Expte. 4.847/13.

VISTO:

La Ley 2756.

Las Ordenanzas Nº 2095/12; 2.105/13 y 2.121/13.

El Código Tributario Municipal, Ordenanza Nº 1.415/99 y Ordenanzas complementarias, y

 

CONSIDERANDO:

Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad, respecto a regularizar su situación tributaria ante el municipio, formalizando sus compromisos de pago, mediante convenios.

Que debido al éxito obtenido a los pedidos efectuados por aquellos contribuyentes que al 15/07/2013, por diferentes razones, no han podido regularizar su situación tributaria, acogiéndose a los beneficios establecidos por el Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección establecidos por Ordenanza Nº 2095/12-PRORROGADA POR Ordenanza Nº 2.105/13 y 2.121/13- resulta necesario prorrogar la vigencia de la misma al 30/08/13 inclusive.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.134/2013

 

ART. lº) Prorróguese la vigencia del Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección, fijado por Ordenanza Nº 2095/12-prorrogada por  Ordenanzas Nº 2.105/13 y 2121/13, modificándose el Art. 1º, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Establécese un Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasa y Derecho de Cementerio y Derecho de Registro e  Inspección, establecidos en los Arts. 1º, 10º y 21º de  la Ordenanza Nº 1.608/04, régimen al que podrán acogerse todos los contribuyentes y responsables que adeuden hasta el período 12/2012 inclusive y se encuentren vencidos y exigibles a la fecha de formalización  del mencionado régimen de regularización y facilidades de pago. Podrán acogerse también todos aquellos contribuyentes y responsables de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección que hayan formalizado convenios de pago, tanto en gestión administrativa como en gestión de apremio, cuyas cuotas se encuentren impagas a la fecha de celebración de un nuevo acuerdo, estén o no vencidas o sean o no exigibles”.

Respecto a las condiciones establecidas en los Arts. 2º al 7º, se aplicarán las vigentes al mes de marzo de 2013, en lo que se refiere a:

 - Tratamiento de los Intereses Resarcitorios, por pago fuera de término de los períodos adeudados anteriores al 1 de enero de 2007.

-Descuentos por pago contado, desde el día 16 de julio de 2013 hasta el 30 de agosto de 2013 inclusive.

 

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  25 de julio de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

Expte. Nº 4.853/13.

VISTO:

La Ley 2756, Art.39º Incs. 14, 52 y 53, y           

 

CONSIDERANDO:

              Que sobre la vereda norte, numeración par, de Av. Soldado Aguirre a la altura del 2200, entre calles Rosario y Liniers se encuentra una cámara de desagüe sin su correspondiente tapa.

Que en dicho lugar funciona un comedor escolar perteneciente a la Escuela Nº 1204 “Ingeniero Enrique Mosconi”, que recibe diariamente a los alumnos de la mencionada institución y a los alumnos de la Escuela Nº 1281 “Doctora Cecilia Grierson”.

Que en el lugar habitan y transitan diariamente importante cantidad de personas por la presencia de distintos negocios y del establecimiento educativo mencionado anteriormente.

Que es deber de las autoridades velar por el bienestar y seguridad de sus ciudadanos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 507/2013

 

ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal  para que , a través de la Secretaría que corresponda, proceda a colocar la correspondiente tapa a la cámara de desagüe ubicado sobre la vereda norte, numeración par, de Av. Soldado Aguirre a la altura del 2200, entre calles Rosario y Liniers.

 

ART. 2) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal  para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar dicha cámara hasta tanto se realice la mencionada obra.

 

ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal  para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la limpieza y desmalezamiento de  la vereda mencionada en el Art. 1º.

 

ART.4º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.

 

 

       

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. Nº  4.848/13.

VISTO:

La Ley 2756.

La copia del Expediente Administrativo Nº 43.827/13, caratulado: “Domingo 04/08/2013- Evento Escuela Asamblea del Año XIII-Mateada-Bingo” y modelo de contrato de comodato, y

 

CONSIDERANDO:

Que en el Expte. Administrativo mencionado en los Vistos, elevado a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, se solicita autorización para la realización de una mateada y bingo, el día 4 de agosto del corriente año en el estadio  cubierto del Polideportivo Municipal “Club Sportivo de Villa Gobernador Gálvez”, en el horario de 14:00 a 18:00 hs.

Que dicho evento, en el cual no se cobrará entrada, tiene la finalidad de recaudar fondos para poder concretar el viaje de estudio de los alumnos de la escuela Asamblea del Año XIII, que en su mayoría son alumnos de escasos recursos económicos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 506/2013

 

ART.1º) Autorízace al  Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la Escuela “Asamblea del Año XIII”, representada por la Sra. Directora Nelba Teresita Igon, D.N.I.Nº 13.620.536, un contrato de comodato, otorgando el uso y goce gratuito del estadio cubierto del Polideportivo Municipal “Club Sportivo Villa Gobernador Gálvez” para la realización de una mateada y bingo el dia 4 de agosto del corriente año, cuyo modelo obra como Anexo I y es parte integrativa del presente Decreto.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

 

ANEXO I. CONTRATO DE COMODATO

 

En la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, a los …días del mes de julio de 2013, entre la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez-representada en este acto por el Intendente Municipal Pedro Jorge González, D.N.I. Nº 6.138.364 y el Secretario de Gobierno, Educación y Cultura Rodolfo O. Cavalleri, D.N.I. Nº 10.594.346 -con domicilio en calle Ing. Mosconi 1541 de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, en adelante denominada LA COMODANTE y la Escuela Pcial. “Asamblea del Año XIII”, representada en este acto por su Directora Sra. Nelba Teresita Igon,  D.N.I. Nº 13.620.536, con domicilio en calle Mitre Nº 1653 de esta   ciudad, en adelante denominada  LA COMODATARIA, se formaliza el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La comodante da en uso y goce gratuito el estadio cubierto del Polideportivo Municipal “Club Sportivo de Villa Gobernador Gálvez” para el día domingo 4 de agosto  de 2013 a fin de que la comodataria organice por su cuenta y responsabilidad una mateata y bingo para asistentes en general-con el objetivo de recaudar fondos para solventar el viaje de estudios de lso alñumnos de 7º grado a la ciduad de Villa Carlos Paz- en el horario de 14:00 a 18:00 hs.

SEGUNDA: Obligaciones de la Comodataria: La comodataria toma a su exclusivo cargo la contratación de todo el personal afectado a la Organización del evento, ya se trate de artistas como del personal técnico idóneo para que este resulte de óptima calidad, encontrándose a su exclusivo cargo el pago a los artistas contratados y de los impuestos que correspondieren por la realización del espectáculo, asumiendo a su cargo todos los gastos que se originen como consecuencia de la realización del mismo, sin perjuicio de las obligaciones especiales que más adelante se detallan.

TERCERA:  Queda establecido que la comodataria no percibirá suma alguna de dinero en concepto de entradas para asistir al evento.

CUARTA: Responsabilidad por daños: La comodataria se hace responsable frente a la comodante y frente a terceros de cualquier hecho dañoso en as cosas y/o en las personas obligándose a la reparación total e integral de las consecuencias lesivas, liberando desde ya a la comodante de toda responsabilidad.

QUINTA: Seguridad del predio: La comodataria asume a su exclusivo costo la seguridad del predio. Deberá contratar personal de seguridad afectado al mismo como así también-de resultar necesario por la naturaleza del evento- Policías Adicionales. La cantidad de policías adicionales que deban contratarse para acreditarse también la contratación de la seguridad privada y policial con por lo menos 48 hs antes de la fecha de realización del evento, bajo apercibimiento de resolución del presente contrato.

SEXTA: Servicios complementarios obligatorios: La comodataria también se obliga a la contratación del Servicio Médico de Emergencias con Ambulancias y Médicos en el lugar, con por lo menos 48 hs antes de la fecha del evento, bajo apercibimiento de resolución del presente contrato.

SÉPTIMA: La comodataria asume a su cargo el pago de los aranceles que pudieren corresponder a SADAIC Y AADI CAPIF, deslindando a la Municipalidad de toda responsabilidad emergente de la falta de pago de tales aranceles.

OCTAVA: En caso de divergencia en el cumplimiento o interpretación del presente Contrato de Comodato, las partes se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios Provinciales de Rosario, renunciando a cualquier otro fuero que pudiere corresponder, inclusive el Federal.

NOVENA: En conformidad a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 se transcribe a continuación el Art. 18º:”Cuando la Municipalidad fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrará dentro del término de seis (6)  meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad, de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación del municipio, y que deberá ser transcripta en toda escritura pública o contrato que se celebre con particulares”

Previa lectura y ratificación, para su fiel cumplimiento, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar indicado ut supra.

 

 

 

 

 

Expte. Nº 4.852/13.

VISTO:

La Constitución  Nacional Art. 41º.

La Ley 2756 Art. 39º Incs. 14 y 52; Art. 41º Inc. 24.

El reclamo de vecinos, y           

 

CONSIDERANDO:

              Que la zona comprendida entre las calles Alem, Constitución, Alvear y Congreso, conocida como loteo Las Quintas no se encuentra en condiciones de ser habitado debido a la presencia de un basural ubicado entre las calles Alem, Pasaje Malatesta y Alvear.

Que el mismo favorece la presencia de ratas y distintos tipos de alimañas que pueden afectar la salud de los vecinos.

Que la ubicación del mencionado basural obliga a los vecinos a desviar su trayecto para poder acceder al transporte urbano de pasajeros debido a que no cuentan con otra salida a calles Constitución y Alvear.

Que los vecinos del barrio solicitan se realicen distintas obras para mejorar su calidad de vida.

Que el barrio en cuestión carece de obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento.

Que la falta de obras de zanjeo implica que en días de lluvia ingrese agua a las casas provenientes de la calle o del mismo pozo ciego, debido a que en el mismo se vierten todos los líquidos de las viviendas, ya sean agua de los baños, lavadero y cocinas.

Que los vecinos solicitan las obras de zanjeo, y de ser posible, obras de cordón cuneta.

Que el estado de las calles obstruye la circulación, aumentando las condiciones de intratabilidad durante los días de lluvia.

Que, también solicitan los vecinos, se realice la apertura de las calles Constitución y Alvear, que por el momento se encuentran cerradas al paso.

Que las viviendas del mencionado loteo no cuentan con el servicio de gas natural, por lo cual solicitan se realicen las gestiones pertinentes para poder acceder al suministro del mencionado servicio.

Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene,  seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2034/2013

 

ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en la zona comprendida entre las calles Alem, Constitución, Alvear y Congreso, conocida como Loteo Las Quintas.

 

ART. 2) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obras de pavimentación y cordón cuneta o, en su defecto, mejorado en las mencionadas calles.

 

ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.

 

ART.4º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la remoción del basural ubicado entre las calles Alem, Pasaje Malatesta y Alvear.

 

ART.5º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes a fin de suministrarle el servicio de gas natural a los vecinos de la zona comprendida entre las calles Alem, Constitución, Alvear y Congreso, conocida como Loteo Las Quintas.

 

ART.6º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar  la apertura de las calles Constitución y Alvear.

 

ART.7º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.

 

 

                     

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. Nº 4.851/13.

Visto

La Ley 2.756 Art. 39º incisos 14 y 52; Artículo 41 Inciso 24.

Las Minuta de Comunicaciones  Nº 1999/121992/12, y

 

Considerando

Que sobre calle Crespo entre Avenida Soldado Aguirre y Guido Spano, dicha arteria se encuentra intransitable por los numerosos pozos de importantes dimensiones existentes, agravándose la situación los días de lluvia.

Que en esas condiciones deja incomunicadas a las personas que allí habitan, ya que no ingresan al sector ningún medio de transporte o ambulancias o vehículos policiales.

Que por la basura acumulada sobre las zanjas, el agua queda estancada, produciendo olores desagradables, como así también la proliferación de distintos tipos de alimañas.

Que los vecinos necesitan la pronta ejecución de obras para vivir dignamente.

Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de nuestros vecinos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2033/2013

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en la calle Crespo  entre Avenida Soldado Aguirre y Guido Spano.

 

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obras que permitan una mejor transitabilidad de calle Crespo entre Av.  Soldado Aguirre y Guido Spano.

 

ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.

 

 ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.                                             

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº 4.854/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.

El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de calles Bomberos Voluntarios y Santa María de Oro se ubica una boca de tormenta.

Que el enrejado que debería poseer esta boca de tormenta no está colocado en su sitio.

Que los vecinos han colocado de forma provisoria un tronco sosteniendo las tapas de cemento de la misma, el cual representa un peligro y que no aporta el sostén adecuado para quien camine sobre estas.

Que peatones que circulan por la zona han sufrido accidentes por tropezar con las tapas de cemento que se encuentran desniveladas.

Que los días de lluvia, esta boca de tormenta se tapa de basura y ramas, generando acumulación de agua en la intersección de las calles mencionadas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2032/2013

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la reposición del enrejado de la boca de tormenta ubicada en la intersección de Bomberos Voluntarios y Santa María de Oro.

  

 ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. Nº 4.855/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N 2756.

El reclamo de vecinos y conductores, y

 

CONSIDERANDO:

Que en calle Int. Andreu, entre 20 de Junio y Cte. Espora existen baches de grandes dimensiones.

Que los conductores que circulan por esta calle deben cambiar de mano para poder continuar su recorrido, dando lugar a accidentes con otros vehículos.

Que los peatones se han quejado por las numerosas situaciones de riesgo que generan estos baches.

Que al ser una arteria muy transitada, estos baches aumentan su tamaño a diario e imposibilitan la normal circulación en la zona.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2031/2013

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la reparación de los baches ubicados en calle Int. Andreu, entre 20 de Junio y Cte. Espora.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25  de julio de 2013.                                              

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº 4.858/13.

VISTO:

La Ley 2756.

El pedido de los vecinos de calle Thompson entre Pje. Musto y calle San Juan, y

           

CONSIDERANDO:

Que ha sido comprobada en varias zonas de la ciudad  la eficacia del sistema de contenedores  para los residuos domiciliarios, y que es una preocupación cotidiana de los vecinos la disposición en forma higiénica de los desechos de la vida diaria.

Que los vecinos de calle Thompson expresaron ante concejales de este cuerpo su interés de que se coloquen contenedores de residuos sobre la misma para así aportar a la limpieza de nuestras calles, contribuir a la higiene y evitar, asimismo, la proliferación de micro basurales.

Que este Cuerpo considera necesario acercar este pedido al Departamento Ejecutivo con la recomendación pertinente de que se asegure en la zona la prestación del servicio de recolección mediante contenedores para los residuos domiciliarios.             

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2030/2013

 

ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal solicitándole, a través de la Secretaría correspondiente, estudie la viabilidad de colocar contenedores de residuos domiciliarios sobre calle Thompson entre Pje. Musto y calle San Juan.

 

ART. 2) El Concejo Deliberante solicita asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal una respuesta sobre la temática a modo de informe en un plazo de 10 días.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25  de julio de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº 4.857/13.

VISTO:

La Ley 2756.

El reclamo de los vecinos de calle Piazza, y           

CONSIDERANDO:

              Que el sistema de contenedores para los residuos  domiciliarios ha probado ser una forma efectiva e higiénica de tratar con los desechos de la vida diaria.

Que calle Piazza ya cuenta con contenedores en varias de sus cuadras, no así entre calle 17 de Octubre y Alvear.

Que los vecinos de esas cuadras han expresado a concejales de este cuerpo su pedido  de que se cumpla con la colocación/reposición  de contenedores de residuos a fin de garantizar limpieza en las calles y evitar la formación de micro basurales.

Que este Cuerpo considera necesario acercar este pedido al Departamento Ejecutivo o con la recomendación pertinente de que se asegure en la zona la prestación del servicios de recolección mediante contenderos para los residuos domiciliarios.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2029/2013

 

ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal solicitándole,  a través de la Secretaria correspondiente, estudie la viabilidad de colocar contenedores de residuos domiciliarios en calle Piazza entre 17 de Octubre y Alvear.

 

ART. 2) El Concejo Deliberante solicita asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal una respuesta sobre la temática a modo de informe en un plazo de 10 días.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25  de julio de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Viernes, 26 Julio 2013 01:54

15º Sesion Ordinaria 25 de julio 2013

002

 

  

 

El 25 de julio, se realizó la 15º sesión de caracter Ordinaria, en Presidencia Norma Haydee Auge, en Secretaria: Daniel Marcucci. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Claudio Luraghi, Susana Mangiaterra, Hector Eduardo Lopez,   Carlos Dolce, Raúl Martinez y Miguel Angel Monte. Ausente: Mariano Cabrol.

 

 

{slider=Orden del Día} 

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, El Departamento Ejecutivo eleva copia de Expte. Nº 43827/13, caratulado “Domingo 4/2013 – Evento Escuela Asamblea del Año XIII – Mateada y Bingo” y fotocopia de modelo de contrato. Expte. Nº 4.848/13.

PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIONES DE:  GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS,  Proyecto de Minuta de Comunicación, se estudie la viabilidad de colocar contenedores de residuos domiciliarios en calle Piazza entre 17 de Octubre y Alvear. Expte. Nº 4.857/13.

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIONES DE:  GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SERV ICIOS PÚBLICOS,  Proyecto de Minuta de Comunicación, se estudie la viabilidad de colocar contenedores de residuos domiciliarios sobre calle Thompson entre Pje. Musto y calle San Juan. Expte. Nº 4.858/13.

PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: PRESUPUESTO Y HACIENDA Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, prórroga de Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la TGI, Tasas y Derechos del Cementerio y DReI. Expte. 4.847/13.

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: PRESUPUESTO Y HACIENDA Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza, aceptación de donación de vehículo de transporte marca Fiat, modelo 711 Ducato Maxi cargo. Expte. Nº  4.846/13. 

PUNTO 7º)  DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, se proceda a la reparación de los baches ubicados en calle Intendente Andreu entre 20 de Junio y Cte. Espora. Expte. Nº 4.855/13.

PUNTO 8º)  DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, se proceda a la reposición del enrejado de la boca de tormenta ubicada en la intersección de Bomberos Voluntarios y Sta. María de Oro. Expte. Nº 4.854/13.

PUNTO  9º)  DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Decreto, se proceda a la reposición de la tapa de la cámara de desagüe ubicada en Av. Soldado Aguirre a la altura del 2200. Expte. 4.853/13.

PUNTO 10º)  DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Decreto, diferentes trabajos de obras públicas en el sector comprendido por las calles Crespo entre Av. Soldado Aguirre y Guido Spano. Expte. 4.851/13.

PUNTO 11º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Decreto, diferentes trabajos de obras públicas en  la zona comprendida entre las calles Alem, Constitución, Alvear y Congreso. Expte. 4.852/13

 

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