Expte. Nº 5.999/16.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756

Minuta de Comunicación N° 1414/2006

El reclamo de los vecinos de Barrio Coronel Aguirre y;

CONSIDERANDO:

Que sobre la calle Caferatta entre Av. Soldado Aguirre y Bordabehere, se encuentran las zanjas de la vereda impar, tapadas, por la gran cantidad de basura.

Que este problema de la basura, es de larga data ya que el recolector de residuos, no transita esa zona diariamente, y los perros de la calle las destrozan.

Que debido a este tema, los vecinos no soportan el olor nauseabundo.

Que los días de calor, humedad y lluvia no soportan el olor.

Que en la esquina de Caferatta y Bordabehere se encuentra un árbol de gran porte, que esta obstruyedo los cables de alta tensión de la luz eléctrica.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2109/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la Secretaría que corresponda realice tareas de limpieza de zanjas y poda del árbol, cito en la esquina de Caferatta y Bordabehere.

ART 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de noviembre de 2016.

Expte. Nº 5.987/16.

VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.

Decreto 820/16.

La problemática, que se nos avecina en los días de lluvia, humedad y calor, y

CONSIDERANDO:

Que las causas estacionales y climáticas son las que propician la aparición del mosquito Aedes Aegyptis, transmisor del DENGUE.

Que la principal manera de prevención es eliminar los lugares donde el mosquito Aedes Aegyptis pone sus huevos, principalmente en los recipientes donde se acumulan agua.

Que a su vez el agua servida es un foco infeccioso, donde se encuentran larvas de mosquitos transmisores del DENGUE, CHIKUNGUNYA y SIKA.

Que es necesario seguir concientizando a la población y brindarles las herramientas más eficaces contra este tipo de epidemias y seguir creándoles el hábito de descacharrización.

Que en años anteriores se han tomado medidas de prevención a nivel Nacional, Provincial y Municipal.

Que es importante seguir previniendo y descacharrizando en todos los espacios que fueran necesarios.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2108/2016

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del área que corresponda, realice tareas de descacharrización, desmalezamiento de pastizales para prevenir epidemias del DENGUE.


ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, implemente campañas de concientización ciudadana sobre la problemática de la enfermedad del DENGUE.

ART 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de noviembre de 2016.

Expte. Nº 5.972/16.

VISTO:
La Ley 2756, Art. 3º

Reclamos de vecinos, y

CONSIDERANDO:
           Que en la calle Estrada a la altura del 600 en su intersección con calle Saavedra se acumula gran cantidad de agua los días de lluvia, debido a que se encuentran obstruidas las bocas de tormenta de la esquina.
             Que dicha obstrucción genera un estancamiento de agua provocando un gran charco, imposibilitando a los vecinos a transitar por varios días.

             Que es necesario que se lleve a cabo una inmediata desobstrucción de las bocas de tormenta de los desagües p1uviales, ya que las mismas están bloqueadas por basura, lo que produce que no escurran las aguas que se acumulan sobre la calle.

             Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal realizar los trabajos de mantenimiento de los desagües pluviales para su correcto funcionamiento y así brindar una mejor calidad de vida a los vecinos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2107/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar la desobstrucción de las bocas de tormenta de desagües pluviales de la calle Estrada al 600 en su intersección con calle Saavedra.

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de noviembre de 2016.

Expte. Nº 5.965/16.

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39°.

Reclamos de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que la calle Comandante Espora entre la altura del 100 en su intersección con calle San Juan, se encuentra en pésimas condiciones el estado de la calzada, en la cual se ha formado un bache de gran dimensión, dificultando por completo el tránsito vehicular tanto de los vecinos como del transporte interurbano de pasajeros.

 

Que en los días de lluvia el caudal de agua supera el nivel del cordón ingresando a las viviendas de la zona, ya que se provoca el rebalse a causa del tránsito pesado que circula a diario, teniendo en cuenta ómnibus y camiones de gran porte que utilizan esta arteria importante de la ciudad.

 

Que en los días post tormenta el bache queda lleno de agua haciéndose imposible su visibilidad, provocando accidentes de ciclistas y motociclistas.

 

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los vecinos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2106/2016

 

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la reparación del bache en calle Comandante Espora esq. San Juan.

 

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.

Expte. Nº 5.962/16.

VISTO:

La Ley 2756.

El reclamo de los vecinos, sectores catastrales 5, 7 y 10, y

CONSIDERANDO:

Que el estado de las calzadas, dificultan la entrada de móviles policiales y ambulancias ante una posible emergencia.

Que sería una solución, para evitar accidentes y mejorar la circulación, que se realicen trabajos de nivelado y estabilizado.

Que los vecinos se acercan al Concejo Deliberante presentando distintos reclamos de limpieza y estabilizado de las calles.

Que los desagües tapados complican aún más, el normal desplazamiento de peatones y vehículos.

Que es deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad.

Que se multiplican los riesgos de transitabilidad de la población, ya que las calles con grandes pozos, pastizales, anegamientos agudizados en los días de lluvia.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2105/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del Área que corresponda destape las bocas de tormenta ubicadas en la esquina de calles Urquiza y Bordabehere.

ART. 2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, realice trabajos de limpieza, zanjeo, estabilizado, bacheo de la arteria Intendente Andreu desde calles José Ingenieros hasta Av. Leandro Alem.

ART. 3°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda realice trabajos de limpieza, zanjeo y estabilizado en la arteria Emilio Zola desde calle Alberdi hasta calle Entre Ríos.

ART. 4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.

Expte. Nº 5.960/16.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que calle Libertad, en el tramo que atraviesa la Sección Catastral 3, es una arteria importante dada la masa vehicular que por ella transita debido a la presencia de fábricas, clubes y escuelas.

Que en el tramo entre las calles 17 de Octubre e Intendente Andreu presenta gran cantidad de baches tapados con escombros dejando la superficie de la calzada en forma irregular, en condiciones dificultosas y peligrosas de transitar. A esto se le suma la acumulación de aguas servidas debido al no escurrimiento de las mismas.

Que en mayor cantidad estos líquidos se encuentran concentrados en las intersecciones con los pasajes Casilda y Concordia, y en la esquina de Libertad y Alvear.

Que la acción corrosiva de los efluentes estancados sobre el pavimento y/o carpeta asfáltica es permanente y progresiva, debilitando la base y asediando la estructura de la misma.

Que estos líquidos por la cantidad de tiempo de permanencia en la vía pública despiden olor desagradable producto de su putrefacción. No sólo es causal de molestias para los vecinos y ocasionales transeúntes, sino que también, son un foco de enfermedades infectocontagiosas.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2104/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos de reparación de la calzada de la calle Libertad entre las calles 17 de Octubre e Intendente Andreu.

ART. 2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos de limpieza y desobstrucción de desagües pluviales para el correcto escurrimiento de las aguas en el tramo de la calle mencionado en el Artículo 1.

ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.

Expte. Nº 5.959/16

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

            El estado actual de las barandas y luminarias del puente de la Ruta 22S sobre el Arroyo Saladillo,

            El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

            Que la Ruta Provincial 22S recorre nuestra ciudad en la parte oeste y nos conecta al sur con la vecina localidad de Alvear y al norte con la ciudad de Rosario mediante el puente que cruza el Arroyo Saladillo.

            Que el puente detallado en el párrafo precedente presenta la inexistencia de un tramo importante de la baranda lateral protectora, más precisamente sobre la mano de ingreso a nuestra ciudad.

Los sistemas de contención en puentes se diferencian del resto de las contenciones en caminos, tienen una conexión física con el mismo y deben diseñarse para no tener una deflexión importante de manera de contener efectivamente a los vehículos que las impactan sobre el tablero del puente.

            Que el puente es transitado por una importante masa vehicular de todo tipo, y por numerosos ciclistas y peatones.

            Que para los vecinos de los barrios Ghiglione, Cancha de Remo, Resistencia y Coronel Aguirre, es la vía de conexión más rápida a Rosario y su zona de influencia.

            Que un accidente de proporciones importantes sobre el puente destrozó la baranda mencionada más arriba y esta no fue restituido.

            Que toda persona que por el lugar transite ante una desafortunada maniobra queda expuesta a una potencial caída, que por la altura del puente, podría ser de resultado fatal.

            Que este inconveniente planteado debe ser de rápida y efectiva corrección en pro de evitar desgracias que se tornan irreparables cuando lo que se pone en riesgo es la vida de los vecinos.

            Que también en la zona detallada más arriba encontramos las columnas de alumbrado público con los artefactos lumínicos rotos, deteriorados y/o quemados.

            Que en la noche, la falta de luz artificial, transforma a la zona en una trampa mortal debido a la peligrosidad de la sumatoria de los factores detallados.

             Que es deber del Estado velar por la seguridad de los ciudadanos manteniendo en óptimas condiciones las medidas de seguridad básicas para evitar accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2103/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice las gestiones pertinentes para la rápida reposición de la baranda lateral y la reparación o reposición de los artefactos lumínicos del puente sobre el Arroyo Saladillo en la Ruta Provincial 22S.

ART. 2°) El Departamento Ejecutivo Municipal gestionará la evaluación y posterior reconstrucción, reemplazo y/o construcción de los tramos de barandas rotas o faltantes en el resto del puente.

ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.

Expte. Nº 5.937/16.

VISTO:

La Ley 2756, Art. 41º Inc. 24

La necesidad de reformular el servicio de recolección de residuos optimizando los recursos y procurando mejores resultados, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe enumera entre las atribuciones del Intendente la de velar por la higiene del municipio.

Que en el caso de nuestra ciudad ha adoptado el modelo de gestión municipal del servicio de recolección de residuos domiciliarios y que se realizan esfuerzos e inversiones permanentes para mejorar eficazmente este servicio.

Que desde hace varios años se vienen adquiriendo contenedores de residuos domiciliarios lo que permiten que los vecinos puedan depositar allí diariamente y a cualquier hora sus bolsas de basura.

Lamentablemente, los constantes actos vandálicos sobre estos dispositivos provocan que los vecinos no tengan donde arrojar sus residuos que terminan amontonados en una esquina a la espera de la llegada del servicio de recolección. Esta situación ha empeorado desde hace un tiempo, a partir del cambio de horario en el recorrido en algunas zonas durante la madrugada.

Que lo que está ocurriendo en este momento en amplios sectores de la ciudad, es que el vecino saca la basura a la noche, generalmente en bolsas de residuos perfectamente cerradas, pero hasta que pasa el recolector, los perros del vecindario rompen las bolsas y la basura termina toda desparramada en la vereda o calle, siendo prácticamente imposible que el empleado municipal pueda recoger la totalidad de ella.

Que para evitar esta situación sería recomendable, modificar el horario de recolección, que en los barrios que no dispongan del servicio de contenedores de residuos domiciliarios.

Que todo esto, mientras logramos inculcar una nueva cultura en nuestros vecinos, procurando que logremos entender que la ciudad es la casa de todos, que debemos cuidarla entre todos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2102/2016

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, proceda a estudiar la viabilidad del rediseño del horario y recorrido del servicio de recolección de residuos, distinguiendo por una lado las calles que cuentan con contenedores de residuos y por otro, las calles que no lo tienen.

ART.2º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de octubre de 2016.

Expte. Nº 5.948/16.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de los vecinos que viven y transitan por el lugar,

El material fotográfico que se anexa y,

CONSIDERANDO:

Que el Municipio debe mantener el correcto estado de transitabilidad de todas las calles de la ciudad previniendo cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Que son reiterados los reclamos de los vecinos por el estado de la calle Fornieles en el trayecto comprendido entre las calles 17 de Octubre y San Luis, cuya calzada presenta un estado de deterioro muy importante como se puede observar en el material fotográfico anexado.

Que la carpeta asfáltica se encuentra agrietada y con baches de pronunciadas dimensiones, específicamente en el tramo mencionado en el párrafo anterior. También se observa la presencia de aguas servidas estancadas en la vía pública, producto del mal escurrimiento sobre el cordón cuneta de la misma, despidiendo dichos efluentes olores desagradables producto de su descomposición.

Que esta situación molesta desde el punto de vista de la higiene urbana convirtiendose en un ámbito propicio para enfermedades que pone en riesgo la salud de los vecinos y los ocasionales peatones.

Que en calle Fornieles en la intersección con calle San Juan la rotura de la cinta asfáltica es total, interviniendo los vecinos por cuenta propia para rellenar los pozos y deformaciones con escombros y otros áridos.

Que por tales motivos su tránsito se torna casi imposible para vehículos de pequeño porte y / o ciclistas que necesiten pasar por la zona.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2101/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice en la zona de calle Fornieles entre 17 de Octubre y San Luis:

  1. Trabajos de reparación integral de calzada.
  2. Trabajos de limpieza y desobstrucción de cámaras de tormenta y caños de desagües pluviales para el correcto escurrimiento de las aguas.

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de octubre de 2016.

Expte. Nº 5.951/16.

VISTO:

La ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que el trámite de licencia de conducir o renovación de la misma es algo personal o sea de carácter indelegable.

Que en nuestra ciudad la caja donde se abona este trámite cierra al medio día, de igual manera la oficina donde se retira el libre multa.

Que con esta medida no se está teniendo en cuenta a gran parte de la población, en gran medida la masa trabajadora que cumple horarios laborales hasta primeras horas de la tarde, esto imposibilitaría realizar el trámite, quedando en una situación de dependencia de poder conseguir un permiso laboral, que quizás le implique una pérdida salarial o de alguien que abone el trámite por la mañana

Que como Estado debemos garantizar la igualdad de posibilidades de todos los habitantes de nuestra ciudad.

Que en los últimos tiempos la inseguridad ha llevado a muchos ciudadanos a no manejar dinero en efectivo, que es muy común el manejo de tarjetas de crédito y débito.

Que es indispensable darle una herramienta más al ciudadano para que pague infracciones, licencia de conducir o trámites afines a través del sistema de pago electrónico

Que es necesario establecer una renovación de las formas de pago en la municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2100/2016

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda estudie la factibilidad de implementar el pago del trámite para la obtención de licencia de conducir y/o renovación y/o la obtención del libre multa en turno tarde.

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda implemente para el cobro de dichos tributos mencionados en el Artículo N 1º; el sistema de pago electrónico.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de octubre de 2016.