Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

                 

BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

                                               

GESTION PARA LA LLEGADA DEL PLAN “ARGENTINA TRABAJA”

Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo gestione la llegada a la ciudad del Plan “Argentina Trabaja”. Exp. 4680/13.

VISTO:

            La necesidad de generar puestos de trabajos dignos en nuestra ciudad,

            La urgencia en la prestación de los servicios públicos básico,

La Ordenanza  1822/08 “Construcción rampas para discapacitados”,

La Ordenanza  1799/08 Programa reinserción social para ex-detenidos y

CONSIDERANDO QUE:  

            Nuestra ciudad se encuentra en emergencia económica, razón por la cual la prestación de servicios básicos no se encuentra en un momento óptimo, generando malestar en las vecinas y vecinos que cumplen con sus obligaciones impositivas y reclaman justamente la contraprestación que les corresponde.

            Deben buscarse alternativas serias que aporten al trabajo digno de los villagalvences y a las mejoras en el cumplimiento de las obligaciones del Municipio.

            El Gobierno Nacional viene desarrollando el Plan “Argentina Trabaja”, dentro del cual se encuentra “Ingreso Social con Trabajo”, y en su página web señala que Este programa crea oportunidades de inclusión que permiten mejorar la calidad de vida de las familias de los barrios a través de la generación de puestos de trabajo, la capacitación y la promoción de la organización cooperativa para la ejecución de obras de infraestructura.

De este modo, el impacto es doblemente positivo: por un lado, crea nuevos puestos de trabajo genuino que privilegian la participación colectiva por sobre la individual y, por otro, mejora los espacios comunitarios incidiendo directamente sobre la vida cotidiana de vecinas y vecinos.

El programa está destinado a personas en situación de vulnerabilidad, sin ingresos formales en el grupo familiar, sin prestaciones de pensiones o jubilaciones nacionales ni otros planes sociales, a excepción del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria.

Para su implementación, el Ministerio de Desarrollo Social acuerda con los Entes Ejecutores (municipios, provincias, federaciones y/o mutuales), a través del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), la formación y capacitación de cooperativas compuestas por alrededor de 60 trabajadores cada una, quienes tienen a su cargo la ejecución de obras públicas locales que demandan mano de obra intensiva.”

            Dentro de los objetivos del mismo se encuentran la realización de obras de saneamiento como Cloacas y redes de Agua potable, de infraestructura urbana como cordones cuneta, obras de acceso para personas con discapacidad, iluminación, desagües pluviales, sobre mejoramiento de espacios verdes, sobre construcción de nuevas viviendas y mejoramiento habitacional, entre otras cosas.

            Puede observarse que los ejes mencionados han sido todos abordados con proyectos por este Concejo Deliberante y por anuncios del Departamento Ejecutivo, pero muchos de ellos no han sido aún llevados a la práctica.

            Para mencionar algunos, existen minutas y decretos exigiendo el cumplimiento de la Ordenanza nº 1822 del 2008 que exige la construcción de rampas en las veredas para facilitar el acceso y eliminar las barreras físicas que hoy existen. El mantenimiento de los espacios verdes es un reclamo constante de la ciudadanía, así como las mejoras en iluminación y extensión de las redes de gas y agua.

            La llegada del Plan Argentina trabaja serviría también, para el cumplimiento de Ordenanzas que tienden a la inclusión de personas en rehabilitación o en proceso de reinserción social, como lo es la Ord. 1799 del 2008.

            En materia de obra pública, la ciudad cuenta con los fondos para las obras de gas y desagües pluviales, luego de la decisión de este Concejo de prohibir su uso para pago de sueldos y que se utilizara para sus fines originales.

            Existen sobradas razones para que el Ejecutivo Municipal gestione ante el Gobierno Nacional la llegada del Plan “Argentina Trabaja”, y con ello garantizar el cumplimiento de los ejes mencionados en este Proyecto.

            Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente Proyecto de:

DECRETO

Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, gestione la llegada a la ciudad del Plan “Argentina Trabaja”.

Art. 2º) De concretarse el convenio para cumplimentar lo establecido en el Art. 1º, el 20 % de los espacios laborales se destinarán al cumplimiento de la Ord. 1799/08 y otro 20 % para personas que estén en rehabilitación de adicciones, certificada por un oficial público.

 

 

 

 

Expte. 4.677/13

VISTO:

 

El  Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2013, aprobado por Ordenanza Nº 2089 del 13/12/2012, promulgada por Decreto Nº 1682/2012 del 17/12/2012

El Decreto Nº 0009/2011 del 12 /12/2011 del Departamento Ejecutivo Municipal aprobado por el Decreto Nº 347/2011 del 15/12/2011 del Concejo Deliberante, modificado por el Decreto Nº 414/2012 del Concejo Deliberante.

La Ordenanza Nº  2099/2013 promulgada por Decreto Nº 1894/2013,

El Expediente Judicial  Nº 887/2007, “Ledesma Marta Sara Y Ot. C/ Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez  S/ Daños y Perjuicios, el cual se remite fotocopia de los antecedes al Honorable Concejo Deliberante, y,

 

CONSIDERANDO:

 

  Que se ha determinado el superávit 2012 correspondiente a la renta Especial: Fondo Especial de Repavimentación y Bacheo (F.E.R.B.) $ 58.935,74 (Pesos Cincuenta y ocho mil novecientos treinta y cinco con 74/100).-

Que la Ordenanza 2099/2013 autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal el endeudamiento por un Monto de Pesos Nueve Millones Trescientos Sesenta y Tres mil ($9.363.000), haciendo necesario efectuar los ajustes de las cuentas presupuestarias correspondientes en caso.-

Por todo lo expuesto es necesario efectuar las modificaciones pertinentes a los fines de un mejor manejo administrativo y control presupuestario; y a su vez no entorpecer el normal desenvolvimiento de la actividad municipal.-

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2102/2013

 

ART. 1º) Modifíquese el Presupuesto de Gastos vigente a la fecha, de la siguiente manera, en un todo de acuerdo con el Considerando de la presente Ordenanza:

 

 

 

PARTIDAS QUE SE AUMENTAN

 

EROGACIONES CON RENTAS GENERALES

 

EROGACIONES CORRIENTES

 

 

 

0.1.1/02.00.00.00 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES        $ 1.600.000,00.-

 

0.1.2/07.00.00.00 TRABAJOS PUBLICOS                                        $ 9.363.000,00.-   10.963.000,00.-

 

 

 

EROGACIONES CON RENTAS ESPECIALES

 

EROGACIONES CORRIENTES

 

 

 

2.1.1/02.00.00.00 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES        $58.935,74                 58.935,74.-

 

 

 

 

 

                      TOTAL PARTIDAS QUE SE AUMENTAN                                     $ 11.021.935,74.-

 

 

 

ART. 2º) Modifíquese el Cálculo de Recursos vigente a la fecha, de la siguiente manera, en un todo de acuerdo con el Considerando de la  presente Ordenanza:

 

 

 

PARTIDAS QUE SE AUMENTAN

 

RENTAS GENERALES

 

RECURSOS CORRIENTES

 

DE OTRAS JURIDICCIONES

 

COPARTICIPACION DEL EJERCICIO

 

0.1.2/01.01.03.00 Patentes                                                             $   600.000,00.-

 

FINANCIAMIENTO

 

RENTAS GENERALES

 

DE OTRAS JURIDICCIONES

 

0.3.2/01.00.00.00   APORTES NO REINTEGRABLES

 

0.3.2/01.02.00.00   Contribución Nacional                                     $1.000.000,00.-

 

0.3.2/02.00.00.00   USO DEL CREDITO

 

0.3.2/02.01.04.00   Prestamos Gobierno Provincial                        $9.363.000,00.-       10.363.000,00.-

 

RENTAS ESPECIALES

 

DE JURISDICCION MUNICIPAL

 

 

 

2.3.1/01.00.00.00  REMANENTES EJERCICIOS ANTERIORES   $58.935,74                        58.935,74

 

 

 

 

 

TOTAL PARTIDAS QUE SE AUMENTAN                                                                 $11.021.935,74.-

 

 

 

 

 

ART.  3º) Como consecuencia de lo establecido en el Articulo 1º, el total de Erogaciones del Presupuesto General vigente quedara establecido  $  171.878.533,82 (Pesos ciento setenta y un millones ochocientos setenta y ocho mil quinientos treinta y tres con 82/100), según el siguiente detalle:

 

 

 

 

RENTAS GENERALES

RENTAS ESPECIALES

TOTAL

 

 

 

 

EROGACIONES CORRIENTES

      129.823.510,31

     6.701.989,74

  136.525.500,05

 

 

 

 

OPERACIÓN

      120.388.750,00

     6.701.989,74

  127.090.739,74

   Personal

        89.495.100,00

     3.102.500,00

    92.597.600,00

   Bs. Y Serv. No Pers.

        30.893.650,00

     3.599.489,74

    34.493.139,74

INTERESES DE LA DEUDA

             500.445,33

                       -  

         500.445,33

TRANSFERENCIAS

          3.018.314,98

                       -  

      3.018.314,98

A CLASIFICAR

               50.000,00

                       -  

           50.000,00

CONCEJO DELIBERANTE

          5.866.000,00

                       -  

      5.866.000,00

 

 

 

 

 

 

EROGACIONES DE CAPITAL

        32.892.026,77

     2.461.007,00

    35.353.033,77

 

 

 

 

INVERSION REAL

        32.792.026,77

     2.461.007,00

    35.253.033,77

   Bienes de Capital

          2.247.000,00

        200.000,00

      2.447.000,00

   Trabajos Públicos

        30.545.026,77

     2.261.007,00

    32.806.033,77

 

 

 

 

BIENES PRE-EXISTENTES

             100.000,00

                       -  

         100.000,00

INVERSION FINANCIERA

                           -  

                       -  

                        -  

  Aportes de Capital

                           -  

                       -  

                        -  

  Préstamos

                           -  

                       -  

                        -  

 

 

 

 

TOTALES

      162.715.537,08

     9.162.996,74

  171.878.533,82

 

 

 

ART. 4º)  Como consecuencia de lo establecido en el Articulo 2º el total del Calculo de Recursos vigente destinados a atender las Erogaciones a que se refiere el Articulo 3, quedara establecido en $ 141.354.444,05 (Pesos Ciento Cuarenta y un Millones trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con 05/100), según el siguientes detalle:

 

 

 

 

RENTAS GENERALES

RENTAS ESPECIALES

TOTAL

 

 

 

 

RECURSOS CORRIENTES

     131.750.383,05

     9.104.061,00

  140.854.444,05

JURISDICCION PROPIA

       72.867.883,05

     9.104.061,00

    81.971.944,05

 

 

 

                        -  

TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

       53.397.073,00

     9.104.061,00

    62.501.134,00

   Tasas y Derechos

       53.340.573,00

     9.104.061,00

    62.444.634,00

   Contribución de Mejoras

              56.500,00

                       -  

           56.500,00

NO TRIBUTARIOS DEL EJERC.

         7.001.310,05

                       -  

      7.001.310,05

TRIBUTARIOS EJERC.ANTER.

       11.709.500,00

                       -  

    11.709.500,00

NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER.

            760.000,00

                       -  

         760.000,00

 

 

 

 

DE OTRAS JURISDICCIONES

       58.882.500,00

                       -  

    58.882.500,00

 

 

 

                        -  

COPARTICIPACION DEL EJERCICIO

       56.082.500,00

                       -  

    56.082.500,00

COPART.EJERC. ANTERIOR

         2.800.000,00

                       -  

      2.800.000,00

 

 

 

 

RECURSOS DE CAPITAL

            500.000,00

                       -  

         500.000,00

REEMBOLSO DE PRESTAMOS

                           -  

                       -  

                        -  

 

 

 

 

VENTA ACTIVO FIJO

            500.000,00

                       -  

         500.000,00

OTROS RECURSOS DE CAPITAL

                           -  

                       -  

                        -  

 

 

 

                        -  

TOTALES

     132.250.383,05

     9.104.061,00

  141.354.444,05

 

 

 

ART. 5°) Como consecuencia de lo establecido en los artículos  prece­dentes estímase el siguiente Balance Preventivo:

 

                                                                                                                                     TOTAL             

 

 I -  TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 1°DE LA PRESENTE

 

       ORDENANZA  Y ART. 3º ORDENANZA 2089/12                                         173.176.379.79

 

II -  TOTAL DE RECURSOS S/ART.2°                                                                   141.354.444,05

 

III - NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO                                                               31.821.935,74

 

                                                                                                  

 

ART. 6°) Estímase en la suma de $ 31.821.935,74 (Pesos treinta y un millones ochocientos veintiún mil novecientos treinta y cinco con 74/100)  el Financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribu­ción que se indica a continuación:

 

 

 

 

RENTAS GENERALES

RENTAS ESPECIALES

TOTAL

 

 

 

 

FINANCIAMIENTO

 

 

 

1-APORTES NO REINTEGRABLES

         22.400.000,00

                      -  

  22.400.000,00

  Aportes no reintegrables provenientes del Estado Provincial

           2.400.000,00

                      -  

    2.400.000,00

  Aportes no reintegrables provenientes del Estado Nacional

           7.000.000,00

                      -  

    7.000.000,00

Aportes no reintegrables provenientes del Fondo Federal Solidario

           4.000.000,00

                      -  

    4.000.000,00

Aportes no reintegrables provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados

           9.000.000,00

                      -  

    9.000.000,00

2-USO DEL CREDITO

           9.363.000,00

                      -  

    9.363.000,00

  Aportes reintegrables provenientes del Estado Provincial o Nacional

                             -  

                      -  

                      -  

  Préstamos Bancarios

                             -  

                      -  

                      -  

  Préstamos Gobierno Provincial

           9.363.000,00

                      -  

    9.363.000,00

  Préstamos Gobierno Nacional

                             -  

                      -  

                      -  

3-ADELANTOS OTORGADOS A PROVEEDORES EN EJERCICIOS ANTERIORES

                             -  

                      -  

                      -  

4-REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES

                             -  

         58.935,74

         58.935,74

5-ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIBUC.

                             -  

 

-

                      -  

TOTAL DE FINANCIAMIENTO

         31.763.000,00

         58.935,74

  31.821.935,74

 

 

 

I - NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO                31.821.935,74       

 

II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO                         31.821.935,74

 

 

 

 RESULTADO                                              PRESUPUESTO EQUILIBRADO

 

                                                                       ========================

 

  

ART.  7º) Mantiénese en vigencias los Artículos Nº 3º, 6º, 7º y 8º de la Ordenanza Nº 2089/2012

 

ART.  8º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  8 de febrero de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

 

 

VISTO:

La Ley  N° 2756, Arts. 39. Inc. 14, 33, 52, 62 y  

CONSIDERANDO:

               En Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y calle Bordabehere se ha generado de manera irregular un vertedero de residuos.

                La falta de control sobre el mismo provocó que entre el Domingo 27 y Martes 29 de Enero se generaran numerosos focos de incendios, en donde los Bomberos Voluntarios utilizaron aproximadamente 260.000 litros de agua potable.

                 En dicha situación no solo se desperdician cientos litros de agua, que podrían ser utilizados con otro fin, sino que se pone en riesgo la salud del cuerpo de Bomberos y los materiales de trabajo.

                  Se ve afectada directamente la salud de los vecinos de barrios aledaños debido al humo provocado por la combustión de los diferentes materiales arrojados y los automovilistas que transitan por la Autopista Rosario-Buenos Aires, ya que se reduce la visibilidad, reducción que ya ha generado accidentes en reiteradas ocasiones.

                  Es necesario que el Estado Municipal tome las medidas necesarias para revertir esta situación que afecta principalmente al medio ambiente, así como a los vecinos de barrios linderos.  

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 449/2013

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, realice en el plazo de 60 días las siguientes tareas:

  1. a)Colocación de una cámara de vigilancia en la intersección de la Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y la calle Bordabehere.
  2. b)Instalación de una bomba extractora de agua en el arroyo o una perforación a la napa dentro del predio del Vertedero Municipal que tendrá como finalidad abastecer de agua, ante una emergencia, al Cuerpo de Bomberos.
  3. c)Emplazamiento de un Destacamento Municipal que cumpla las funciones de control y vigilancia del ingreso y egreso de personas y/o vehículos en la entrada principal sobre Av. Raúl Alfonsín durante las 24 hs.
  4. d)Remoción de la basura acumulada en el predio ubicado entre calle Bordabehere, Autopista Rosario-Buenos Aires, Arroyo Saladillo y Av. Raúl Alfonsín.

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, envíe a este Cuerpo un informe de las tareas que se proyectan realizar en el mediano y largo plazo para adecuar el Vertedero Municipal a las disposiciones provinciales vigentes.

 

ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  8 de febrero de 2013.

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Victoria Beloni

 

 

Expte. Nº  4.672/13.

VISTO:

              La Ley  2756, el Convenio de pago por Capital, Intereses y Costas causídicas derivadas del expediente  N° 877/07 del Tribunal Colegiado Oral de la Segunda Nominación, el Convenio de pago de Honorarios por las tareas realizadas en el expediente  N° 877/07 y acumulados , remitidos a este cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal  y,

 

CONSIDERANDO:

              Que la suscripción del referido Convenio y la forma de cumplimiento del mismo, le da la posibilidad a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez de  afrontar  dicha  obligación, que de otra manera sería financiera y económicamente imposible.

               Que la partición de la deuda hace que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez  pueda ir generando  ingresos para poder cubrir el endeudamiento, que sin dicho financiamiento contribuiría al engrosamiento  del desequilibrio económico.    

                Que ante el estado procesal que se encuentran los expedientes judiciales que forman parte de los convenios de referencia, se hace necesaria la aprobación de la rubricación  de los mismos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 448/2013

 

ART.  1º)     Autorizase a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez a suscribir  convenio de pago con los Dres. José Ángel Lanza y Cecilio Rufino Lescano, apoderados de la actora en el expediente judicial caratulado: “LEDESMA, MARTA SARA C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ S/DAÑOS Y PERJUICIOS” Expte  N° 877/07 del Tribunal Colegiado de Juicio Oral de la 2° Nominación de Rosario, en concepto de Capital, Intereses y Costas por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS MIL ($1.900.000.-)  pagaderos en un anticipo de pesos SETECIENTOS MIL ($ 700.000.-)  el 20 de febrero de 2.013 y el saldo de UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000.-) en TREINTA  (30) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de PESOS  CUARENTA MIL ($ 40.000.-) cada una y la primera  el 20 de Marzo de 2.013 y las restantes los días 20 de cada mes subsiguiente; cuyo modelo de convenio obra en copia en Expte. 4672/13 de este Concejo Deliberante y es  parte integrante del presente Decreto.

 

ART. 2º) Autorizase a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez a suscribir Convenio de pago con los  Dres. José Ángel Lanza y Cecilio Rufino Lescano por el pago de los Honorarios Profesionales por las tareas realizadas en el expediente “LEDESMA, MARTA SARA C/  MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” Expte. N° 877/07 del Tribunal Colegiado de Juicio Oral de la 2° Nominación de Rosario y acumulados, por los honorarios generados en todas las instancias  e incidentes, en la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000.-),  a pagar de la siguiente manera: un anticipo de PESOS TRECIENTOS MIL ($300.000.-) el día 20 de febrero de 2.013 y el saldo de trescientos mil pesos ($300.000.-) restantes en TREINTA (30) cuotas mensuales y consecutivas, de PESOS DIEZ MIL ($10.000.-) cada una, venciendo la primera de las 30 cuotas el 20 de Marzo del 2.013 y las restantes los días 20 de cada mes subsiguiente; cuyo modelo de Convenio obra en copia en Expte. 4672/13 de este Concejo Deliberante y es parte integrante del presente Decreto.

 

ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  8 de febrero de 2013.

 

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

 

 

 

Viernes, 08 Febrero 2013 23:58

2º Sesion Extraordinaria 08 de febrero 2013

006

 

  

 

El 08 de febrero, se realizó la 2º sesión de caracter Extraordinaria, en Presidencia Norma Haydee Auge, en Secretaria: Victoria Beloni. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Claudio Luraghi, Susana Mangiaterra, Hector Eduardo Lopez, Raúl Martinez, Carlos Dolce y Miguel Angel Monte. Ausente: Mariano Cabrol.

 

 

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En  la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez a los 7 días del mes  de febrero de 2.013 siendo las 11:00 hs,  se procede a convocar para la 2da. Sesión  de Carácter Extraordinaria a efectuarse el día 8 de febrero a las 10 hs, según el Art. 34º Ley 2756 y Art. 21º del Reglamento Interno de este Concejo Deliberante; para tratar los siguientes temas:

1- Proyecto de Ordenanza, modificación Presupuesto 2013. Expte. Nº 4.677/13.

2- Proyecto de Decreto, autorizando convenios, pago, capital intereses y costas causídicas (Expte. 877/07 Tribunal colegiado Oral de la Segunda Nominación) Pago honorarios de profesionales. Expte. Nº 4.672/13.

3- Proyecto de Decreto, pedido de obras e informes sobre vertedero municipal. Expte. Nº 4.678/13.

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Autor del proyecto: Concejal Monte. 

Proyecto de Decreto, para gestionar con urgencia ante Vialidad Nacional la modificación de la traza de la obra de la colectora que bordea el Parque Regional de Villa Gdor Gálvez desde los terrenos de Defensa Civil hasta Barrio La Isleta y detalle de obra proyectado de Av. Circunvalación y bajo Nogues. Exp. 4679/13.

VISTO:

La Ley Nº 2.756,

La Minuta de Comunicación Nº 1895/11,

Las obras llevadas a cabo por Vialidad Nacional en Av. Circunvalación, y

CONSIDERANDO:

Que este Concejo requirió oportunamente por Minuta Nº 1895/11 del 29 de Diciembre de 2011 que el “Departamento Ejecutivo Municipal solicitándole realice, ante Vialidad Nacional y a través de la Secretaría correspondiente, las gestiones necesarias para asegurar la pavimentación de la colectora que bordea el Parque Regional VGG desde los terrenos de Defensa Civil hasta el Barrio La Isleta” (Art. Nº 1) y, asimismo, “requiera a Vialidad Nacional el detalle de la obra proyectada para el ‘nudo vial’ sobre Av. Circunvalación saliendo del Paso Bajo a Nivel de Calle Nogués” (Art. Nº 2).

Que, en el mismo sentido, se instruía además al Ejecutivo a elevar a este Cuerpo un Informe detallando las actuaciones solicitadas.

Que, a más de un año del mencionado pedido, el Departamento Ejecutivo no ha cumplido con lo requerido por este Concejo, incumplimiento que se torna aún más perjudicial dado que la falta de gestión por parte del Ejecutivo Municipal derivó en que las obras de Vialidad Nacional sobre Av. Circunvalación no contemplen la colectora para el Barrio La Isleta ni prevean los espacios de maniobrabilidad necesaria para el Bajo a Nivel de Calle Nogués.

Que, por ello, no solamente se va a ver afectada la normal circulación en el mencionado paso bajo a nivel debido a que los camiones que intenten acceder a la ciudad se encuentran con una curva casi en ángulo recto sino que, además, el Barrio La Isleta queda virtualmente desconectado, viéndose sus vecinos obligados a salir de Villa Gobernador Gálvez para poder luego acceder hacia el centro de la ciudad.

Que aún cuando la calle Cervantes, perteneciente al ejido urbano de nuestra ciudad, es una arteria de doble sentido de circulación, la obra de Vialidad Nacional estaría diseñada de forma tal que anularía el mencionado doble sentido, según informaron responsables de la obra frente a la consulta de Concejales de este Cuerpo.

Que, como si lo anterior no fuera suficiente, los recorridos del transporte urbano de pasajeros (Líneas 35/9 Verde y “A”, Ordenanza Nº 2061/12) se verán afectados negativamente dado que la colectora que une la salida del Paso Bajo Nogués hasta la calle Vélez Sarsfield, que durante décadas funcionó con doble sentido dado que es el único acceso desde ese sector hacia la Zona 8 de la Ciudad, a partir de la nueva traza pasará a ser de sentido único, impidiendo el acceso hacia la mencionada zona.

Que, por ello, se hace necesario requerir al Ejecutivo Municipal acciones concretas y urgentes (dado que una vez que las obras estén completadas se tornará virtualmente imposible) frente al Poder Ejecutivo Nacional para que se modifique la traza de la obra que se está llevando a cabo a fin de resolver las problemáticas detalladas.

Que es deber y potestad de este Concejo Deliberante ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal todas las acciones que considere importantes para el bien de la ciudad y de sus vecinos, teniendo como foco rector el bien común y el mejoramiento de la calidad de vida de cada villagalvence.

Que este Concejo necesita conocer con detalle cuáles son las acciones que se van a llevar a cabo para revertir la situación y asegurar el correcto acceso desde y hacia nuestra ciudad.

Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante instruye al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione con urgencia ante Vialidad la modificación de la traza de la obra y la solución de los problemas de acceso resumidos en los Considerandos.

ART. 2º) El Concejo Deliberante instruye asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en un plazo de 7 días, informe a este Concejo sobre el resultado de las instrucciones ordenadas en el artículo precedente.

 

 

Autores del proyecto: Concejales Auge, Mangiaterra, Cabrera, Luragui, Lopez, Dolce, Martinez y Cabrol.

Proyecto de Decreto, pedido de obras e informe sobre vertedero municipal. Exp. 4678/13.

VISTO:

La Ley  N° 2756, Arts. 39. Inc. 14, 33, 52, 62 y

CONSIDERANDO:

En Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y calle Bordabehere se ha generado de manera irregular un vertedero de residuos.

La falta de control sobre el mismo provocó que entre el Domingo 27 y Martes 29 de Enero se generaran numerosos focos de incendios, en donde los Bomberos Voluntarios utilizaron aproximadamente 260.000 litros de agua potable.

En dicha situación no solo se desperdician cientos litros de agua, que podrían ser utilizados con otro fin, sino que se pone en riesgo la salud del cuerpo de Bomberos y los materiales de trabajo.

Se ve afectada directamente la salud de los vecinos de barrios aledaños debido al humo provocado por la combustión de los diferentes materiales arrojados y los automovilistas que transitan por la Autopista Rosario-Buenos Aires, ya que se reduce la visibilidad, reducción que ya ha generado accidentes en reiteradas ocasiones.

Es necesario que el Estado Municipal tome las medidas necesarias para revertir esta situación que afecta principalmente al medio ambiente, así como a los vecinos de barrios linderos.

Por todo lo expuesto, se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

 

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, realice en el plazo de 60 días las siguientes tareas:

a)                  Colocación de una cámara de vigilancia en la intersección de la Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y la calle Bordabehere.

b)                 Instalación de una bomba extractora de agua en el arroyo o una perforación a la napa dentro del predio del Vertedero Municipal que tendrá como finalidad abastecer de agua, ante una emergencia, al Cuerpo de Bomberos.

c)                  Emplazamiento de un Destacamento Municipal que cumpla las funciones de control y vigilancia del ingreso y egreso de personas y/o vehículos en la entrada principal sobre Av. Raúl Alfonsín durante las 24 hs.

d)                 Remoción de la basura acumulada en el predio ubicado entre calle Bordabehere, Autopista Rosario-Buenos Aires, Arroyo Saladillo y Av. Raúl Alfonsín.

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, envíe a este Cuerpo un informe de las tareas que se proyectan realizar en el mediano y largo plazo para adecuar el Vertedero Municipal a las disposiciones provinciales vigentes.

 

 

 

 

Autores del proyecto: Concejales Auge, Mangiaterra, Cabrera, Luragui, Lopez, Dolce, Martinez y Cabrol.

Proyecto de Decreto, pedido de obras e informe sobre vertedero municipal. Exp. 4678/13.

VISTO:

La Ley  N° 2756, Arts. 39. Inc. 14, 33, 52, 62 y

CONSIDERANDO:

En Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y calle Bordabehere se ha generado de manera irregular un vertedero de residuos.

La falta de control sobre el mismo provocó que entre el Domingo 27 y Martes 29 de Enero se generaran numerosos focos de incendios, en donde los Bomberos Voluntarios utilizaron aproximadamente 260.000 litros de agua potable.

En dicha situación no solo se desperdician cientos litros de agua, que podrían ser utilizados con otro fin, sino que se pone en riesgo la salud del cuerpo de Bomberos y los materiales de trabajo.

Se ve afectada directamente la salud de los vecinos de barrios aledaños debido al humo provocado por la combustión de los diferentes materiales arrojados y los automovilistas que transitan por la Autopista Rosario-Buenos Aires, ya que se reduce la visibilidad, reducción que ya ha generado accidentes en reiteradas ocasiones.

Es necesario que el Estado Municipal tome las medidas necesarias para revertir esta situación que afecta principalmente al medio ambiente, así como a los vecinos de barrios linderos.

Por todo lo expuesto, se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

 

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, realice en el plazo de 60 días las siguientes tareas:

a)                  Colocación de una cámara de vigilancia en la intersección de la Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y la calle Bordabehere.

b)                 Instalación de una bomba extractora de agua en el arroyo o una perforación a la napa dentro del predio del Vertedero Municipal que tendrá como finalidad abastecer de agua, ante una emergencia, al Cuerpo de Bomberos.

c)                  Emplazamiento de un Destacamento Municipal que cumpla las funciones de control y vigilancia del ingreso y egreso de personas y/o vehículos en la entrada principal sobre Av. Raúl Alfonsín durante las 24 hs.

d)                 Remoción de la basura acumulada en el predio ubicado entre calle Bordabehere, Autopista Rosario-Buenos Aires, Arroyo Saladillo y Av. Raúl Alfonsín.

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, envíe a este Cuerpo un informe de las tareas que se proyectan realizar en el mediano y largo plazo para adecuar el Vertedero Municipal a las disposiciones provinciales vigentes.

 

 

 

 

Autores del proyecto: Concejales Auge, Mangiaterra, Cabrera, Luragui, Lopez, Dolce, Martinez y Cabrol.

Proyecto de Decreto, pedido de obras e informe sobre vertedero municipal. Exp. 4678/13.

VISTO:

La Ley  N° 2756, Arts. 39. Inc. 14, 33, 52, 62 y

CONSIDERANDO:

En Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y calle Bordabehere se ha generado de manera irregular un vertedero de residuos.

La falta de control sobre el mismo provocó que entre el Domingo 27 y Martes 29 de Enero se generaran numerosos focos de incendios, en donde los Bomberos Voluntarios utilizaron aproximadamente 260.000 litros de agua potable.

En dicha situación no solo se desperdician cientos litros de agua, que podrían ser utilizados con otro fin, sino que se pone en riesgo la salud del cuerpo de Bomberos y los materiales de trabajo.

Se ve afectada directamente la salud de los vecinos de barrios aledaños debido al humo provocado por la combustión de los diferentes materiales arrojados y los automovilistas que transitan por la Autopista Rosario-Buenos Aires, ya que se reduce la visibilidad, reducción que ya ha generado accidentes en reiteradas ocasiones.

Es necesario que el Estado Municipal tome las medidas necesarias para revertir esta situación que afecta principalmente al medio ambiente, así como a los vecinos de barrios linderos.

Por todo lo expuesto, se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

 

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, realice en el plazo de 60 días las siguientes tareas:

a)                  Colocación de una cámara de vigilancia en la intersección de la Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y la calle Bordabehere.

b)                 Instalación de una bomba extractora de agua en el arroyo o una perforación a la napa dentro del predio del Vertedero Municipal que tendrá como finalidad abastecer de agua, ante una emergencia, al Cuerpo de Bomberos.

c)                  Emplazamiento de un Destacamento Municipal que cumpla las funciones de control y vigilancia del ingreso y egreso de personas y/o vehículos en la entrada principal sobre Av. Raúl Alfonsín durante las 24 hs.

d)                 Remoción de la basura acumulada en el predio ubicado entre calle Bordabehere, Autopista Rosario-Buenos Aires, Arroyo Saladillo y Av. Raúl Alfonsín.

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, envíe a este Cuerpo un informe de las tareas que se proyectan realizar en el mediano y largo plazo para adecuar el Vertedero Municipal a las disposiciones provinciales vigentes.

 

 

 

 

Autores del proyecto: Concejales Auge, Mangiaterra, Cabrera, Luragui, Lopez, Dolce, Martinez y Cabrol.

Proyecto de Decreto, pedido de obras e informe sobre vertedero municipal. Exp. 4678/13.

VISTO:

La Ley  N° 2756, Arts. 39. Inc. 14, 33, 52, 62 y

CONSIDERANDO:

En Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y calle Bordabehere se ha generado de manera irregular un vertedero de residuos.

La falta de control sobre el mismo provocó que entre el Domingo 27 y Martes 29 de Enero se generaran numerosos focos de incendios, en donde los Bomberos Voluntarios utilizaron aproximadamente 260.000 litros de agua potable.

En dicha situación no solo se desperdician cientos litros de agua, que podrían ser utilizados con otro fin, sino que se pone en riesgo la salud del cuerpo de Bomberos y los materiales de trabajo.

Se ve afectada directamente la salud de los vecinos de barrios aledaños debido al humo provocado por la combustión de los diferentes materiales arrojados y los automovilistas que transitan por la Autopista Rosario-Buenos Aires, ya que se reduce la visibilidad, reducción que ya ha generado accidentes en reiteradas ocasiones.

Es necesario que el Estado Municipal tome las medidas necesarias para revertir esta situación que afecta principalmente al medio ambiente, así como a los vecinos de barrios linderos.

Por todo lo expuesto, se eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:

 

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, realice en el plazo de 60 días las siguientes tareas:

a)                  Colocación de una cámara de vigilancia en la intersección de la Ruta Provincial S-22 “Av. Dr. Raúl Ricardo Alfonsín” y la calle Bordabehere.

b)                 Instalación de una bomba extractora de agua en el arroyo o una perforación a la napa dentro del predio del Vertedero Municipal que tendrá como finalidad abastecer de agua, ante una emergencia, al Cuerpo de Bomberos.

c)                  Emplazamiento de un Destacamento Municipal que cumpla las funciones de control y vigilancia del ingreso y egreso de personas y/o vehículos en la entrada principal sobre Av. Raúl Alfonsín durante las 24 hs.

d)                 Remoción de la basura acumulada en el predio ubicado entre calle Bordabehere, Autopista Rosario-Buenos Aires, Arroyo Saladillo y Av. Raúl Alfonsín.

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, envíe a este Cuerpo un informe de las tareas que se proyectan realizar en el mediano y largo plazo para adecuar el Vertedero Municipal a las disposiciones provinciales vigentes.