Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha solicitado se le autorice un régimen especial para la compra directa de alimentos perecederos para proveer a los comedores infantiles.
Que tal solicitud responde al hecho de que los alimentos como en el caso de las frutas y verduras responden en cuánto a sus precios al factor de estacionalidad y de los mismos no puede realizarse acopio por más de una semana por tratarse de productos perecederos lo cuál torna imposible recurrir a los mecanismos de concursos de precios y/o licitación.
Que el Art. 11º de la Ley 2756 establece que"podrá prescindirse de la formalidad de la licitación pública cuando mediare urgencia declarada por los dos tercios de votos del Concejo, que haga imposible esperar el resultado de la licitación", siendo esta la causal en la que encuadra la situación que nos ocupa, por cuánto la necesidad y urgencia en proveer a los comedores impide que en cada caso se llame a licitación por cuánto no se puede aguardar el resultado de la misma para comprar frutas o verduras que deben utilizarse diariamente.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1457/2000
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar en forma Directa las frutas y verduras que fueren necesarias para completar las raciones para los comedores infantiles, dependientes de la Municipalidad, prescindiéndose de la formalidad de la Licitación Pública (Art. 11º Ley 2756 ) por razones de urgencia en cuánto a la modalidad que reviste la adquisición de dichos productos perecederos, no pudiendo exceder estas compras los $ 3.000.- mensuales.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de noviembre de 2.000.