RELEVAMIENTO E INFORME SOBRE CONTENEDORES PARA RESIDUOS DOMICILIARIOS
Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Decreto, relevamiento e informe sobre contenedores para residuos domiciliarios. Exp. 4868/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
Las Minutas de Comunicación Nº 2029 y 2030 de 2013,
La recurrente inquietud de los vecinos sobre los contenedores de residuos domiciliarios, y
CONSIDERANDO:
Que «ha sido comprobada en varias zonas de la ciudad la eficacia del sistema de contenedores para los residuos domiciliarios, y que es una preocupación cotidiana de los vecinos la disposición en forma higiénica de los desechos de la vida diaria», y que «el sistema de contenedores para los residuos domiciliarios ha probado ser una forma efectiva e higiénica de tratar con los desechos de la vida diaria» (Minutas de Comunicación Nº 2029 y 2030 de 2013).
Que, siendo que se ha planteado en numerosas ocasiones la inquietud sobre los alcances reales del sistema de recolección de residuos domiciliarios por medio de contenedores, es imperativo realizar un relevamiento que proporcione información actualizada sobre cada una de las cuadras en las que existan contenedores de residuos domiciliarios.
Que, además, es igualmente importante conocer qué planificación se está realizando para ampliar el servicio a otras zonas de la ciudad.
Que, como preocupación fundamental, resulta de vital importancia poder informar a nuestros vecinos sobre las posibilidades, plazos de implementación y características de los servicios que como ciudad estamos en condiciones de prestar.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal un relevamiento de los contenedores para residuos domiciliarios que se encuentran distribuidos en el ejido urbano, detallando puntualmente las cuadras y/o arterias cubiertas. El resultado del mencionado relevamiento será elevado a este Cuerpo en un plazo de 15 días hábiles.
ART. 2º) El Concejo Deliberante solicita asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal informes sobre planificación de la implementación de este servicio de recolección en las demás zonas de la ciudad.
EL CONCEJO EN LOS BARRIOS
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Ordenanza, Crease el Programa “El Concejo en los Barrios” en el ámbito del Concejo Deliberante. Exp. 4863/13.
VISTO:
La Ley N° 2756, El reglamento Interno del Concejo Deliberante y
CONSIDERANDO:
ORDENANZA
ART. 1º) Créase el Programa “El Concejo en los Barrios” en el ámbito del Concejo Deliberante.
ART. 2º) El programa creado en el Art. 1º tiene como objetivo fortalecer la vinculación entre los ciudadanos y el Concejo Deliberante, así como también fomentar la participación de los vecinos y vecinas en la discusión sobre las problemáticas referidas al lugar donde viven.
ART. 3º) La Mesa Directiva del Concejo Deliberante será la encargada de convocar a las diferentes sesiones y de definir lugar de la realización en base a los pedidos y reclamos individuales o grupales de cada barrio.
ART. 4º) Se recibirán en la Mesa de Entradas del cuerpo antes mencionada “solicitudes de sesiones en los barrios” por parte Concejales, Departamento Ejecutivo, Asociaciones Vecinales, organizaciones y vecinos en general.
ART. 5º) Dichas solicitudes serán tratadas en las Comisiones Internas del Concejo Deliberante, debiendo expedirse sobre la misma en un periodo no mayor a 20 días.
ART. 6º) Las sesiones se realizarán en lugares con capacidad amplia y se convocarán a organizaciones vecinales, educativas, deportivas, culturales, sociales, religiosas, asociaciones civiles y vecinos y vecinas en general.
ART. 7º) El Concejo Deliberante realizará un cronograma con el día y lugar de las sesiones, con un mínimo de 1 sesión por mes en el marco del programa “El Concejo en los Barrios”, debiéndose aprobar una Resolución Interna de dicho cronograma votada por los 2 tercios de los Concejales.
ART. 8º) Los expedientes que se tratarán en el marco del programa “Concejo en los barrios” deberán ser referidos al barrio donde se realizará la sesión, con la posibilidad de incluir expedientes que requieran el tratamiento urgente.
ART. 9º) El Programa “El Concejo en los Barrios” se realizará en todos los casos en horarios de la tarde.
ART. 10º) Las gastos que demande la ejecución de la presente Ordenanza serán imputados del presupuesto vigente.
ART. 11º) El Presidente deberá comunicar a los medios locales, ya sea radial, grafico o digital, con una anticipación de 10 días el lugar, hora y día de la sesión.
ART. 12º) La recepción de los proyectos por parte de los vecinos se realizará en la Mesa de Entradas del Concejo Deliberante en su horario habitual; podrá abrirse una mesa de entrada en una organización barrial, previo acuerdo del Concejo Deliberante y de la misma.
ART. 13º) Durante el debate el público presente podrá participar y opinar en la sesión respetando las pautas que dicta el reglamento interno de este Concejo.
ART. 14º) Modifíquese el Art. 10º del reglamento interno del Concejo Deliberante que quedará redactado de la siguiente manera: “Los Concejales podrán constituir Concejo fuera de la Sala de Sesiones a través de una Resolución aprobada por 2 tercios de la totalidad del cuerpo”
Proyecto presentado por el Bloque PAS Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE P.A.S. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Monte.
RELEVAMIENTO E INFORME SOBRE CONTENEDORES PARA RESIDUOS DOMICILIARIOS
Proyecto de Decreto, relevamiento e informe sobre contenedores para residuos domiciliarios. Exp. 4868/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
Las Minutas de Comunicación Nº 2029 y 2030 de 2013,
La recurrente inquietud de los vecinos sobre los contenedores de residuos domiciliarios, y
CONSIDERANDO:
Que «ha sido comprobada en varias zonas de la ciudad la eficacia del sistema de contenedores para los residuos domiciliarios, y que es una preocupación cotidiana de los vecinos la disposición en forma higiénica de los desechos de la vida diaria», y que «el sistema de contenedores para los residuos domiciliarios ha probado ser una forma efectiva e higiénica de tratar con los desechos de la vida diaria» (Minutas de Comunicación Nº 2029 y 2030 de 2013).
Que, siendo que se ha planteado en numerosas ocasiones la inquietud sobre los alcances reales del sistema de recolección de residuos domiciliarios por medio de contenedores, es imperativo realizar un relevamiento que proporcione información actualizada sobre cada una de las cuadras en las que existan contenedores de residuos domiciliarios.
Que, además, es igualmente importante conocer qué planificación se está realizando para ampliar el servicio a otras zonas de la ciudad.
Que, como preocupación fundamental, resulta de vital importancia poder informar a nuestros vecinos sobre las posibilidades, plazos de implementación y características de los servicios que como ciudad estamos en condiciones de prestar.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal un relevamiento de los contenedores para residuos domiciliarios que se encuentran distribuidos en el ejido urbano, detallando puntualmente las cuadras y/o arterias cubiertas. El resultado del mencionado relevamiento será elevado a este Cuerpo en un plazo de 15 días hábiles.
ART. 2º) El Concejo Deliberante solicita asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal informes sobre planificación de la implementación de este servicio de recolección en las demás zonas de la ciudad.
Proyectos del Departamento Ejecutivo
Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto sancionado por la Ord. 2127/13 Obra ejecución de pavimentación de calles y cordón cuneta. Exp. 4864/13.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto sancionado por la Ord. 2128/13 Obra readecuación de base y carpeta asfáltica. Exp. 4865/13.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto sancionado por la Ord. 2125/13 de readecuación de base y ejecución de carpeta asfáltica. Exp. 4866/13.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto sancionado por la Ord. 2126/13 readecuación de base y ejecución de cordón cuneta. Exp. 4867/13.
Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
EL CONCEJO EN LOS BARRIOS
Proyecto de Ordenanza, Crease el Programa “El Concejo en los Barrios” en el ámbito del Concejo Deliberante. Exp. 4863/13.
VISTO:
La Ley N° 2756, El reglamento Interno del Concejo Deliberante y
CONSIDERANDO:
ORDENANZA
ART. 1º) Créase el Programa “El Concejo en los Barrios” en el ámbito del Concejo Deliberante.
ART. 2º) El programa creado en el Art. 1º tiene como objetivo fortalecer la vinculación entre los ciudadanos y el Concejo Deliberante, así como también fomentar la participación de los vecinos y vecinas en la discusión sobre las problemáticas referidas al lugar donde viven.
ART. 3º) La Mesa Directiva del Concejo Deliberante será la encargada de convocar a las diferentes sesiones y de definir lugar de la realización en base a los pedidos y reclamos individuales o grupales de cada barrio.
ART. 4º) Se recibirán en la Mesa de Entradas del cuerpo antes mencionada “solicitudes de sesiones en los barrios” por parte Concejales, Departamento Ejecutivo, Asociaciones Vecinales, organizaciones y vecinos en general.
ART. 5º) Dichas solicitudes serán tratadas en las Comisiones Internas del Concejo Deliberante, debiendo expedirse sobre la misma en un periodo no mayor a 20 días.
ART. 6º) Las sesiones se realizarán en lugares con capacidad amplia y se convocarán a organizaciones vecinales, educativas, deportivas, culturales, sociales, religiosas, asociaciones civiles y vecinos y vecinas en general.
ART. 7º) El Concejo Deliberante realizará un cronograma con el día y lugar de las sesiones, con un mínimo de 1 sesión por mes en el marco del programa “El Concejo en los Barrios”, debiéndose aprobar una Resolución Interna de dicho cronograma votada por los 2 tercios de los Concejales.
ART. 8º) Los expedientes que se tratarán en el marco del programa “Concejo en los barrios” deberán ser referidos al barrio donde se realizará la sesión, con la posibilidad de incluir expedientes que requieran el tratamiento urgente.
ART. 9º) El Programa “El Concejo en los Barrios” se realizará en todos los casos en horarios de la tarde.
ART. 10º) Las gastos que demande la ejecución de la presente Ordenanza serán imputados del presupuesto vigente.
ART. 11º) El Presidente deberá comunicar a los medios locales, ya sea radial, grafico o digital, con una anticipación de 10 días el lugar, hora y día de la sesión.
ART. 12º) La recepción de los proyectos por parte de los vecinos se realizará en la Mesa de Entradas del Concejo Deliberante en su horario habitual; podrá abrirse una mesa de entrada en una organización barrial, previo acuerdo del Concejo Deliberante y de la misma.
ART. 13º) Durante el debate el público presente podrá participar y opinar en la sesión respetando las pautas que dicta el reglamento interno de este Concejo.
ART. 14º) Modifíquese el Art. 10º del reglamento interno del Concejo Deliberante que quedará redactado de la siguiente manera: “Los Concejales podrán constituir Concejo fuera de la Sala de Sesiones a través de una Resolución aprobada por 2 tercios de la totalidad del cuerpo”
OBRAS DE NIVELADO EN PASAJE 4 ENTRE BUENOS AIRES Y SAN NICOLAS
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se realice obras de nivelado en Pasaje 4 entre Buenos Aires y San Nicolás. Exp. 4862/13.
VISTO
Ley 2.756 articulo 39 inciso 25 y;
CONSIDERANDO
Que los vecinos de Pasaje 4 a la altura de 1900, entre Buenos Aires y San Nicolás, hace tiempo están realizando reclamos ante la Secretaria de obras públicas y aún no han obtenido respuesta alguna.
Que la mencionada arteria se encuentra en condiciones de intransitabilidad por los numerosos pozos de importante profundidad, siendo aún más intransitable durante los días de lluvia por la acumulación de agua y porque la misma es de tierra.
Que por la falta de obras en la zona, las viviendas han quedado por debajo del nivel de la calle, por lo cual en los días de lluvia el agua escurre hacia los costados. Por tal motivo, el agua ingresa a las casas provocando daños materiales.
Que los vecinos son personas comprometidas con la ciudad y cumplen con sus deberes contributivos abonando la tasa general de inmueble y que la contraprestación que está tasa conlleva no es aplicada a la mencionada zona.
Que en toda la cuadra hay solo 3 (tres) focos de alumbrado público, haciendo la zona insegura.
Que por dicho pasaje circula gran cantidad de personas por la proximidad de la escuela Nro. 1.281 Doctora Cecilia Grierson y el Club Coronel Aguirre.
Que la falta de iluminación pone en riesgo a las personas que transitan por el lugar.
Que es deber del Ejecutivo contemplar y realizar obras en todos los barrios de la ciudad.
Que los vecinos necesitan la pronta ejecución de las obras para poder desarrollarse dignamente.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, envié personal especializado a Pasaje 4 a la altura de 1.900, entre Buenos Aires y San Nicolás, para que verifique las condiciones de la calle y proceda a ejecutar -en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos contados a partir de la aprobación del presente decreto- las obras de nivelado, en la forma correcta, evitando cualquier inconveniente que pudiera suscitarse de realizar un trabajo sin la correcta planificación y control.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione ante la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Limitada, la colocación de luminarias en Pasaje 4 a la altura de 1.900, entre Buenos Aires y San Nicolás.
GESTIONES PARA MAYOR SEGURIDAD MEDIANTE PRESENCIA POLICIAL EN TEMPORELLI Y AV. RAUL ALFONSIN
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se realicen las gestiones tendientes a brindar mayor seguridad mediante presencia policial en la intersección de Temporelli y Av. Raúl Alfonsín. Exp. 4861/13.
VISTO
Ley 2.756 articulo 39 y;
CONSIDERANDO
Que los vecinos de los barrios Las Palmeras, Cancha de Remo, Mosconi y Ghiglione solicitan presencia policial en la intersección de calle Temporelli y Av. Raúl Alfonsín, a fin de brindarles seguridad.
Que la zona en cuestión es de difícil acceso por la repavimentación de calle Temporelli, además cuentan con una iluminación deficiente, montículos de tierra y un abundante pastizal que favorece las situaciones de riesgo.
Que la zona cuenta con una considerable extensión de terreno sin habitar.
Que en dicha intersección, diariamente esperan el colectivo una importante cantidad de personas, en distintos horarios convirtiéndose en presa fácil para los delincuentes.
Que en la zona circulan diariamente un significativo caudal de personas por el funcionamiento de una escuela, un dispensario y el cementerio municipal.
Que los vecinos se quejan de la inseguridad que padecen y que varios ya han sido víctimas de robos.
Que es un derecho de los ciudadanos conducirse con seguridad y un deber del Departamento Ejecutivo velar para que ello se cumpla.
Que la presencia policial, las 24 horas, disminuiría la cantidad de delitos y favorecería el desarrollo productivo de la zona.
Que se hace necesario que los vecinos vuelvan a tener la confianza suficiente como para desempeñarse en sus deberes con total normalidad y beneficio.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto
de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar, en carácter de urgente, las gestione pertinentes tendientes a brindar mayor seguridad mediante la presencia policial, durante las 24 horas la intersección de calle Temporelli y Av. Raúl Alfonsín.
REPOSICION TAPA SUMIDERO UBICADO EN BALCARCE AL 1700
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se proceda a la reposición de la tapa correspondiente al sumidero ubicado en Balcarce al 1700. Exp. 4860/13.
VISTO
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39 y;
CONSIDERANDO
Que el sumidero ubicado en Balcarce al 1.700 en su intersección con Av. Filippini se encuentra sin su correspondiente tapa.
Que dicho sumidero se encuentra en la vereda y que es de suma peligrosidad ya que en la zona se encuentra un jardín de infantes, un centro de salud y negocios varios.
Que podría provocar serios daños físicos a las personas que pudieran toparse con él e incluso podría ser fatal si cayeran niños pequeños.
Que es deber de las autoridades velar por el bienestar y seguridad de sus ciudadanos.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria que corresponda, proceda a la construcción o adquisición de la tapa correspondiente al sumidero de Balcarce al 1.700 en su intersección con Av. Filippini y su posterior colocación en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos a partir de la aprobación del presente decreto.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar sumidero de Balcarce al 1.700 en su intersección con Av. Filippini hasta tanto se realice la obra solicitada.
Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social
Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor de los proyectos: Concejal Martínez.
REPOSICION TAPA SUMIDERO UBICADO EN BALCARCE AL 1700
Proyecto de Decreto, para que se proceda a la reposición de la tapa correspondiente al sumidero ubicado en Balcarce al 1700. Exp. 4860/13.
VISTO
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39 y;
CONSIDERANDO
Que el sumidero ubicado en Balcarce al 1.700 en su intersección con Av. Filippini se encuentra sin su correspondiente tapa.
Que dicho sumidero se encuentra en la vereda y que es de suma peligrosidad ya que en la zona se encuentra un jardín de infantes, un centro de salud y negocios varios.
Que podría provocar serios daños físicos a las personas que pudieran toparse con él e incluso podría ser fatal si cayeran niños pequeños.
Que es deber de las autoridades velar por el bienestar y seguridad de sus ciudadanos.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria que corresponda, proceda a la construcción o adquisición de la tapa correspondiente al sumidero de Balcarce al 1.700 en su intersección con Av. Filippini y su posterior colocación en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos a partir de la aprobación del presente decreto.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar sumidero de Balcarce al 1.700 en su intersección con Av. Filippini hasta tanto se realice la obra solicitada.
GESTIONES PARA MAYOR SEGURIDAD MEDIANTE PRESENCIA POLICIAL EN TEMPORELLI Y AV. RAUL ALFONSIN
Proyecto de Decreto, para que se realicen las gestiones tendientes a brindar mayor seguridad mediante presencia policial en la intersección de Temporelli y Av. Raúl Alfonsín. Exp. 4861/13.
VISTO
Ley 2.756 articulo 39 y;
CONSIDERANDO
Que los vecinos de los barrios Las Palmeras, Cancha de Remo, Mosconi y Ghiglione solicitan presencia policial en la intersección de calle Temporelli y Av. Raúl Alfonsín, a fin de brindarles seguridad.
Que la zona en cuestión es de difícil acceso por la repavimentación de calle Temporelli, además cuentan con una iluminación deficiente, montículos de tierra y un abundante pastizal que favorece las situaciones de riesgo.
Que la zona cuenta con una considerable extensión de terreno sin habitar.
Que en dicha intersección, diariamente esperan el colectivo una importante cantidad de personas, en distintos horarios convirtiéndose en presa fácil para los delincuentes.
Que en la zona circulan diariamente un significativo caudal de personas por el funcionamiento de una escuela, un dispensario y el cementerio municipal.
Que los vecinos se quejan de la inseguridad que padecen y que varios ya han sido víctimas de robos.
Que es un derecho de los ciudadanos conducirse con seguridad y un deber del Departamento Ejecutivo velar para que ello se cumpla.
Que la presencia policial, las 24 horas, disminuiría la cantidad de delitos y favorecería el desarrollo productivo de la zona.
Que se hace necesario que los vecinos vuelvan a tener la confianza suficiente como para desempeñarse en sus deberes con total normalidad y beneficio.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto
de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar, en carácter de urgente, las gestione pertinentes tendientes a brindar mayor seguridad mediante la presencia policial, durante las 24 horas la intersección de calle Temporelli y Av. Raúl Alfonsín.
OBRAS DE NIVELADO EN PASAJE 4 ENTRE BUENOS AIRES Y SAN NICOLAS
Proyecto de Decreto, para que se realice obras de nivelado en Pasaje 4 entre Buenos Aires y San Nicolás. Exp. 4862/13.
VISTO
Ley 2.756 articulo 39 inciso 25 y;
CONSIDERANDO
Que los vecinos de Pasaje 4 a la altura de 1900, entre Buenos Aires y San Nicolás, hace tiempo están realizando reclamos ante la Secretaria de obras públicas y aún no han obtenido respuesta alguna.
Que la mencionada arteria se encuentra en condiciones de intransitabilidad por los numerosos pozos de importante profundidad, siendo aún más intransitable durante los días de lluvia por la acumulación de agua y porque la misma es de tierra.
Que por la falta de obras en la zona, las viviendas han quedado por debajo del nivel de la calle, por lo cual en los días de lluvia el agua escurre hacia los costados. Por tal motivo, el agua ingresa a las casas provocando daños materiales.
Que los vecinos son personas comprometidas con la ciudad y cumplen con sus deberes contributivos abonando la tasa general de inmueble y que la contraprestación que está tasa conlleva no es aplicada a la mencionada zona.
Que en toda la cuadra hay solo 3 (tres) focos de alumbrado público, haciendo la zona insegura.
Que por dicho pasaje circula gran cantidad de personas por la proximidad de la escuela Nro. 1.281 Doctora Cecilia Grierson y el Club Coronel Aguirre.
Que la falta de iluminación pone en riesgo a las personas que transitan por el lugar.
Que es deber del Ejecutivo contemplar y realizar obras en todos los barrios de la ciudad.
Que los vecinos necesitan la pronta ejecución de las obras para poder desarrollarse dignamente.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, envié personal especializado a Pasaje 4 a la altura de 1.900, entre Buenos Aires y San Nicolás, para que verifique las condiciones de la calle y proceda a ejecutar -en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos contados a partir de la aprobación del presente decreto- las obras de nivelado, en la forma correcta, evitando cualquier inconveniente que pudiera suscitarse de realizar un trabajo sin la correcta planificación y control.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione ante la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Limitada, la colocación de luminarias en Pasaje 4 a la altura de 1.900, entre Buenos Aires y San Nicolás.
Ord. 2135/13 Aceptación de donación de vehículo de transporte marca Fiat, modelo 711 Ducato Maxi cargo
Expte. Nº 4.846/13.
VISTO:
La Ley 2756.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez recibió un vehículo ambulancia en concepto de donación de parte del Ministerio de Salud del Estado Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que dicha transferencia a título gratuito quedó instrumentada en Acta de fecha 10/05/13 mediante el cual el Ministerio de Salud de la Nación a través del proyecto de emergencia para la prevención, vigilancia y control de enfermedades tipo influenza HINI BIRF 7843 AR transfiere a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez de la Provincia de Santa Fe la propiedad de una ambulancia de transporte, Marca Fiat, modelo 711 Ducato Maxicargo 2,3 JTD Motor 7154529, Carrocería 93W245G74D 210698.
Que es necesario la aceptación de la donación e incorporar al patrimonio municipal el mencionado rodado para la correspondiente registración.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.135/2013
ART.1º) Acéptase la donación del vehículo de transporte tipo ambulancia Marca Fiat, modelo 711 Ducato Maxicargo 2,3 JTD Motor 7154529, Carrocería 93W245G74D 210698 para ser incorporada al patrimonio municipal.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci