Expte. Nº  3.448/09.

 

VISTO:

La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cuál se cede en comodato a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, una motoniveladora destinada a brindar servicios de orden público, y

Expte. Nº 3.494/09.

VISTO:

La Ley Provincial de Medio Ambiente Nº 11.717 y sus Decretos Reglamentarios Nº 0101/03 de Impacto Ambiental y Nº 1.844/02 de Residuos Peligrosos.

La Ley 2756.

El Código Municipal de Faltas, Ordenanza Nº 490/89, y

Expte. Nº 3.491/09.

 

VISTO:

El Decreto Provincial Nº 2716/08, la Resolución Provincial Nº 642/08.

La Ley 2756 Art. 11 º, y

 

Expte. Nº 3506/09.

VISTO:

            La ley 2756, Art. Nº 16 , y

 


Expte. 3455/09.

VISTO:

La necesidad de aprobar la ejecución de gastos del Concejo Deliberante correspondiente al año 2008, y

Martes, 05 Mayo 2009 03:33

Ord. 1834/09 Loteo Social sección 13

Expte. Nº 3.511/09.

VISTO:

La ley 2756, art. 2º de la Ordenanza 1.704/06 .

La demanda creciente de viviendas que existe en nuestra ciudad y la imposibilidad que presentan los sectores más carenciados para acceder a ellas; y

Expte. Nº 3.518/09.

VISTO:

Las notas presentadas por la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda..

El Art. 41º Inc. 14 de la Ley 2756.

El contrato de concesión del servicio eléctrico y alumbrado público de la ciudad.

La Ordenanza Nº 1.809/08 y las Minutas de Comunicación  Nº 1.587/08 y 1.603/08 , y

 

Expte. Nº 3.527/09.

VISTO:

            La Ordenanza Tributaria Nº 1.608/04 y su modificatoria Ordenanza Nº 1.676/2.006 , y

 

Expte. Nº 3.541/09.

VISTO:

            La Ley 2.756; nota del Sr. Daniel Teiszerski y comerciantes vecinos de las calles San Martín, Moreno, Pasteur y J. D. Perón, y

 

CONSIDERANDO:

            Que por nota ingresada a este Cuerpo vecinos de calles San Martín, Moreno, Pasteur y J. D. Perón manifiestan que los cambios realizados con la intención de solucionar los problemas en el tránsito no han sido beneficiosos para los mismos.

 

            Que es primordial establecer un ordenamiento del tránsito que no perjudique a conductores de vehículos, vecinos y comerciantes de la zona.

 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1.837/2009

 

ART. 1º) “El Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones dispone:

  1. a)Que calle Moreno posea un doble sentido de circulación en toda su extensión.
  2. b)Prohíbase el giro a la izquierda para los vehículos que circulan desde el Noroeste por calle Pasteur hacia el Noreste sobre Av. Gral. Juan D. Perón.
  3. c)Prohíbase el estacionamiento en Av. General Juan D. Perón sobremano de los números impares en el tramo comprendido entre calle Pasteur y Av. San Martín.
  4. d)El Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros deberá adecuar sus recorridos a lo estipulado en el Inc. B) de la presente, los cuales quedarán establecidos de la siguiente manera:

“…Pasteur, Juan B. Justo, Alberdi, Av. General Juan D. Perón…” (Insértese la presente modificación en el Anexo I de la Ordenanza Nº2061/12)

Lo dispuesto en el presente  artículo deberá ser debidamente señalizado y estará sometido a un periodo de observación durante 90 días; transcurrido dicho lapso; el Departamento Ejecutivo Municipal deberá elevar un informe detallado a este Cuerpo con los efectos positivos y negativos de su aplicación”. Texto según Ordenanza 2074/12

 

 

Texto anterior

 

ART. 2º) Dispónese el ensanche de calle Pasteur desde calle Moreno hasta calle Belgrano, otorgándole prioridad en la ejecución de la obra al tramo comprendido entre las calles Juan D. Perón y Moreno.

 

ART. 3º) Deróguese cualquier Ordenanza anterior que haya fijado el sentido de circulación de calles y avenidas dentro de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez que se oponga a la presente

 

ART. 4º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal para que a através del área que corresponda proceda a colocar las señales verticales acorde al reordenamiento dispuesto en el artículo 1º.

ART. 5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de mayo de 2.009.

 

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

Exptes. Nº 3.540/09 y 3.450/09.

VISTO:

Los Expedientes Nº 3.540/09 y 3.450/09.     

La iniciativa presentada por la "Unión de Usuarios y Consumidores" Personería Jurídica Inspección General de Justicia Nº 000836 Registro Nº 006 de Villa Gobernador Gálvez, mediante el expediente Nº 3.450/09.

La Constitución Nacional Arts.42º y 43º.

La Ley 24.240 y modificatorias.

La Ley 2756 Art.39º Inc. 40 .

La Ordenanza Nº 1.157/96 , y