Expte. Nº 1.778/99.
VISTO:
Las tramitaciones efectuadas por el Departamento
Ejecutivo Municipal para la incorporación de la zona RUE
2 como futuro Parque Industrial,
y
CONSIDERANDO:
Que
Que la actual Administración Municipal dentro de
su política de gobierno tiene como firme
objetivo el logro de la radicación de
industrias modernas y
eficientes con el principal
objetivo de que se creen
nuevas fuentes de trabajo.
Que para ello se hace necesario redimensionar toda
el área de la parcela destinada para tal fin y delimitada por las calles
Bordabehere al Norte, Montevideo al
Sur, Ruta Pcial. Nº 22 S al Este
y calle Juan XXIII al Oeste.
Que en dicho predio existen manzanas y calles
producto del plano de mensura y subdivisión Nº 63368/70.
Que la totalidad de las manzanas fueron adquiridas
por
Que a los
efectos de cumplimentar con la totalidad de
la superficie destinada al Parque Industrial se hace necesaria
la incorporación de las calles
públicas que fueron donadas a
según plano de mensura Nº 63368/70.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1419/99
ART.1º) Desaféctese del
Dominio Público Municipal atento a los considerandos expuestos
precedentemente las siguientes fracciones:
*
Calle Colombia entre Bordabehere y Montevideo.
*
Calle Panamá entre Bordabehere y Montevideo.
*
Calle Nicaragua entre Bordabehere y
Montevideo.
*
Calle Noruega entre Bordabehere y Montevideo.
+
Calle Bélgica entre Bordabehere y Montevideo.
* Av. Pellegrini en el tramo comprendido
por las
calles Juan XXIII y
ART.2º) La transferencia de dominio se realizará una vez finalizadas las actuaciones administrativas y
judiciales pertinentes.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado
en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de Diciembre de 1.999.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale