sin preguntar a quién ni cuándo, allí estuvieron, representando con orgullo a la ciudad, obteniendo un reconocimiento nacional por su actuación.

Que este Concejo, en representación del Pueblo de Villa Gobernador Gálvez, busca a través de ésta iniciativa reconocer su labor y entrega, que han significado una luz de esperanza ante tanta tristeza.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:

 

DECLARACION Nº 258/2013

 

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante destaca a los Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez por el "Sacrificio, Valor y Abnegación" entregados en la tragedia de Rosario, ocurrida el día 6 de agosto.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  22 agosto de 2013.

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Viernes, 23 Agosto 2013 00:48

17º Sesion Ordinaria 22 de agosto 2013

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El 22 de agosto, se realizó la 17º sesión de caracter Ordinaria, en Presidencia Norma Haydee Auge, en Secretaria: Daniel Marcucci. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Claudio Luraghi, Hector Eduardo Lopez, Carlos Dolce, Mariano Cabrol, Raúl Martinez y Miguel Angel Monte. Ausente: Susana Mangiaterra.

 

 

{slider=Orden del Día} 

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Ente Contralor, aprobación nuevo cuadro tarifario de energía eléctrica. Expte. Nº 4.876/13.

PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, destacando a los Bomberos Voluntarios de V.G.G. por el “Sacrificio, Valor y Abnegación” entregados en la tragedia de Rosario. Expte. Nº  4.871/13.

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA,  Proyecto de Ordenanza, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a dar en pago por arreglos de maquinaria municipal motoniveladora marca DRAMCO modelo 1963. Expte. Nº 4.814/13.

PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Decreto, para que realice tareas de mantenimiento y reposición de luminarias del playón deportivo de la Plaza del Ferroviario. Expte. Nº 4.877/13.

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIÓN  DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Decreto,  para que se realicen  distintas tareas de obras públicas en calle Bordabehere a la altura del 1700. Expte. Nº 4.874/13.

PUNTO 7º)  DICTAMEN DE COMISIONES DE: OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Decreto,  para que se realicen  tareas de limpieza y remoción del basural que se encuentra en la intersección de calle Entre Ríos y Av. Gral. Juan D. Perón. Expte. Nº 4.873/13. 

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 Autor del proyecto: Concejal Cabrol.

 Proyecto de Decreto, para que realice tareas de mantenimiento y reposición de luminarias del playón deportivo de la Plaza El Ferroviario. Exp. 4877/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756

Decreto Nº 438/2012

El reclamo de vecinos

CONSIDERANDO:

Que en la avenida Juan Domingo Perón y Edison se encuentra la plaza del ferroviario

Que en la misma plaza se encuentra una playón deportivo donde los vecinos de la zona utilizan diariamente y también ocupan el espacio, en horarios vespertinos y nocturnos.

Que la acción de hechos vandálico hace imposible recrear la práctica en el lugar por la rotura de los faroles de luz encadenaste.

Que es deber del poder ejecutivo municipal el mantenimiento de las luces de la plaza donde se encuentra el playón deportivo.

 

DECRETO

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria que corresponda y en un plazo de 7 días, proceda a realizar tareas de mantenimiento y reposición de luminarias del playón deportivo de la plaza del ferroviario.

 

 

 

Este es un proyecto presentado por el bloque 100% Santafesino hasta la fecha.

BLOQUE 100% SANTAFESINO

 Autor del proyecto: Concejal Cabrol.

 

MANTENIMIENTO Y REPOSICION DE LUMINARIAS PLAYON DEPORTIVO PLAZA EL FERROVIARIO

Proyecto de Decreto, para que realice tareas de mantenimiento y reposición de luminarias del playón deportivo de la Plaza El Ferroviario. Exp. 4877/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756

Decreto N"438/2012

El reclamo de vecinos

CONSIDERANDO:

Que en la avenida Juan Domingo Perón y Edison se encuentra la plaza del ferroviario

Que en la misma plaza se encuentra una playón deportivo donde los vecinos de la zona utilizan diariamente y también ocupan el espacio, en horarios vespertinos y nocturnos.

Que la acción de hechos vandálico hace imposible recrear la práctica en el lugar por la rotura de los faroles de luz encadenaste.

Que es deber del poder ejecutivo municipal el mantenimiento de las luces de la plaza donde se encuentra el playón deportivo.

 

DECRETO

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria que corresponda y en un plazo de 7 días, proceda a realizar tareas de mantenimiento y reposición de luminarias del playón deportivo de la plaza del ferroviario.

 

Miércoles, 21 Agosto 2013 20:58

Proyecto Ente de Contralor

Este es un proyecto presentado por la Comisión del  Ente de Contralor hasta la fecha.

 

ENTE DE CONTRALOR

La Comisión del Ente de Contralor eleva nuevo cuadro tarifario de Energía Eléctrica. Exp. 4876/13.

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

Proyecto de Ordenanza, para garantizar guardias permanentes remuneradas en el cuartel de Bomberos Voluntarios de Villa Gdor Gálvez. Exp. 4875/13.

VISTO:

            La Ley 2.756, la enorme cantidad de emergencias que los Bomberos Voluntarios atienden semanalmente, la necesidad de responder a las mismas en el menor tiempo posible y

CONSIDERANDO QUE:

            Nuestra ciudad se ve afectada de manera constante por distintos tipos de emergencias tales como accidentes, incendios de todo tipo, ya sean de viviendas, bienes públicos como espacios verdes o contenedores, empresas, pastizales, basura en la vía pública o el mismo Basural Municipal, entre otros.

            El tiempo de respuesta a estas emergencias es de vital importancia al momento de salvar vidas y salvaguardar los bienes públicos o de las personas afectadas.

            En la mayoría de estos siniestros nuestros Bomberos Voluntarios son los que responden, siempre en la medida de sus posibilidades y dependiendo del lugar donde se encuentren al momento del llamado, entendiendo que cada uno de ellos tiene su trabajo y/o obligaciones y ejercen esta hermosa profesión de manera gratuita.

            Podemos observar que cuando se cuenta con guardias en el cuartel, los tiempos de respuesta se achican drásticamente a 1 o 2 minutos, pero cuando no se cuenta con personal en el lugar se extienden a 10, 15 o 20 minutos, cuando no más.

            A modo estadístico, se adjunta a este proyecto un listado con las salidas a distintos tipo de urgencias, donde se especifican los tiempos de llamado y salida, para constatar los datos citados.

            Para resumir en promedios las demoras en las salidas por no contar con guardias permanentes, detallamos el primer semestre de este año:

            ENERO: 10 Minutos.
            FEBRERO: 12 Minutos.
            MARZO: 15 Minutos.
            ABRIL: 14 Minutos.
            MAYO: 10 Minutos.
            JUNIO: 13 Minutos.

            Aunque pudieran parecer pocos, estos minutos son vitales, como lo citábamos con anterioridad, para salvar vidas y evitar la mayor cantidad de pérdidas posibles de los bienes de los afectados. Cabe destacar que estos son minutos PROMEDIO ya que en algunos casos, sobre todo en horarios laborales, se han extendido bastante más.

            Nuestra ciudad viene avanzando responsablemente en la atención de emergencias, tomando como ejemplo la constitución de la Junta Municipal de Defensa Civil, que pudo verse en acción en las tareas previas a la crecida del río del pasado mes, organizándose entre los distintos niveles del estado y organizaciones de la ciudad.

            Un nuevo paso en esta materia sería contar con guardias permanentes remuneradas las 24 hs en el Cuartel de Bomberos de la ciudad, agilizando los tiempos de respuesta y con esto atender las urgencias en las cuales muchas veces se ven involucrados bienes públicos y la salud de la sociedad.

            Estas guardias permanentes realizarían las primeras intervenciones que serían complementadas con el resto de los voluntarios que se presenten en cada caso.

Económicamente no significaría un gran esfuerzo para la Municipalidad, pero si significaría un gran aporte a la sociedad, brindando tranquilidad al saber que la respuesta inmediata está garantizada por parte de nuestras y nuestros bomberos.

            Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de

 

ORDENANZA

Art. 1º - Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con la Asociación Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, con el fin de garantizar Guardias Permanentes Remuneradas en el Cuartel de Bomberos local.

Art. 2º - Las Guardias Permanentes constarán en turnos de 8 hs y estarán constituidas por tres Bomberos con más de un año de antigüedad al momento de la suscripción del Convenio mencionado en el Art. 1º. La designación del personal estará a cargo de la Institución de Bomberos.

Art. 3º - Para el cumplimiento de las Guardias Permanentes Remuneradas, el Departamento Ejecutivo Municipal depositará en la cuenta asignada por la Asociación Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez en el convenio citado en el Art 1º, lo equivalente a 9 sueldos básicos municipales de categoría 18. Los fondos serán afectados en forma automática de la coparticipación provincial y nacional una vez ingresadas en las arcas municipales. Los depósitos deberán hacerse de manera mensual dentro de los días hábiles de cobro.

Art. 4º - La Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez elevará trimestralmente al Departamento Ejecutivo Municipal una nómina del Cuerpo activo en servicio, con el fin de que la municipalidad gire para quienes no se encuadren dentro de las Guardias Permanentes Remuneradas, un fondo en concepto de Gastos, que le corresponderá individualmente a cada Bombero Activo con un año de antigüedad o más. Dicho fondo será equivalente a 160 litros de nafta súper de Yacimientos Petrolíferos de Argentina (YPF), que se depositará con el mismo criterio establecido en el Art. 3º.

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, para que se realicen distintas tareas de Obras Publicas en calle Bordabehere a la altura del 1700. Exp. 4874/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 y;

Considerando

Que en la intersección de calle Bordabehere con Avenida Filippini el pavimento se encuentra quebrado en dos lugares.

Que por dichas grietas emerge agua constantemente, aumentando el riesgo de siniestralidad  vial, principalmente de motos por el musgo que se forma.

Que los peatones deben saltar desde la calle hacia la vereda favoreciendo las condiciones para que ocurra un accidente.

Que las personas mayores, con movilidad reducida o las madres con bebés en brazos o en cochecitos, se les dificulta el paso por la presencia de musgo que hacen que la calzada se encuentre resbaladiza.

Que por dicho lugar, esperan el servicio de transporte, gran cantidad de personas –que al no estar establecido el lugar de la parada, los usuarios cruzan frecuentemente la mencionada intersección, según el recorrido del colectivo, ya que en algunas oportunidades la parada la hacen por Filippini y en otras por Bordabehere- .

Que la mencionada situación provocó un desnivel en la calzada que también pone en riesgo el bienestar físico de peatones o conductores.

Que atravesar dicha arteria puede provocar daños materiales en los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial e incluso puede provocar que los motociclistas pierdan el control de sus motovehículos y caigan sobre el asfalto.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de reparación de la carpeta asfáltica de calle Bordabehere a la altura del 1.700, en su intersección con Av. Filippini.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a nivelar calle Bordabehere – a la altura del 1700- en su intersección con Av. Filippini.

 

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, para que se realicen tareas de limpieza y remoción del basural que se encuentra en la intersección de calle Entre Ríos y Av. Juan D. Perón. Exp. 4873/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;

Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;

Constitución Nacional artículo 41;

Reclamo verbal de los vecinos ante el concejal abajo firmante  y;

Considerando

Que en la intersección de calle Entre Ríos y Av. Juan D. Perón se encuentra emplazado un basural de importantes dimensiones el cual bloquea casi el 80% (ochenta por ciento) de la calle anteriormente mencionada

Que los vecinos se merecen vivir en mejores condiciones.

Que este basural favorece la proliferación de ratas y de distintos tipos de alimañas, aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada a esta situación.

Que dicho lugar constituye un foco infeccioso y un peligro para la salud de los vecinos.

Que las condiciones de calle Entre Ríos son deplorables por la cual se hace casi imposible ingresar en dicha zona.

Que el sector en cuestión se encuentra a pocas cuadras del centro comercial de Villa Diego, de la Plaza a la Madre, y que por dicha cercanía y por la existencia de un templo Evangélico, transitan gran cantidad de personas.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar la limpieza y remoción del basural que se encuentra emplazado en la intersección de calle Entre Ríos y Av. Juan D. Perón.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de un cartel de  Prohibido arrojar basura.

 

 

 

 

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

                 

BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

                                               

GUARDIAS PERMANENTES REMUNERADAS EN ELCUARTEL DE BOMBEROS DE NUESTRA CIUDAD

Proyecto de Ordenanza, para garantizar guardias permanentes remuneradas en el cuartel de Bomberos Voluntarios de Villa Gdor Gálvez. Exp. 4875/13.

VISTO:

            La Ley 2.756, la enorme cantidad de emergencias que los Bomberos Voluntarios atienden semanalmente, la necesidad de responder a las mismas en el menor tiempo posible y

CONSIDERANDO QUE:

            Nuestra ciudad se ve afectada de manera constante por distintos tipos de emergencias tales como accidentes, incendios de todo tipo, ya sean de viviendas, bienes públicos como espacios verdes o contenedores, empresas, pastizales, basura en la vía pública o el mismo Basural Municipal, entre otros.

            El tiempo de respuesta a estas emergencias es de vital importancia al momento de salvar vidas y salvaguardar los bienes públicos o de las personas afectadas.

            En la mayoría de estos siniestros nuestros Bomberos Voluntarios son los que responden, siempre en la medida de sus posibilidades y dependiendo del lugar donde se encuentren al momento del llamado, entendiendo que cada uno de ellos tiene su trabajo y/o obligaciones y ejercen esta hermosa profesión de manera gratuita.

            Podemos observar que cuando se cuenta con guardias en el cuartel, los tiempos de respuesta se achican drásticamente a 1 o 2 minutos, pero cuando no se cuenta con personal en el lugar se extienden a 10, 15 o 20 minutos, cuando no más.

            A modo estadístico, se adjunta a este proyecto un listado con las salidas a distintos tipo de urgencias, donde se especifican los tiempos de llamado y salida, para constatar los datos citados.

            Para resumir en promedios las demoras en las salidas por no contar con guardias permanentes, detallamos el primer semestre de este año:

            ENERO: 10 Minutos.
            FEBRERO: 12 Minutos.
            MARZO: 15 Minutos.
            ABRIL: 14 Minutos.
            MAYO: 10 Minutos.
            JUNIO: 13 Minutos.

            Aunque pudieran parecer pocos, estos minutos son vitales, como lo citábamos con anterioridad, para salvar vidas y evitar la mayor cantidad de pérdidas posibles de los bienes de los afectados. Cabe destacar que estos son minutos PROMEDIO ya que en algunos casos, sobre todo en horarios laborales, se han extendido bastante más.

            Nuestra ciudad viene avanzando responsablemente en la atención de emergencias, tomando como ejemplo la constitución de la Junta Municipal de Defensa Civil, que pudo verse en acción en las tareas previas a la crecida del río del pasado mes, organizándose entre los distintos niveles del estado y organizaciones de la ciudad.

            Un nuevo paso en esta materia sería contar con guardias permanentes remuneradas las 24 hs en el Cuartel de Bomberos de la ciudad, agilizando los tiempos de respuesta y con esto atender las urgencias en las cuales muchas veces se ven involucrados bienes públicos y la salud de la sociedad.

            Estas guardias permanentes realizarían las primeras intervenciones que serían complementadas con el resto de los voluntarios que se presenten en cada caso.

Económicamente no significaría un gran esfuerzo para la Municipalidad, pero si significaría un gran aporte a la sociedad, brindando tranquilidad al saber que la respuesta inmediata está garantizada por parte de nuestras y nuestros bomberos.

            Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de

 

ORDENANZA

Art. 1º - Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con la Asociación Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, con el fin de garantizar Guardias Permanentes Remuneradas en el Cuartel de Bomberos local.

Art. 2º - Las Guardias Permanentes constarán en turnos de 8 hs y estarán constituidas por tres Bomberos con más de un año de antigüedad al momento de la suscripción del Convenio mencionado en el Art. 1º. La designación del personal estará a cargo de la Institución de Bomberos.

Art. 3º - Para el cumplimiento de las Guardias Permanentes Remuneradas, el Departamento Ejecutivo Municipal depositará en la cuenta asignada por la Asociación Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez en el convenio citado en el Art 1º, lo equivalente a 9 sueldos básicos municipales de categoría 18. Los fondos serán afectados en forma automática de la coparticipación provincial y nacional una vez ingresadas en las arcas municipales. Los depósitos deberán hacerse de manera mensual dentro de los días hábiles de cobro.

Art. 4º - La Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez elevará trimestralmente al Departamento Ejecutivo Municipal una nómina del Cuerpo activo en servicio, con el fin de que la municipalidad gire para quienes no se encuadren dentro de las Guardias Permanentes Remuneradas, un fondo en concepto de Gastos, que le corresponderá individualmente a cada Bombero Activo con un año de antigüedad o más. Dicho fondo será equivalente a 160 litros de nafta súper de Yacimientos Petrolíferos de Argentina (YPF), que se depositará con el mismo criterio establecido en el Art. 3º.

 

 

 

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

 

BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor de los proyectos: Concejal Martínez.

 

 

LIMPIEZA Y REMOCION BASURAL EXISTENTE EN ENTRE RIOS Y JUAN D. PERON

Proyecto de Decreto, para que se realicen tareas de limpieza y remoción del basural que se encuentra en la intersección de calle Entre Ríos y Av. Juan D. Perón. Exp. 4873/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;

Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;

Constitución Nacional artículo 41;

Reclamo verbal de los vecinos ante el concejal abajo firmante  y;

Considerando

Que en la intersección de calle Entre Ríos y Av. Juan D. Perón se encuentra emplazado un basural de importantes dimensiones el cual bloquea casi el 80% (ochenta por ciento) de la calle anteriormente mencionada

Que los vecinos se merecen vivir en mejores condiciones.

Que este basural favorece la proliferación de ratas y de distintos tipos de alimañas, aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada a esta situación.

Que dicho lugar constituye un foco infeccioso y un peligro para la salud de los vecinos.

Que las condiciones de calle Entre Ríos son deplorables por la cual se hace casi imposible ingresar en dicha zona.

Que el sector en cuestión se encuentra a pocas cuadras del centro comercial de Villa Diego, de la Plaza a la Madre, y que por dicha cercanía y por la existencia de un templo Evangélico, transitan gran cantidad de personas.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar la limpieza y remoción del basural que se encuentra emplazado en la intersección de calle Entre Ríos y Av. Juan D. Perón.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de un cartel de  Prohibido arrojar basura.

 

 

 

TAREAS DE OBRAS PUBLICAS EN BORDABEHERE A LA ALTURA DEL 1700

Proyecto de Decreto, para que se realicen distintas tareas de Obras Publicas en calle Bordabehere a la altura del 1700. Exp. 4874/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 y;

Considerando

Que en la intersección de calle Bordabehere con Avenida Filippini el pavimento se encuentra quebrado en dos lugares.

Que por dichas grietas emerge agua constantemente, aumentando el riesgo de siniestralidad  vial, principalmente de motos por el musgo que se forma.

Que los peatones deben saltar desde la calle hacia la vereda favoreciendo las condiciones para que ocurra un accidente.

Que las personas mayores, con movilidad reducida o las madres con bebés en brazos o en cochecitos, se les dificulta el paso por la presencia de musgo que hacen que la calzada se encuentre resbaladiza.

Que por dicho lugar, esperan el servicio de transporte, gran cantidad de personas –que al no estar establecido el lugar de la parada, los usuarios cruzan frecuentemente la mencionada intersección, según el recorrido del colectivo, ya que en algunas oportunidades la parada la hacen por Filippini y en otras por Bordabehere- .

Que la mencionada situación provocó un desnivel en la calzada que también pone en riesgo el bienestar físico de peatones o conductores.

Que atravesar dicha arteria puede provocar daños materiales en los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial e incluso puede provocar que los motociclistas pierdan el control de sus motovehículos y caigan sobre el asfalto.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

 

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de reparación de la carpeta asfáltica de calle Bordabehere a la altura del 1.700, en su intersección con Av. Filippini.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a nivelar calle Bordabehere – a la altura del 1700- en su intersección con Av. Filippini.