Proyectos Particulares y del Dep. Ejecutivo
Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo remite Balance de Tesorería correspondiente al mes de Enero 2013.
PARTICULARES
La Escuela Nº 1266 “Juana Azurduy” solicita diferentes trabajos de Obras Públicas, seguridad y ordenamiento del transito en su sector. Exp. 4685/13.
REACONDICIONAMIENTO PLAZA DE LA MEMORIA UBICADA EN J.D. PERON Y SAN DIEGO
Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Decreto, para reinstalar cartel “Nunca mas” e instalación de luminarias en la Plaza ubicada en J.D. Perón y Bv. San Diego. Exp. 4684/13
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ley Nº 25.633, que instituye el “Día Nacional de la Memoria”
El estado en que se encuentra la Plaza de la Memoria de nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que se acerca el 24 de Marzo, fecha en que nuestro país, allá por 1976, sufrió nuevamente una interrupción de su democracia a manos de los Jefes del Ejército, la Marina y la Aeronáutica, uno de los golpes de estado más autoritarios, cruentos y desastrosos de nuestra historia, que dejara un saldo de nada menos que 30.000 desaparecidos.
Que el país, luego de aquel fatídico 24 de Marzo de 1976, sufrió lo que se conoció como “Proceso de Reorganización Nacional”, cuya Junta Militar desconoció la Constitución Nacional, mutiló todas las libertades políticas proscribiendo la participación política partidaria y los sindicatos, y limitó severamente los derechos, las garantías y las libertades civiles de los argentinos.
Que desde agosto de 2002 existe la Ley Nº 25.633, la cual instituye el 24 de Marzo como “Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en conmemoración de quienes resultaron víctimas del proceso iniciado en esa fecha del año 1976” (Art. 1º) y que, en tal sentido, es responsabilidad de los municipios y, en general, de cada uno de nosotros como ciudadanos, mantener vivo el recuerdo de aquellos atroces acontecimientos, aportar a la memoria y contribuir a crecer como sociedad evitando repetir errores que nos han costado muy caro.
Que hoy la Plaza de la Memoria de nuestra ciudad presenta un estado de descuido, no encontrándose en su sitio el cartel que reza “Nunca Más”, y estando sin iluminación el mural alusivo.
Que, como hemos sostenido ya otras veces, los Concejos Deliberantes son ante todo instituciones de la democracia que encarnan por naturaleza la pluralidad de voces y opiniones, siendo así los Cuerpos a quienes corresponde expresar la voluntad de la ciudadanía de no repetir los hechos de violencia que marcaron nuestro pasado.
Que este Concejo Deliberante en particular ha mantenido firme su compromiso de trabajar en y por la democracia garantizando el respeto de los Derechos Humanos y, en tal sentido, hoy es importante poner en condiciones nuestra Plaza de la Memoria, sitio por excelencia para el recuerdo de aquellos nefastos acontecimientos de marzo de 1976.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal la reinstalación del cartel que reza “Nunca Más”, la instalación de luminarias apropiadas para destacar el mismo y, en general, el acondicionamiento de la Plaza alusiva ubicada en Av. J. D. Perón y Bv. San Diego con miras al próximo aniversario del Día Nacional de la Memoria.
Proyecto presentado por el bloque PAS Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE P.A.S. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Monte.
REACONDICIONAMIENTO PLAZA DE LA MEMORIA UBICADA EN J.D. PERON Y SAN DIEGO
Proyecto de Decreto, para reinstalar cartel “Nunca mas” e instalación de luminarias en la Plaza ubicada en J.D. Perón y Bv. San Diego. Exp. 4684/13
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ley Nº 25.633, que instituye el “Día Nacional de la Memoria”
El estado en que se encuentra la Plaza de la Memoria de nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que se acerca el 24 de Marzo, fecha en que nuestro país, allá por 1976, sufrió nuevamente una interrupción de su democracia a manos de los Jefes del Ejército, la Marina y la Aeronáutica, uno de los golpes de estado más autoritarios, cruentos y desastrosos de nuestra historia, que dejara un saldo de nada menos que 30.000 desaparecidos.
Que el país, luego de aquel fatídico 24 de Marzo de 1976, sufrió lo que se conoció como “Proceso de Reorganización Nacional”, cuya Junta Militar desconoció la Constitución Nacional, mutiló todas las libertades políticas proscribiendo la participación política partidaria y los sindicatos, y limitó severamente los derechos, las garantías y las libertades civiles de los argentinos.
Que desde agosto de 2002 existe la Ley Nº 25.633, la cual instituye el 24 de Marzo como “Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en conmemoración de quienes resultaron víctimas del proceso iniciado en esa fecha del año 1976” (Art. 1º) y que, en tal sentido, es responsabilidad de los municipios y, en general, de cada uno de nosotros como ciudadanos, mantener vivo el recuerdo de aquellos atroces acontecimientos, aportar a la memoria y contribuir a crecer como sociedad evitando repetir errores que nos han costado muy caro.
Que hoy la Plaza de la Memoria de nuestra ciudad presenta un estado de descuido, no encontrándose en su sitio el cartel que reza “Nunca Más”, y estando sin iluminación el mural alusivo.
Que, como hemos sostenido ya otras veces, los Concejos Deliberantes son ante todo instituciones de la democracia que encarnan por naturaleza la pluralidad de voces y opiniones, siendo así los Cuerpos a quienes corresponde expresar la voluntad de la ciudadanía de no repetir los hechos de violencia que marcaron nuestro pasado.
Que este Concejo Deliberante en particular ha mantenido firme su compromiso de trabajar en y por la democracia garantizando el respeto de los Derechos Humanos y, en tal sentido, hoy es importante poner en condiciones nuestra Plaza de la Memoria, sitio por excelencia para el recuerdo de aquellos nefastos acontecimientos de marzo de 1976.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal la reinstalación del cartel que reza “Nunca Más”, la instalación de luminarias apropiadas para destacar el mismo y, en general, el acondicionamiento de la Plaza alusiva ubicada en Av. J. D. Perón y Bv. San Diego con miras al próximo aniversario del Día Nacional de la Memoria.
REDUCTORES DE VELOCIDAD EN LIBERTADOR ENTRE CASEROS Y LAS HERAS
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo coloque reductores de velocidad y señalización en Av. Libertador entre Caseros y Las Heras. Exp. 4683/13.
VISTO:
La Ley 2756, Art.39º
Minuta de Comunicación 1917/2012
CONSIDERANDO:
Que para complementar la colocación de los reductores de velocidad, es necesario realizar operativos de tránsito en la zona para un mayor control sobre la velocidad que desarrollan las motocicletas y automóviles.
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, coloque reductores de velocidad y su respectiva señalización en Av. Libertador entre calles Caseros y Las Heras
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, se realicen operativos de transito en la arteria mencionada en el artículo 1º.
Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
REDUCTORES DE VELOCIDAD EN LIBERTADOR ENTRE CASEROS Y LAS HERAS
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo coloque reductores de velocidad y señalización en Av. Libertador entre Caseros y Las Heras. Exp. 4683/13.
VISTO:
La Ley 2756, Art.39º
Minuta de Comunicación 1917/2012
CONSIDERANDO:
Que para complementar la colocación de los reductores de velocidad, es necesario realizar operativos de tránsito en la zona para un mayor control sobre la velocidad que desarrollan las motocicletas y automóviles.
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, coloque reductores de velocidad y su respectiva señalización en Av. Libertador entre calles Caseros y Las Heras
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, se realicen operativos de transito en la arteria mencionada en el artículo 1º.
SE DE CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 2030/12 SENTIDO UNICO CALLE DORREGO ENTRE J.D. PERON E INT. ANDREU
Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo de cumplimiento en todos sus términos a la Ordenanza 2030/12. Exp. 4682/13
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2030/12 que define el Sentido Único (orientación Oeste-Este) de calle Dorrego entre Av. J. D. Perón e Int. Andréu, y
CONSIDERANDO:
Que el 10 de Mayo de 2012 este Cuerpo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 2030/12 que establece que la calle Dorrego, entre Av. J. D. Perón e Int. Andréu, tendrá un sentido único de circulación que irá de oeste a este.
Que tal disposición es atribución indelegable de los Cuerpos Legislativos según lo establece nuestra Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo Nº 39, Incisos º14 y º38, que rezan, a su turno, que es atribución de los Concejos Municipales «dictar Ordenanzas sobre higiene, moralidad, vialidad», así como, en particular, «reglamentar el vuelo mecánico y la vialidad dentro del municipio, fijando normas para el tránsito de vehículos».
Que aun cuando es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento de todas las Ordenanzas y Decretos aprobados por el Poder Legislativo Municipal en uso de sus atribuciones, conviene recordar, como fuera expresado pertinentemente en los Considerandos de la Ordenanza mencionada en los Vistos, que «el aumento del parque automotor, sumado al de las motocicletas, vuelve riesgosas algunas intersecciones, más aún si en ellas el sentido de circulación es doble y la ochava es inexistente, como es el caso de calle Dorrego y Av. Gral. J. D. Perón», que «la calle Dorrego, actualmente de doble mano en el tramo entre Av. Gral. J. D. Perón e Int. Andréu, es una arteria sumamente angosta» y que «a aproximadamente 50 metros existe otra arteria con sentido hacia Gral. J. D. Perón, con lo cuál el tránsito de entrada a dicha Avenida no se vería mayormente entorpecido».
Que, como queda entonces suficientemente explicado en el párrafo precedente, el riesgo de accidentes en la intersección de calle Dorrego y Av. J. D. Perón es sumamente elevado.
Que el incumplimiento por parte del Departamento Ejecutivo Municipal de esta disposición dictada con todas las formalidades de la Ley puede acarrear además enormes daños a las arcas municipales, más aún si recordamos el fallo que condenó a nuestra Municipalidad al pago de casi $2.000.000 (dos millones de pesos) más los honorarios de los abogados, que este Concejo Deliberante tuvo que autorizar (Decreto Nº 448/13 Convenios de pago, capital intereses y costas causídicas y pago honorarios profesionales), y cuya condena, entre otros elementos, se fundó justamente por la falta de la señalización correspondiente en el sitio.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) Ordenase al Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento en todos sus términos y en un plazo no superior a 7 días de la Ordenanza Nº 2030/12 aprobada por este Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones y con todas las formalidades de la ley, el 10 de Mayo de 2012.
Proyecto presentado por el Bloque PAS Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE P.A.S. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Monte.
SE DE CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 2030/12 SENTIDO UNICO CALLE DORREGO ENTRE J.D. PERON E INT. ANDREU
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo de cumplimiento en todos sus términos a la Ordenanza 2030/12. Exp. 4682/13
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2030/12 que define el Sentido Único (orientación Oeste-Este) de calle Dorrego entre Av. J. D. Perón e Int. Andréu, y
CONSIDERANDO:
Que el 10 de Mayo de 2012 este Cuerpo Deliberante aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 2030/12 que establece que la calle Dorrego, entre Av. J. D. Perón e Int. Andréu, tendrá un sentido único de circulación que irá de oeste a este.
Que tal disposición es atribución indelegable de los Cuerpos Legislativos según lo establece nuestra Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo Nº 39, Incisos º14 y º38, que rezan, a su turno, que es atribución de los Concejos Municipales «dictar Ordenanzas sobre higiene, moralidad, vialidad», así como, en particular, «reglamentar el vuelo mecánico y la vialidad dentro del municipio, fijando normas para el tránsito de vehículos».
Que aun cuando es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento de todas las Ordenanzas y Decretos aprobados por el Poder Legislativo Municipal en uso de sus atribuciones, conviene recordar, como fuera expresado pertinentemente en los Considerandos de la Ordenanza mencionada en los Vistos, que «el aumento del parque automotor, sumado al de las motocicletas, vuelve riesgosas algunas intersecciones, más aún si en ellas el sentido de circulación es doble y la ochava es inexistente, como es el caso de calle Dorrego y Av. Gral. J. D. Perón», que «la calle Dorrego, actualmente de doble mano en el tramo entre Av. Gral. J. D. Perón e Int. Andréu, es una arteria sumamente angosta» y que «a aproximadamente 50 metros existe otra arteria con sentido hacia Gral. J. D. Perón, con lo cuál el tránsito de entrada a dicha Avenida no se vería mayormente entorpecido».
Que, como queda entonces suficientemente explicado en el párrafo precedente, el riesgo de accidentes en la intersección de calle Dorrego y Av. J. D. Perón es sumamente elevado.
Que el incumplimiento por parte del Departamento Ejecutivo Municipal de esta disposición dictada con todas las formalidades de la Ley puede acarrear además enormes daños a las arcas municipales, más aún si recordamos el fallo que condenó a nuestra Municipalidad al pago de casi $2.000.000 (dos millones de pesos) más los honorarios de los abogados, que este Concejo Deliberante tuvo que autorizar (Decreto Nº 448/13 Convenios de pago, capital intereses y costas causídicas y pago honorarios profesionales), y cuya condena, entre otros elementos, se fundó justamente por la falta de la señalización correspondiente en el sitio.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) Ordenase al Departamento Ejecutivo Municipal el cumplimiento en todos sus términos y en un plazo no superior a 7 días de la Ordenanza Nº 2030/12 aprobada por este Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones y con todas las formalidades de la ley, el 10 de Mayo de 2012.
GESTION PARA AMPLIAR LAS CONEXIONES DE DESAGÜES CLOACALES EN J.D. PERON ENTRE P. IGLESIAS Y BV SAN DIEGO
Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo gestione ante Aguas Santafesinas las obras necesarias en calle J.D. Perón entre Pablo Iglesias y BV San Diego para que los frentistas puedan acceder al tendido de desagües cloacales emplazados ya sobre las mismas. Exp. 4681/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2096/12 de Reordenamiento Urbanístico-Creación Corredor Urbano,
La necesidad de ampliar las conexiones de desagües cloacales sobre Av. J. D. Perón, y
CONSIDERANDO:
Que sobre Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego existe un ramal de desagües cloacales, no encontrándose sin embargo los ductos que permitan conectar los domicilios de los vecinos al mencionado tendido.
Que ante la imposibilidad de los vecinos de conectarse al servicio dado que no fueron emplazadas las “bocas de inspección” correspondientes, se han acercado a este Cuerpo numerosas requerimientos para brindar una solución al tema.
Que siendo uno de los grandes problemas de la ciudad la falta de cloacas, resulta contradictorio que en una zona de importancia como es Av. Juan D. Perón exista desde 2007 un ramal troncal sin posibilidad de conectar los domicilios particulares al mismo.
Que es deber del Municipio asegurar la optimización de los recursos de la ciudad, tendiendo siempre a elevar la salud y, en general, la calidad de vida de nuestros vecinos.
Que, además, la Ordenanza de Creación del Corredor Urbano, que habilita la edificación en altura en la mencionada avenida, sostiene en sus Considerandos que: “la presente Administración Municipal se halla abocada a la jerarquización y revalorización de las distintas áreas urbanas de la ciudad” (Ordenanza Nº 2096/12).
Que resulta conveniente entonces gestionar ante Aguas Santafecinas la realización de dichas conexiones y, en general, de toda obra que sea necesaria a tal efecto, facilitando además a los vecinos la información correspondiente para tramitar sus conexiones particulares ante la mencionada empresa.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante Aguas Santafecinas la realización de las obras necesarias para que los vecinos de Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego puedan acceder al tendido de los desagües cloacales ya emplazados sobre la misma.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, luego de las gestiones encargadas en el Artículo precedente, informará a este Concejo y a los vecinos de qué manera proceder para acceder al servicio.
Proyecto presentado por el Bloque PAS Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE P.A.S. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Monte.
GESTION PARA AMPLIAR LAS CONEXIONES DE DESAGÜES CLOACALES EN J.D. PERON ENTRE P. IGLESIAS Y BV SAN DIEGO
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo gestione ante Aguas Santafesinas las obras necesarias en calle J.D. Perón entre Pablo Iglesias y BV San Diego para que los frentistas puedan acceder al tendido de desagües cloacales emplazados ya sobre las mismas. Exp. 4681/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2096/12 de Reordenamiento Urbanístico-Creación Corredor Urbano,
La necesidad de ampliar las conexiones de desagües cloacales sobre Av. J. D. Perón, y
CONSIDERANDO:
Que sobre Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego existe un ramal de desagües cloacales, no encontrándose sin embargo los ductos que permitan conectar los domicilios de los vecinos al mencionado tendido.
Que ante la imposibilidad de los vecinos de conectarse al servicio dado que no fueron emplazadas las “bocas de inspección” correspondientes, se han acercado a este Cuerpo numerosas requerimientos para brindar una solución al tema.
Que siendo uno de los grandes problemas de la ciudad la falta de cloacas, resulta contradictorio que en una zona de importancia como es Av. Juan D. Perón exista desde 2007 un ramal troncal sin posibilidad de conectar los domicilios particulares al mismo.
Que es deber del Municipio asegurar la optimización de los recursos de la ciudad, tendiendo siempre a elevar la salud y, en general, la calidad de vida de nuestros vecinos.
Que, además, la Ordenanza de Creación del Corredor Urbano, que habilita la edificación en altura en la mencionada avenida, sostiene en sus Considerandos que: “la presente Administración Municipal se halla abocada a la jerarquización y revalorización de las distintas áreas urbanas de la ciudad” (Ordenanza Nº 2096/12).
Que resulta conveniente entonces gestionar ante Aguas Santafecinas la realización de dichas conexiones y, en general, de toda obra que sea necesaria a tal efecto, facilitando además a los vecinos la información correspondiente para tramitar sus conexiones particulares ante la mencionada empresa.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante Aguas Santafecinas la realización de las obras necesarias para que los vecinos de Av. Juan Domingo Perón entre calle Pablo Iglesias y Bv. San Diego puedan acceder al tendido de los desagües cloacales ya emplazados sobre la misma.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, luego de las gestiones encargadas en el Artículo precedente, informará a este Concejo y a los vecinos de qué manera proceder para acceder al servicio.
GESTION PARA LA LLEGADA DEL PLAN “ARGENTINA TRABAJA”
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo gestione la llegada a la ciudad del Plan “Argentina Trabaja”. Exp. 4680/13.
VISTO:
La necesidad de generar puestos de trabajos dignos en nuestra ciudad,
La urgencia en la prestación de los servicios públicos básico,
La Ordenanza 1822/08 “Construcción rampas para discapacitados”,
La Ordenanza 1799/08 Programa reinserción social para ex-detenidos y
CONSIDERANDO QUE:
Nuestra ciudad se encuentra en emergencia económica, razón por la cual la prestación de servicios básicos no se encuentra en un momento óptimo, generando malestar en las vecinas y vecinos que cumplen con sus obligaciones impositivas y reclaman justamente la contraprestación que les corresponde.
Deben buscarse alternativas serias que aporten al trabajo digno de los villagalvences y a las mejoras en el cumplimiento de las obligaciones del Municipio.
El Gobierno Nacional viene desarrollando el Plan “Argentina Trabaja”, dentro del cual se encuentra “Ingreso Social con Trabajo”, y en su página web señala que “Este programa crea oportunidades de inclusión que permiten mejorar la calidad de vida de las familias de los barrios a través de la generación de puestos de trabajo, la capacitación y la promoción de la organización cooperativa para la ejecución de obras de infraestructura.
De este modo, el impacto es doblemente positivo: por un lado, crea nuevos puestos de trabajo genuino que privilegian la participación colectiva por sobre la individual y, por otro, mejora los espacios comunitarios incidiendo directamente sobre la vida cotidiana de vecinas y vecinos.
El programa está destinado a personas en situación de vulnerabilidad, sin ingresos formales en el grupo familiar, sin prestaciones de pensiones o jubilaciones nacionales ni otros planes sociales, a excepción del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria.
Para su implementación, el Ministerio de Desarrollo Social acuerda con los Entes Ejecutores (municipios, provincias, federaciones y/o mutuales), a través del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), la formación y capacitación de cooperativas compuestas por alrededor de 60 trabajadores cada una, quienes tienen a su cargo la ejecución de obras públicas locales que demandan mano de obra intensiva.”
Dentro de los objetivos del mismo se encuentran la realización de obras de saneamiento como Cloacas y redes de Agua potable, de infraestructura urbana como cordones cuneta, obras de acceso para personas con discapacidad, iluminación, desagües pluviales, sobre mejoramiento de espacios verdes, sobre construcción de nuevas viviendas y mejoramiento habitacional, entre otras cosas.
Puede observarse que los ejes mencionados han sido todos abordados con proyectos por este Concejo Deliberante y por anuncios del Departamento Ejecutivo, pero muchos de ellos no han sido aún llevados a la práctica.
Para mencionar algunos, existen minutas y decretos exigiendo el cumplimiento de la Ordenanza nº 1822 del 2008 que exige la construcción de rampas en las veredas para facilitar el acceso y eliminar las barreras físicas que hoy existen. El mantenimiento de los espacios verdes es un reclamo constante de la ciudadanía, así como las mejoras en iluminación y extensión de las redes de gas y agua.
La llegada del Plan Argentina trabaja serviría también, para el cumplimiento de Ordenanzas que tienden a la inclusión de personas en rehabilitación o en proceso de reinserción social, como lo es la Ord. 1799 del 2008.
En materia de obra pública, la ciudad cuenta con los fondos para las obras de gas y desagües pluviales, luego de la decisión de este Concejo de prohibir su uso para pago de sueldos y que se utilizara para sus fines originales.
Existen sobradas razones para que el Ejecutivo Municipal gestione ante el Gobierno Nacional la llegada del Plan “Argentina Trabaja”, y con ello garantizar el cumplimiento de los ejes mencionados en este Proyecto.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente Proyecto de:
DECRETO
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, gestione la llegada a la ciudad del Plan “Argentina Trabaja”.
Art. 2º) De concretarse el convenio para cumplimentar lo establecido en el Art. 1º, el 20 % de los espacios laborales se destinarán al cumplimiento de la Ord. 1799/08 y otro 20 % para personas que estén en rehabilitación de adicciones, certificada por un oficial público.