Expte. Nº 1.803/2000.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 1.198/96 , 1.225/96 , 1.258/97 , 1.381/99, 1.405/99 y 1.423/2.000 .
El Código Tributario Municipal, Ordenanza Nº 1.415/99 , y
CONSIDERANDO:
Que existe una masiva respuesta por parte de los contribuyentes a la moratoria establecida por las mismas, para aquellas deudas de la Tasa General de Inmuebles.
Que en la vigencia de la misma se han confeccionado 8.867 Convenios de Pago, de los cuáles 5.015 fueron operaciones de contado, lo que prueba, aún en momentos de crisis, la sensibilidad de los Galvecinos para el cumplimiento de sus obligaciones con la Municipalidad.
Que en reconocimiento a todo ello y al éxito alcanzado por las Ordenanzas precitadas, se torna necesario prorrogar el plazo de vigencia de la moratoria sobre deudas de la Tasa General de Inmuebles por el término de sesenta días más.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1428/2000
ART.1º) Prorróguese por última vez y por el término de 60 días la vigencia de la Ordenanza Nº 1.423/2.000 que dispone sobre la moratoria de la Tasa General de Inmuebles.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Abril 6, 2000.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale