Decl. 373/16 Repudio a los hechos de violencia ocurridos en inmediaciones del Monumento Nacional a la Bandera y expresando solidaridad con el Concejal Eduardo Toniolli
Expte. Nº 5.815/16.
VISTO:
La Constitución Nacional Argentina
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
La represión sufrida por los miembros de la Multisectorial contra los tarifazos y el ajuste,ejercida porla Gendarmería Nacional en las inmediaciones del Monumento Nacional a la Bandera el 20 de junio durante el acto de conmemoración por el Día de la Bandera, y
CONSIDERANDO:
Que el 20 de junio el Colectivo Multisectorial contra los Tarifazos que integran comerciantes,pequeños industriales, vecinales, organizaciones sociales, políticas, de usuarios y consumidores y sindicales convocó a una marcha contra el aumento de las tarifas, la defensa del trabajo y la producción nacional, que partió desde Plaza Pringles de la Ciudad de Rosario hacia el Monumento Nacional a la Bandera y que como consecuencia de un operativo de seguridad de grandes dimensiones -nunca antes visto para la conmemoración del día de la bandera- que incluyó múltiples vallados, carros hidrantes y gran cantidad de gendarmes, se vio imposibilitado de manifestarse.
Que la movilización popular reunió a cientos de ciudadanos manifestándose por el bienestar general, de una manera pacífica y democrática, de la que participaron diputados nacionales,legisladores provinciales y concejales de distintos sectores y partidos políticos.
Que como consecuencia de la represión ejercida por la Gendarmería Nacional, el Concejal de Rosario y Secretario General de la Departamental Rosario del Partido Justicialista Eduardo Toniolli fue amedrentado, amenazado y agredido cobarde e injustamente junto a otros ciudadanos participantes de la marcha.
Que todas las fuerzas políticas debemos repudiar estos hechos y reforzar nuestro compromiso de desterrar para siempre la violencia política e institucional de la realidad argentina, porque representa tiempos a los cuales no queremos ni debemos volver.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 373/2016
ART.1º) ElConcejo Deliberante declara su más enérgico repudio a los hechos de represióny violencia institucionalsufrida por los miembros de la Multisectorial Rosario contra el Tarifazo ejercida por la Gendarmería Nacional en las inmediaciones del Monumento Nacional a la Bandera el 20 de junio durante el acto de conmemoración del Día de la Bandera.
ART. 2º)Expresamos nuestra solidaridad con el Concejal de Rosario y Secretario General de la Departamental Rosario del Partido Justicialista Eduardo Toniolli y otras personasagredidas y lastimadas por las fuerzas federales.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de junio de 2016
Decl. 372/16 Interés Social y Comunitario el tratamiento del Proyecto de Comunicación de la Cámara de Diputados de la Pcia. de Santa Fe
Expte. Nº 5.811/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
Las Leyes Provinciales Nº 2.449 y 2.499,
La Ordenanza Nº 2061/2012, que fija el Diagrama de Recorridos del Servicio de Transporte Urbano
de Pasajeros para Villa Gobernador Gálvez,
La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante,
El Expediente N° 31.239 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, solicitando al Poder
Ejecutivo que a través la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Infraestructura y Transporte intervenga en el conflicto ocasionado por los permanentes incumplimientos de horarios y recorridos de las líneas interurbanas de transporte que prestan servicios en la localidad de Villa Gobernador Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que la necesidad de ofrecer una solución permanente al recurrente problema producto del incumplimiento, tanto de frecuencias como de recorridos, de todas las líneas interurbanas concesionadas a la empresa Rosario Bus SA.
Que como bien se menciona en la Fundamentación el proyecto presentado (en base a un escrito de la Unión de Vecinales de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez) “estos cambios de recorridos repentinos de las líneas provocan pérdidas de presentismo en los trabajos, llegadas tarde a escuelas y ser víctimas de hechos delictivos, lo cual hace peligrar nuestra vida por la violencia que los delincuentes ejercen en los robos.” Asimismo también es necesario mencionar la demanda por parte de los vecinos respecto a la instalación de nuevos puestos de cargas de tarjetas prepaga de transporte público de pasajeros.
Que por no considerarse líneas urbanas al municipio le excede en muchos casos la potestad sobre las mismas, de allí el involucramiento del estamento provincial para la resolución de este conflicto.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 372/2016
ART.1º) Declárese de interés social y comunitario para Municipio de Villa Gobernador Gálvez el tratamiento del Proyecto de Comunicación donde: “La Cámara de Diputados solicita al Poder Ejecutivo que a través la Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Infraestructura y Transporte intervenga en el conflicto ocasionado por los permanentes incumplimientos de horarios y recorridos de las líneas interurbanas de transporte que prestan servicio en la localidad de Villa Gobernador Gálvez”; presentado bajo el expediente N° 31.239 de la Cámara de Diputados, por los diputados Rubén Giustiniani y Silvia Augsburger .
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de junio de 2016
Decl. 371/16 Interés Municipal La Feria del Libro bajo el lema: “zambullirse en letras para nadar entre sueños”
Expte. Nº 5.801/16.
VISTO:
El Art. 14º de la Constitución Nacional,
El Art. 75º Inc.22 de la Constitución Nacional que da jerarquía constitucional a instrumentos internacionales como la Declaración Universal de las Derechos Humanos,
La Ley Provincial Nº 2756,
La Ordenanza Nº 1.947/10, de Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante,
La Feria del Libro 2016 realizada los días 13, 14 y 15 de junio en la Escuela Nº 124 “Isidro Aliau” con el lema” ZAMBULLIRSE EN LETRAS PARA NADAR ENTRE SUEÑOS”,
Las Declaraciones Nº 255/13 y Nº 334/15, y
CONSIDERANDO:
Que los libros, su lectura y distribución, su llegada a los jóvenes y a los niños, a las escuelas, a los docentes y alumnos marcan un punto de encuentro intergeneracional y cultural trascendente para las trayectorias de vida. Las sociedades deben propender a facilitar la realización de estos espacios y estos tiempos.
Que dar trascendencia a tales eventos encamina a una sociedad, en este caso Villa Gobernador Gálvez, a mirar el futuro desde la cultura, la ciencia y la crítica, porque consolidar la realización e importancia de una Feria del Libro en nuestra ciudad es dar un mensaje a favor de la construcción de un ciudadano independiente y comprometido.
Que las ferias del libro son lugares de expresión y contacto, donde las personas generan vínculos humanos mediados por la necesidad de conocimiento y sentimiento compartido. La Lectura, que a veces es un momento solitario, se hace, se vislumbra social cuando acaece en entornos creados para tal fin: juntar a los lectores y a los nuevos lectores con su instrumento: el libro.
Que el lema elegido “ZAMBULLIRSE EN LETRAS PARA NADAR ENTRE SUEÑOS” es una máxima de intención que invita a todos los villagalvenses, los jóvenes, los adultos y los niños, a acercarse a compartir un momento para descubrir, experimentar, reflexionar y emocionarse, haciendo sentir parte a todos los partícipes de un todo común y realmente valioso.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 371/2016
ART. 1º) Declárese de Interés Educativo del Municipio de Villa Gobernador Gálvez a la feria del libro 2016 realizada los días 13, 14 y 15 de junio en la Escuela Nº 124 “Isidro Aliau” con dirección en Pablo Iglesias 2225.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de junio de 2016
Decl. 370/16 Interés Municipal, Cultural y Educativo la jornada de concientización, reflexión y encuentro
Expte. Nº 5.798/16.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La Ordenanza 1947/2010 Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras distinciones.
A pedido de las Instituciones que la organizan, y
CONSIDERANDO:
Que la comunidad educativa de la Escuela de Enseñanza Secundaria Obligatoria Nº 556 “Bicentenario de la Revolución de Mayo” junto a Instituciones, CEPLA y Centros de Día, organiza de manera conjunta una jornada abierta que tiene como lema DE DONDE VENIMOS…NO DEFINE QUIENES SOMOS. TODOS SOMOS FRANCO.
Que dicha propuesta surge del interés de alumnos y compañeros del CEPLA, Centro de Día de Franco Monzón.
Que estas instituciones apoyan a construir una nueva mirada centrada en nuestros jóvenes, que son nuestro mayor capital y que en ellos se encuentran los albores del futuro, para construir una sociedad participativa, comprometida, democrática, solidaria y colaborativa fomentando valores socialmente significativos para vivir en armonía.
Que nuestros jóvenes se encuentran transitando un camino de emancipación, en ese crecimiento que es individual pero colectivo, nuestras responsabilidades como adultos es acompañarlos y contenerlos.
Que tiene por finalidad fomentar la participación activa de los jóvenes para establecer vínculos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 370/2016
ART. 1º) Declárase de Interés Municipal, Cultural y Educativo la jornada de concientización, reflexión y encuentro, donde por medio de los trabajos de expresión artística, se expondrán dibujos y canciones en relación a los hechos recientemente acontecidos en nuestra ciudad y a los temas que con anterioridad nombramos, el día 10 de junio en la Plaza A La Madre de 10 a 14 hs.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de junio de 2016
Decl. 369/16 Interés Municipal el Programa de Capacitación para Municipios y Comunas Munigestión de la Provincia de Santa Fe. Expte. Nº 5.798/16
Expte. Nº 5.798/16.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La Ordenanza 1947/2010 Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras distinciones.
El Programa Munigestión de la Universidad Nacional de Rosario y la Universidad Nacional del Litoral, y
CONSIDERANDO:
Que el Programa MUNIGESTIÓN se sustenta en el principio de cooperación mutua entre Universidades con Municipios y Comunas en el cual aquellas no son simples prestadoras de servicios que establecen una relación de oferente-receptor, sino que este tipo de propuestas está enriquecida por la construcción de conocimientos y saberes compartidos entre los diversos actores sociales comprometidos con el desarrollo de la región.
Que el mencionado PROGRAMA tiene como finalidad establecer estrategias que profundicen las articulaciones interinstitucionales Universidad/Estado, contribuyendo al mejoramiento continuo de las funciones de los gobiernos municipales/comunales y fortaleciendo las capacidades de gestión de las administraciones locales.
Que por un lado las “UNIVERSIDADES” se comprometen a: 1. Colaborar en la construcción de agendas de trabajo de acuerdo a las necesidades de la localidad y las posibilidades de las “UNIVERSIDADES”. 2. Generar un espacio articulando acciones tendientes a acompañar las políticas públicas locales, regionales y provinciales. 3. Diseñar propuestas de capacitación de acuerdo a temáticas de interés.
Que mientras que el ¨GOBIERNO LOCAL” se compromete a: 1. Participar activamente en la elaboración de las agendas de trabajo con las “UNIVERSIDADES” con el objetivo de fortalecer las actividades planteadas.2. Relevar tópicos de interés local, que serán abordados en instancias de formación y capacitación local. 3. Acompañar permanentemente en cada una de las líneas de trabajo que se acuerden llevar adelante, poniendo a disposición su infraestructura y recursos para lograrlo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 369/2016
ART. 1º)El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, declara de INTERÉS EDUCATIVO Y SOCIAL del municipio de Villa Gobernador Gálvez, al Programa de Capacitación para Municipios y Comunas MUNIGESTIÓN de la Provincia de Santa Fe dictado por la Universidad Nacional del Litoral y la Universidad Nacional de Rosario.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de junio de 2016
Decl. 368/16 Interés Social y Comunitaria la conmemoración del Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina
Expte. Nº 5.792/16.
VISTO:
La Ley Nacional N° 25.425, de conmemoración del Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina,
La Ley N° 12.969, Ley Provincial de Asociaciones de Bomberos Voluntarios,
La Ley N° 2.756, Artículo 39º,
La Declaración N° 226/2012, que declara a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez como “institución destacada de la ciudad”,
La Ordenanza Nº 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que a partir de la sanción de la ley nacional N° 25.425 todos los años se conmemora el 2 de junio como el día del Bombero Voluntario de la República Argentina, en alusión a la fecha de la fundación del primer cuerpo de bomberos de todo el país en el barrio de La Boca de la ciudad de Buenos Aires. Allí en el año 1884, Tomas Liberti, un inmigrante italiano, creó en la calle Brandsen el primer destacamento de Bomberos Voluntarios, bajo el lema "querer es poder".
Que los Bomberos Voluntarios contribuyen desinteresadamente, y bajo cualquier circunstancia, con la defensa de la vida y bienes de la población; siendo en muchos casos el único medio con el que la comunidad cuenta para enfrentar los distintos siniestros que se producen.
Que también es oportuno mencionar el valiente aporte que, desde hace más de 40 años, vienen haciendo los bomberos voluntarios de nuestra ciudad en las numerosas situaciones que acontecen, muchas veces ejerciendo roles sociales que exceden largamente su finalidad específica. Tal como menciona la declaración 226/2012: “Que el personal de Cuerpo de Bomberos se enfrenta a grandes temperaturas en incendios, a derrumbes de estructuras y a posibles intoxicaciones de las vías respiratorias, entre otras cosas, poniendo en riesgo su vida de forma permanente para resguardar desinteresadamente a los demás.
Que nuestros Bomberos acuden en ayuda de localidades vecinas cada vez que se lo solicitan, sin importar distancias o siniestros, demostrando los valores que desarrollan en cada una de sus acciones.”
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 368/2016
ART. 1º) Declárese de interés social y comunitario la conmemoración del Día Nacional del Bombero Voluntario de la República Argentina, a celebrarse el día 2 de junio.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de junio de 2016
Decl. 367/16 Adhesión a la convocatoria realizada bajo la consigna “Basta de femicidios#ni una menos #vivas nos queremos”
Expte. Nº 5.786/16.
VISTO:
La Ley2.756,
La O rdenanza 1.947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante
La Declaración Nº 335/2015, de Adhesión Ni Una Menos.
La Ordenanza Nº 2.261/14 "Declaración de emergencia en materia social por violencia de género",
La Ordenanza Nº 2.078/12 "Adhesión a la Ley Nacional Nº 26.485 Protección Integral a las mujeres y creación del Área de la Mujer"
La convocatoria a nivel nacional realizada bajo la consigna BASTA DE FEMICIDIOS #Ni Una Menos #Vivas Nos Queremos, prevista para el próximo 3 de junio en todo el país, y
CONSIDERANDO:
Que la convocatoria a nivel nacional que se realizará el próximo 3 de junio bajo la consigna #BASTA DE FEMICIDIOS #Ni Una Menos #Vivas Nos Queremos surge al cumplirse una año de la histórica convocatoria #Ni Una Menos a causa del Femicidio de Chiara, una niña de 14 años oriunda de la ciudad de Rufino asesinada por su novio de 16 años.
Que en el documento al que se dará lectura el próximo 3 de junio en cada una de las concentraciones que se realizarán en distintas ciudades de nuestro país se reclama: "El 3 de junio del año pasado dimos un grito poderoso y airado. 286 víctimas de femicidio en 2015 nos imponen templar las gargantas uno vez más. 66 nuevas muertes en los primeros 100 días de 2016 nos exigen tomar las calles nuevamente. Cientos de miles de personas volvemos o encontramos en Ia calle para alojar la voz de las víctimas de la violencia femicida. Y para decir que lo violencia machista también mata, lentamente, cuando coartó libertades, participación político y social, la chance de inventar otros mundos, otras comunidades, otros vínculos. Cuando nos dice cómo vestimos y cómo actuar, mata nuestra libertad. Cuando nos insulta o nos juzga por el modo en que disfrutamos nuestros cuerpos, mata nuestro derecho a poner en acto su inmenso potencio. Cuando nos niega lo palabra en el espacio público, lo silencia o la minimiza; cuando los medios masivos de comunicación sólo nos retratan señalando un deber ser en falta o como víctimas, mata nuestro derecho a cambiar el mundo."
Que por otro lugar el documento también hace referencia al actual contexto político y social signado por la creciente preocupación de los sectores medios y trabajadores producto de la redefinición del rol del Estado y su retracción de la sociedad en pos de intereses privados y concertados, sosteniendo “… el ajuste, el tarifazo, los despidos masivos, el fin de la moratoria previsional para las amas de casa que dedican su vida al cuidado de los otros, el escandaloso achique del Estado, golpean sobre todo a los mujeres, recortan nuestra autonomía, nos dejan más inermes frente a la violencia. Cuando la pobreza aumentó, las primeras perjudicadas somos los mujeres. Cuando el conflicto social se mete dentro de los casas, los más perjudicados
somos las mujeres. El ajuste y la inflación golpean directamente sobre nuestra capacidad de decir Basta.
Que el disciplinamiento de la protesta social y el encarcelamiento de dirigentes sociales y políticos hablan claramente de una revancha misógina y racista que nos golpea a todas. La ley de patrocinio gratuito no ha sido reglamentado y desde el Ministerio de Justicia ya se alertó sobre lo falta de presupuesto para ponerlo en práctico en uno escandalosa vuelta atrás de un Derecho básico poro poder acceder a la Justicia"
Que al igual que el año pasado la convocatoria vuelve a proponer el cumplimiento de la Ley Nacional Nº 26.485, afirmando: “hace un año nos movilizamos reclamando la implementación de la ley 26.485. Eso exige políticas públicas, trabajadores capacitados, formación de quienes se encargan del tema en las oficinas judiciales y estatales, presupuesto adecuado, creación de refugios, patrocinio jurídico de las víctimas, medidas de prevención y cuidado de efectivos. En un contexto de ajuste económico y privación general de derechos, las presuntas soluciones que se buscan son punitivistas. Plantean el atajo del castigo antes que la prevención para evitar que haya más víctimas.
Que nuestra ciudad no es ajena a la problemática, pues en los últimos años se han visibilizado numerosas situaciones de violencia contra las mujeres. Por ello este cuerpo en el año 2012, sancionó la Ordenanza 2078/12 que le dio herramientas al municipio para la creación del Área de la Mujer y la adhesión a la Ley Nacional 26.485.
Que en consecuencia, con todo ello, este Concejo Deliberante debe dar una clara señal institucional revalidando su compromiso por la lucha contra la violencia hacia las mujeres en todas sus formas y por ello acompañar desde lo legislativo y en acciones concretas los reclamos que convocan al 3 de junio en nuestra ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 367/2016
ART. 1º)El Concejo Deliberante de la ciudad declara su adhesión a la convocatoria realizada bajo la consigna “BASTA DE FEMICIDIOS #NIUNAMENOS #VIVASNOSQUEREMOS” prevista para el próximo 3 de Junio en todo el país y que tendrá su correlato en la ciudad ese día a las 17:00 Hs en la Plaza a la Madre, con el objetivo de rechazar la violencia hacia las mujeres y exigir la implementación integral de la Ley Nacional Nº26.485.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de junio de 2016
Decr. 771/15 Trabajos de obras públicas en calle Santiago del Estero entre Av. Gral. Juan D. Perón y 17 de Octubre y se incluya en el Presupuesto 2016 fondos para la reparación de las calles Maipú, Alvear y 3 de Febrero
Expte. Nº 5.532/15.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs. 14, 24, 29, 62, Art. 41º Inc. 24 y 26 y Art. 44º.
Las Ordenanzas 2061/12 y sus modificaciones. Ordenanzas Nº 2081/12, 2106/13 y 2133/13.
Los Decretos Nº 427/12, Nº 381/12, Nº641/14
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de calle Santiago del Estero no han tenido respuestas a los arreglos en las calles.
Que las fundamentaciones del Decreto Nº 641/14, aprobado por unanimidad (3 de Junio de 2014) enunciaban claramente, “La peligrosidad en el tránsito, los olores desagradables, el estado de los cordones y cunetas, la falta de mantenimiento y destrucción en los sumideros, la falta de barrenderos” y también vaticinaba que las líneas de transporte público podían desviarse de sus recorridos, si no se ejecutaban las obras necesarias. La frase del último párrafo citaba: “Que es deber del municipio la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad y que en este punto en especial, los vecinos no quieren esperar más sólo exigen resultados”.
Que los Artículos 1º, 2º, 4º y 5º del Decreto mencionado en el párrafo anterior no se han cumplido.
Que como anticipaba el Decreto mencionado anteriormente las líneas de colectivo del transporte público desviaron su recorrido, causando problemas a los usuarios y también daños a las calles usadas alternativamente, que no estaban preparadas para tránsito de gran porte.
Que también es bueno recordar que en la Audiencia Pública llevada a cabo el 7 de Mayo del corriente año, el Secretario de Gobierno de la Municipalidad hizo un anuncio en forma pública prometiendo que: “En 30 días se pondrían en marcha las obras de bacheo de las calles Comandante Espora, Santiago del Estero, 17 de Octubre e Intendente Andreu”.
Que el espíritu de este Decreto es, el de promover la reparación y la puesta en condiciones de la calle Santiago del Estero como arteria principal, para que de esta forma retome el colectivo el recorrido programado en el sector, según Ordenanza Nº 2061/12 (Recorridos del Transporte Público).
Que es necesario también reparar las calles Alvear, Maipú y 3 de Febrero, calle aledaña a Santiago del Estero, que han sufrido daños a causa del tránsito alternativo de los coches del transporte público.
Que es necesario volver a hacer un reclamo, porque se han agotado todos los tiempos señalados y comprometidos por el mismo Departamento Ejecutivo Municipal, constituyendo esta situación una clara muestra de desidia y vergonzoso desinterés de la gestión actual.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 771/2015
ART.1º) El Concejo Deliberante, ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda en un plazo de 15 días hábiles, la reparación integral (Bacheo, reparación y desobstrucción de sumideros, colocación de brea en las uniones y arreglo de cordones cuneta) de la calle Santiago del Estero, entre las intersecciones de la Av. General Juan Domingo Perón y 17 de Octubre, y de la intersección de calle Fornieles y 17 de Octubre.
ART.2º)El Concejo Deliberante, le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice inmediatamente, una vez terminadas las obras de calle Santiago del Estero, las gestiones necesarias para retomar el recorrido en el sector, de las líneas de colectivos del transporte público según Ordenanza Nº2061/12 y sus modificaciones Ordenanzas Nº 2081/12, 2106/13 y 2133/13.
ART.3º)El Concejo Deliberante, le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda incluya en el presupuesto para el año 2016 los fondos necesarios para la reparación de las calles Maipú, Alvear y 3 de Febrero.
ART.4º)El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal inspeccione al Taller ubicado en la intersección de calle Santiago del Estero y Pje. Baigorria y el posterior envío de las actuaciones al Concejo Deliberante en el plazo de 15 días hábiles.
ART.5º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de julio de 2015
Decr. 770/15 Trabajos de obras públicas en calle 3 de Febrero a la altura del 300
Expte. Nº 5.531/15.
VISTO:
La Ley Nº 2.756 Artículo 39º;
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle 3 de Febrero a la altura del 300 entre las calles Alvear y 17 de octubre la calzada se encuentra llena de baches.
Que por esa calle pasa el transporte público de pasajeros y al estar tan rota la calle los vecinos han decidido cortarla.
Que en días de lluvia los baches se llenan de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos de la zona.
Que es deber del Municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 770/2015
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a la reparación de todos los baches existentes en calle 3 de Febrero a la altura del 300 entre las calles Alvear y 17 de octubre.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de julio de 2015
Decr. 769/15 Ampliación recorridos Líneas 35/9 Verde, 142 y 103 y horarios
Expte. Nº 5.529/15.
VISTO:
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de Naciones Unidas.
Ley 2756.
La nota ingresada por el Taller Protegido de Producción Villa Gobernador Gálvez, y
CONSIDERANDO QUE:
La organización sin fines de lucro citada en los Vistos, tiene una amplia trayectoria de trabajo y dedicación en la búsqueda de la realización y cumplimiento de los derechos de las personas con capacidades diferentes y su integración en el contexto social.
Como ha quedado establecido en las convenciones internacionales que tratan el tema, parte fundamental para la correcta integración de las personas con capacidades diferentes es que el Estado garantice que puedan trasladarse de forma independiente.
El Art.20º “Movilidad personal” de la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad” de las Nacionales Unidas, señala claramente que “Los Estados Partes adoptarán medidas efectivas para asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad personal con la mayor independencia posible, entre ellas a) Facilitar la movilidad personal de las personas con discapacidad en la forma y en el momento que deseen, a un costo asequible”
Tal como lo señala el Taller Protegido en su nota, luego de un convenio firmado con la empresa “Alto Impacto”, ubicada en calle Juan XXIII 3295, la misma cedió en comodato un espacio para que los operarios del taller puedan realizar en el lugar actividades varias que integran la cadena de producción. Para ello, 20 operarios se trasladan diariamente hasta la empresa, utilizando el sistema de transporte público de pasajeros.
Cabe destacar que el convenio citado anteriormente fue ratificado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe y por la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Es necesario que desde el Estado Municipal se arbitren las medias para garantizar el correcto traslado de los operarios del Taller Protegido Villa Gobernador Gálvez, y con ello combatir la discriminación a la que en muchos casos se ven sometidos y con ello aportar a su integración.
Para ello se debe garantizar la extensión de los recorridos de las líneas de transporte público de pasajeros que actualmente finalizan sus recorridos en el Cementerio San Lorenzo, llegando las mismas a la fábrica que se encuentra ubicada en calle Juan XXIII a la altura del 3200 o, en su defecto, hasta la Estación de Servicio ubicada en la intersección de colectora y Autopista Rosario Bs. As.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 769/2015
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, gestione ante la Empresa Rosario Bus S.A. la extensión de los recorridos de las Líneas 35/9 Verde, 142 y 103, desde el Cementerio San Lorenzo hasta la intersección de la Ruta Provincial S 22 “Raúl Alfonsín” y colectora de acceso a Autopista Rosario-Buenos Aires, ingresando por colectora hasta estación de servicios.
ART. 2°) A los efectos a lograr lo establecido en el Art. 1º, podrá solicitarse que, como prioridad y en primera instancia, sea una de las líneas la que extienda el recorrido, en los horarios de entrada (8:00 hs) y de salida (16:00 hs).
ART. 3°) El Departamento Ejecutivo Municipal enviará un informe con las gestiones realizadas a este Concejo Deliberante con el fin de sancionar las normativas pertinentes para el efectivo cumplimiento de lo establecido.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de julio de 2015