Jueves, 22 Enero 2009 08:46

Ord. 1603/04 Nuevo Texto Ord. Tributaria - Predio Recreativo Parque Regional

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Expte. Nº 2.593/04.

VISTO:

        Las Ordenanzas 1.559/2.003 y 1.567/2.003 , y

 

CONSIDERANDO:

Que  se  hace necesario la revisión del  cuadro  tarifario correspondiente al Predio Recreativo Parque Regional.

Que  se  han producido incrementos  considerables  en  los insumos para su mantenimiento.

Que se han aumentado los lugares de esparcimiento dotándolos de mayores comodidades de los usuarios en general.

Que es deseo del Gobierno Municipal, el uso masivo de  sus instalaciones,  por  lo que se considera  condición  sine-quanon, el estado de conservación de sus instalaciones con sus mejoras.

Que  el canon tiene un sentido simbólico  no  persiguiendo fin  de lucro con el mismo, sólo cubriendo los  costos  de mantenimiento y funcionamiento.

Por  todo  ello,  el Concejo Deliberante  en  uso  de  sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1603/2004

 

ART.1º) Déjese  sin  efecto el título  Predio  Recreativo  Parque Regional de la Ordenanza 1.567/2.003, a partir de la fecha de la promulgación de la presente Ordenanza.

 

ART.2º) Incorpórese  como nuevo texto de la Ordenanza  Tributaria 1.567/2.003 , lo siguiente:

 

PREDIO RECREATIVO PARQUE REGIONAL.

 

Derecho de utilización Campo Deportivo

Cancha de fútbol

Uso diurno                                 $ 15,00.-  por hora

Uso nocturno                               $ 40,00.-  por hora

 

Derecho uso cancha de bochas

Por persona por hora                       $   0,50.-

 

 

Derecho de Uso

Tablones                                   $   2,00.-

Sillas cada una                            $   0,50.-

 

Derecho Control Médico

Revisación médica

Por persona de cualquier edad              $   3,00.-

Segunda revisación y posteriores           $   1,50.-

 

Derecho ingreso al predio

Mayores por día                            $   2,00.-

Menores de 6 a 10 por día                  $   1,00.-

Menores de 5 años (gratis)

Acompañados por sus padres

o responsables (mayor de edad)             $   0,00.-

 

Derecho de Ingreso al Predio: Viernes, Sábado, Domingo y Feriados:

 

Mayores por día                            $   3,00.-

Menores de 6 a 10 por día                  $   1,00.-

Menores de 5 años (gratis)

Acompañados por sus padres

o responsables (mayor de edad)             $   0,00.-

 

Derecho uso de camping

Instalación de carpa por día               $  10,00.-

Cada usuario de la carpa debe abonar

el derecho de ingreso al predio diariamente.

 

Derecho ingreso y estacionamiento

De vehículos por día                       $   3,00.-

 

Estacionamiento en la vía pública

frente y lindante al predio por día        $   1,00.-

 

Todos los valores se reducirán al 50% fuera del período de uso de pileta.

 

Exenciones:

 

a) Personas con capacidades diferentes; que acrediten tal  situación al momento de ingresar a las instalaciones del predio Recreativo Parque Regional.

 

b) Contingentes  escolares; que hayan solicitado previamente  por nota el uso de las instalaciones.

En ambos casos el Departamento Ejecutivo Municipal, deberá reglamentar las características de la documentación que deben  presentar los exentos por este Artículo.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de Diciembre de 2004.

Presidente: Alberto Podolsky

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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