Martes, 08 Septiembre 2009 13:21

Ord. 1509/02 Modificación Ordenanza Nº 1457/00, Compra En Forma Directa para comedores escolares (DEROGADA)

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Expte. Nº 2205/2002.

 

VISTO:

La Ordenanza Nº 1.457/2.000.

La Ley 2756, en sus Arts. 10º y 11º , y

CONSIDERANDO:

Que al Departamento Ejecutivo Municipal mediante Ordenanza Nº 1.457/2.000 , se le autorizó un régimen especial para la compra directa de alimentos perecederos para proveer a los comedores infantiles.

Que debido a un incremento de precios estimado en un  40%, y  que como en el caso de las frutas y verduras  responden sus  precios al factor de estacionalidad por  tratarse  de productos  perecederos,  resulta necesario  actualizar  el monto establecido para la compra directa.

Que como resultado de la difícil crisis social y económica que atraviesa el país, el municipio asiste en la  actualidad  alrededor de 1.500 personas con  necesidades  básicas insatisfechas en los comedores habilitados a tal fin y por consiguiente  es  imprescindible adicionar  la  compra  de otros productos tales como pan y carnes a las raciones que remite la Provincia.

Que el Art. 11º de la Ley 2756 establece que "podrá  prescindirse de la formalidad de la licitación pública  cuando mediare  urgencia declarada por los dos tercios  de  votos del Concejo, que haga imposible esperar el resultado de la licitación",  siendo esta la causal en la que encuadra  la situación que nos ocupa, por cuánto la necesidad y  urgencia en proveer a los comedores impide que en cada caso  se llame a licitación pues no se puede aguardar el  resultado de  la misma para comprar frutas, verduras, carnes  o  pan por su característica de perecedero y que deben utilizarse diariamente.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1509/2002

 

ART.1º) Modifícase  el Art. 1º de la Ordenanza N º 1.457/2.000   el que  quedará redactado de la siguiente  manera:"Autorízase al  Departamento  Ejecutivo Municipal a comprar  en  forma Directa las frutas y verduras, que fueren necesarias  para completar  las  raciones para  los  comedores  infantiles, dependientes  de la Municipalidad, prescindiéndose  de  la formalidad  de la Licitación Pública (Art. 11º Ley 2756  ) por  razones  de  urgencia en cuánto a  la  modalidad  que reviste la adquisición de dichos productos perecederos, no pudiendo exceder esta compra los $ 4.200.- mensuales.

 

ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a  comprar en forma directa productos cárnicos, de panadería y  otros artículos perecederos que fueren necesarias para completar las  raciones para los comedores infantiles,  dependientes de la Municipalidad prescindiéndose de la formalidad de la Licitación  Pública  (Art. 11º ley 2756)   por  razones  de urgencia en cuánto a la modalidad que reviste la  adquisición de dichos productos, no pudiendo exceder esta  compra de $ 5.000 mensuales.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 
 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de Junio de 2002.

 

 

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 Nota: Modificada por Ordenanza 1514/02

 

 

Derogada por Ordenanza 2149/13

 

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