Ord. 2011/12 Modifica art. 2 Ord. 1841/09 (DEROGADA)
Expte. 4.282/12.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 1.457/00 , 1.509/02; 1.514/02 y 1.841/09 , y
CONSIDERANDO:
Que el aumento que registraron en los últimos tiempos los productos alimenticios que componen la canasta utilizada en los comedores infantiles municipales, amerita la revisión de los topes dinerarios autorizados para su compra.
Que resulta necesario, en mérito a lo expresado, y a criterios de urgencia, oportunidad y conveniencia, modificar los montos y rubros por los cuales se autoriza al Departamento Ejecutivo a comprar en forma directa los productos necesarios para completar las raciones destinadas a los cuatro comedores infantiles.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2011/2012
ART.1º) Derógase la Ordenanza Nº 1.845/09 en todos sus términos.
ART.2º) Modifíquese el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1.841/09 , el que quedará redactado de la siguiente manera: "Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma directa productos cárnicos hasta un límite de $ 22.800 (Pesos Veintidós Mil Ochocientos), productos de panadería hasta un límite de $ 19.200.- (Pesos Diecinueve Mil Doscientos), frutas y verduras hasta un límite de $ 17.000.- (Pesos Diecisiete Mil) y la suma del rubro otros artículos no perecederos hasta un límite de $ 13000.- (Pesos Trece Mil) que fueren necesarios para completar las raciones para los cuatro comedores infantiles, dependientes de la Municipalidad prescindiéndose de la formalidad de la Licitación Pública (Art.11º Ley 2756) por razones de urgencia en cuánto a la modalidad que reviste la adquisición de dichos productos.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de enero de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Derogada por Ordenanza 2149/13
Ord. 1841/09 Montos contratación directa Comedores Escolares (DEROGADA)
Expte. Nº 3.543/09.
VISTO:
La Ley 2756.
Las Ordenanzas Nº 1.457/00 , 1.509/02 , 1.514/02 , 1.729/07, y
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas Ordenanzas se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal, a prescindir del trámite de licitación pública para la compra de alimentos necesarios para los Comedores Infantiles, considerando la primordial necesidad de suministrar alimentos a la gran cantidad de gente que concurren diariamente a los mismos.
Que el Departamento Ejecutivo informa que se ha producido un importante incremento de las personas carenciadas que concurren a los centros de asistencia en busca de paliar sus necesidades básicas.
Que hubo un importante incremento en los precios de la canasta básica familiar y por consiguiente en los productos necesarios para cumplir con una adecuada y equilibrada alimentación de las personas que concurren a dichos centros, por lo cuál es indispensable modificar los montos autorizados para las compras de carnes, pan, frutas y verduras, autorizados por Ordenanza Nº 1.729/07 .
Que
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1.841/2009
ART. 1º) Modifíquese el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.729/07 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma directa las frutas y verduras; que fueren necesarias para completar las raciones para los cuatro comedores infantiles, dependientes de la Municipalidad, prescindiéndose de la formalidad de la Licitación pública (Art. 11º Ley 2756), por razones de urgencia en cuánto a la modalidad que reviste la adquisición de dichos productos perecederos, no pudiendo exceder esta compra los $ 12.450.- (Pesos Doce Mil Cuatrocientos Cincuenta) mensuales.
ART. 2º) Modifícase el Art.2º de la Ordenanza Nº 1.729/07 el que quedará redactado de la siguiente manera: "Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma directa productos cárnicos hasta un límite de $ 17.500.- mensuales(Pesos Diecisiete Mil Quinientos), productos de panadería hasta un límite de $ 14.700.- mensuales (Pesos Catorce Mil Setecientos) y la suma del rubro otros artículos perecederos hasta un límite de $ 10.000.- mensuales (Pesos Diez Mil), que fueren necesarios para completar las raciones para los cuatro comedores infantiles, dependientes de la Municipalidadla Licitación Pública (Art.11º Ley 2756) por razones de urgencia en cuánto a la modalidad que reviste la adquisición de dichos productos. Texto según Ordenanza 1845/09
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de mayo de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale
Derogada por Ordenanza 2149/13
Ord. 1845/09 Modificación art. 2 Ordenanza 1841/09 (Derogada)
Ord. 1729/07 Compra directa raciones para comedores (DEROGADA)
Expte. Nº 3.042/07.
VISTO:
La Ley 2756 .
Las Ordenanzas Nº 1.457/00 , 1.509/02 y 1.514/02 , y
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas Ordenanzas se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal, a prescindir del trámite de Licitación Pública para la compra de alimentos necesarios para los Comedores Infantiles, considerando la primordial necesidad de suministrar alimentos a la gran cantidad de gente que concurren diariamente a los mismos.
Que hubo un importante incremento en los precios de la canasta básica familiar y por consiguiente en los productos necesarios para cumplir con una adecuada y equilibrada alimentación de las personas que concurren a dichos centros, por lo cual es indispensable modificar los montos autorizados para las compras de carnes, pan, frutas y verduras, por la Ordenanza Nº 1.514/02.
Que según informa el Departamento Ejecutivo por nota que obra en el expediente de referencia, la necesidad de insumos cárnicos es de 2.000 kilos por mes; en frutas de estación 50 cajones y verduras: 40 bolsas de papas, 28 bolsas de zanahorias, 6 bolsas calabazas, 32 bolsas de cebollas por mes y en pan 3.440 kilos y facturas 970 docenas por mes, por lo cuál mediante un simple cálculo aritmético y de acuerdo a los precios de plaza se corrobora la necesidad de incrementar en cada uno de estos rubros el gasto mensual autorizado.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1729/2007
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma directa las frutas y verduras; que fueren necesarias para completar las raciones para los cuatro comedores infantiles, dependientes de la Municipalidad, prescindiéndose de la formalidad de la Licitación pública (Art. 11º Ley 2756), por razones de urgencia en cuánto a la modalidad que reviste la adquisición de dichos productos perecederos, no pudiendo exceder esta compra los $ 12.450.- (Pesos Doce Mil Cuatrocientos Cincuenta) mensuales. Texto según Ordenanza 1841/09
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma directa productos cárnicos hasta un límite de $ 17.500.- mensuales(Pesos Diecisiete Mil Quinientos), productos de panadería hasta un límite de $ 14.700.- mensuales (Pesos Catorce Mil Setecientos) y la suma del rubro otros artículos perecederos hasta un límite de $ 10.000.- mensuales (Pesos Diez Mil), que fueren necesarios para completar las raciones para los cuatro comedores infantiles, dependientes de la Municipalidadla Licitación Pública (Art.11º Ley 2756) por razones de urgencia en cuánto a la modalidad que reviste la adquisición de dichos productos. Texto según Ordenanza 1845/09
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de septiembre de 2.007.
Presidente: Daniel Machado
A/C Secretaria: Mario Correale
Derogada por Ordenanza 2149/13
Ord. 1509/02 Modificación Ordenanza Nº 1457/00, Compra En Forma Directa para comedores escolares (DEROGADA)
Expte. Nº 2205/2002.
VISTO:
ORDENANZA Nº 1509/2002
ART.1º) Modifícase el Art. 1º de
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma directa productos cárnicos, de panadería y otros artículos perecederos que fueren necesarias para completar las raciones para los comedores infantiles, dependientes de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de Junio de 2002.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
Nota: Modificada por Ordenanza 1514/02
Derogada por Ordenanza 2149/13
Ord. 1514/02 Modificación Ord. Nº 1509/02, Art.1 y 2, sobre Compra Directa Comedores Escolares (DEROGADA)
Expte. Nº 2.227/02.
VISTO:
ORDENANZA Nº 1514/2002
ART.2º) Modifícase el Art. 2º de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de agosto de 2.002.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
Derogada por Ordenanza 2149/13
Ord. 1457/00 Comprar En Forma Directa Las Frutas y verduras para los Comedores Infantiles (DEROGADA)
VISTO:
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1457/2000
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma Directa las frutas y verduras que fueren necesarias para completar las raciones para los comedores infantiles, dependientes de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de noviembre de 2.000.
Presidente: Graciela Bonomelli
Pro Secretaria: Victoria Beloni
Nota: Modificada por Ordenanza 1509/02
Derogada por Ordenanza 2149/13